Reducción de jornada: a vueltas con la discriminación sexista con ocasión de dos nuevos pronunciamientos del Tribunal Constitucional
DOI:
https://doi.org/10.12795/TPDM.2021.i4.09Resumen
Dos recientes sentencias del Tribunal Constitucional vuelven a pronunciarse acerca de la dimensión constitucional de la reducción de jornada por guarda legal. En la primera de ellas, se estimó que se había vulnerado el derecho a la no discriminación por razón de sexo porque las resoluciones judiciales recurridas no habían ponderado los efectos de un cambio de horario de la trabajadora afectada en sus responsabilidades de cuidado y en su capacidad de conciliarlas con su trabajo. En la segunda, el Tribunal considera que el cambio de funciones que la empresa ordena a la trabajadora demandante no implica una discriminación indirecta por razón de sexo porque ese cambio no le supuso ningún perjuicio y porque, en todo caso, respondía a necesidades organizativas de la empleadora. En este artículo, se formula una crítica de ambas sentencias, basada en que en ninguna de las dos se pondera con suficiente adecuación la posición jurídica de las trabajadoras que sufren desventajas particulares derivadas del disfrute de derechos de conciliación de la vida familiar. Sin embargo, también se expresan algunas valoraciones positivas, centradas en pequeños avances en la protección constitucional de estos derechos de crianza de hijos.
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Cabeza Pereiro, Jaime (2020), “La Directiva de conciliación de la vida familiar y profesional”, Revista de Derecho Social, 92.
Casas Baamonde, María Emilia (2018), “Conciliación de la vida familiar y laboral: Constitución, legislador y juez”, Derecho de las Relaciones Laborales, 11.
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