Presentación

Presentation

Antonio Márquez Prieto

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Universidad de Málaga

amp@uma.es 0000-0002-1883-8421

e-Revista Internacional de la Protección Social 2024

Vol. IX Nº 2 pp. 6-7

ISSN 2445-3269

Recibido: 23.12.2024 | Aceptado: 23.12.2024

El proceso de descarbonización, entendido fundamentalmente como una realidad que afecta a los aspectos energético, productivo y, en general, económico, genera la necesidad de una vivencia humana, traducida en la ineludible adaptación laboral, en sufrimiento personal, búsqueda de oportunidades y necesidades de carácter social en su conjunto. Des-carbonización no significa sólo desprenderse de actividades y procesos contaminantes, de materiales y combustibles nocivos para la salud humana y planetaria. Significa sobre todo asumir un coste épico: en términos económicos, ciertamente, pero también, de forma muy llamativa, en sentido vital. Es, de alguna manera, afrontar un sacrificio grande, humanamente hablando, para intentar evitar así unos perjuicios generales de muchísimo mayor calado. Un “mal menor” si lo comparamos con el gran peligro a evitar; pero se trata en realidad de un “mal mayor” para muchos: los que se encuentran de forma productiva, laboral, económica, enganchados a la maquinaria que se pretende dejar atrás. El desafío consiste, pues, en no dejarlos atrás, sino transitar con ellos (siempre hacia adelante), ofreciendo impulso protector para mitigar los daños personales que inevitablemente han de existir y reconducir los itinerarios vitales del mundo que hasta ahora podría llamarse carbonizado. El reciclaje humano que la descarbonización exige es lo que, desde un sentido axiológico, se ha venido a llamar “transición justa”, y que en realidad pretende significar “transición deseablemente justa”, porque no se refiere a una realidad constatada, sino a un verdadero reto.

Y ante este enorme desafío, el Derecho del Trabajo (incluyendo legislación de Seguridad Social y otros bloques considerados jurídico-laborales en general) puede contribuir –y contribuye– a ofrecer medidas adecuadas de protección. A ello responde el tratamiento doctrinal que en este número monográfico se aporta, bajo el título “Descarbonización, transición justa y vulnerabilidades en el empleo”. Los trabajos incluidos responden a cuatro aspectos, que podrían identificarse con las siguientes palabras: objetivo, medidas, personas y sectores. Tal como se plantea en dos de los estudios, la protección del medio ambiente no sería propiamente un objetivo directo del Derecho del Trabajo, aunque sí muy claramente la protección frente a los efectos y consecuencias del deterioro del mismo, o de las iniciativas o procesos descarbonizadores; en cambio sí que debe centrarse de forma muy directa el Derecho Laboral y de la Seguridad Social en la protección de las personas en situación de vulnerabilidad, de ahí la gran importancia de la definición de dicha situación. Muy concretamente, como segundo aspecto, las normas laborales han de facilitar las medidas de flexibilidad y estabilización del empleo, estableciendo procedimientos específicos, pudiendo al respecto mencionarse de forma muy destacada el Mecanismo RED, que establece en la actualidad el artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores. En tercer lugar, determinados colectivos especialmente vulnerables requieren un tratamiento específico, lo que se aborda en tres de los estudios que este número monográfico incluye, relativos a la mujer, que suele ser víctima, sobre todo, de discriminación en materia salarias; a las personas mayores, que sufren discriminación en razón a su edad; y a las personas con discapacidad, que necesitan una atención decidida para que en su caso la transición profesional pueda ser verdaderamente justa. Por último, es de gran importancia considerar determinados sectores profesionales. Y este sentido se abordan trabajos enfocados en el sector marítimo (que ha de defenderse de muchas limitaciones, justificadas a veces de forma indebida en los procesos de descarbonización); en la economía social (como sector prometedor para el empleo en el que destaca todo el ámbito de la economía de los cuidados); y en el llamado empleo digitalizado (mal entendido como panacea, puesto que puede también necesitar de consideraciones adecuadas de humanización o medidas especiales de promoción y formación).

Son, en definitiva, trabajos que han tenido la oportunidad de ser sometidos a debate en un Seminario de estudio y profundización, en el marco de del Proyecto de Investigación Nacional titulado “Descarbonización y relaciones jurídicas de producción: políticas y acuerdos de transición justa en un contexto digital” (PID2021-124031NB-C44), de la Universidad de Málaga, y que ahora se ofrecen a través de este medio a la comunidad científica, profesional y ciudadana.