Francisco Vigo Serralvo
Profesor Ayudante Doctor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad de Málaga
fvs@uma.es 0000-0003-0437-1565
María Salas Porras
Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad de Málaga
mariasalas@uma.es 0000-0002-1146-6880
e-Revista Internacional de la Protección Social ▶ 2023
Núm. extraordinario ▶ pp. 8 - 12
ISSN 2445-3269 ▶ DOI: http://dx.doi.org/10.12795/e-RIPS.2023.mon.01
Recibido: 08.12.2023 | Aceptado: 09.12.2023
Este número especial de la Revista Internacional de Protección Social es el resultado conjunto de dos iniciativas académicas llevadas a cabo en la Universidad de Málaga en el mes de mayo de 2023: De un lado, el Taller Internacional sobre la Protección Social de los Trabajadores Atípicos, que tuvo lugar los días 11 y 12 en la Facultad de Derecho bajo la dirección de la profesora Salas Porras. De otro, el Congreso Nacional sobre el Nuevo Marco Jurídico en Materia de Igualdad y No Discriminación, celebrado en la Facultad de Estudios Sociales y del Trabajo los días 15 y 16, bajo la dirección mancomunada del profesor Vigo Serralvo y la profesora Aragüez Valenzuela. Sendas iniciativas surgían desde una preocupación común por las nuevas realidades que desafían la actual ordenación jurídica de las relaciones laborales y cuestionan la eficacia de sus garantías tradicionales. También por la aparición de nuevas sensibilidades frente a problemas clásicos del Derecho del Trabajo que, igualmente, exigen una adecuada respuesta normativa. En definitiva, lo que se quiso con la organización de estas jornadas académicas fue propiciar un marco de discusión sobre la respuesta normativa apropiada para hacer frente a estos retos, no solo desde un punto de vista técnico-jurídico, sino también desde la reflexión teórica sobre los fines propios del modelo de Estado Social que nos sirve de marco de convivencia.
Con este leitmotiv, las distintas ponencias permitieron componer un espacio de debate altamente estimulante, del que pretendemos ahora hacer partícipe a todo el que se acerque a estas páginas. Son las reflexiones que se expusieron en aquellas actividades las que ahora, con mayores posibilidades de extensión, se presentan en los diferentes artículos que integran este número monográfico. En concordancia con las líneas de investigación que se trataron originalmente, las distintas contribuciones pueden ordenarse del siguiente modo:
Un grupo principal de artículos se referirá a los retos de la protección social de los trabajadores atípicos. Las diferentes aportaciones que aquí se incluyen tratan de analizar los distintos déficits que exhiben nuestras estructuras de protección social frente a las singularidades de aquellas realidades productivas que escapan del estándar común de trabajo asalariado. A saber, según la relación enunciativa elaborada por la OIT: trabajo en proformas, trabajo temporal o a tiempo parcial, trabajo a domicilio, el trabajo por cuenta propia económicamente dependiente, etc. En esta línea, encontramos el artículo del profesor Triguero Martínez y el de las profesoras Carrizosa Prieto y Jalil Naji. El primero de los referenciados, en el estudio rubricado La identificación del empleo atípico por la Organización Internacional del Trabajo y su impacto en el genérico reformado sistema de contratación laboral español de 2022, pone de manifiesto cuestiones de la más rabiosa actualidad que inciden directamente en el corazón de la ordenación jurídico-normativa de estas nuevas relaciones productivas. La disquisición irresoluta sobre si están necesitadas de un tratamiento ad hoc revela las situaciones de vértigo en que se halla el estado de la cuestión. Trabajo atípico, desempleo y (des)protección social, es el título bajo el que las profesoras Carrizosa y Jalil exponen de forma exhaustiva los déficits de cobertura que presenta la actual regulación de la prestación por desempleo al ser aplicada sobre algunas manifestaciones del trabajo atípico. A los trabajadores de plataformas digitales –forma de trabajo atípico por antonomasia cuyo régimen jurídico ha excitado un debate político, judicial y académico sin precedentes– alude la profesora Bazzani en su artículo Los trabajadores de plataforma en el marco del Derecho europeo, en el que se presentan los intentos comunitarios para dotar de una ordenación normativa a estas formas de producción económica de contornos amplios, difusos y cambiantes. Aun sin abandonar el ámbito comunitario, el profesor Debono y la profesora Guerrero Padrón proponen novedosas reflexiones que hurgan en las entrañas de la protección social dispensada a dos colectivos muy específicos, el de los migrantes y el de las personas desempleadas cuando ejercen su derecho a la libre circulación. Así, con el título Trade unions and the protection of migrant workers in Europe: barriers, approaches and interventions, el profesor Debono presenta un estudio centrado en las estrategias que los sindicatos desarrollan y podrían desarrollar en este ámbito. No se escatiman esfuerzos, por su parte, para identificar, además, los obstáculos que este colectivo halla para sindicarse y las desventajas estructurales que los acompañan por doquier. El derecho de residencia de los trabajadores comunitarios en paro involuntario y el riesgo de indigencia, es la rúbrica que ampara el estudio de la Dra. Guerrero, quien pone sobre la mesa sin titubeos la necesaria atención que este colectivo demanda y que tan escasamente se le otorga en textos normativos, políticos y científicos.
Los trabajadores por cuenta propia también han sido uno de los colectivos que ha suscitado interés en estas jornadas. En esta línea encontramos las contribuciones de la profesora Nahas, O trabalhador empreendedor: luzes e sombras da promessa de proteção social, y de la profesora Devetzi, Non-standard work in Germany: Self-employed and mini-jobs. Sendos artículos exponen lo que es una realidad denunciada desde hace tiempo en distintos estamentos académicos o políticos: la precarización del empleo por cuenta propia como un régimen de prestación de servicios que no es siempre libremente asumido, sino que, en ocasiones, viene impuesto como una vía para la huida del Derecho del Trabajo. Esta constatación, exponen las autoras, recomienda repensar los fines del Derecho Social para hacerlo aplicable de forma más intensa al colectivo de trabajadores por cuenta propia, al menos en aquellos casos en los que la división capital-trabajo no sea del todo nítida.
Se incluyen además algunos artículos que, abundando en la protección social de los trabajadores atípicos, connotan la implicación que tiene en este asunto el componente de género: Nos referimos ahora, por ejemplo, a las aportaciones de la profesora Ordóñez Casado, Protección social para las trabajadoras domésticas desde la perspectiva española, y del profesor Baquero Aguilar, La protección social de las trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio como modalidad de empleo atípico. Ambos artículos evidencian cómo la falta de adecuación normativa a la realidad –o realidades– de los trabajos atípicos afecta singularmente a ocupaciones altamente feminizadas, como son el empleo doméstico, bien sea a través de la contratación directa o a través del servicio externo de ayuda a domicilio. En esta misma línea cabría incluir el estudio de la doctoranda Méndez Úbeda, intitulado Sobre la prevención de riesgos laborales para las personas trabajadoras al servicio del hogar familiar: algunos cambios recientes y otros todavía pendientes, en el que se analizan las novedades normativas y jurisprudenciales que afectan a la seguridad e higiene en el trabajo de las empleadas domésticas. La autora señala la exclusión histórica de este colectivo de la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y cómo algunos recientes hitos normativos parecen indicar un cambio de tendencia cuyo resultado está aún por determinarse. Y aún con relación a la prevención de riesgos laborales, el estudio de la profesora Macías García abunda en reflexionar cuando hace su aparición la inteligencia artificial. Así, bajo la rúbrica La inteligencia artificial. Custodia de la seguridad y salud de las personas trabajadoras, invita la autora a asomarnos a este nuevo paradigma productivo desde las ventajas y desventajas que, para la mejora de la prevención, trae consigo la digitalización de las relaciones productivas.
Con algunos matices, la cuestión de género aparece también implicada en la problemática abordada en sus respectivos artículos por los profesores Vigo Serralvo y Fita Ortega: la desatención normativa del trabajo sexual. Al referirse a esta cuestión ambos autores denuncian la inseguridad jurídica y la desprotección a las que quedan expuestas las personas trabajadoras de este sector, casi copado por mujeres. Esto es propiciado, sobre todo, por la doctrina emanada del orden social de la Jurisdicción que, a falta de cualquier disposición legal al respecto, excluye del ámbito del Derecho del Trabajo a la prostitución ejercida en régimen de subordinación. Es esta doctrina judicial la que, desde distintos flancos, atacan estos autores: El primero de ellos, el profesor Vigo Serralvo, en su artículo La difícil –acaso imposible– concreción del trabajo sexual excluido de la subordinación laboral, para criticar la indeterminación que se da sobre el ámbito objetivo material de esa doctrina. El segundo, el profesor Fita Ortega, en su artículo Las trabajadoras sexuales como colectivo sujeto de acoso y discriminación, para denunciar cómo la indicada situación de anomía expone a este colectivo a algunos riesgos que quedarían en parte neutralizados, o cuanto menos aminorados, con la aplicación de la legislación laboral ordinaria.
Por último, otra cuestión muy presente en aquellas jornadas académicas fue la protección jurídica en materia de igualdad y no discriminación. Sobre esta materia encontramos las contribuciones del magistrado Galán Gutiérrez, la profesora Salas Porras y la profesora McKenzie. La primera de estas aportaciones, la del magistrado Galán Gutiérrez, se titula Aspectos laborales de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. En particular, el despido en situación de enfermedad: nuevos criterios legales y primeros pronunciamientos judiciales. Aborda la problemática interpretativa derivada del nuevo marco normativo español en materia de igualdad y no discriminación. Principalmente se analiza el controvertido asunto relativo a la calificación judicial del despido del trabajador enfermo, y ello se hace desde la privilegiada visión del autor sobre la conflictividad empírica de las relaciones laborales. La segunda de estas contribuciones, la de la profesora Salas Porras, Las medidas de ajuste razonable como canon de legalidad de las decisiones empresariales, se refiere ahora a la protección de la igualdad, en su dimensión positiva y material, para lograr la integración productiva de aquellos trabajadores que presentan necesidades especiales por razones de salud o discapacidad. De hecho, esta contribución puede asociarse a la anterior pues, como con insistencia defiende la autora, la ejecución de las medidas de ajustes razonables constituirá, en muchas ocasiones, un elemento determinante para valorar la corrección jurídica de aquellas decisiones patronales –extintivas o no– que afecten al trabajador enfermo. Por último, dentro de este último bloque, encontramos la aportación de la profesora McKenzie, Law 15/2022, A Comprehensive Law for the Equality of Treatment and Non-Discrimination: A ‘milestone’ and ‘a meaningful tool’ in the fight against racism in the workplace?, donde se reivindica un marco normativo más efectivo frente a la discriminación racial en el entorno de trabajo. Su trabajo demuestra de qué modo una forma tradicional de discriminación como esta aún no ha encontrado una respuesta normativa definitiva, especialmente frente a las formas de discriminación más sutiles.
No puede cerrarse esta introducción sin evacuar unos sumarios, pero ineludibles y sinceros agradecimientos: 1) A la Universidad de Málaga y al Departamento de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, en primer lugar, por posibilitar, a través de distintas líneas de financiación, la realización de las jornadas matrices de este número y la posterior publicación de sus ponencias. 2) A los ponentes, especialmente a los ajenos a esta universidad, por el esfuerzo realizado para contribuir a generar un espacio de debate, estimulante como pocos, con aportaciones de una altísima solvencia académica, según comprobará el lector que se acerque a este número. 3) Al conjunto de los asistentes, por propiciar que ese espacio de debate fuese aún más dinámico y dotar de sentido a la divulgación académica. 4) A la profesora Sánchez-Rodas Navarro, por su participación en aquellas jornadas y por la invitación para compartir sus resultados a través de esta revista. 5) Finalmente, a la profesora Solís Prieto, por su imponderable buen hacer editorial y por su, también inconmensurable, sosiego y tolerancia frente a las omisiones, atrasos y negligencias de los coordinadores de este número monográfico.
[*] Este número extraordinario ha sido financiado con cargo al presupuesto, para el curso académico 2022/2023, del Departamento de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad de Málaga.