Recensión de la obra de Carmen Solís Prieto (dir.): Incidencia del ejercicio de la libertad religiosa en el ámbito laboral y de la Seguridad Social: diálogo, tolerancia y convivencia, Aranzadi, Las Rozas, 2024

María Dolores Ramírez Bendala

Profesora Colaboradora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Universidad de Sevilla

bendala@us.es 0000-0003-1619-3065

e-Revista Internacional de la Protección Social ▶ 2025

Vol. 10 ▶ Nº 2 ▶ pp. 168-171

ISSN 2445-3269

El concepto de derechos laborales fundamentales inespecíficos, entre los que se encuentra la libertad religiosa, y la eficacia horizontal de los derechos fundamentales (Drittwirkung) en el seno de la empresa no puede sino ser considerado un clásico en la materia propia del Derecho Individual del Trabajo. Por ello, pudiera ingenuamente pensarse que los diferentes estudios llevados a cabo por la doctrina iuslaboralista hubieran podido agotar las distintas perspectivas de análisis del mismo. Nada más lejos de la realidad, como pone de manifiesto la obra recensionada. Se trata del reciente libro colectivo titulado Incidencia del ejercicio de la libertad religiosa en el ámbito laboral y de la Seguridad Social: diálogo, tolerancia y convivencia, dirigido por la Dra. Carmen Solís Prieto, Profesora Contratada Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Extremadura, y editado por la prestigiosa editorial jurídica Aranzadi. La temática de ésta se muestra además de máxima actualidad cuando encontramos en distintos medios de comunicación de carácter nacional noticias que precisamente se hacen eco de las dificultades para encontrar trabajo, pese a su excelente formación, de muchas mujeres musulmanas que portan el hiyab.

El derecho del individuo a profesar la creencia o religión que estime oportuna se proyecta, aunque con limitaciones, en el ámbito de las relaciones jurídicas tanto de naturaleza pública como privada. El impacto de la libertad religiosa en los entornos de trabajo se ha incrementado en España a consecuencia de la multiculturalidad de nuestra sociedad derivada del fenómeno migratorio haciéndose cada vez más necesaria la protección de la libertad individual hacia las organizaciones. La convivencia de diferentes modelos de vida procedente de distintos países y culturas ha dado lugar, en el marco laboral, a una doctrina jurisprudencial armonizadora basada en el acomodo razonable entre la libertad de empresa y la libertad de creencias que ha abordado cuestiones como la adaptación del tiempo de trabajo, la exigencia de uniformidad y el respeto a la simbología religiosa, la objeción de conciencia por motivos religiosos en el ámbito laboral, el alcance de la obligación del trabajador de respetar el ideario y los principios de la confesión religiosa para la que presta actividad y la participación en actividades religiosas como actos de servicio. A su vez, a ello habría que sumar la cuestión de si esta misma doctrina resulta aplicable en el marco de la Seguridad Social.

La obra se inserta entre los frutos del proyecto de investigación «Incidencia del ejercicio de la libertad religiosa en el ámbito laboral y de la Seguridad Social: diálogo, tolerancia y convivencia en la empresa» (LIBERRELILAB), financiado por la Fundación Pluralismo y Convivencia F.S.P. al amparo de las ayudas para la promoción del conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de odio (convocatoria 2022). El volumen se estructura en torno a cuatro grandes ejes en los que investigadores del proyecto y expertos invitados pertenecientes a distintas universidades españolas e italianas, con una dilatada y sólida trayectoria investigadora y especializados en la temática tratada como ponen de manifiesto las bases de datos bibliográficos, realizan una detallada revisión de los aspectos fundamentales de la materia.

La obra comienza con una parte introductoria en la que se aborda de forma general la incidencia de la diversidad religiosa en el ámbito laboral. Nadie mejor que el Dr. Jaime Rossell, en su doble condición de Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad de Extremadura y ex-Subdirector General de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia, para presentar el marco jurídico aplicable a la gestión de la diversidad religiosa en el ámbito laboral y la prohibición de discriminación por motivos religiosos en dicho entorno, tanto en el momento de la contratación como al tiempo de la extinción del contrato, pasando por todo el período de prestación de servicios por cuenta ajena.

La introducción se completa con una revisión de las bases culturales, doctrinales y jurídicas de la práctica del Islam, como confesión con especialmente presencia en nuestro país, en la vida pública, capítulo firmado por la Dra. Rocío Velasco de Castro, Profesora Titular de Estudios Árabes e Islámicos de la Universidad de Extremadura. En el mismo, tras analizar las fuentes del fiqh (el Corán y la Sunna) y su influencia sobre el ordenamiento jurídico actual de los países musulmanes, se profundiza en la praxis de la doctrina islámica en la vida pública, tanto cuando se trata de prescripciones de obligado cumplimiento (el ayuno en el mes de Ramadán o las cinco oraciones diarias) como cuando se pueden calificar de usos, rituales y prácticas no preceptivas pero recogidas en el Corán (el uso no preceptivo del velo, la ingesta de alimentos halal y la prohibición de consumo de cerdo y vino).

El segundo bloque que compone la obra colectiva se centra en la incidencia de las diversas manifestaciones de la libertad religiosa en el ámbito laboral y las posibles vías de ajuste a implementar para lograr un equilibrio entre los distintos bienes jurídicos en conflicto. El mismo comienza con un trabajo de la Dra. Carmela Garofalo, Ricercatrice di diritto del lavoro de la Universidad de Bari (Italia), donde se plantea la tensión entre la tutela del derecho que al trabajador le corresponde y los poderes inherentes a la condición empresarial cuando se aborda el tema de la libertad religiosa en el entorno laboral. Desde la perspectiva del ordenamiento jurídico italiano, se analiza tanto la cuestión de los días de descanso, los festivos laborales, las prescripciones sobre alimentación y el hecho de portar de forma visible símbolos inequívocos indicativos de su profesión religiosa como el papel jugado por la negociación colectiva y los usos de empresa para buscar un equilibrio entre libertad religiosa y libertad de empresa a través del acomodo razonable.

De singular interés resulta el capítulo firmado por el Dr. Ángel Arias Domínguez, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Extremadura, quien, a través de un exhaustivo y sistemático análisis de la jurisprudencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el uso de simbología religiosa en lugares de trabajo (Samira Achbita, Asma Bougnaoui…) y tras el estudio de la procedente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre libertad religiosa (Buscarini y Otros c. San Marino, Alexandridis c. Grecia, Eweida y Otros c. UK, entre otras), cuestiona si realmente se está construyendo un «paradigma neutro» de interpretación al respecto en el ámbito de la Unión Europea.

El Dr. Antonio Ojeda Avilés, Catedrático (j) de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Sevilla, centra su contribución en el extraño y relativo silencio guardado por los convenios colectivos españoles sobre la materia de la libertad religiosa, cuando precisamente la negociación colectiva constituye una de las vías más adecuadas para la implementación de medidas de acomodo razonable entre la misma y la libertad de empresa, llegando a postular la aprobación de “una nueva Ley Orgánica de Libertad Religiosa donde se incluyan los nuevos fenómenos de diversidad y se otorguen amplias facultades a los negociadores colectivos para resolver los problemas que no afecten al marco constitucional”.

No podía faltar en el volumen un estudio dedicado a las organizaciones de tendencia y la problemática planteada respecto a las relaciones laborales desarrolladas en su seno por lo que hace a igualdad y libertad religiosa. El mismo es desarrollado por el Dr. Angelo Buffo y el Dr. Antonello Olivieri, Profesor Agregado de Filosofía del Derecho y Profesor Titular de Derecho del Trabajo, respectivamente, de la Universidad de Foggia (Italia), quienes analizan el factor de la fe y la ideología en la relación laboral y el control judicial efectivo de las decisiones de las organizaciones de tendencia que afectan a sus trabajadores.

La obra contiene también un estudio dedicado a la relación laboral del profesor de religión en la enseñanza pública, materia abordada por el Dr. Juan Pablo Maldonado Montoya, Catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad San Pablo–CEU, haciendo especial hincapié en las especialidades de su régimen jurídico laboral (selección del trabajador idóneo, duración del contrato, dedicación, retribución y extinción del contrato por pérdida de idoneidad). Su importancia estriba, como bien señala el autor, en la dificultad para “encajar una actividad de contenido religioso como la trasmisión de la fe en el esquema contractual de la relación laboral cuando el empresario y titular del poder de dirección, la Administración educativa, es, necesariamente, aconfesional”.

El tercer bloque del libro colectivo recensionado gira en torno a la incidencia de la religión en ciertos sectores productivos, llevándose a cabo un análisis de las experiencias planteadas. Así, el Dr. Rafael Valencia Candalija, Profesor Titular de Derecho Eclesiástico de la Universidad de Sevilla, analiza la colisión entre las obligaciones laborales y religiosas en el ámbito deportivo, concretamente por lo que hace a los futbolistas durante el Ramadán por las implicaciones que pueden derivarse de la observancia del ayuno y la vía que la acomodación razonable puede suponer como fórmula de solución de conflictos en el fútbol.

Por su parte, el Dr. Miguel Gutiérrez Pérez y la Dra. Carlota Ruiz González, Profesor Titular y Profesora Contratada Doctora, respectivamente, de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Extremadura, han llevado a cabo un exhaustivo análisis del tratamiento de la libertad religiosa en la negociación colectiva sectorial (principalmente, campo, construcción, servicios e industria), subrayando las limitadas manifestaciones recogidas en los mismos (no discriminación, acoso, tiempo de trabajo…).

El último de los bloques que compone la obra se centra en el estudio de la incidencia del ejercicio de la libertad religiosa en el ámbito de la Seguridad Social. Así, el Dr. Francisco Javier Hierro Hierro, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Extremadura, analiza la evolución y particularidades del marco regulatorio de la protección social dispensada ante situaciones de necesidad que pudieran derivarse en el ejercicio de la actividad religiosa por parte de aquellas personas que están dedicadas a las funciones de culto o asistencia religiosa ya se trate de integrantes de la Iglesia Católica o de cualquier otra confesión distinta de la mayoritaria (Iglesias Cristianas Adventistas del Séptimo Día, Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas, Comunidades pertenecientes a la Federación de Comunidades Israelitas. Comunidades Islámicas, Iglesia Ortodoxa Rusa del Patriarcado de Moscú y Orden religiosa de los Testigos de Jehová en España).

Cierra el volumen el trabajo de la ya citada directora del mismo, la Dra. Carmen Solís Prieto, quien aplica el prisma de la libertad religiosa al estudio de la problemática derivada en materia de Seguridad Social de las situaciones de poligamia de un trabajador originario de un país en que la misma esté permitida. Tras analizar si la libertad religiosa puede tener incidencia en el ámbito de la Seguridad Social y el discutido fundamento religioso de la controvertida institución que la poligamia supone, se estudia la determinación del sujeto beneficiario de la pensión de viudedad al fallecimiento de dicho trabajador y la posible ampliación de los efectos de la poligamia para el percibo por los cónyuges supérstites de otros beneficios y prestaciones sociales.

Tras esta breve presentación de las materias tratadas en la obra recensionada, basta decir que estas líneas no tienen mayor pretensión que ser un mero apunte del excepcional volumen que se presenta, que, por su rigurosidad y claridad expositiva, constituirá una imprescindible obra de consulta y referencia para los operadores jurídicos, tanto por la importancia de sus contenidos como por los fundamentados argumentos y múltiples perspectivas aportados por los reconocidos autores en él reunidos.