EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL PERSONAL DE CRUCEROS NO AFECTO A LA NAVEGACIÓN: EL NUEVO CONCEPTO DE MARINO A PARTIR DEL CTM2006
DOI:
https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2019.i02.03Palabras clave:
OIT, CTM2006, marino, cruceros, trabajo decente.Resumen
La industria de cruceros es una muestra más de la globalización inherente al sector marítimo y de un proceso de agigantamiento deseado por las principales navieras del mundo. En esta ocasión, se abordará el marco regulador de los trabajadores embarcados en los cruceros, prestando especial atención al personal que desempeña funciones no afectas a la navegación, es decir, desarrollando funciones no náuticas a bordo, como pueden ser camareros, artistas, personal de limpieza o de seguridad a bordo. En este sentido, se conocerá la labor realizada por la OIT a la hora de ofrecer un nuevo concepto de gente de mar o marino.
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Aceptado 2019-12-14
Publicado 2019-12-30