El derecho a la intimidad en Francia en la época de la Sociedad de la Información: "Quand je vous ameray? Ma foi, je ne le sais pas... peut-être jamais, peut être demain!"

Autores

  • Hubert Alcaraz

Palavras-chave:

Vida privada – Intimidad – Derecho - Consejo constitucional francés – Protección – Derechos fundamentales – Nuevas tecnologías – Inviolabilidad del domicilio – Inviolabilidad de las comunicaciones – Vida personal

Resumo

En Francia, el derecho a la intimidad no ha sido consagrado por la Constitución. El ordenamiento jurídico francés maneja sólo el derecho a la vida privada, garantizado, únicamente, por el Código civil. Sin embargo, su artículo 9 se orienta hacia el respeto a la vida privada más que a la intimidad de la vida privada. Hoy por hoy, ante las nuevas tecnologías y frente a la renovación de los peligros que amenazan la vida privada, el derecho a la intimidad aparece, en Francia, como un derecho mal conocido al no haberse distinguido de nociones conexas. Pero, al mismo tiempo, es un derecho muy útil, susceptible de adaptarse mejor a la evolución que la sociedad viene conociendo desde hace varias décadas.

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Biografia do Autor

Hubert Alcaraz

Universidad de Pau et des pays de l’Adour. Institut d’études Ibériques et Ibéro-américaines

Publicado

2007-10-01

Como Citar

Alcaraz, H. (2007). El derecho a la intimidad en Francia en la época de la Sociedad de la Información: "Quand je vous ameray? Ma foi, je ne le sais pas. peut-être jamais, peut être demain!". Araucaria, 9(18). Recuperado de https://revistascientificas.us.es/index.php/araucaria/article/view/1165

Edição

Seção

Las ideas. Su política y su historia