EL DERECHO AL CONSENTIMIENTO INFORMADO A PARTIR DE LA TEORÍA DEL ESTATUS DE GEORG JELLINEK
Resumen
Jellinek define “estatus” como la “relación con el Estado que califica al individuo”. Su teoría distingue cuatro tipos: pasivo o subiectionis, negativo o libertatis, positivo o civitatis y activo o de la ciudadanía activa. Al margen de las polémicas sobre su vigencia, se pretende relacionar la aportación de Jellinek con la concepción del consentimiento informado del Tribunal Constitucional español, quien lo ha definido como deber de abstención de los profesionales sanitarios (STC 37/2011, de 28 de marzo, entre otras), es decir, como una negación de su competencia en la terminología de Hohfeld, o como un derecho de defensa.
Debido a la adecuación de su estructura al contenido del consentimiento informado, el análisis se centrará en los estatus negativo y positivo. La cuestión versa sobre la posición de los derechos de defensa en la tesis de Jellinek y si es viable su empleo en la conceptualización de los actuales derechos fundamentales.
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Citas
HOHFELD, W. N., “Some Fundamental Legal Conceptions as applied in Judicial Reasoning I”, Yale Law Journal, XXIII, n. I, 1913
JELLINEK, G., System der Subjektiven öffentlichen Rechte, 2ª edición,Tubinga, 1905
PÉREZ LUÑO, A. E., Derechos humanos, Estado de Derecho y Constitución (1984), 10ª edición, Madrid, Tecnos, 2010
PRIETO SANCHÍS, L., Estudios sobre derechos fundamentales, Madrid, Debate, 1990
SEOANE, J. A., “La construcción jurídica de la autonomía del paciente”, EIDON 39, 2013
REFERENCIAS NORMATIVAS
STC 37/2011, de 28 de marzo
STC 154/2002, de 18 de julio
STC 119/2001, de 24 de mayo
STC 120/1990, de 27 de junio
STC 61/1990, de 29 de marzo
STC 22/1988, de 18 de febrero
STC 12/1988, de 3 de febrero
STC 126/1987, de 16 de julio
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- Resumen 73
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