Adriana Fillol Mazo
Universidad de Sevilla
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IUS ET SCIENTIA • 2022
Vol. 8 • Nº 1 • ISSN 2444-8478 • pp. 201-204
ISSN 2444-8478 • http://doi.org/10.12795/IESTSCIENTIA.2022.i01.13
La obra Hacia la consolidación del derecho a la tierra en el orden internacional, coordinada por el profesor de la Universidad de Sevilla, Miguel Ángel Martín López, supone una aportación de considerable interés científico y social en una temática emergente que necesita de desarrollo jurídico, en particular con una perspectiva de derechos humanos. La Tierra es un recurso natural esencial para la pervivencia de las comunidades rurales y campesinas, el mantenimiento de un medio ambiente sano y el logro de la seguridad alimentaria local y mundial. Todos estos objetivos no se podrán conseguir si la misma no recibe una protección jurídica suficiente.
El derecho internacional ha empezado a preocuparse de esta problemática solo recientemente. Así, podemos encontrar aportes a partir del trabajo de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), plasmado en las Directrices voluntarias sobre la Gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, adoptadas en mayo de 2012. Estas directrices constituyen una regulación amplia que pretende dar seguridad jurídica a la tenencia de la tierra. Otro instrumento de interés son los Principios para la inversión responsable en la tierra, auspiciados por la FAO y otros organismos financieros internacionales, que intentó poner algo de freno al fenómeno de acaparamiento de tierras (land grabbing) de primeros de la década pasada. Pero, con todo, el texto clave es la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales, aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2018. Su artículo diecisiete crea un derecho a la tierra para tales personas. La creación de este derecho aún no está consolidada sino que más bien es controvertida. De hecho, ha sido una de las causas principales para la oposición y abstención de numerosos Estados a la citada declaración. Ahora bien, podemos entender que todo ello entra dentro de la normalidad que supone una creación ex novo.
La presente obra intenta arrojar luz científicamente sobre este derecho y también favorecer y propiciar que se siga profundizando en su aplicación y protección. Es una obra pionera en este sentido en el panorama científico, no solo nacional sino también internacional.
A efectos organizativos, la obra ha quedado dividida en tres grandes bloques. El primer bloque temático está dedicado específicamente a estudiar jurídicamente este derecho a la tierra, que se encuentra en construcción, tanto desde el punto de vista internacional como en la plasmación nacional que empieza a hacerse en algunos Estados. El primer bloque comienza con el trabajo del profesor Miguel Ángel Martín López, que analiza la naturaleza y el contenido del derecho a la tierra, tal y como es acogido por la mencionada declaración de Naciones Unidas. El contenido general del derecho a la tierra, en la letra del parágrafo primero del artículo 17, es el tener acceso, el uso y la gestión de la misma de manera sostenible para alcanzar un nivel de vida adecuado, tener un lugar en el que vivir con seguridad, paz y dignidad así como desarrollar su cultura. Decimos que este es el contenido general, pero ¿cuáles son sus contornos? ¿hasta dónde llega este derecho de acceso? El análisis de estas cuestiones, así como su concreción son objeto de estudio en el trabajo del profesor Martín López.
A ello le sigue un interesante trabajo de las investigadoras Sofía Monsalve Suárez y Andrea Nuila Herrmannsdörfer, pertenecientes a la organización no gubernamental FIAN internacional, sobre el avance del derecho a la tierra frente a los desafíos del derecho internacional de los derechos humanos. El trabajo estudia el engarce de este derecho en el marco general de los derechos humanos a nivel internacional y los avances que trae consigo. El desenvolvimiento de las características de dicha relación constituye una herramienta útil de medición para considerar los límites a los que se enfrenta la labor de profundización y concreción de un derecho humano a la tierra.
Tras ello, la doctora Verónica Torres-Marenco (University of Greenwich) aborda la relación del derecho a la tierra con el principio del consentimiento libre, previo e informado, el cual no ha sido plenamente acogido en el texto de la declaración de los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en el mundo rural, mostrando el estudio la necesidad de darle entrada para una efectiva protección de este derecho.
Posteriormente, contamos con otra aportación de primer orden a cargo del profesor Fabrice Riem, coordinador del Centro Lascaux para las transiciones. El autor hace un análisis de la dimensión colectiva de la tierra, entendiéndola como un complejo de derechos e incluso como un sujeto de derecho.
El primer bloque temático cierra con dos trabajos que analizan la implementación del derecho a la tierra en los ordenamientos jurídicos internos, como Francia y Colombia. En el primer caso, Pierre-Etienne Bouillot, del Instituto AgroParisTech, analiza el derecho rural francés de adquisición de la tierra desde una perspectiva de sostenibilidad, dando entrada a cuestiones que en un futuro ya próximo han de ser tenidas en cuenta, como la protección ambiental, la limitación de las explotaciones, la salvaguarda de las explotaciones de subsistencia y de la agricultura familiar y otros límites al derecho de propiedad sobre la tierra. Por su parte, Aura Patricia Bolívar, investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México, aborda el derecho de acceso a la tierra en Colombia, examinando la jurisprudencia de la Corte Constitucional y los avances habidos en el tema a nivel interno.
Las cuestiones analizadas en el primer bloque temático, por autores que conocen de primera mano los problemas aparejados a la aplicabilidad del derecho a la tierra, constituyen aportaciones que enriquecen el debate científico y aportan luces para comprender cuál es el alcance jurídico de este derecho a la tierra a los efectos de profundizar sobre su promoción y protección en el marco internacional.
A continuación, la obra cuenta con un segundo bloque temático que se dedica a analizar, desde una perspectiva multidisciplinar, los efectos jurídicos y los avances recientes ante el conocido fenómeno de las adquisiciones de tierra a gran escala, el conocido land grabbing. Este análisis es pertinente en la medida en que no se podrá hablar de un efectivo derecho a la tierra si no se ponen límites a dicho fenómeno. En concreto, se incluyen cuatro trabajos, estando el primero de ellos a cargo de Fréderic Mousseau, director de programas del reconocido e influyente Oakland Institute, de Estados Unidos, en el que hace un examen crítico del reciente nuevo esquema del Banco Mundial para privatizaciones de tierras en el sur global, sobre todo en lo relativo a la expansión de la agricultura industrial a gran escala. Le sigue un trabajo del profesor Michele Nino, de la Universidad de Salerno, que se encarga de estudiar los efectos negativos de tales acaparamientos de tierras en la situación jurídica subjetiva de las comunidades locales, proponiendo la elaboración de un código de conducta internacional para inversiones sostenibles. Nos encontramos después con otro trabajo de calado jurídico realizado por la profesora María del Ángel Iglesias Vázquez, de la Universidad internacional de la Rioja (UNIR), sobre el tratamiento de estos acaparamientos y los desplazamientos forzados de las tierras ancestrales de las comunidades indígenas ante la Corte Penal Internacional. El segundo bloque temático finaliza con un trabajo de la profesora Adriana Fillol Mazo, de la Universidad de Sevilla, que estudia este fenómeno de acaparamiento en Europa y sus retos jurídicos, cuestiones aún poco abordadas y que demuestran que el fenómeno es esencialmente global. En Europa hoy en día, la concentración de tierras bajo explotaciones cada vez más grandes controladas por menos manos, como resultado, en parte, del acaparamiento de tierras y de la reducción del acceso a la tierra para los pequeños productores de alimentos, se está acelerando. Hasta qué punto, cómo y por qué sucede esto, merece mucha más atención crítica de la que está teniendo hasta ahora.
A medida que aumentan los estudios científicos, los informes oficiales y las encuestas realizadas en terreno, se confirman los graves problemas que plantea esta inversión masiva: desconocimiento de derechos consuetudinarios, irregularidades y falta de transparencia de los contratos, falta de consulta a las poblaciones afectadas, desplazamientos forzosos sin compensación, privación del acceso a ciertos recursos esenciales, cesión de las mejores tierras para la producción de bienes exportables o de agro-combustibles en Estados donde la seguridad alimentaria es inestable, etc.
Las aportaciones que encontramos en este segundo bloque temático resultan fundamentales a la hora de comprender los obstáculos existentes para hacer efectivo el derecho a la tierra. El análisis, las consecuencias y las propuestas de mejora para profundizar en el estudio de los acaparamientos de tierras, en diferentes partes del mundo, es una cuestión clave cuando queremos tratar la temática de la tierra.
Por último, la obra termina con un tercer bloque temático, no jurídico, si no eminentemente histórico, cuya inclusión quedaría justificada por el hecho de que la tenencia de la tierra por los campesinos obedece en muchos casos, en cada territorio, a decisiones ancladas en el pasado que han condicionado negativamente el desarrollo de las zonas rurales y de sus pobladores. El derecho a la tierra debería, pues, adaptarse a cada realidad y territorio, en función de su realidad histórica. Se incluyen, en este bloque, tres trabajos de historiadores de la Universidad de Córdoba. En el primero, a cargo del profesor de Historia Contemporánea, Francisco Miguel Espino, aborda aspectos del proceso de privatización de las tierras públicas de aprovechamiento vecinal en la España del Siglo XIX. Marco Calvo-Manzano también analiza los inicios del seguro obligatorio de vejez en el sector agrario español, como mecanismo de pacificación social y subsistencia en el agro español, en tanto que Antonio Muñoz estudia los intentos de reforma agraria en la primera república española y las propuestas para crear una reforma de campesinos propietarios. Concluye, por último, el libro con el trabajo también histórico de Werbeth Serejo de la Universidad de Coimbra, sobre la protección social de los trabajadores rurales en Portugal entre 1962 y 1984, mostrando las deficiencias del Estado.
Estamos ante una obra que, por su actualidad y relevancia, es de recomendada lectura, siendo pionera entre la literatura en español, ya que aborda de una forma holística, detallada y rigurosa aquellos aspectos jurídicos y sociales del derecho a la tierra a los efectos de profundizar sobre su consolidación.