Los efectos sinérgicos de la prestación de servicios en plataformas on line, el trabajo de cuidados y el trabajo no declarado como retos de trabajo decente en la nueva sociedad digital
DOI:
https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2021.i02.11Palabras clave:
Plataformas digitales, Trabajo de cuidados, Economía informal, Digitalización, PrecarizaciónResumen
El acelerado desarrollo de las TIC ha propiciado el surgimiento de nuevos modelos de negocios digitalizados con evidentes déficits de trabajo decente. A este nuevo paradigma tecnológico, que ha emergido como excusa perfecta para eludir la legislación social, se une la perpetuación, a escala global, de las tradicionales bolsas de economía sumergida y determinados estereotipos de género que invisibilizan a grandes contingentes de personas trabajadoras que no pueden aspirar a los derechos sociales legalmente establecidos, como sucede en el ámbito del trabajo de cuidados. La conjunción de esas tendencias desreguladoras y la sucesión de crisis económicas típicas del modelo de producción capitalista, con su inevitable secuela de desempleo masivo y precarización de las condiciones de trabajo, han ido conduciendo a un paulatino aumento del riesgo de exclusión social de grandes capas de la población trabajadora para las que el hecho de trabajar ya no les garantiza salir de la pobreza.
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Aguilera Izquierdo, R. y Cristóbal Roncero, R.: “Nuevas tecnologías y tiempo de trabajo: el derecho a la desconexión tecnológica”, en Rodríguez Fernández, M. L. y Mora Cabello de Alba, L.: El futuro del trabajo que queremos, OIT-Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Madrid, 2017.
Alemán Páez, F.: “El derecho de desconexión digital. Una aproximación conceptual, crítica y contextualizadora al hilo de la «Loi Travail nº 2016-1088»”, Trabajo y Derecho. Nueva Revista de Actualidad y Relaciones Laborales, núm. 30, 2017.
Alfonso Mellado, C. L. et alt.: “Conclusiones generales”, en AA.VV.: La regulación legal y convencional del tiempo de trabajo, Francis Lefebvre, Madrid. 2020.
Almendros González, M. Á. et altri: “Tiempo de trabajo y conciliación laboral: permisos, licencias, reducciones y redistribuciones de jornada para conciliar trabajo y familia”, en AA.VV.: La regulación legal y convencional del tiempo de trabajo, Francis Lefebvre, Madrid, 2020.
Aragüez Valenzuela, L.: “El impacto de las tecnologías de la información y de la comunicación en la salud de los trabajadores: el tecnoestrés”, e-Revista Internacional de la Protección Social, vol. 2, núm. 2, 2017.
Berg J.; Furrer, M.; Harmon, E.; Rani, U.; Silberman, M. S.: Digital labour platforms and the future of work. Towards decent work in the online world, International Labour Office, Ginebra, 2018.
Berins Collier, R.; Dubal, V. B.; Carter, C.: “Labor Platforms and Gig Work: The Failure to Regulate”, IRLE Working Paper, núm. 100, 2017.
Cruz Villalón, J.: “Las transformaciones de las relaciones laborales ante la digitalización de la economía”, Temas Laborales. Revista andaluza de trabajo y bienestar social, núm. 138, 2017.
De Stefano, V.: The rise of the “just-in-time workforce: On-demand work, crowdwork and labour protection in the “gig-economy”, Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 2016.
Durán Heras, M. A.: La riqueza invisible del cuidado, Universidad de Valencia, Valencia, 2018.
Garben, S.: Proteger a los trabajadores en la economía de plataformas de internet: visión general de los avances reglamentarios y políticos en la UE, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, Luxemburgo, 2017.
Ginés i Fabrellas, A. y Gálvez Durán, S.: “Sharing economy vs. uber economy y las fronteras del Derecho del Trabajo: la (des)protección de los trabajadores en el nuevo entorno digital”, InDret. Revista para el Análisis del Derecho, núm. 1, 2016.
Igartua Miró, M. T.: “El derecho a la desconexión en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales”, Revista de Trabajo y Seguridad Social, núm. 432, 2019.
Klugman, J. y Melnikova, T.: “Unpaid work and Care. A policy brief”. Grupo de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre el Empoderamiento Económico de las Mujeres (Secretary General’s High Level Panel on Women’s Economic Empowerment. United Nations), 2016.
Lehdonvirta, V.: “Flexibility in the gig economy: Managing time on three online piecework platforms”, New Technology, Work and Employment, vol. 33, núm. 1, 2018.
Lozano Lares, F.: El tratamiento jurídico de la siniestralidad laboral. Un análisis tipológico, Ediciones Cinca, Madrid, 2014.
Lozano Lares, F. “Hacia un modelo humanístico de seguridad y salud laboral”, Revista de Derecho Social, núm. 89, 2020.
Lozano Lares, F.: “La eficacia jurídica del concepto de trabajo decente”, Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Derecho del Trabajo, vol. 4, núm. 4, 2016.
Lozano Lares, F.: La regulación del trabajo de menores y jóvenes, Mergablum, Sevilla, 2000.
Lozano Lares, F.: “Los déficits de protección social del trabajo femenino”, Revista General de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, núm. 58, 2021.
Lozano Lares, F.: “Tiempo de trabajo y derechos digitales”, en González Ortega, S. (coord.): El nuevo escenario en materia de tiempo de trabajo, Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, Sevilla, 2020.
Mann, G. y O’Neil, C.: “Hiring Algorithms Are Not Neutral”, Harvard Business Review, 9 de diciembre de 2016, disponible en https://hbr.org/2016/12/hiring-algorithms-are-not-neutral.
Manyika, J. et alt.: A future that Works: automation, employment and productivity, Mackinsey Global Institute, 2017.
Marín Malo, M.: “El cómputo del tiempo de trabajo en la prestación de servicios a través de plataformas digitales”, Temas Laborales. Revista andaluza de trabajo y bienestar social, núm. 148, 2019.
Mercader Uguina, J. R.: “La prestación de servicios en plataformas profesionales: nuevos indicios para una nueva realidad”, en Todolí Signes, A. y Hernández-Bejarano, M. (dirs.): Trabajo en Plataformas Digitales: innovación, Derecho y mercado, Thomson Reuters-Aranzadi, Cizur Menor, 2018.
Miranda Boto, J. M.: “Algo de ruido. ¿Cuántas nueces? La nueva Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea y su impacto en el derecho español”, Temas Laborales. Revista andaluza de trabajo y bienestar social, núm. 149, 2019.
Molero Manglano, M. L.: “Las trabajadoras del cuidado: por un futuro de trabajo decente”, Revista de Derecho Social, núm. 89, 2020.
OIT: El trabajo de cuidados y los trabajadores del cuidado para un futuro con trabajo decente, Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 2019.
OIT: Estadísticas sobre trabajo, empleo y subutilización de la fuerza de trabajo. 19ª Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo. Resolución I, Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 2013.
OIT: Garantizar un tiempo de trabajo decente para el futuro, Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 2018.
OIT: La transición de la economía informal a la economía formal, Conferencia Internacional del Trabajo, 103ª reunión, Ginebra, 2014.
OIT: Mujeres y hombres en la economía informal: un panorama estadístico, Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 2018.
OIT: Trabajar para un futuro más prometedor. Comisión Mundial sobre el Futuro del Trabajo, Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 2019.
OIT: Trabajo decente para los trabajadores domésticos, Oficina Internacional del Trabajo, Ginebra, 2010.
Palomeque López, C.: “Los derechos fundamentales generales y relación laboral: los derechos laborales inespecíficos”, en Martín Jiménez, R. y Sempere Navarro, A. V. (coords.): El modelo social en la Constitución española de 1978, Aranzadi, Madrid, 2003.
Rodríguez Fernández, M. L.: “Clásicos y nuevos desafíos del trabajo en la economía 4.0”, en Rodríguez Fernández, M. L. y Mora Cabello de Alba, L.: El futuro del trabajo que queremos, OIT-Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Madrid, 2017.
Rodríguez-Piñero Royo, M.: “Trabajo en plataformas: innovaciones jurídicas para unos desafíos crecientes”, IDP. Revista de Internet, Derecho y Política, núm. 28, 2019.
Rosenblat, A. y Stark, L.: “Algorithmic labor and information asymmetries: A case study of Uber’s drivers”, International Journal of Communication, núm. 10, 2016.
Schneider, F.: Size and Development of the Shadow Economy of 31 European and 5 other OECD Countries from 2003 to 2012: Some New Facts. [en línea]: http://u.uma.es/7X/.
Vallecillo Gámez, M. R.: “El derecho a la desconexión: ¿«novedad digital» o esnobismo del «viejo» derecho al descanso”, Estudios Financieros. Revista de Trabajo y Seguridad Social: Comentarios, casos prácticos, recursos humanos, núm. 408, 2017.
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Aceptado 2021-11-08
Publicado 2021-12-31
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