Un parche más para la incapacidad temporal

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2023.i02.03

Palabras clave:

Incapacidad temporal, Prórroga automática, Inspección médica del inss, Control, Disconformidad

Resumen

En el contexto actual de gasto prestacional creciente en materia de incapacidad temporal, originado por diversas variables, no investigadas en profundidad, la reforma de la Ley General de la Seguridad Social mediante el Real-Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, no introduce novedades de calado para solventar el problema de un sistema, que sigue sin alcanzar el deseable equilibrio entre evitar el abuso en el percibo de la prestación, y proporcionar la debida acción protectora a quienes agotan su período máximo legal, persistiendo las razones clínicas que motivaron la baja médica. Las nuevas redacciones legales se limitan a suprimir la posibilidad de declaración de prórroga expresa a los trescientos sesenta y cinco días de duración, sustituyéndola por una prórroga tácita, si no se ha emitido antes el alta, a la vez que traslada a la inspección médica del INSS, la competencia decisoria, encomendada, hasta ahora, al INSS a través del EVI.

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Biografía del autor/a

Javier León Iglesias, Universidad de Zaragoza

Abogado. Doctor en Medicina. Profesor Asociado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

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Publicado

2023-12-27

Cómo citar

León Iglesias, J. (2023). Un parche más para la incapacidad temporal. E-Revista Internacional De La Protección Social, 8(2), 88–104. https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2023.i02.03

Número

Sección

Artículos
Recibido 2023-09-07
Aceptado 2023-10-05
Publicado 2023-12-27