LAS PARADOJAS DE LA ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA
Resumen
La asistencia sanitaria está constituida por los servicios relacionados con la salud prestados por un profesional sanitario a pacientes para evaluar, mantener o restablecer su estado de salud. En 2014, España traspuso la Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, que tiene como objetivos garantizar la movilidad de los pacientes, establecer unas reglas para facilitar su acceso a una asistencia sanitaria segura y de alta calidad en la Unión Europea, y promover la cooperación en materia de asistencia sanitaria entre los Estados miembros, respetando plenamente las responsabilidades de éstos en la organización y prestación de dicha asistencia. Sin embargo, los niveles de calidad de la atención sanitaria en los distintos Estados miembros distan de estar homologados. Por este motivo, la aplicación efectiva de la nueva política, lejos de homogeneizar la atención sanitaria, podría entrañar riesgos como el fomento del turismo sanitario ya existente o el aumento de diferencias entre los ciudadanos de los Estados miembros e, incluso, entre los ciudadanos del mismo Estado-.
Descargas
Citas
Comisión de las Comunidades Europeas. 2008. “Marco comunitario para la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza”. COM (2008) 415 final. Bruselas: Comisión de las Comunidades Europeas.
Fotinopoulou Basurko, O. 2011. “El reembolso de gastos médicos y la Directiva sobre Asistencia Sanitaria Transfronteriza”, Lan harremanak: Revista de relaciones laborales, 25: 329-352.
García Murcia, I y Rodríguez Cardo, I. A. 2014. “Asistencia sanitaria transfronteriza en el ámbito de la Unión Europea: de la seguridad social de trabajadores migrantes a una regulación específica”, Foro, Nueva época, 17 (1): 309-329.
Giraldo Chapaprieta, A. y Méndez Pérez, E. 2015. “El turismo sanitario en España: mitos y realidades”, Revista Internacional de Trabajo Social y Ciencias Sociales, 9: 91-118.
Helble, M. 2010. “The movement of patients across borders: Challenges and opportunities for public health”. World Trade Organization.
Lizarralde, E. y Auren. 2013. Turismo de Salud. Madrid: Ed: Fundación EOI.
Lomas Hernández, V. 2014. “Comentario sobre el Real Decreto 81/2014, de 7 de febrero por el que se establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, y por el que se modifica el Rd 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación”, Revista CESCO de Derecho de Consumo, 9: 177-186.
Marcos, A.M./Méndez, A.M., “El derecho a la salud. Perspectivas tras la crisis”, en Revista de la Facultad de Derecho UNED, 19, (en prensa).
Marcos, A.M./Pinto, F. 2016, “El derecho a la salud y su universalidad en el contexto del derecho español”, en SANZ BURGOS, R. (COORD.), Retos a la eficacia de los Derechos Humanos en España y en la Unión Europea, Comisión Nacional de Derechos Humanos de México.
Navarro López, V. 2007. “¿Cómo está evolucionando la situación social de la Unión Europea?”, Mediterráneo económico, 12: 417-437.
Pérez Menayo, V. 2002. “La Tarjeta Sanitaria Europea”, La Mutua, 8: 75-90.
Relaño Toledano J. e Infante Campos, A. 2009. “Asistencia sanitaria transfronteriza del Sistema Nacional de Salud. Tipos y repercusión económica”, Revista de Administración Sanitaria Siglo XXI, 7 (4): 619-630.
Tena Reif, S. 2016. “Influencia de la crisis económica del 2008 en la salud en España”, XII Congreso Español de Sociología.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Aquellos autores/as que tengan publicaciones con esta revista, aceptan los términos siguientes:- Los autores/as conservarán sus derechos de autor y garantizarán a la revista el derecho de primera publicación de su obra, el cuál estará simultáneamente sujeto a la Licencia de reconocimiento de Creative Commons que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación esta revista.
- Los autores/as podrán adoptar otros acuerdos de licencia no exclusiva de distribución de la versión de la obra publicada (p. ej.: depositarla en un archivo telemático institucional o publicarla en un volumen monográfico) siempre que se indique la publicación inicial en esta revista.
- Se permite y recomienda a los autores/as difundir su obra a través de Internet (p. ej.: en archivos telemáticos institucionales o en su página web) antes y durante el proceso de envío, lo cual puede producir intercambios interesantes y aumentar las citas de la obra publicada. (Véase El efecto del acceso abierto).
- Resumen 85
- PDF 56