LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE NO TIENE FRONTERAS EN LA UE
DOI:
https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2018.i02.03Resumen
A veces las normas de la Unión Europea que pretenden promover la libre prestación de servicios y la libre circulación de los trabajadores con objeto de favorecer la interpenetración económica, evitando complicaciones administrativas, como pueden ser las que regulan la emisión y utilización de los certificados E-101 o A1, son utilizadas fraudulentamente para obtener una reducción de costes laborales. Es lo que ocurre con el fenómeno de las empresas buzón, que se constituyen en determinados países miembros con el único objetivo de facilitar, mediante el desplazamiento de trabajadores, mano de obra barata en otros países cuyos costes habitualmente son más altos. El problema se complica cuando esta práctica cuenta con la laxitud o la pasividad en la aplicación de la norma por parte de las autoridades de los países en que estas empresas radican, que son quienes tienen la competencia para verificar el cumplimiento de los requisitos exigibles y la expedición de los documentos acreditativos. La sentencia que comentamos admite la posibilidad de que, en determinadas circunstancias, los tribunales de los países en que se desarrolle la prestación efectiva del trabajo puedan no tener en cuenta esos documentos obtenidos en el país de origen, y decidir conforme al resto del material probatorio disponible, cuando de este se desprenda la existencia de fraude en la obtención de los documentos bajo cuyo amparo se realizaron los desplazamientos.
Descargas
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Aquellos autores/as que tengan publicaciones con esta revista, aceptan los términos siguientes:
- Los autores/as conservarán sus derechos de autor y garantizarán a la revista el derecho de primera publicación de su obra, el cuál estará simultáneamente sujeto a la Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0 DEED) que permite a terceros compartir la obra siempre que:
- Se cite la autoría y la fuente original de su publicación (revista, editorial y URL de la obra).
- No se usen para fines comerciales
- Se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.
- Los autores/as podrán adoptar otros acuerdos de licencia no exclusiva de distribución de la versión de la obra publicada (p. ej.: depositarla en un archivo telemático institucional o publicarla en un volumen monográfico) siempre que se indique la publicación inicial en esta revista.
- Se permite y recomienda a los autores/as difundir su obra a través de Internet (p. ej.: en archivos telemáticos institucionales o en su página web) antes y durante el proceso de envío, lo cual puede producir intercambios interesantes y aumentar las citas de la obra publicada.
Aceptado 2019-01-03
Publicado 2019-01-22