Prestación por riesgo durante el embarazo y ERTE por fuerza mayor: comentario a la Sentencia 774/2025, de 15 de septiembre (ROJ: STS 3988/2025) del Tribunal Supremo
DOI:
https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2025.i02.07Palavras-chave:
Prestaciones de seguridad social, Riesgo, Embarazo, ERTE por fuerza mayor, Protección de la maternidadResumo
La sentencia comentada plantea el debate respecto a si, una vez reconocida la prestación por riesgo durante el embarazo a una persona trabajadora, cabe suspender la misma por el hecho de que la empresa se haya visto compelida a suspender los contratos de trabajo por un cese de actividad derivado de fuerza mayor, como ocurrió durante la crisis sanitaria derivada de la COVID 19. Desde este punto de partida se plantea la vinculación entre el hecho causante de cada suspensión de contrato, por riesgo o por fuerza mayor, y las prestaciones de seguridad social a que da lugar, concretamente, por riesgo durante el embarazo y por desempleo, bajo el análisis de los bienes jurídicos protegidos en cada una de ellas, prestando atención al papel determinante de la protección de la maternidad en nuestro ordenamiento jurídico. Cada supuesto de suspensión parte de hechos causantes diferentes y la dinámica de cada una de las prestaciones, con especial hincapié en las causas legales que determinan su finalización.
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Referências
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