Resumen
La Iglesia Católica estipuló sanciones a los que intentaron contraer nupcias –o ya las habían efectuado- en Córdoba del Tucumán y en el Río de la Plata durante los siglos XVIII-XIX, cuando omitieron gestionar dispensas al poseer consanguinidad y afinidad con parientes. Fuentes del Derecho Canónico; las del Archivo del Arzobispado de Córdoba y otras de Buenos Aires y Montevideo respaldan la investigación.
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