El papel de las Administraciones Públicas en la configuración de las autopistas de la información de Andalucía como soporte para los sistemas de información
DOI:
https://doi.org/10.12795/rea.1996.i22.07Resumen
Las administraciones central, autonómicas y municipales están participando en la revolución de las nuevas tecnologías de la información (NTI) con desigual interés y fortuna. La propia revolución se está sirviendo de vehículo a sí misma, provocando una situación de atracción y desconcierto donde los intereses mercantiles y políticos pueden primar sobre la lógica de la correcta configuración sobre el territorio de una red de transmisión de datos, la cual debe dar soporte físico a los costosos sistemas de información territoriales que se están desarrollando y poniendo en servicio en Andalucía. El principio constitucional sobre la autonomía de las tres administraciones no exime a éstas de la obligación de ofrecer al ciudadano un conjunto de centros de gestión con una actividad fluida y con sistemas de información intercomunicados que sean capaces de proporcionar al contribuyente unos servicios con la calidad que actualmente se requiere, estando este deber en consonancia con la ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común. El propio Estatuto de Andalucía en el artículo 42 párrafo cuatro obliga a la Comunidad Autónoma a articular la gestión de sus servicios periféricos propios a través de las Diputaciones Provinciales. Por otra parte, dado el carácter articulador que se le reconoce a las telecomunicaciones, la operatividad de los sistemas de información en lo que a su topología y componente lógico se refiere está contenida en el capítulo de comunicaciones dentro del cual se incluye el de las telecomunicaciones. Este aspecto se tiene en cuenta dentro de las directrices del Plan Andaluz de Desarrollo Económico y Territorial 1991-94, tal y como se advierte en las Bases para la Ordenación del Territorio de Andalucía BELLOSO y ESPAÑA (1995). A la luz de este contexto jurídico administrativo, este trabajo pretende desvelar los obstáculos que sobre e terreno se están encontrando los usuarios y gestores de los sistemas de información para cumplir los objetivos marcados. Se expondrá una problemática no nueva sobre la disfuncionalidad de las administraciones por conflicto o mala interpretación de las competencias en materia de infraestructuras y servicios, pero esta ve: con el aliciente del nuevo hito que suponen las Autopistas de la Información, cuyo máximo exponente es la INTERNET y cuya consigna es "no reconocer frontera! para el tráfico de información" facilitando la libre circulación de información escala mundial. Para concluir se pondrá de relieve la falta de esta visión global que refleja la INTERNET y que no coincide con la trayectoria que al respecto siguen las administraciones públicas en España y el Informe Bangeman en la concepción de las políticas de infraestructura telemática e informática, manteniendo una aproximación al tema desde la perspectiva del análisis geográfico.
Descargas
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
La edición electrónica de la Revista de Estudios Andaluces se ofrece en acceso abierto desde el número 28 publicado en 2011 hasta la actualidad. Las ediciones impresa y electrónica de esta Revista son editadas por la Editorial de la Universidad de Sevilla, siendo necesario citar la procedencia en cualquier reproducción parcial o total.
La Revista de Estudios Andaluces no cobra tasas por el envío de trabajos, ni tampoco cuotas por la publicación de sus artículos. La Revista es gratuita desde el momento de la publicación de cada número y sus contenidos se distribuyen con la licencia “CreativeCommons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional” , que permite al usuario de la Revista de Estudios Andaluces criterios que cumplen con la definición de open access de la Declaración de Budapest en favor del acceso abierto. Puede consultar desde aquí la versión informativa y el texto legal de la licencia. Esta circunstancia ha de hacerse constar expresamente de esta forma cuando sea necesario.
Aceptado 2018-08-02
Publicado 2008-01-01
- Resumen 63
- PDF 23