El concepto de Derecho en Locke

Autores/as

  • Diego Alejandro Fernández Peychaux

Palabras clave:

Deber natural, derecho natural, poder, bien común, libertad, autopreservación.

Resumen

El siguiente artículo aspira a ser un aporte para la comprensión del modo en que John Locke establece la relación entre los hombres y la sociedad. De acuerdo con la tradición contractualista en la que el autor se inscribe, se pretende recorrer un camino con dos etapas. En la primera, se busca establecer bien el signifi cado del concepto de derecho, bien su relación con los deberes que surgen de la ley de naturaleza. En un segundo momento, se buscará identifi car la relación existente entre los derechos/deberes y el concepto de inalienabilidad, para así comprender no ya la relación interna de los derechos/deberes individuales, sino cómo interactúan estos con los del prójimo y la comunidad en la que viven los hombres. Para ello se buscará argumentar que la inalienabilidad de los derechos del hombre, excluido el derecho a la vida, no se fundamenta en el propio derecho, sino en la relación de este con el bien más fundamental que buscan preservar, n.b. autopreservación. De este modo, se establece una suerte de escala de derechos, donde a medida que se desciende se amplía el poder de enajenación, siempre y cuando represente un aumento de las expectativas de mejorar las posibilidades de preservación.

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Biografía del autor/a

Diego Alejandro Fernández Peychaux

Universidad Complutense de Madrid (España)

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Publicado

2011-10-01

Cómo citar

Fernández Peychaux, D. A. (2011). El concepto de Derecho en Locke. Araucaria, 13(26). Recuperado a partir de https://revistascientificas.us.es/index.php/araucaria/article/view/1372

Número

Sección

Las ideas. Su política y su historia