LA ACTIVIDAD DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS A BORDO DE BUQUES Y SUS PROBLEMAS FRENTE AL ENCUADRAMIENTO EN UN RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2016.i01.02

Resumen

La aplicación del Reglamento de coordinación de sistemas de Seguridad Social 883/2004 presenta reglas especiales para el personal a bordo de buques. Esta misma circunstancia se manifiesta en el Convenio multilateral iberoamericano de Seguridad Social. Los criterios previstos para establecer la ley aplicable a los trabajadores del mar, son distintos de los que se establecen para otros trabajadores. Se trata de un sistema basado (con ciertas excepciones) con la aplicación de la norma correspondiente al Estado de pabellón. El presente trabajo pretende poner de manifiesto las posibles disfunciones que se pueden ocasionar con la utilización de dicho criterio, basado en una ficción jurídica que, en la actualidad, con el recurso cada vez más frecuente de la utilización de pabellones de conveniencia, requiere de una revisión en profundidad.

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Biografía del autor/a

María Isabel Ribes Moreno, Universidad de Cádiz

Profesora Ayudante Doctora, Departamento Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Publicado

2016-04-06

Cómo citar

Ribes Moreno, M. I. (2016). LA ACTIVIDAD DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS A BORDO DE BUQUES Y SUS PROBLEMAS FRENTE AL ENCUADRAMIENTO EN UN RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL. E-Revista Internacional De La Protección Social, 1(1), 23–39 / 40. https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2016.i01.02

Número

Sección

ARTÍCULOS DOCTRINALES
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