ARTÍCULO 18. DETERMINACIÓN DEL DERECHO A PRESTACIONES
DOI:
https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2016.i02.19Resumen
Análisis del contenido del artículo 18 del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, cuyo contenido versa sobre la determinación del derecho a prestaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En términos generales, lo exiguo de su contenido, en comparación con lo previsto en los Reglamentos comunitarios 883/2004 y 987/2009, determina que pueda resultar poco eficaz para garantizar el derecho a las prestaciones derivadas de estas contingencias cuando se desarrollen actividades profesionales en diversos Estados firmantes.
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- Sánchez-Rodas, C. “Sinopsis del Reglamento 883/2004 y del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social”, en AA.VV.”El Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la encrucijada: retos para la disciplina laboral”, Laborum, Murcia 2015
- Sánchez-Rodas, C. “Aproximación a la coordinación de Regímenes de Seguridad Social en el Reglamento 883/2004 y en el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social”, Revista Internacional de la Protección Social, núm. 1, 2016
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Aceptado 2016-11-03
Publicado 2017-02-09
- Resumen 98
- PDF 39