ARTÍCULO 10. REGLAS ESPECIALES A EFECTOS DE LA DETERMINACIÓN DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
DOI:
https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2016.i02.11Resumen
El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS) surge de la determinación del Continente Americano en la coordinación de los regimenes de Seguridad Social en aras de proteger los derechos de los trabajadores migrantes. Esta necesidad de coordinación deviene por la intensa movilidad transfronteriza y continental de los trabajadores entre un continente y otro, o entre Estados de la Comunidad Iberoamericana. Una movilidad laboral que es la casuística de un contexto de globalización económica. Cuando abordamos el estudio de la movilidad y de la globalización se subraya que el sector marítimo es un claro paradigma de aquello. Este sector de actividad económica es un fiel reflejo de un entorno genuinamente globalizado y de movilidad y migración laboral. Sin embargo, la movilidad de los trabajadores del mar queda impregnada de un carácter muy singular, tanto que el Convenio entiende que debe quedar regulada por una regla especial. En este estudio analizamos esta regla para concluir con la necesidad de articular un conjunto de normas que garanticen la protección social de la gente de mar.
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Aceptado 2016-11-24
Publicado 2017-02-09
- Resumen 75
- PDF 35