¿Y QUÉ HAY DE LA BRECHA DE GÉNERO EN EL SISTEMA DE PENSIONES? COMENTARIO A LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA DE 12 DE DICIEMBRE DE 2019, ASUNTO C-450/18
DOI:
https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2020.i01.14Palabras clave:
Discriminación, Género, Pensiones, Complemento por maternidadResumen
El TJUE, en sentencia de 12 de diciembre de 2019 (asunto C-450/18), declara contrario a la normativa comunitaria el complemento por maternidad de pensiones, regulado en el art. 60 LGSS, al entender que constituye una discriminación directa por razón de género respecto de los hombres, desde el momento en que el mismo sólo se reconoce a aquellas mujeres, beneficiarias de una pensión contributiva de Seguridad Social, que han tenido al menos dos hijos, por su contribución demográfica al sistema. El pronunciamiento del Tribunal va más allá de esta declaración de discriminación por razón de sexo, poniendo el acento en el alcance de las medidas, de acción positiva como solución para intentar compensar la situación real de desigualdad entre mujeres y hombres en el sistema de pensiones en España.
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Errandonea Ulaiza, E.: “El nuevo complemento por maternidad y los factores que repercuten sobre la cuantía de las pensiones contributivas de las mujeres”, Revista de Derecho de la Seguridad Social, núm. 7, 2016.
Flor Fernández, M. L. de la: “Reflexiones en torno a la pensión de jubilación desde una óptica de género: el nuevo complemento por maternidad”, Revista de Derecho Social, núm. 76, 2016.
Gallego Losada, R.: “El complemento de maternidad: una medida discutible para cerrar la brecha de género de las pensiones”, Revista CEF Trabajo y Seguridad Social, núm. 403, 2016.
García Romero, M. B.: “Medidas de Seguridad Social en respuesta a los retos que plantean las responsabilidades familiares: fomento de la natalidad, conciliación e igualdad de género prestacional”, Revista de Derecho Social, núm. 74, 2016.
Molina Navarrete, C.: “Brecha de género en pensiones, complemento por maternidad y varón (viuda o no) discriminado: ¿el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no cree en juzgar con perspectiva de género? Comentario a la Sentencia de, Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, asunto C-450/18”, Revista de Trabajo y Seguridad Social, CEF, núm. 445, 2020.
Ron Latas, R. P. y Lousada Arochena, J. F.: “Pensiones no contributivas en perspectiva de género: norma y realidad”, Revista de Derecho de la Seguridad Social, núm. 12, 2017.
Villar Cañada, I. M.: “Últimas reformas en materia de pensión de jubilación; la sostenibilidad del sistema desde un enfoque de género”, en AA.VV: Por una pensión de jubilación adecuada, segura y sostenible, Laborum, Murcia, 2019.
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Aceptado 2020-06-14
Publicado 2020-06-26
- Resumen 360
- PDF 636