¿QUIÉN VIGILA AL ALGORITMO?: LOS DERECHOS DE INFORMACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS REPARTIDORES EN LA EMPRESA SOBRE LOS ALGORITMOS DE LAS PLATAFORMAS DE REPARTO

Autores

  • Francisco Pérez Amorós Universidad Autónoma de Barcelona

DOI:

https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2021.i01.08

Palavras-chave:

Derecho de información, Real Decreto-ley 9/2021, Algoritmos, Plataformas digitales, Repartidores

Resumo

Se presentan unas reflexiones sobre el derecho de información de los representantes en la empresa en materia de algoritmos, regulado en el reciente Real Decreto-Ley 9/2021, de 11 de mayo, en favor de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales. Al respecto se parte del “Acuerdo de la Mesa de Diálogo Social”, adoptado, el 10 de marzo 2021, entre el Gobierno, CC.OO., UGT y CEOE y CEPYME, y se tiene presente la STS de 25 de septiembre de 2020 sobre la laboralidad de los repartidores. Se comentan los elementos clásicos del nuevo derecho de información: sujetos (emisor y receptor) objeto (tiempo, forma y contenido) y finalidad.

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Biografia do Autor

Francisco Pérez Amorós, Universidad Autónoma de Barcelona

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Investigador de honor del Institut d´Estudis del Treball

Publicado

2021-06-26

Como Citar

Pérez Amorós, F. (2021). ¿QUIÉN VIGILA AL ALGORITMO?: LOS DERECHOS DE INFORMACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS REPARTIDORES EN LA EMPRESA SOBRE LOS ALGORITMOS DE LAS PLATAFORMAS DE REPARTO. E-Revista Internacional De La Protección Social, 6(1), 173–187. https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2021.i01.08

Edição

Seção

ARTÍCULOS DOCTRINALES