María de Echarri: impulsora de la “Ley de la Silla”

María de Echarri: promoter of the “Law of the Chair”

María Dolores Rubio de Medina

Doctora en Derecho y Licenciada en Antropología Social y Cultural

Investigadora independiente

md.rubio.de.medina@gmail.com 0000-0001-7510-4611

e-Revista Internacional de la Protección Social 2025

Vol. X Nº 1 pp. 11-37

ISSN 2445-3269 https://doi.org/10.12795/e-RIPS.2025.i01.10

Recibido: 28.11.2024 | Aceptado: 11.02.2025

RESUMEN

PALABRAS CLAVE

En este breve trabajo se rescata a María de Echarri. Fue una figura clave del feminismo español de principios del siglo XX. Defensora de “la obrera de la aguja” en el seno de los sindicatos católicos. Impulsora de la “Ley de la Silla” para que las obreras tuvieran un asiento en su lugar de trabajo.

Mujeres

Trabajo

Sindicalismo católico

Salario

Feminismo tradicional

ABSTRACT

KEYWORDS

In this brief work, María de Echarri is rescued. She was a key figure in Spanish feminism at the beginning of the twentieth century. Defender of “the needle worker” within the Catholic unions. Promoter of the “Law of the Chair” so that women workers had a seat in their workplace.

Women

Work

Catholic trade unionism

Wages

Traditional feminism

Sumario:

I. MARÍA DE ECHARRI: APUNTES BIOGRÁFICOS

II. LA LEY DE LA SILLA

III. EL PENSAMIENTO DE MARÍA DE ECHARRI SOBRE LAS MUJERES TRABAJADORAS

Bibliografía

I. MARÍA DE ECHARRI: APUNTES BIOGRÁFICOS  ^ 

María de Echarri nació en San Lorenzo de El Escorial (Madrid), el día 9 de agosto 1878, y murió en San Sebastián (Guipúzcoa), el día 1 de septiembre de 1955. Maestra de profesión, influenciada por el apostolado del papa León XIII, que publicó en 1891 la Rerum Novarum, sobre la situación de los obreros, encaminó sus inquietudes al entorno socio-laboral femenino, promoviendo el papel de los sindicatos católicos. Su vinculación con los principios católicos fue reconocida por la doctrina: sirva como ejemplo la opinión de Elisabet Velo Fabregat, para quien “Echarri destacó junto a otras mujeres como Teresa Luzzati, Carmen Cuesta o María de Madariaga, quienes se dedicaron a adaptar el discurso católico y las directrices papales a la realidad política y social, siendo su actividad estrechamente vinculada con ambas actividades”[1].

De Echarri participó en 1907 en “las Semanas Sociales de Madrid”, donde expuso las condiciones laborales que sufrían las mujeres de su época, esta intervención impulsó su interés social en el seno del sindicalismo católico, organizaciones que consideraba imprescindibles para mejorar la vida de las obreras, por ello fundó en 1909 la Federación de Sindicatos de la Inmaculada Concepción.

En 1909 pronunció una conferencia sobre “El trabajo a domicilio de la mujer en Madrid», que fue publicada en Sevilla, denunciando las penosas condiciones laborales de la mujer; esfuerzo que canalizó, poco después, impulsando la llamada Ley de la Silla, norma aprobada por las Cortes y que fue sancionada por el rey Alfonso XIII, el 27 de febrero de 1912. La ley obligaba a los centros laborales a tener a disposición de las empleadas una silla donde pudieran sentarse cuando no desempeñaban su labor. Cuando en 1909 se aprobó que las mujeres pudieran ser vocales del Instituto de Reforma Sociales, María ocupó una plaza en este centro y actúo como inspectora de trabajo, con lo que tuvo acceso a los centros de trabajo y ello le permitió detectar, de primera mano, las carencias y discriminaciones del trabajo de la mujer, sobre todo en los talleres de confección y en la prestación de servicios en el servicio doméstico.

Fue concejal de Madrid, vocal del Consejo Superior de Emigración (1919) y fue elegida diputada de la Asamblea Nacional de la dictadura de Primo de Rivera durante la Legislatura de 1927-1928, donde ocupó escaño desde el 0 de octubre de 1927 al 15 de febrero de 1930. A parecer fue “(...) una de las mujeres designadas por las ‘actividades de la vida nacional’, es decir, por haber destacado en su apostolado social, e incorporándose desde octubre de 1927 a la sección de Acción Social, Sanidad y Beneficencia de esa cámara corporativa y no democrática, una circunstancia que fue reconocida por ella misma como ‘los más importantes momentos de su vida activa’”[2]

Su decadencia política comenzó a partir de 1930, siendo relegada en el activismo social en beneficio de los derechos laborales de las mujeres, aunque ella continuó vinculada al activismo social católico. Como escritora dejó una abundante bibliografía, escribió novelas, cuentos para niños, folletos sociales, artículos periodísticos, etc. De su producción, dentro del ámbito social-laboral, destaco las siguientes publicaciones:

II. LA LEY DE LA SILLA  ^ 

El 27 de febrero de 1917, Alfonso XIII sancionó una ley aprobada por la Cortes que pronto fue conocida como la “Ley de la Silla”. La norma se publicó al día siguiente en la Gaceta de Madrid del día 28 de febrero de 1912[3], y consta de cuatro artículos y una disposición adicional.

El artículo 1 obligaba a los almacenes, tiendas, oficinas, escritorios y a todo establecimiento no fabril donde se vendieran o expendieran artículos u objetos al público o se prestase servicios relacionados con estas actividades por mujeres empleadas, y en sus locales anejos, a que pusieran un asiento para cada mujer empleada.

El asiento tenía que estar destinado exclusivamente a la empleada en el local donde ésta prestarse sus servicios, de manera que pudiera hacer uso del mismo, y ello con independencia de los asientos que estuvieren destinados al público. Las empleadas podían utilizar la silla mientras no lo impidiese su ocupación, y, aun ejerciendo esta, cuando la naturaleza de su trabajo no lo imposibilitase.

Para dejar claro hasta donde alcanzaba la obligación de poner a disposición a las empleadas, la norma:

  1. Define lo que son “locales anejos”, siendo como los lugares o estancias que, aunque separados del lugar donde se realice la venta o el servicio, se comuniquen con el mismo, se encuentren en el mismo o distinto piso.
  2. De precisar el alcance de la obligación, la cual además de aplicarse a almacenes, tiendas, oficinas, escritorios y a todo establecimiento no fabril, se aplicaba en ferias, mercados, pasajes, exposiciones permanentes al aire libre o industrias ambulantes, sean o no anejos de otro establecimiento.

La escueta norma, que solo por el hecho de garantizar el derecho al asiento de las empleadas fue revolucionaria en su tiempo, aparte de concretar las consecuencias a la infracción del derecho al asiento (multas de 25 a 250 pesetas, aplicándose la cantidad en supuestos de reincidencia), establecía dos trámites como garantía para su cumplimiento:

  1. Concedía a la Inspección del Trabajo del Instituto de Reformas Sociales el control de su cumplimento.
  2. Imponía que un ejemplar de la norma se colocase en sitio visible del local. Esta medida, empero, podía no ser efectiva, puesto que hay que tener en cuenta que el nivel del analfabetismo entre las mujeres de la época era muy alto, con lo que no sería muy frecuente su lectura y/o consulta, y prácticamente la exigencia del derecho a la silla quedaría en manos del boca a boca o de la labor de los sindicatos.

III. EL PENSAMIENTO DE MARÍA DE ECHARRI SOBRE LAS MUJERES TRABAJADORAS  ^ 

María de Echarri se aplicó a defensa de las mujeres trabajadoras de su tiempo de una forma muy activa, mediante conferencias narraba su experiencia personal, información que extraía de las visitas que realizaba a los centros fabriles. Por su importancia, sus observaciones y reflexiones sobre las carencias e injusticias que sufrían las mujeres trabajadoras fueron editadas en diversas ocasiones; así, por ejemplo, fue invitada a dar un discurso en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Madrid, institución que publicó el texto de su conferencia en 1921. Muy observadora del contexto social de su época, daba conferencias en instituciones que se encontraban al margen del mundo laboral al ser consciente del desconocimiento que tenía la gente a las condiciones laborales en las que se encontraban insertas las mujeres, especialmente por parte de las clases medio-altas.

En el discurso que realizó en el transcurso de la Semana Social de Sevilla, y que fue publicado con el título de El trabajo a domicilio de la mujer en Madrid, menciona el recelo de la gente hacia las mujeres y hacia su propia labor, en particular, por realizar una “acción que se había creído patrimonio exclusivo del hombre”[4]. En su folleto explicó que en el transcurso de la conferencia la desconfianza del auditorio se fue transformando en interés cuando expuso las vicisitudes del trabajo de la mujer que trabajaba en casa, en tiendas y/o almacenes. El parecer de los oyentes fue unánime: desconocían la existencia de tales horrores[5].

María resaltó en su conferencia que, por lo general, las mejoras laborales que se fueron implantando en los centros laborales beneficiaron desde el primer momento casi exclusivamente a los obreros; que poco a poco se fueron extendiendo a las obreras, pero que, pese a todo, esas mejoras no habían repercutido en el salario de las mujeres, que seguían estando muy mal pagadas[6]. De Echarri tenía conocimiento de primera mano sobre las condiciones laborales de las mujeres al haber ejercido como inspectora de trabajo; en sus visitas a los centros laborales había detectado, principalmente, la falta de higiene en muchos talleres y el incumplimiento de los periodos de descanso; por ejemplo, denunció que en los talleres textiles se incumplía el descanso dominical al que tenían derecho las mujeres, pues las obreras se llevaban tareas a casa[7]. No obstante, observó que, muchas veces, los excesos empresariales surgían de la falta de formación de las obreras que “(…) suelen ignorar que hay leyes que las protegen…”, y que, en muchos casos, desconocían la existencia de la figura del inspector[8]. Todo este conjunto de circunstancias llevaba, en su opinión, a que la mujer aceptase condiciones laborales inferiores a los hombres y, sobre todo, que aceptase salarios de hambre; como solución recomienda confiar en la labor que realizaban los Sindicatos Católicos femeninos para revertir esta situación tan negativa[9] para las mujeres

Aunque ya se han expuesto alguna de sus ideas, sintetizo sus propuestas más interesantes relacionadas con la defensa de los derechos laborales de las mujeres, alguna de las cuales ha sido bastante cuestionada por la doctrina más reciente:

  1. Fue una defensora de la integración de las mujeres en el sindicalismo católico, pero lo cierto es que hoy se la considera demasiado conservadora, hasta el punto de que la doctrina ha señalado que “[p]ara ella también existe un feminismo ‘bueno’, esto es, adscrito a la moral católica, y otro que desvía a las mujeres de sus funciones otorgadas por Dios, de su esencia femenina. Como ejemplo de este último entiende que se encuentran las sufragistas, a las que define como ‘vergüenza para el sexo femenino’, y aquellas que quieren entrar en carreras propias de los hombres, como abogados, cocheros o médicos. Según Echarri, la mujer española no quiere el voto y su sitio no es ser diputada en las Cortes, con la única excepción de defender los intereses de la Iglesia católica. Apela a la superioridad moral de la mujer para superar los baches propios que se pueden dar en la familia (enfermedades, pérdida de un hijo, viudedad…), pues defiende que su sitio es el hogar y no el trabajo. Asimismo, no ve impedimento para que la mujer recurra al trabajo de la aguja para ganar dinero si en casa escasea”[10].
  2. Consideró que se tenía que aumentar el número de inspectoras en lugares con gran volumen de empleo femenino, como Barcelona[11].
  3. Observó que el problema de la falta de control de las condiciones de trabajo y el abono de bajos salarios afectaba, igualmente, a las obreras que cosían en sus casas; pero, además, intentó reeducar a la población, pues intentó concienciar a las mujeres que compraban los productos que confeccionan estas obreras para que apoyasen sus palabras con la finalidad de que el Estado y la sociedad fueran conscientes del problema[12].
  4. Luchó para facilitar el acceso de las mujeres a la educación superior para que pudieran cursar carreras; pero al mismo tiempo fue coherente con el papel que la sociedad asignaba a las mujeres de su tiempo, las cuales estaban minusvaloradas en el ámbito educativo y manifestó que habría carreras que no serían cursadas por mujeres; no obstante, no dudó en señalar que estas tenían facultades para poder seguirlas si lo deseaban[13]. Desde su punto de vista, formar a las mujeres contribuye a acostumbrarlas a usar su inteligencia, voluntad y memoria para el estudio de las carreras que hacían los hombres, considerando, con gran realismo, que “(…) lo harán igual que ellos, las habrá que brillen, las habrá que sean un fracaso (…) como sucede con ellos (…) y no hay motivos ni fundamento para oponerse a que cursen esas carreras (…)»[14].
  5. Luchó para que desapareciese la “(…) desigualdad irritante de la diferencia con la que se remunera el trabajo de la mujer y el hombre”, tema en el que a las mujeres se les ha dado esperanzas pero pocas realidades[15].
  6. Su defensa del salario tenía implicaciones sociales, pues consideraba que una retribución suficiente evitaba que las mujeres cayeran en las redes de la prostitución, ante la necesidad de mantenerse a ellas mismas y a sus familias, caso frecuente de las mujeres que mantenían a su madres e hijos enfermos. Concluyendo que “(...) ser bueno (…) cuando se tienen cubiertas todas las necesidades (…) es fácil, señores (…), lo tremendamente difícil es serlo cuando todo falta, cuando la miseria ronda la puerta, cuando no se tiene el amparo de la tierra”[16].

Que el pensamiento de María en relación con las llamadas “obreras de la agujacaló en otros estudiosos de la acción social de su época lo demuestra Manuel de Cossio y Gómez-Acebo, quien señaló en uno de sus libros que: “(…) con razón dice la señorita María de Echarri: ‘que el mal es grande, es inmenso, la esclavitud existe; no se venden ya las pobres mujeres para encerrarlas en un serrallo o en un harén y relajarlas y envilecerlas; pero se las entrega maniatadas por la cadena del hambre a merced de los que se aprovechan de ese hambre para ganar dinero, sin pensar en la existencia horrible de las que emplean, sin pensar en las lágrimas que empapan la labor que entregan, sin tener en cuenta que van inclinando día tras día, por el exceso de su trabajo, tan miserablemente pagado, sus pobres cuerpos hacia el sepulcro”.

Como ejemplo de la anterior afirmación “podíamos citar centenar de casos, y entre los muchos que tenemos apuntados el de una ojaladora de cuellos y puños a 0’25 pesetas la docena; en once horas de trabajo pueden hacerse setenta ojales al día, resultando un jornal de 1’50 pesetas pagándose en algunas tiendas a céntimo el ojal, y tienen que poner las obreras hilo y agujas; he tenido ocasión de visitar a obreras que ganaban 0’75 pesetas por hacer guerreras cosidas y forradas: las camisas de caballero, todo a mano menos las vistas, a 1’75 pesetas, y se hace una cada diez horas, así podría citar infinidad de casos...”[17].

Bibliografía  ^ 

Cossío y Gómez-Acebo, Manuel de: La acción social para proteger y educar los niños abandonados, Editorial Tejada y Martín, Madrid, 1914.

Echarri, María de: El trabajo de la mujer, Publicaciones de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Editorial Reus, Madrid, 1921.

Martínez, Graciano.: El libro de la mujer española: hacia un feminismo cuasi dogmático, Imprenta del Asolo de Huérfanos, Madrid, 1921.

Tavera, Susanna: “Biografía de María de Echarri”, web de la Real Academia de Historia: https://dbe.rah.es/biografias/30577/maria-echarri-y-martinez

Velo Fabregat, Elisabet: “Catolicismo social y feminismo conservador”, Universitas, núm. 35, 2021, pp. 28-51, DOI: https://doi.org/10.20318/universitas.2021.6190.


[1] Velo Fabregat, Elisabet: “Catolicismo social y feminismo conservador”, Universitas, núm. 35, 2021, p. 31. En la página 32 explica la intención del papa León XIII con la aprobación de la Rerum Novarum, así como su influencia en la sociedad de su época: “La preocupación papal por la situación de la clase obrera entiende como legítimas sus reivindicaciones, aunque preservando la propiedad privada, que entendía como un ‘derecho natural’. Aun así, la encíclica revolucionó el posicionamiento de la Iglesia y la sociedad eclesiástica sobre esa cuestión. La carta papal contiene tres capítulos: Iglesia, Estado y asociaciones profesionales. En el primero anuncia la doctrina de la Iglesia, esto es, su posicionamiento sobre la cuestión social defendiendo la desigualdad social entre los hombres, que entendía surgida de la naturaleza, y el deber de obreros y patronos para cumplir sus obligaciones: por parte de los obreros no perjudicar la propiedad privada y, por parte de los patronos, no tener a los obreros como esclavos. Pone en valor la ‘fraternidad cristiana’ y critica la ‘barbarie socialista’, imponiendo deberes para la Iglesia como la formación moral de las conciencias e incrementar el bienestar material. También propone deberes para el Estado, lo que se refiere como ‘misión’, entre los que se encuentra el fomento público de la prosperidad, observar la justicia distributiva y proteger a la clase obrera, limitando la jornada laboral, restringiendo el trabajo de mujeres y niños y regulando el descanso y los salarios para que los obreros puedan ‘sustentar la vida’. Sobre las asociaciones profesionales, se perciben como ‘medios’ para para ‘socorrer a los necesitados’ y acercar obreros y patronos. La conclusión de la Encíclica es clara: ‘El mejoramiento de la clase obrera es obra de todos’ y, con esa premisa, la Iglesia católica y personajes afines como Echarri y Monserdà llevaron a cabo su obra de caridad cristiana inspirándose en el apóstol San Pablo, como un sacrificio personal ‘por el bien de los demás’”.

[2] Tavera, Susanna: “Biografía de María de Echarri”, web de la Real Academia de Historia: https://dbe.rah.es/biografias/30577/maria-echarri-y-martinez.

[3] Gaceta de Madrid, núm. 59, 28 de febrero de 1912, pp. 565-566.

[4] Echarri María de: El trabajo de la mujer, Publicaciones de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Editorial Reus, Madrid, 1921, p. 6.

[5] Echarri, María de: El trabajo de la mujer, ob. cit., p. 7.

[6] Echarri, María de: El trabajo de la mujer, ob. cit., p. 10.

[7] Echarri, María de: El trabajo de la mujer, ob. cit., pp. 10-11.

[8] Echarri, María de: El trabajo de la mujer, ob. cit., p. 12.

[9] Echarri, María de: El trabajo de la mujer, ob. cit., p. 13.

[10] Velo Fabregat, Elisabet: “Catolicismo social y feminismo conservador”, ob. cit., p. 37.

[11] Echarri, María de: El trabajo de la mujer. ob. cit., p. 14.

[12] Echarri, María de: El trabajo de la mujer. ob. cit., p. 15.

[13] Echarri, María de: El trabajo de la mujer. ob. cit., p. 18.

[14] Echarri, María de: El trabajo de la mujer. ob. cit., p. 19.

[15] Echarri, María de: El trabajo de la mujer. ob. cit., p. 20.

[16] Echarri, María de: El trabajo de la mujer. ob. cit., p. 22.

[17] Cossío y Gómez-Acebo, Manuel de: La acción social para proteger y educar los niños abandonados. Editorial Tejada y Martín, 1914, Madrid, p. 15. Igualmente, la cita en relación con su activa labor social Martínez, Graciano: El libro de la mujer española: hacia un feminismo cuasi dogmático, Imprenta del Asilo de Huérfanos, Madrid, 1921, p. 303.