El acceso en igualdad a las técnicas de reproducción médicamente asistida: carencias legislativas y gestación por sustitución

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.12795/IESTSCIENTIA.2022.i02.09

Palabras clave:

Igualdad, Filiación, Gestación por sustitución, Voluntad procreacional, Derecho a la reproducción

Resumen

Las técnicas de reproducción asistida han abierto el camino a nuevas formas de familia y a la disponibilidad de la filiación. Si nuestra LTRHA 2006 ha conseguido facilitar la reproducción a las distintas orientaciones sexuales y ha posibilitado determinar la filiación al margen de la naturaleza (art. 7.3 y 8.3 LTRHA 2006) habría de plantearse si hay realmente una excusa, basada en la imposibilidad del respeto de los derechos fundamentales de los implicados en una gestación por sustitución solidaria, para mantener en la actualidad su nulidad y amparar en nuestro Derecho tan sólo dos únicos tipos de filiación, por naturaleza y adoptiva (art. 108 CC) o si es posible, de admitirse la gestación por otros de carácter altruista, el incluir una filiación basada en la voluntad procreacional, facilitando el acceso de todos, hombres y mujeres, en plena igualdad, a las técnicas de reproducción desarrolladas por los avances de la medicina.

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Biografía del autor/a

Mª Ángeles Serrano Ochoa, Universidad Pablo de Olavide (Sevilla)

Abogada y profesora sustituta interina en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, Departamento de Dº  Privado

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Publicado

2022-12-22

Cómo citar

Serrano Ochoa, M. Ángeles. (2022). El acceso en igualdad a las técnicas de reproducción médicamente asistida: carencias legislativas y gestación por sustitución. IUS ET SCIENTIA, 8(2), 122–135. https://doi.org/10.12795/IESTSCIENTIA.2022.i02.09
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