Recensión de la obra de
José Manuel Pazó Argibay: La protección por desempleo en el Derecho de la Unión Europea. Especial atención a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, Cinca, Madrid, 2021

Cristina Sánchez-Rodas Navarro

Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Universidad de Sevilla

csrodas@us.es 0000-0001-9780-7860

e-Revista Internacional de la Protección Social ▶ 2021

Vol. VI ▶Nº 1 ▶ pp. 468-470

DOI: https://dx.doi.org/10.12795/e-RIPS.2021.i01.22

Recibido: 11.06.2021 | Aceptado: 15.06.2021

Esta obra ofrece un detallado estudio de las disposiciones particulares aplicables a la prestación por desempleo contenidas en los Reglamentos de coordinación, identificando aquellas cuestiones que presentan mayor dificultad y ofreciendo alternativas desde la perspectiva española. Para dicha labor, además del propio texto de los distintos Reglamentos (3/58, 1408/71 y 883/2004), el autor analiza e incorpora todos los pronunciamientos del Tribunal de Justicia sobre esta concreta prestación a lo largo de su historia.

En el capítulo primero, tras un análisis introductorio de las disposiciones relativas a la libre circulación, el autor aborda el estudio del ámbito material y personal de los Reglamentos, con especial atención a la evolución de este último ámbito como consecuencia de los pronunciamientos del Tribunal de Justicia. Como cierre a este capítulo, dada la técnica y los instrumentos empleados en la regulación del desempleo, se abordan los principios rectores de la coordinación con especial atención a aquellos que mayor incidencia tienen sobre esta contingencia.

El capítulo segundo disecciona las reglas de la totalización y el cálculo de la prestación por desempleo. La identificación y valoración de los períodos de seguro, empleo y actividad por cuenta propia susceptibles de totalización, así como su alcance y requisitos para su activación constituyen el contenido de este capítulo. Un capítulo en el que tiene una importante presencia la interpretación que al respecto de estas cuestiones han hecho los órganos judiciales españoles, de manera especial, las referidas al subsidio para mayores de 52 años como consecuencia de las sentencias Martínez Losada y Ferreiro Alvite.

La exportación de la prestación por desempleo, como concreción del principio de conservación de los derechos adquiridos, da contenido al capítulo tercero. Los severos requisitos a los que está sometido este derecho, su controvertido acomodo con la libre circulación, lo limitado de su duración o el grado de desconocimiento de este derecho a nivel nacional son los aspectos centrales de análisis en este capítulo. Este capítulo se completa con las imprecisas condiciones para la prórroga de la exportación de la prestación por desempleo de la mano de los requisitos facilitados por la Subdirección General de Prestaciones del SEPE y de la jurisprudencia más reciente. Como cierre a este capítulo, el autor incorpora y analiza los datos de prestaciones exportadas en España, con especial atención a su duración media, las solicitudes de prórroga autorizadas por el SEPE y el grado de éxito en la búsqueda de empleo en otros Estados miembros bajo este mecanismo contemplado en los Reglamentos.

El capítulo cuarto se centra en el estudio de las particularidades del trabajador fronterizo, cuya situación de presencia al mismo tiempo en dos Estados distintos, el de trabajo y el de residencia, han dado lugar a la necesaria configuración de medidas particulares en materia de desempleo. En relación con este colectivo, el autor aborda aspectos como la problemática determinación del lugar de residencia, el control del retorno periódico exigible para su correcta configuración, la determinación de la legislación aplicable en función del tipo de desempleo (parcial o total), así como las principales particularidades en cuanto al cálculo de la prestación, la posibilidad de exportación de la misma, o las particularidades en cuanto a la puesta a disposición ante los servicios de empleo de los distintos Estados intervinientes en este particular colectivo de trabajadores.

El capítulo quinto profundiza en las particularidades aplicables a la prestación por desempleo de los trabajadores que, sin tener la condición de fronterizos, en el momento su último período de empleo o actividad residían en un Estado miembro distinto del competente. La inexistente identificación de este particular colectivo en los propios Reglamentos de coordinación y el estudio de su desarrollo a través de sucesivas Decisiones de la Comisión Administrativa y pronunciamientos del Tribunal de Justicia sirven de punto de partida en el análisis de las particularidades que le son de aplicación en relación con el desempleo.

Como cierre, el autor ofrece una serie de propuestas de mejora de los Reglamentos que se encuentran directamente relacionadas con aquellos aspectos que, fruto del análisis realizado en esta obra, presentan mayores controversias en cuanto a su coordinación. Así, por ejemplo, el autor aboga por el establecimiento de un período previo mínimo de tres meses de seguro, empleo o actividad por cuenta propia ante el último Estado y ante el que se solicita la prestación para que pueda activarse el mecanismo de la totalización; la adaptación de las reglas del cálculo de la prestación en línea con las recientes interpretaciones jurisprudenciales y en el sentido de que si una legislación prevé un período de referencia a efectos de determinar la retribución que servirá de base para el cálculo de la prestación por desempleo, este período de referencia incluya los períodos necesarios acreditados tanto con arreglo a la citada legislación como a la de otros Estados miembros; la posibilidad de exportación de la prestación por desempleo por la duración total reconocida por el Estado competente; una mayor claridad de los criterios para la determinación del Estado de residencia del trabajador fronterizo; la revisión del sistema de reembolsos previstos; o aspectos técnico-administrativos que dificultan el derecho de puesta a disposición en los Estados de empleo y residencia, entre otras cuestiones.

Finalmente, cabe destacar la incorporación que el autor hace de la visión más autorizada de la doctrina, enriqueciendo cada una de las cuestiones tratadas con el punto de vista de la doctrina más destacada, nacional y extranjera.