Evelyn Téllez Carvajal
Investigadora del Centro de Investigación e Innovación en TIC INFOTEC, México
evelyn.tellez@infotec.mx 0000-0001-6136-6821
IUS ET SCIENTIA • 2023
Vol. 9 • Nº 1 • pp. 175-177
ISSN 2444-8478 • http://doi.org/10.12795/IESTSCIENTIA.2023.i01.11
Con el sugerente título La Tecnología y la Inteligencia Artificial al servicio del proceso, se reúnen trece trabajos doctrinales, publicados con el sello de la prestigiosa editorial Colex y bajo la dirección de los profesores Villegas Delgado y Martín Ríos, de la Universidad de Sevilla.
La obra colectiva referida trae causa de la celebración, en la Facultad de Derecho de dicha Universidad, del II Congreso Internacional “La Administración de Justicia en España y en América”, bajo el amparo del proyecto de investigación “Biomedicina, Inteligencia Artificial, Robótica y Derecho: los retos de jurista en la era digital”.
No puede recensionarse el estudio que nos ocupa sin hacer cumplida alusión a su prólogo. Por su enjundia y profundidad, bien hubiera podido constituir un capítulo aparte. Sin duda, contar con la participación del magistrado Rodríguez Lainz, incontestable autoridad en la materia, constituye una inmejorable carta de presentación.
A las sesudas reflexiones de reputados y consagrados profesores de Derecho Procesal de diversas Universidades españolas (Profesores Calaza López, Castillejo Manzanares, Etxeberria Guridi, Fontestad Portalés, Garcimartín Montero, Gómez Colomer, González Navarro, Nieva Fenoll y Ortiz Pradillo), se aúnan las contribuciones de dos jóvenes y prometedoras profesoras de la Universidad de Sevilla (Profesoras Domínguez Barragán y García Sánchez). El necesario enfoque internacional de una materia que -a todas luces- no conoce de fronteras, se consigue gracias a las ilustrativas aportaciones de Jorge Cerdio Herrán, Profesor del Instituto Tecnológico Autónomo de México, y Pier Paolo Paulesu, Catedrático de Derecho procesal penal de la Universidad de Padua.
Tratándose de una materia tan poliédrica, con tantas implicaciones distintas, resulta realmente complejo limitar su examen a solo una de ellas, sin exponerse al riesgo de resultar excesivamente limitado. Pese a ello, la mera lectura del índice hace abandonar tales recelos. Siempre desde una óptica jurídica, que es la que vertebra el estudio, se observa un abordaje de la cuestión que podríamos calificar de exhaustivo.
La obra que se presenta es una fiel radiografía del mundo que nos circunda, y no deja de ser reflejo de cómo la tecnología supone una parte considerable -de creciente importancia, además- de nuestra vida. Se trata, en suma, de una materia que, sin ser novedosa, no abandona nunca su actualidad ni su relevancia. No es aventurado predecir -y el signo de los tiempos así parece evidenciarlo- que ambas crecerán exponencialmente en los próximos tiempos, de forma directamente proporcional al desarrollo técnico que el ser humano alcance.
Es bien sabido que la implantación práctica de las nuevas tecnologías a la Administración de Justicia, en general, y a los procesos civil y penal, en particular, trae consigo una serie de problemas añadidos. Es esencial que se parta de la base del necesario respeto a la protección de derechos y garantías procesales y al principio de “seguridad judicial electrónica” en todas sus dimensiones (autenticidad, confidencialidad, integridad, disponibilidad, trazabilidad y conservación), lo que constituye el punto de partida de varios de los trabajos que componen la obra comentada. Iniciativas como estas contribuyen a dotar de mayores certezas a las múltiples incógnitas que acompañan a cualquier incursión en este terreno, sometido a permanente mutación.
Todos los estudios que se incorporan presentan un mismo hilo conductor, aun cuando lo transversal de la temática abordada explica que se aprecien múltiples enfoques en los diferentes trabajos que aglutina. Entre otros aspectos, en ella se analizan las complejidades que plantea la digitalización de los expedientes físicos en el tránsito hacia el Expediente Judicial Electrónico, con los retos que supone la creación de una sede judicial electrónica y las exigencias de interoperabilidad que comporta.
Se examinan, igualmente, las repercusiones prácticas que, para el ciudadano, supone ese tránsito (acceso a la justicia, transparencia, facilidad de comunicación y de conocimiento, economía de medios, ahorro temporal…), así como la repercusión de la brecha digital ante la pretensión de generalización del empleo de las nuevas tecnologías por parte de los profesionales de la justicia. Ninguna de estas dificultades, pese a lo complejo de su tratamiento, ha sido soslayada.
Era inevitable, y de ello han sido conscientes los editores, el examen del posible campo de actuación (así como de sus límites) de la -omnipresente- Inteligencia Artificial en la Administración de Justicia. Esta cuestión es analizada desde distintas ópticas: su impacto en el proceso penal (especialmente, por cuanto se refiere a la investigación y prueba de delitos), la contratación civil, la navegación marítima, la justicia administrativa o los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Como era de esperar en un libro de estas características, los análisis que en él se contienen tienen muy presente las implicaciones que la reconversión tecnológica de la Justicia tiene respecto de la debida protección de datos, como ámbitos claramente interrelacionados. Se parte de la base, para ello, de la capital importancia que revisten los datos en la sociedad contemporánea digital (considerados, no en vano, como el petróleo del siglo XXI). Del mismo modo, se aprecia una preocupación común por algo que no es baladí: las exigencias que han de respetarse en cuanto al aseguramiento de la conservación de forma segura (integridad y autenticidad) de la información generada como resultado de la citada reconversión.
En definitiva, por la amplitud de sus planteamientos, lo fundado y riguroso de sus argumentos y la rabiosa actualidad de las diferentes problemáticas que aborda, no podemos sino recomendar, vivamente, la detenida consulta de esta obra colectiva, así como felicitarnos por el hecho de que la Universidad aliente la realización de esfuerzos en esta dirección.
Nos movemos a ciegas en un escenario en constante cambio; sean bienvenidos estudios de este género, óptimos faros en la bruma jurídica.