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Anduli
Revista Andaluza de Ciencias Sociales
ISSN: 1696-0270 • e-ISSN: 2340-4973
LA DEMOCRACIA: HITOS Y RETOS
DEMOCRACY: MILESTONES AND CHALLENGES
Eduardo Diaz-Cano
Universidad Rey Juan Carlos, Madrid
eduardo.diaz@urjc.es
https://orcid.org/0000-0001-9804-6290
Giuliano Tardivo
Universidad Rey Juan Carlos, Madrid
giuliano.tardivo@urjc.es
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-6341-564X
Resumen
La democracia tiene tras de sí una larga
historia, pero todavía no se ha constitui-
do de forma plena y completa, presen-
tando importantes suras entre lo que se
espera de ella y cómo se ha puesto en
práctica. Este trabajo se interesa por las
formas de democracia y sus titubeos his-
tóricos desde Mesopotamia hasta Silicon
Valley, pasando por el resurgir de la Re-
volución Francesa y sus efectos.
El objetivo es analizar cómo se ha ma-
terializado la democracia en diferentes
épocas con casos que ilustran estas
variaciones. Se utiliza el método histó-
rico-comparativo y la recogida de datos
consiste en recabar indicios de “demo-
cracia” desde la Antigüedad hasta nues-
tros días, mediante revisión bibliográca
de las aportaciones de autores de di-
versas especialidades. Los resultados
son diversos y la introducción de la de-
mocracia coincide históricamente como
respuesta a situaciones contradictorias
y negativas para gran parte de la pobla-
ción. Se concluye que tampoco en el si-
glo XXI la democracia lo ha conseguido
y, si bien sigue siendo el mejor instru-
mento, los desafíos siguen presentes y
la misma idea resulta ser cuestionada en
un mundo de democracias.
Palabras clave: Democracia; Revolu-
ción Francesa; parlamentarismo; repre-
sentatividad; discriminación
Abstract
Democracy has a long history, but it
has not yet been fully and completely
constituted, resulting inimportant gaps
between what is expected of it and how it
has been put into practice. This paper is
interested in the forms of democracy and
its historical faltering from Mesopotamia
to Silicon Valley, passing through the
resurgence of the French Revolution and
its effects.
The objectiveis to analyze how democracy
has materialized in different epochs with
cases that illustrate these variations. The
historical-comparative method is used,
and data collection consists of gathering
evidence of “democracy” from Antiquity
to the present day through a bibliographic
review of the contributions of authors
from various specialties. The results are
diverse.The introduction of democracy
for a large part of the population appears
historically to correspond with and to be
a response to contradictory and negative
situations. It is concluded that even in
the 21st century democracy has not
succeeded, and, although it continues
to be the best instrument, the challenges
remain and the idea itself is questioned in
a world of democracies.
Keywords: Democracy; French
Revolution; Parliamentarianism;
Representativeness; Discrimination.
Cómo citar este artículo/citation: Díaz-Cano, Eduardo, & Tardivo, Giuliano (2022). La democracia: hitos y retos.
ANDULI 21 (2022) pp. 237-263. https://doi.org/10.12795/anduli.2022.i21.11
Recibido: 03.04.2021 Aceptado: 07.11.2021 Publicado: 03.01.2022
DOI: https://doi.org/10.12795/anduli.2022.i21.11
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1. Introducción
En este trabajo se aborda el tema de la democracia y de sus límites. Aunque el con-
cepto tiene una larga historia a sus espaldas, como se verá a lo largo de este artí-
culo, sigue siendo objeto de debates y análisis en la actualidad. De hecho, se ha ido
problematizando, teniendo en cuenta el momento histórico de transición y crisis que
estamos viviendo: como dice Blumer (Alberdi, 1999: 17), “los problemas sociales no
existen hasta que la sociedad los denomina problemas e intenta evaluarlos y solucio-
narlos”. A este respecto, pensemos en el tercer informe anual sobre democracia de
la V-Dem, de la Universidad de Gothenburg (V-Dem Institute, 2019: 4), en el que se
pone el acento en los retos globales que esperan a la democracia en un próximo fu-
turo mientras que en el quinto informe (V-Dem Institute, 2021:5) señala que “los prin-
cipios democráticos siguen disminuyendo” y, por el contrario, se está produciendo
actualmente una ola de “autocratización” (Ibíd., 36), -como demuestra la evolución
de países tan signicativos como Hungría, Polonia, Brasil o India (Lindberg y Kolva-
ni, 2021: 55), por no hablar de Rusia-, al igual queen las reexiones de Lührmann
y Lindberg (2019: 1095) quienes arman que si bien “es prematuro el proclamar el
n de la democracia” se está produciendo un suave declive apareciendo algunas
características propias de las autocracias y los populismos (Kriesi, 2020: 240).
Con este inicio en mente, el modo de proceder no puede ser otro que seguir la idea
de Spencer denida y desarrollada en sus The First Principles el movimiento evolu-
tivo desde lo pequeño, en cierto sentido “homogéneo” (1862:148), como fue la redu-
cida comunidad ateniense del siglo VI-V A.C., hacia lo más complejo, la comunidad
china actual, las redes sociales o los blockchain.
La principal pregunta de investigación que nos ha guiado durante la recogida de los
datos y a la que intentaremos contestar a través de la presente reexión es la siguiente:
¿Ha habido a lo largo de la historia casos de auténticas democracias o, más bien, por
más que una generación y otra intenten “establecer” la democracia como forma de
gobierno el resultado queda lejos de lo deseado y siempre hay vencedores y vencidos,
como si fuese una “batalla” o lucha más propia de otras formas de gobierno, tal y como
indica Muñoz Ferriol (2011:278) al hablar de la “sociedad abierta” popperiana?
Más bien la realidad reeja la otra también famosa frase de “Todo para el pueblo, pero
sin el pueblo” del Despotismo Ilustrado (Gutiérrez-Rubí, 2011:30). Es posible que las pa-
labras del Contrato Social de Rousseau, en su “Introducción”, sean las que nos puedan
marcar la pauta cuando dice “que la justicia y la utilidad no anden separadas” (2007: 35).
Las nuevas herramientas comunicacionales que facilitan el paso del “uno para mu-
chos al muchos para muchos” (Lüddecke, 2020) pueden servir para hacer más parti-
cipativos a los individuos en las tomas de decisiones comunes, pero la sociedad aún
no se ha puesto de acuerdo en cómo hacerlo factible en un entorno dominado por la
empresa privada con un gran valor económico para el poseedor de esas herramien-
tas (Lloreda Mena, 2019; Tolentino, 2020).
Respecto al marco teórico de referencia, el origen de este trabajo está en la lec-
tura de Dunn (1995), Dahl (1999, 2002 y 2006) y Vorländer (2010 y 2017), al igual
que Castells (2018, 1996), Polanyi (2001), Marx (1985), Habermas (1999), Sartori
(1993), Pitkin (1985), Mair (2015), Innerarity (2012 y 2020), Lippmann (1927) o Grae-
ber (2021)quienes motivaron a los autores a enfrentarse a esta tarea de revisión.
Aunque nuestros objetivos sean más limitados, utilizaremos también, como marco
teórico y conceptual de referencia, el concepto de poder legítimo que Weber (1950)
denió en el apartado III de la primera parte de su obra Economía y Sociedad.
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En el texto no se maneja un concepto cerrado y apriorístico de qué es una de-
mocracia. Como dice Blumer (1969:40), los conceptos cualitativos son exibles,
emergentes, y uno de los objetivos de nuestro trabajo es contribuir a una posible
conceptualización y delimitación del término democracia. Se trata de descubrir si es
posible dar una denición de democracia que vaya más allá de los formalismos y que
se asemeje de verdad a un gobierno del pueblo. A este respecto, revisitaremos las
diferencias entre las democracias representativas y directas, aunque, en gran medi-
da, se trata de una falsa dicotomía dado que las democracias representativas y las
directas “son perfectamente compatibles, complementarias y agregables” (Tezanos
y Luena, 2017: 184-185).
Pretendemos ahondar en la línea de investigación de Runciman (2019) y las nuevas
corporaciones globales, además de su idea “del deseo de la gente de mover el sis-
tema” relacionado con la elección de presidentes como Trump (Runciman, 2016:1),
también en la de Carvalhosa (2019) con la refundación, con nuevas formas de hacer
democracia.
El trabajo aporta los ejemplos de la Antigüedad: Mesopotamia, Esparta, Grecia y
Roma con el objetivo de sentar las bases del contenido y los procesos para poder
luego, ya en la época moderna y con las revoluciones francesa y americana como
telón de fondo, ver modelos posteriores a estas revoluciones en países como Ingla-
terra, por su dilatada historia de diálogo “democrático”, casi ininterrumpido desde la
Carta Magna de 1215; España, por sus problemas en los diferentes intentos por ins-
taurar la democracia pero interrumpido una y otra vez por la guerra; Alemania, como
representante de una de las potencias centroeuropeas a la que llevó largo tiempo su
instauración o Suiza, como uno de los reductos mundiales de democracia participa-
tiva, y concluir con las reexiones de teóricos actuales que nos plantean la crisis de
lo existente y, dentro de lo posible, propuestas de futuro.
La principal hipótesis que intentamos comprobar a lo largo de este estudio podría
ser resumida de la siguiente manera: no se ha dado hasta la actualidad ningún caso
de democracia plena y eciente, que consiga satisfacer a los ciudadanos y cumplir
con sus promesas. En síntesis, pensamos que la democracia, hasta ahora, se ha
acompañado a problemáticas y suras importantes, sin llegar a alcanzar nunca su
total plenitud. Como justicación, cabe recordar que cuanto más se estudia la demo-
cracia en sus distintas expresiones históricas, con sus límites y virtudes, y más fácil
será acercarse a un modelo de democracia sino perfecto, por lo menos funcionante
y duradero.
2. MATERIALES Y METODOLOGÍA
La Sociología, como ha dicho Wallerstein (Tardivo, Díaz Cano y Martínez Moure,
2019: 311), tiene que recuperar su dimensión histórica, a menudo demasiado olvida-
da para dar espacio solo al “empirismo absurdo y al fetichismo metodológico de las
encuestas” (Ritzer, 1993: 2013; Tardivo, Díaz Cano y Martínez Moure, 2019: 311). La
sociología no puede olvidarse del “carácter episódico del acontecer social” (Ramos
Torre, 1995: 32). Lejos de querer reconstruir una retrotopía a lo Bauman (2017), con
este artículo queremos retomar el pasado, y analizar el presente, para demostrar
nuestra hipótesis de que nunca ha habido una democracia plena pues es inherente
al concepto mismo al no haber concretado exactamente qué es el demos y si eso
implica “todo” el pueblo. La metodología aplicada es la revisión bibliográca de fuen-
tes tanto históricas como actuales que nos sitúan tanto en el pasado, los orígenes
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de la democracia, como en el presente, y ejemplos en los que se desarrolla para, a
partir de ahí, tratar de dar respuesta a las preguntas. Cabe recordar que tanto Marx
como Weber estaban convencidos de que para entender algo hay que estudiar cómo
ha llegado a ser así y cómo ha evolucionado ese fenómeno a lo largo del tiempo
(Patterson, 2014: 94). De hecho, Weber llegó a utilizar de forma casi compulsiva el
método histórico-comparativo a lo largo de algunas etapas de su producción intelec-
tual (Ramos Torre, 2001: 45). Aunque en nuestro caso no comparamos las ciudades
o las distintas formas de capitalismo, como hizo Weber, sino la democracia a lo largo
de la historia, allí donde necesario, utilizamos el método histórico-comparativo, que
Franco Ferrarotti “considera una de las principales herramientas de estudio y control
del análisis sociológico” (Tardivo y Fernández Fernández, 2017: 298).
Esta metodología nos servirá para acercarnos al problema de la democracia, de sus
límites y de sus posibilidades, y nos permitirá averiguar por qué, después de más
de tres mil años de historia, no se haya encontrado algo “duradero” y aceptado por
casi todos. Se pretende contestar a esta pregunta intentando no caer en un error
clásico cuando se analiza el pasado, la falacia del presentismo. Se trata de retomar
la historia de la democracia para averiguar su posibilidad o imposibilidad real y las
posibles causas explicativas de esta dicultad de llegar a una democracia completa,
analizando por ende las posibles causas y no limitándose a un trabajo de carácter
exclusivamente descriptivo.
Las bases de datos utilizadas son, en su mayoría, accesibles en la red, tanto nacio-
nal como internacional (italiano, inglés, español, alemán, portugués): Google Scho-
lar, Dialnet, Redalyc, Scielo, DOAJ, Rebiun, etc., siendo el término de búsqueda
fundamental: democracia (y sus variaciones).Hemos hecho la selección de los textos
a partir de los títulos, de las palabras claves y de los Abstract disponibles en los bus-
cadores seleccionados. En el proceso de selección no hemos utilizado criterios cro-
nológicos-temporales especícos y nos hemos basado en la pertinencia con el tema
tratado y con los objetivos planteados, así como en el número de citas de los textos
y de los artículos, seleccionando en la mayoría de los casos los textos más citados.
3. RESULTADOS: RECORRIDO DE LA DEMOCRACIA DESDE
MESOPOTAMIA HASTA LA ACTUALIDAD
3.1. Hitos: primeras civilizaciones
Las primeras civilizaciones -de las que nos han llegado conocimiento cierto a Occi-
dente- surgieron en el Creciente Fértil (Breasted, 1916), en los territorios de Meso-
potamia, Palestina y Egipto.
Las formas de gobierno, en cada una de ellas, fueron evolucionando desde los mo-
mentos en los que el rey era el jefe absoluto, primer sacerdote, jefe del ejército y
máxima autoridad del aparato administrativo hasta las consultas que estos mismos
reyes hacían a sus más “notables conciudadanos, reunidos en asambleas” para de-
cidir en asuntos de “guerra y paz”, instituciones ya “democráticas”. Podría entrar den-
tro de lo que Weber (1947:163) señalaba como “autoridades colegiadas” (Kollegiale
Behörden). El término “democrático” no es gratuito ya que, como señala Kramer,
existía un parlamento, formado por dos cámaras: Senado o Asamblea de los ancia-
nos y la Cámara Baja constituida por ciudadanos en estado de llevar armas (Kramer,
1985: 44).
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Esparta era considerada una de las comunidades importantes del mundo dorio des-
de su constitución como tal, allá por el siglo IX a.C. En torno a la zona más productiva
de la península doria surgieron cinco aldeas que darían lugar a la gran “ciudad” o
campamento militar de los espartanos. En la época de Pausanias (479 a.C.) será
Esparta la que lidere al ejército griego de los aliados dorios y jonios. Alianzas que se
ven rotas, una y otra vez, por la fuerza del ‘imperialismo’ ateniense y los deseos de
‘libertad’ de los espartanos y sus aliados hasta que se declara la Guerra del Pelopo-
neso (Jenofonte, 1999: 3).
“Necesitamos hacer un esfuerzo de imaginación para recordar que la fraternidad de
los ‘pares’ espartiatas fue la primera democracia helénica, y que la redistribución de
las tierras arables de Mesenia entre los miembros de aquel demos espartiata en lotes
iguales se convirtió en el santo y seña de la revolución que convulsionó Atenas en la
generación subsiguiente” (Toynbee, 1976: 50).
En Esparta, con su diarquía, la mujer llegó a disfrutar de un estatus impensable en,
por ejemplo, Atenas: podían poseer bienes y prepararse para la lucha, aunque no
pudiesen luchar junto a los hombres, ni tuviesen voz en la Asamblea de iguales, lo
mismo que en Atenas (Cartledge, 2009: 102).
Esa Asamblea y organización de gobierno es la que Cartledge vuelve a llamar, como
Toynbee, “pioneros de un tipo concreto de ciudadanía participativa” (Cartledge, 2009:
32) en la que los reyes eran degradados a ser simples miembros del organismo más
poderoso del Estado, pero no con una autoridad mayor a la del resto de ancianos, en
su mayoría, aristócratas.
La Constitución, o Gran Retra, que acogía el ordenamiento espartano fue creada
por Licurgo y constituye el instrumento legislativo fundamental que dota al Estado
de un notable equilibrio lo que facilitó el no tener nunca un gobierno tiránico (Oliva,
1983:117). La Constitución subordinaba el interés privado al público y es “conside-
rada mixta combinando tres sistemas políticos: monarquía, oligarquía y democracia,
los cuales se controlan entre sí para lograr la conocida concordia ‘Cada ciudadano
gobierna y a la vez es gobernado’”. Ahora bien, la concordia entre el poder político, el
militar y los ciudadanos era solo teórica ya que afectaba solo a los varones mayores
de treinta años y soldados quienes, entre sí, eran considerados todos iguales, rela-
ciones democráticas (Simmel, 1986: 229): se repartían el usufructo de la tierra entre
ellos y a los siervos o trabajadores de esas tierras ya que era considerado propiedad
del Estado; sobre el resto de la población, se ejercía presión física e ideológica (For-
nis, 2010: 4).
Esparta dedicaba todas sus energías a prepararse para la guerra. Las mentes no
estaban preparadas para los periodos de paz y el resultado fue que la corrupción y el
abandono de las “virtudes militares” hicieron caer a Esparta. Esparta se destruyó a sí
misma, al igual que sucedió con Babilonia.
Pericles denía la Constitución ateniense, allá por los años 450 a.C., como “demo-
crática, puesto que el Estado no está orientado a una minoría de ciudadanos sino a
la mayoría” según recoge Tucídides sus palabras (Tucídides, 1986: 113; Wood, 2000:
222).
La democracia comienza en Atenas, como indica Aristóteles, (Política, Libro II, Ca-
pítulo XII) con Solón (comienzos del siglo VI a.C.-594), si bien varios autores atribu-
yen inuencias externas, por ejemplo de Egipto, por el intercambio comercial o de
mercenarios (Rhodes, 2009: 206); o la transformación en la forma de entender la ley,
cómo aplicar justicia, sus garantías, a quién sirve, quién la cumple y a quién protege
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(Manning, 2012), o de los fenicios, como comerciantes y navegantes con sus leyes y
forma de gobierno “popular” (Pierrotti, 2007:1-13; Stockwell, 2010: 133; Scott, 2018).
Pero siguiendo con Solón, él fue quien introdujo cambios políticos con el n de su-
perar las graves situaciones de desigualdad social en Atenas de distintas maneras:
liberando a la que podíamos llamar “clase media”, (ciudadanos pobres) en el sistema
aristocrático reinante, de la esclavitud en que habían caído por el peso de sus hipo-
tecas (García Gual, 1990: 81-82). Además, realizó una división social diferente a la
existente, que en esos momentos se basaba en el estatus por nacimiento, y cambió
a otro según los bienes que poseía cada uno (grandes propietarios de tierras, co-
merciantes, campesinos y asalariados), mujeres siempre excluidas. Esto introdujo
en Atenas una “revolución” al eliminar los privilegios de unas pocas familias aristó-
cratas (minorías) y dar poder a las capas bajas de la sociedad ateniense (mayorías)
ya que de los cuatro grupos constituidos podrían ser elegidos sus miembros para la
asamblea y los tribunales populares, aunque para el Areópago (durante un periodo
de 1 año) debía pertenecer al primer grupo (Muñoz Valle, 1977a: 8-18; Rodríguez
Adrados, 2011; Elster, 2002).
Posteriormente, Clístenes (a nales del siglo VI a.C.-508) profundizó las reformas de
Solón con la “isonomía” y dividiendo territorialmente a Atenas, con una administra-
ción local independiente que sería el lugar de iniciación en la responsabilidad ciuda-
dana y política, aunque sin evitar totalmente el carácter étnico-familiar de las nuevas
divisiones (Weber, 1947: 220).
Pericles, por su parte, (durante el siglo V a.C.-450) introdujo las “dietas” consistentes
en una compensación económica diaria para aquellos ciudadanos a los que les toca-
ba participar en la vida pública, creó un “estado de bienestar” consistente en que el
Estado se ocupaba de proveer a los ciudadanos con los artículos de primera necesi-
dad, atención a los inválidos de guerra, a los huérfanos, trato respetable a los escla-
vos, es decir, “su sentido social era superior al de la democracia liberal salida de la
Revolución Francesa” (Rodríguez Adrados, 1966: 284 y Muñoz Valle, 1970: 81-82).
La Asamblea popular era el centro de poder de los atenienses en la que participaban
al menos un quinto de los ciudadanos, cifra mínima para la toma de decisiones. Al
frente se encontraba un “presidente” que era elegido para ese día al azar. Este cam-
bio diario de los presidentes eliminaba el asentamiento y adquisición de poder en una
persona y habilitaba la posibilidad de que cualquier ciudadano ateniense pudiese
presidir la Asamblea.
¿Qué funciones tenía la asamblea popular? Controlar a los que ostentaban los dis-
tintos puestos de responsabilidad durante ese año, ordenar y disponer lo necesario
para el abastecimiento y seguridad de Atenas, ocuparse de las quejas y problemas
políticos, conscaciones, compensaciones, herencias, etc. Las votaciones se produ-
cían por mano alzada (Vorländer, 2017a: 7-12).
Respecto a los jueces y juicios, como garantes de las “Normas” a cumplir durante la
democracia, también tenían la característica de que todos los atenienses, mayores
de 30 años, podían ser jueces durante un año. No existían los jueces profesionales
y los elegidos tenían que cumplir un juramento: tomar las decisiones de acuerdo con
las leyes y las decisiones del pueblo y de los diferentes consejos. Los jueces no ac-
tuaban de forma individual más bien en grupos, y numerosos, representando una de
las partes más importantes de la “democracia” griega, según argumenta Cammack
(2013), quien reduce el valor de las asambleas populares.
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Los símbolos de identidad de la democracia griega eran: la igualdad como ciudada-
nos, su obligación para con el resto de la sociedad, siendo aquí donde Weber ve el
surgimiento del hombre político (Weber, 1947: 592). Esta característica neutralizaba
los problemas del pasado que hacían inclinar la balanza de antemano al basarse en
la posición social heredada, las diferencias económicas o los intereses particulares.
La duración de cada “mandato” estaba estrictamente regulada y todos estaban so-
metidos al control del resto de los ciudadanos. Naturalmente, de la ‘ciudadanía’ se
excluye a los esclavos, a las mujeres, a los metecos, libertos, etc., (Weber, 1947:
585).
Dos problemas aparecieron desde el principio en la Atenas democrática: los demago-
gos y la posibilidad de que la Asamblea, en su independencia, pudiese tomar decisio-
nes que fuesen en contra de sus propias leyes. Pronto se establecieron contrapesos.
Y si bien las medidas “correctoras” del abuso de la democracia fueron aceptadas
fácilmente, también surgieron los grandes críticos de esta forma de gobierno co-
menzando por Sócrates quien lo consideró un actuar absurdo al dejar en manos de
una mayoría de ciudadanos comunes las grandes decisiones políticas de la ciudad
(Muñoz Valle, 1977b:47-49) y quien murió condenado por falsas acusaciones de esta
democracia (Aristóteles Política, Libro VI, 1317bl, Dahl, 2002: 23).
Platón, igualmente, lo veía como una forma de gobierno inestable argumentando
que se basaba en un pueblo fácilmente manejable por su poca formación y la inca-
pacidad de asumir plenamente la complejidad de las acciones de gobierno (Platón,
Capítulo VIII-557 y ss.).
Por último, y entre los grandes pensadores griegos, Aristóteles. Para él la democra-
cia no era el problema, el problema radicaba en dejar en manos del pueblo el poder
máximo. Él propone la elección de los puestos más importantes, dejar en sus manos
las decisiones y exigirles las máximas responsabilidades. ¿Quiénes podían optar a
esos puestos de máxima responsabilidad? Aquellos que fuesen los más competen-
tes según sus conocimientos y su forma de actuar (Aristóteles, Libro I, Capítulo V).
A esta propuesta de gobierno, de constitución, la denominó Politie (Aristóteles, Po-
lítica, Libro III, Capítulos VI y ss.) o lo que es lo mismo, una democracia moderada
en la que todos los ciudadanos poseían los mismos derechos como ciudadanos,
pero diferentes niveles de participación en el ejercicio del poder político. Para él,
el problema de la democracia, igual que el de las tiranías u oligarquías, es que el
gobierno está en manos de aquellos que pretenden obtener benecios personales.
Los tiranos pretenden su benecio personal e individual, los oligarcas los benecios
para los ricos y los demócratas con el gobierno de los pobres, y que ninguno de estos
tres grupos, incluidos los pobres, tiene un punto de vista o interés en el “bien común”
(Ibíd., Capítulo VII, 1279bl, 5-10 y Libro IV, Capítulo VIII).
El historiador griego Polibio (durante su estancia forzosa en Roma después de la
derrota de las ciudades griegas ante el ejército romano allá por el año 167 a.C.)
intentó analizar y hallar una explicación al porqué del poder conseguido por Roma
hasta llegar a convertirse ya en el siglo II a.C. en la potencia “mundial” de la época.
Su razonamiento le llevó a centrarse en la forma de gobierno romano, en comprobar
su elasticidad que permitía controlar y limitar los distintos poderes, una sinergia entre
las fuerzas procedentes de los patricios y los plebeyos y conseguir, entre los dos,
controlar las fuerzas políticas lo que llevaría a una mayor estabilidad política de la
que disfrutaban otros Estados (Vorländer, 2017a: 14-16).
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Con este modo de gobernar se producía una mezcla de formas de Estado: elemen-
tos monárquicos (los cónsules), la aristocracia (Senado), y el elemento democrático,
la Asamblea del pueblo. Polibio armaba, al igual que Aristóteles, que esta forma de
organización del Estado consistente en un equilibrio entre diferentes poderes institu-
cionales, ejercen control y potencian la competencia unos sobre otros. El equilibrio
entre los nobles y el pueblo, entre los distintos organismos de poder fue la base del
éxito de Roma, aunque los historiadores actuales pongan en duda que la realidad y
lo descrito por Polibio tengan mucho que ver (Martínez Lacy, 2005:380-382). Pero
es importante para nuestro trabajo el recoger este razonamiento en el que, aunque
fuese de forma ideal, se veía como positiva la mezcla de distintos tipos de Estado
para obtener un equilibrio de las fuerzas sociales y el control mutuo de las institucio-
nes políticas.
Uno de los autores que dejó constancia de esta forma de gobierno, de sus principios,
si bien en su etapa de decadencia durante el siglo I a.C., fue Marco Tulio Cicerón en
De re publica (54-51 a.C.). En ella arma que “la cosa pública” es cosa del pueblo
(res publica res populi) pero que en ningún caso puede ser el pueblo en masa, de
todo el pueblo, sino de un grupo al que le une, el reconocimiento del derecho y la
ley (iuris consensu), y teniendo como objetivo el bien común (utilitatis communione)
(Cicerón, De re publica, Libro I, 25,39-32,49). Los ciudadanos romanos eran los que
se podían ocupar de la “cosa pública” y así tenía gran valor la frase Civis romanus
sum ya que imprimía carácter, es decir, aportaba derechos, pero también obligacio-
nes (Libro II, 31,53).
3.2. Hitos: revoluciones modernas
De los inicios de la democracia pasamos a las revoluciones modernas, la francesa
y la americana, y sus consecuencias. Veremos los nexos existentes entre las for-
mas de gobierno que querían implementar estas revoluciones y el pasado griego y
romano.
En la introducción al Libro I de su obra Contrato Social, 1762, Rousseau dice “Quiero
averiguar si puede haber en el orden civil alguna regla de administración legítima y
segura tomando a los hombres tal y como son y las leyes tal como pueden ser. Pro-
curaré aliar siempre, en esta indagación, lo que la ley permite con lo que el interés
prescribe, a n de que la justicia y la utilidad no se hallen separadas”, y rubrica: “El
hombre ha nacido libre y, sin embargo, por todas partes se encuentra encadenado”
(Rousseau, 2007:37).
Rousseau ve necesario que la sociedad rme un contrato en el que el individuo
acuerde con sus conciudadanos la creación de un ente político con el n de aprobar
leyes que protejan la libertad. Esas leyes garantizan la libertad exigiendo de sus
conciudadanos que se sometan y las respeten. Esto solo sería posible si son los
ciudadanos los que se otorgan a mismos esas leyes. Lo cual saca a la luz un
nuevo punto importante: solo aquellos que se dan leyes, pueden sentirse afectados
y someterse a ellas. Este principio básico se transforma en un principio político que
arma que es el pueblo el que se otorga las leyes y así es como se consigue tanto
la libertad, en sentido político, como el compromiso de respetarla, “encadenarse”, en
sentido social.
Rousseau critica la situación en Inglaterra al armar que las leyes que se aprueban
desde el siglo XVII, dentro del sistema de monarquía constitucional existente, las
aprueban conjuntamente el rey y el parlamento, siendo para Rousseau, la represen-
tación parlamentaria una ilusión y arma “El pueblo inglés cree que es libre pero se
Artículos • Eduardo Diaz Cano
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equivoca completamente. El pueblo solo tiene la capacidad de elegir a los miembros
del parlamento y, una vez que los ha elegido, se convierten en esclavos, se anulan
completamente. En cuanto hacen uso de esa libertad, la pierden” (Ibíd., Libro III,
Capítulo XV, p. 127). Esto, en palabras de Spencer y dos siglos después (1884: i),
signica “An increase of freedom in form would be followed by decrease of freedom
in fact” (El aumento de la libertad en las formas vendrá seguido por un descenso de
la libertad de facto).
Por consiguiente, Rousseau no percibe a la democracia representativa, parlamen-
taria, como la ideal para un pueblo realmente libre. Su imagen es la de la antigua
Atenas y la de los más actuales cantones suizos (que veremos más adelante), la
idea de “comunidad” de Tönnies (1922:8 y ss.) reejada en su concepto de “Wesen-
wille” (bienestar general del pueblo) (1909:16-17), entre otros: un Estado pequeño,
costumbres sencillas, amplia igualdad de clases y de bienes, poco o ningún lujo,
espacio limitado, homogeneidad sociocultural, igualdad socioeconómica y virtudes
ciudadanas (Rousseau, 2007: Libro III, Capítulo IV, p. 98). La ley representa para
Rousseau la voluntad del pueblo, la voluntad general que siempre tiene razón, nunca
se equivoca, nunca se puede equivocar.
Y si este es el punto de partida y objeto de admiración de los padres de las Consti-
tuciones democráticas, francesa y americana, algo tuvo que cambiar para que fuese
efectivo, ya que la América inglesa no reunía casi ninguno de los requisitos seña-
lados anteriormente: enorme territorio, gran número de personas y heterogéneas
totalmente en su procedencia.
Así pues, si la democracia ateniense directa, sin intermediarios, no iba a ser po-
sible. La democracia en ciernes evolucionó hacia una de carácter representativo,
parlamentario. Lo que se mantuvo, como promovía Rousseau, era la soberanía
del pueblo, la soberanía reside en el pueblo y, en su nombre, los norteamericanos
declararon la independencia de Inglaterra (Tocqueville, 1841: 188-189).
Otro aspecto importante era el establecer normas que pudiesen controlar los efectos
de intereses y valores contrapuestos y no eliminar sus causas, es decir, la libertad
y la diferencia individual, al contrario de lo que defendía Rousseau en su idea de
democracia. Y de aquí se deducen las consecuencias institucionales para el estable-
cimiento del sistema de gobierno democrático: basada en la soberanía del pueblo, el
poder de la mayoría, la libertad del individuo y de los grupos y, al mismo tiempo, se
evitaba el peligro de la tiranía de la mayoría (Habermas, 2002:61). Un sistema que
veía a los distintos poderes no como islas independientes sino como instituciones
que interactúan y se controlan y, así, se establece un equilibrio, al estilo romano,
tanto en el plano horizontal como vertical, es decir, tanto en cada uno de los Estados
federados como en la relación entre todos y cada uno de los Estados. Los redactores
de la Constitución esperaban que este mecanismo de división y control de poderes
generase una gran efectividad (Blanch, 2009).
El segundo punto de este apartado, la Revolución Francesa, comenzó, en su mani-
festación violenta, con el asalto a la Bastille del 14 de julio de 1789 motivado por unos
precedentes negativos para la mayoría de la población y a los que los gobernantes
no habían dado solución. Estos son, en modo muy resumido: la sociedad france-
sa estaba dividida en tres niveles, los nobles, el clero y el tercer estado o tercera
clase, formada, esta última, por el resto de la sociedad que representaba el 98%
del total (Máiz, 2007:23-33), es decir, el pueblo o nación llano, cuya participación
en asuntos políticos era casi nula. Si a esta situación de movilización le sumamos
la revuelta campesina demandando la eliminación de los vínculos de servidumbre
Anduli • Revista Andaluza de Ciencias Sociales Nº 21 - 2022
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entre campesinos y señores “feudales” (Tocqueville, 1841 y Swedberg, 2009), ade-
más unos años de malas cosechas, escasez de cereales, su encarecimiento en el
mercado y el constante aumento de los fallecimientos por hambre (Tilly 1971; Riezu,
2007: 30-31; Hinrichs, 2001: 22-28; Wallerstein, 2004: 77-130) dio como resultado la
caída del símbolo de opresión del régimen feudal, la Bastille.
Lo que la Revolución quería cambiar se vio plasmado en la Constitución, compuesta
de dos partes, los primeros 35 artículos o “Declaración de los derechos del hombre y
del ciudadano”, aprobados en agosto de 1789, que sentaban las bases “naturales”,
los “derechos del hombre y del ciudadano” a las que incluso la Constitución debía
someterse, los “derechos sagrados e inalienables” la igualdad de derechos individua-
les y civiles como la piedra angular de una forma de gobierno libre y democrática. La
segunda parte de esa Constitución, los 124 artículos siguientes, recoge los derechos
y obligaciones civiles e individuales, iguales para todos los ciudadanos, así como la
división de poderes, la organización de la República, etc. (Constitución Francesa,
1793).
Sin embargo, los acontecimientos dieron un giro cuando en 1793 tomaron el mando
el grupo de los Jacobinos y eliminaron la monarquía estableciendo una democracia
radical que erradicaba las características que se perseguían en un primer momen-
to. Su líder, Robespierre, defendía la teoría de que la idea democrática sobre la
compatibilidad de defender en ese entorno los derechos individuales y los intereses
generales no era posible. Ellos optaron por crear una sociedad con una identidad ho-
mogénea aun cuando tuviesen que utilizar la fuerza para conseguirlo. Se denieron
las virtudes y valores de esa sociedad democrática y se pusieron los medios para
que se lograse. El resultado también es conocido y la persecución política, esta vez
desde otro bando, también causó estragos entre la población (Žižek, 2010).
Ambas revoluciones se olvidaron de los derechos de las mujeres (Astelarra, 1978:
275; Errázuriz Vidal, 2014: 41) al igual que de los esclavos y más si estos eran de
origen africano.
3.2.1. Innovación parlamentaria europea
Merece la pena resaltar aquí, aunque previo a estas Revoluciones, lo que Stubbs
(2004) considera una doble “innovación institucional” política, en este caso democrá-
tica. Se trata de la que se produjo en 1188 al organizar Alfonso IX la corte y los súbdi-
tos de forma “parlamentaria” en León. Los “concilios”, curias regias o asambleas del
reino en las que participaban representantes del clero, de los nobles y el rey o reina,
eran habituales durante la monarquía visigótica leonesa. Las novedades introduci-
das por Alfonso IX, en el concilio celebrado en el claustro de San Isidoro, en León,
son que, por un lado, fueron convocados “representantes del pueblo elegidos por
votación”. Y por otro, que de este concilio se promulgaron los Decreta, o acuerdos
que “obligaban” tanto a los súbditos como al rey. Estos Decreta han sido declarados
por la UNESCO, en 2013, como “el testimonio documental más antiguo del sistema
parlamentario europeo” (UNESCO, 2013).
3.2.2. Revolución temporal: Asamblea Constituyente de 1810
Posteriormente, y volviendo al siglo XIX, España tuvo su “revolución” en marzo de
1808, aunque con matices diferentes pues se derriba del poder a Godoy, siendo
promotor una parte de la misma corte encabezada por el hijo de Carlos IV, Fernando,
en quien abdicaría el rey, pero donde no intervino el pueblo de forma masiva. Esto
sería interpretado como el colapso de la autoridad del Estado (Fusi y Palafox, 1997:
17 y ss.). Otra diferencia es que España, en esos años, estaba bajo la presión de
Artículos • Eduardo Diaz Cano
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tres fuerzas: la interna, la francesa -aliada desde 1796- y la inglesa, en su rivalidad
con Francia. Y siguiendo con 1808, ya en mayo, comienza en España la Guerra de
la Independencia contra Francia, apoyados por los ingleses (García de Cortázar y
González Vesga, 1994:430 y ss.). Como concluyen Fusi y Palafox (1997:17) “La re-
volución española no nació como consecuencia de las ideas o los conictos entre el
poder y la sociedad sino de una situación de guerra y esta determinaría el curso de
los acontecimientos”.
En 1810, la Regencia, un ejecutivo provisional sustituto de la Junta Central, convocó
Cortes en un teatro de San Fernando (Cádiz) y, una vez constituidas, se declaró en
Asamblea constituyente, asumiendo la soberanía nacional. La lucha, en este caso,
no fue en contra de nadie, sino que los participantes en las Cortes, en ausencia del
rey y del poder constituido en España, asumen el poder y aprueban la Constitución
Política de la Monarquía Española el 19 de marzo de 1812con 10 Títulos y 384 Artí-
culos. Pero su falta de legitimidad, de representación y de autoridad hizo que tuviese
un corto recorrido, quizás no tanto por su contenido sino por las circunstancias en
las que se creó: la guerra (Torres del Moral, 2011). Cuando esta terminó, en 1814,
Fernando VII regresó y reinstauró el viejo régimen.
Años más tarde, entre 1868 y 1874 se volvió al modelo democrático con la Constitu-
ción de 1869 y que recogía todos los considerandos democráticos, pero, de nuevo, la
guerra terminaría con este espejismo (Fusi y Palafox, 1997: 76-77 y 153).
3.3. Revoluciones posteriores
En primer lugar, y partiendo de la Revolución Francesa, los alemanes observaron las
tres partes de la historia “democrática” del pueblo vecino: comenzó con la revolución,
es decir el cambio brusco de la situación dada donde la clase dirigente perdió su po-
der tradicional; la toma del poder de los Jacobinos y su reino del terror y, por último,
la vuelta a un Estado totalitario de la mano de Napoleón y, todo esto en un periodo
de tiempo muy corto.
Las esperanzas de los alemanes, especialmente los federalistas, estaban luchando
por una república democrática representativa, demandando la autodeterminación de
los ciudadanos, pero de una forma pacíca, con reformas, sin revolución. Su pre-
tensión pacíca, contraria a la de los Jacobinos, fue apoyada por Immanuel Kant
(citado por Vorländer, 2017b:34) demandando, además de lo ya dicho, una división
de poderes. Para Kant, la república era una “unión de personas bajo las mismas le-
yes”. La diferencia con Rousseau se basaba en que Kant no veía imprescindible que
ni el pueblo, ni una representación de este, fuese la encargada de aprobar las leyes
(Kaufman, 2009: Lepe Carrión, 2011:28 y Beade, 2009: 334, Nota 12). Para él, el
legislador debía generar las leyes “como si estas hubiesen sido la voluntad de todo el
pueblo” (Beade, 2011: 30) y ese “como si” lo entendió Kant pensando en que la habi-
lidad del rey Federico II “El Grande” fuese capaz de realizar tal tarea. Kant no era un
defensor de la soberanía popular, no se aba del pueblo como actor político aunque
le reconocía una potestad regulativa (Kant, 1998:15; Velasco Gómez, 2005: 109-
122), pero sí creía en la independencia y convierte a esta en el criterio diferenciador
entre ciudadanos activos y pasivos del Estado siendo, los primeros, colegisladores y
ciudadanos plenos y, por lo tanto señores de lo que sucede en el Estado sin, nece-
sariamente, tener que participar en todo (Abellán, 1998: XXIX).
En 1848 se inició la Revolución en “Alemania”. La primera Asamblea Nacional se
reunió en la iglesia de San Pablo de Frankfurt y de ella salió la primera propues-
ta de Constitución que recogía la soberanía del pueblo y un catálogo de derechos
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fundamentales (Nipperdey, 1983). Pero el rey de Prusia no aceptó que las revolu-
ciones-revueltas callejeras de Berlín y otras ciudades en marzo de ese año diesen
como resultado la nueva Constitución que, consecuentemente, no entró en vigor.
Para Marx, quien consideraba democracia y revolución como un binomio inescindi-
ble, estas luchas habían determinado la incorporación del proletariado a las luchas
revolucionarias (Fernández Buey, 1999). Pero Marx piensa en una democracia radi-
cal, totalmente distinta a la democracia liberal-burguesa que se irá armando (Sar-
tori, 1993: 7).
Los cambios parlamentarios no llegarían hasta la revolución de 1918, que culminaría
con la primera reunión de la Asamblea Nacional en febrero de 1919, en este caso
en Weimar, y a la que asistían los miembros elegidos con voto secreto, de hombres
y mujeres de todos los alemanes mayores de 20 años. La consiguiente Constitución
fue aprobada en agosto de ese mismo año y, de esta forma, Alemania se transforma-
ba en una democracia parlamentaria sancionada por una Constitución.
Problema: todos estos grandes avances, y otros más no mencionados aquí por ra-
zones de espacio, dieron a la República de Weimar un gran sustento democrático,
funcionalidad y estabilidad al país, y representaban un gran cambio respecto a lo
existente hasta ese momento, pero, una vez más, las circunstancias del país y de
sus habitantes hicieron que esta Constitución y República tuviesen los días contados
(Mommsen, 1995; Hobsbawm, 1998). En marzo de 1933 fue aprobada por la Dieta
la disolución de la República de Weimar, cosa que no pudo impedir la Constitución y
encumbrar al recién elegido canciller, Adolf Hitler (Sontheimer, 1999; Sturm, 2011).
Situación diferente es la de Suiza en la que el modo de “gobernarse” se ha enca-
minado a los orígenes, hacia la democracia ateniense, hacia una democracia más
directa, a una “democracia participante” (Sartori, 1993: 74), especialmente si nos ate-
nemos a las cifras que recogen los referéndums planteados en el país desde 1971 si
bien su historia podría haber sido otra. Esta comenzó como el resto de Europa, pero
pronto llegaron a la Constitución Federal de 1848 con el modelo cantonal basado
en el principio de la representación, pero ampliado con el añadido de la “iniciativa
popular” solo para el caso de la revisión total de la Constitución. El término “demo-
cracia directa” hace referencia a un sistema de toma de decisiones políticas en el que
una serie de derechos y competencias especícas sobre toma de decisiones están
recogidos constitucionalmente para los diferentes órganos del Estado: el pueblo, el
parlamento y el ejecutivo. (Pállinger, 2007: 0-2; IDEA, 2008: 64).
Para profundizar sobre Suiza se debe decir que hay que verla como una nación
“unicada” pero con todas las características de cada cantón como dice Lloyd “In
Switzerland there has been no such unication of canton with canton. Canton is divi-
ded from canton by lines of race, customs, etc., almost as sharp as mountain ranges”
(1908: xi) (“En Suiza no se ha producido una unicación de un cantón con otro. Los
cantones están divididos entre por las líneas que trazan la raza, las costumbres,
etc., casi tan cortantes como sus mismas cadenas montañosas”).
La democracia directa suiza se basa en el principio de que el nivel de implicación
popular en la toma de decisiones es gradual dependiendo de la importancia de las
decisiones políticas que se deban tomar. Como consecuencia de esto, el órgano
con la mayor legitimación democrática -el pueblo- debe tener la capacidad de par-
ticipar y tener la última palabra en asuntos de Estado que les concierne y que es-
tán recogidos en la Constitución. El segundo nivel de participación democrática, el
Parlamento, que es elegido directamente por los ciudadanos, decide, en el resto de
materias importantes, legislando. Finalmente, el gobierno, con el nivel más bajo de
Artículos • Eduardo Diaz Cano
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legitimidad democrática ya que es elegido por el Parlamento, es responsable para el
resto de asuntos y actúa independientemente de los otros dos poderes, lo que crea
un entorno estable para todo el proceso político y aporta un alto grado de seguridad
(Pállinger, 2007: 2-3).
Ciertamente, los procesos participativos de democracia directa “real” (Lizcano-Fer-
nández, 2012:145) son largos y complejos pero, al menos tal y como funcionan en
Suiza, son efectivos y se garantiza que el pueblo, como poseedor del poder, pueda
participar, excepto la mujer que no tuvo posibilidades de elegir a sus representantes
hasta 1971 y, en el cantón de Appenzell hasta 1991 por seguir el “orden divino”,
aunque los movimientos feministas comenzasen sus reivindicaciones un siglo antes
(Bondol, 2017), en lugares que pocos se imaginan podrían ser pioneros (Kaufmann,
2021) y por razones no tanto democráticas como operativas -falta de hombres caídos
en las 2 guerras mundiales (Stegmüller, 2021).
Más allá del caso suizo, queda todavía para demostrar la ecacia de otros méto-
dos de participación directos relacionados con las oportunidades ofrecidas por las
nuevas tecnologías: es el caso de la plataforma “Rousseau” utilizada para tomar
decisiones por el Movimiento 5 Estrellas en Italia, y que se caracteriza por una muy
baja participación, además de otras propuestas políticas novedosas como los Pira-
tenpartei en Alemania, Suecia u otros países (Jones, 2019).De hecho, por lo general,
las redes sociales e Internet han sido más utilizadas por los partidos extremistas e in-
cluso antidemocráticos que por los partidos moderados y democráticos (Moltó, 2021:
46) y, por el momento, podemos decir que a través de Internet no se ha solucionado
el problema de la agilización de la democracia (Moltó, 2021: 47).
Estamos casi al nal del recorrido y hemos vuelto al inicio. Aquella forma de “demo-
cracia” ateniense se ve plasmada hoy en Suiza, y otros países con similar número de
población, pero no es una opción planteada con características similares en otros de
mayores dimensiones demográcas.
3.4. Retos: diversidad de teorías
En este siglo XXI nos enfrentamos a nuevos retos que surgen de los cambios y que
proponen nuevas realidades, por lo que no se hace referencia a un país concreto
donde se pueda observar un determinado tipo de “democracia” (y los hay dispares:
Túnez, Egipto, Siria, Hungría, Suecia, Holanda, Francia, USA, Brasil, España, etc.).
Por el contrario, se habla de teorías y teóricos.
Otro de los retos es el hecho de que el mundo está interconectado por sistemas
que hacen que el espacio y el tiempo no sean un inconveniente ante los cuales los
diferentes pueblos se tengan que someter. Así, términos como la globalización han
cogido por sorpresa al ámbito político. Las fronteras se han quedado como parte del
pasado, pero el nuevo espacio creado, internacional, global, virtual no ha sido deni-
do todavía políticamente, sí económicamente, donde, de nuevo, reina el “absolutis-
mo económico” (Polanyi, 2007:15), facilitado también por la crisis y la actual debilidad
de los partidos políticos aunque cueste vislumbrar la existencia de una democracia
independiente de los partidos políticos (Mair, 2015: 32) pero como arma Bobbio
(1986:7), la transformación es el estado natural de la democracia.
No todo está por hacer, ya disponemos de organismos que van asumiendo roles
parecidos a los que tienen en cada una de las “naciones” los parlamentos, léase el
Parlamento Europeo o las Naciones Unidas pero su base sigue siendo la misma, es
decir, una considerable suma de Estados independientes que van cediendo su sobe-
ranía a unas entidades supranacionales, pero con unos mismos objetivos.
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En otras palabras, conservar una cierta identidad “nacional” con instituciones nacio-
nales, pero también con alianzas entre los distintos Estados a casi todos los niveles
que homogeneízan su convivencia con instituciones y leyes comunes que afectan a
pilares básicos de nuestra vida diaria, de estilo “cosmopolita” como defendía Kant
(1998: 21) “Das Völkerrecht soll auf einem Föderalism freier Staaten gegründet sein”
(El derecho de gentes debe fundarse en una federación de Estados libres).
Autores como Vorländer (2017c) o Dahl (1999) nos proponen y plantean diferentes
alternativas y problemas para el futuro. Así Vorländer nos plantea dos tesis y un
problema.
Las tesis van encabezadas con conceptos como “post-democracia” que toma del tex-
to de Crouch (2004) La posdemocracia (originario, si puede decirse así, de Rancière,
1996: 121) en el cual deende que la democracia sigue funcionando hacia la opinión
pública con actuaciones como las elecciones pero que realmente es algo distinto a
lo que era antes de los años 70. Casi todo se “cuece” entre bambalinas, entre los
gobiernos electos y las élites empresariales dejando de lado -o no queriendo ser
parte del proceso- a la clase trabajadora, profesionales varios y servidores públicos,
y manipulando constantemente a las masas para el logro de los intereses de las
minorías dominantes, convirtiéndose así en una democracia con rasgos predemo-
cráticos. La democracia de aquellos que Sanmartín (2020) dene como “escribas y
fariseos que se encastillan en sus despachos ciegos y sordos al clamor de la época”.
Lo cual termina por hacer más débil a la democracia, que se había caracterizado por
“un crecimiento económico más equitativo” respecto a las autocracias (Lindberg y
Kolvani, 2021: 59), a pesar del éxito de estas últimas décadas de un país no demo-
crático como China.
Es decir, la posdemocracia no es más que el gobierno de las élites y para las élites,
la “ley de hierro de la oligarquía” de Michels (Tardivo y Fernández, 2017) o la demo-
cracia sin demócratas de Roitman (2007). Él propone: detener el creciente poder de
los dirigentes empresariales, reforzar el poder de los partidos políticos para que sean
un contrapoder real al poder empresarial y crear una nueva conciencia política entre
los ciudadanos. Pero, concluye, si los partidos no hacen su labor, quizás la deban
asumir los movimientos sociales como portadores de la vitalidad democrática. Como
dice Mair (2015: 21-22), la democracia de los partidos está en crisis y se ha alejado
del demos. Pero también el pueblo tiene su parte de culpa: “la mayor parte del pueblo
es apático en lo tocante a la política” (Pitkin, 1985: 243).
Un paso más adelante lo representa la segunda tesis, que deende Blühdorn con
la “democracia simulada”. Según esta, los valores y normas democráticos siguen
vigentes y defendidos por todos los actores, pero, en realidad, no son completa-
mente aplicables dadas las líneas de actuación que han tomado campos como el
económico y las élites político-administrativas, pero también muchos ciudadanos al
comprobar que las “obligaciones democráticas” limitan sus posibilidades y/o coartan
sus libertades dirigen sus opciones simplemente hacia las tendencias que propone
el mercado y el consumo. En esta línea, Blühdorn (2013a:1) arma que “Die Demo-
kratie gibt es ja nicht, und es hat sie nie gegeben. Vielmehr gibt es eine Vielzahl von
recht unterschiedlichen und immer neuen Versuchen …” (La Democracia no existe
en absoluto ni ha existido nunca. Lo que hay es una gran variedad de intentos, cier-
tamente siempre nuevos y diferentes,…).
Esto nos lleva a un cambio en el punto de mira que pasa de la democracia -el gobier-
no del pueblo- a lo que podríamos llamar “mercadocracia” o el gobierno de los mer-
cados y el consumismo como un “mejor” instrumento para satisfacer las necesidades
Artículos • Eduardo Diaz Cano
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de la sociedad, especialmente por su eciencia pues, como es sabido “la democra-
cia y la eciencia no son fácilmente compatibles” al igual que la justicia (Blühdorn,
2013a: 6), a lo que Elster (1997, p. 4) apostilla con un “no hay razones para esperar
que los individuos converjan en sus visiones de lo que constituye una redistribución
justa”. Blühdorn (2013b: 13) dice, hablando de las crisis nancieras en España, Ir-
landa, Grecia, etc., que los ciudadanos no pudieron decir nada sobre su futuro o las
medidas a tomar para curar la herida, lo hicieron los “equipos de tecnócratas y exper-
tos” pero más mirando hacia los mercados que a las consecuencias de estas sobre
los ciudadanos, al igual que la crisis del COVID-19 con la que no se ha avanzado
nada hacia la “democratización”, más bien al contrario (Blühdorn, 2020: 22). “Wie
reagieren die Märkte?” (¿Cómo reaccionan los mercados?), en la misma línea que
el artículo escrito por Crouch (2016) y en el que trata las crisis de 2007-2008.Quizás
el tiempo de Adam Smith haya llegado con su “mano invisible” pero ¡bien dirigida!, o
la preconizada por Chandler (1977), la “visible”. Aunque tampoco podemos armar a
ciencia cierta, sin entrar en juicios de valor, que los cambios en el mercado y el con-
sumo podría tener efectos positivos sobre nuestras democracias en crisis (Livi Bacci
1998: 47). A este respecto, los sociólogos que pertenecen a la corriente de los hiper-
globalizadores (Casilda Béjar, 2011: 59) ponen en evidencia el poder que tienen en
los procesos decisionales las multinacionales y los grandes organismos económicos
transnacionales, hasta el punto de que se puede hablar de una empresarialización
globalizada de la vida política. Al mismo tiempo las redes sociales y los medios de
comunicación se han utilizado en muchas ocasiones para desprestigiar a los adver-
sarios políticos y reducir así los espacios de auténtica democracia (Lindberg y Palina
Kolvani, 2021: 55). Es lo que ha ocurrido, por ejemplo, en Hungría.
El problema viene planteado por la crisis de las democracias representativas que
continúan separándose de los elementos importantes de las decisiones -el pueblo,
los ciudadanos- y se alejan cada vez más en sus procesos de creación de voluntades
y toma de decisiones, como sucede en Francia o El Salvador: políticos sin partidos y
sin ideología, sin arraigo en la sociedad que convierten sus acciones y decisiones en
un objeto de consumo inmediato en medio de la era de la posverdad y las fake news
facilitada por unas redes sociales y medios de comunicación personalizados y fáci-
les de manipular(Forti, 2021a, p. 146; Forti, 2021b) y alejados del inicial “optimismo
tecno-determinista”(Aguirre, 2021).
Añadir a esto quela mitad de la población, la femenina, no ha tenido acceso a la vida
democrática de forma plena. A pesar del movimiento sufragista antes, y de los femi-
nismos de los setenta, luego, (Alberdi, 1999: 10), todavía estamos lejos de alcanzar
democracias igualitarias: “la ausencia de las mujeres en la vida pública ha sido una
constante que parece haber mejorado sólo ligeramente en los últimos tiempos”. Sa-
car a las mujeres de la familia para colocarlas en el centro de la política (Alberdi,
1999: 17): esto tendría que ser un objetivo primordial de las democracias. Igual que
se ha cuestionado el pensamiento androcéntrico es hora de cuestionar las democra-
cias androcéntricas como democracias inacabadas, y así seguirá siendo mientras los
hombres sigan siendo “los actores políticos por antonomasia” (Verge Mestre y Alonso
Álvarez, 2019: 3). El problema no es solo la “estructura” de la democracia en sí, sino
lo que Lipovetsky (2014: 56-60) dene como “segunda modernidad, desreglamen-
tada y globalizada… que se basa en el mercado, la ecacia técnica y el individuo…
y este último, legislador de sí mismo… y destructor de las formas antiguas de la re-
gulación social, la hipermodernidad”, calicado a su vez por Alonso como “transición
larga y difícil” (Alonso, 2002:164).
Anduli • Revista Andaluza de Ciencias Sociales Nº 21 - 2022
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Aquí es necesario hablar del libertarismo o anarcocapitalismo de Hayek (1978),
Nozick (1999), Rothbard (1978) o Hoppe (2001) -opuestas a la corriente libertaria
o anarquista más conocida de Proudhon (1849), Bakunin (1971), Goldman (1917),
etc.- con líneas políticas contrarias, con matices y orientaciones diferentes que no
son objeto de discusión en este texto, pero según su ideario, se deende la capa-
cidad de cada individuo de tomar sus propias decisiones y que, por lo tanto, no es
necesario el Estado si no es en su forma “mínima”, real o utópica(Schwember Augier,
2019) para defender la libertad del individuo ante la sociedad, proteger la propiedad
privada y el libre mercado. Mientras que se predica la eliminación de cualquier tipo
de derecho social (Schwember Augier, 2018: 118) percibido como un freno a la li-
bre iniciativa privada y a la libertad individual. Estas demandas, por paradójico que
parezca, se están llevando a la práctica de diferentes formas y están siendo repre-
sentadas por partidos políticos constitucionales como el Libertarian Party (2019) de
Reino Unido en su Manifesto para su batalla por el individualismo y focalizándolo en
la batalla habida por la salida de la Unión Europea. Igualmente, y de la mano de su
Think Tank, o laboratorio de ideas, la Fundación para el Avance de la Libertad, publi-
ca un Índice sobre la libertad electoral mundial, en su tercera edición (Peña Ramos,
2020) que intenta reejar su forma de entender la libertad y la política electoral (Forti,
2021b), al igual que lo hace el más académico del V-Dem Institute (2021) y, desde un
punto de vista más periodístico, pero muy detallado, The Economist (2020), al que
realizaron un estudio en profundidad Miguel y Martínez-Dordella del lustro 2006-2011
y en el que muestran los límites de los indicadores cuantitativos para conceptualizar
las democracias (2014).
Este individualismo extremo presente en el libertarismo más duro y radical contri-
buye a debilitar las instituciones democráticas, responsabilizando únicamente a los
individuos de sus éxitos y fracasos (Béjar, 2021: 19), como si no existiera ningún
condicionamiento externo limitante, como la necesidad, la familia o la clase social de
pertenencia.
Esta forma extrema de entender una función mínima del Estado, aunque anterior a
las propuestas de La posdemocracia de Rancière (1996) sería, desde un punto de
vista práctico, un paso más de lo que propone Michels cuando enuncia la “ley de
hierro de la oligarquía”. Es la idea de Rousseau, la del “hombre encadenado” pero
¿cómo vivir en una sociedad en la que se considera a todas las personas iguales y
con capacidades para gestionar su supervivencia pero que los hechos nos demues-
tran que ni todas la personas son igual de capaces ni todas respetan a sus vecinos y
vecinas por igual, más bien al contrario, se aprovechan hasta límites insospechados?
Es la “ley natural” la que nos pone los límites y las expectativas como seres sociales.
Dahl, en su recorrido por la historia de los Estados Unidos, ponía en duda la posi-
bilidad de que una democracia fuese posible en un país de países, que en tiempos
de Tocqueville ya era una democracia aceptable para los estándares de la época, lo
utiliza para dar un paso al futuro mostrando cómo los gobiernos democráticos nacio-
nales han ido absorbiendo cada vez más responsabilidades en más ámbitos de la
vida diaria, muchos más de lo que eran en un principio, según Bobbio “pensado para
una sociedad mucho menos compleja” (1986:16). Y si bien esto podría ser interpre-
tado como una invasión de la esfera privada, el resultado es que es precisamente
en estas democracias en las que las libertades del individuo han quedado mejor
salvaguardadas. Para Dahl “Bigger governments are, it appears, better” (“Gobiernos-
Estados más grandes, según parece, son mejores”) (Dahl, 1999: 6). Muy al contrario
de lo que deende Chomsky (2016:116) cuando rechaza las palabras de Bernays y
Lippmann quienes arman que la población, en política, debe quedar como “meros
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espectadores” y convertirlos en “consumidores superciales” para atomizar a la masa
y que se centren solo en el benecio personal, parafraseando el texto de Thorstein
Veblen o subrayando la expresión lippmanniana de “la falacia mística de la demo-
cracia” pues, como Aristóteles, cree que “toda” la gente no es competente para to-
mar decisiones políticas y es lo que crea el “desencanto” democrático(Lippmann,
1993:28-29).
Pero ¿cuáles son, según Dahl, las dos características más importantes a preservar
y fortalecer en estos grandes Estados o Federaciones kantianas? Dahl propone dos
“dimensiones”: la de los derechos y oportunidades que los ciudadanos deben elegir
y practicar según los ideales democráticos. La segunda dimensión es la de la par-
ticipación en la vida política misma. El problema para Dahl surge cuando solo con-
sideramos como importante la segunda dimensión, la participación, y cualquier otra
característica no es tenida en cuenta para evaluar el ideal y la realidad de lo que es
democracia (Dahl, 1999: 11-15). Es lo que Runciman (2019) describe cuando habla
de que nos podemos quedar con la “cáscara” sin practicar una democracia real. Y
si la democracia renuncia a los derechos que los ciudadanos han ido conquistando
desde sus inicios, solo nos queda la representación. Cosecha insuciente para tanto
esfuerzo que nos acerca a lo que Hayek (1944) indica en su título El camino a la
servidumbre ejercida por parte del Estado, de las autocracias, del mercado, de los
demagogos o de cualquier otro que aparezca con grandes ofertas y “descuentos”.
En los últimos tiempos, también como consecuencia de la pandemia de Covid-19, la
democracia parece sufrir un debilitamiento (Lindberg y Kolvani, 2021: 52), mientras
están ganando terreno otra vez las autocracias, explícitas o camuadas, como en
los países en los que se vota pero que luego no cumplen con el Estado de derecho
(Lindberg y Kolvani, 2021: 54).
Como apunte nal, pero esperanzador, tomemos las consideraciones de Graeber
(2021) sobre el Estado y la democracia. Del primero dice que “no es otra cosa que un
modo de organizar la violencia” especialmente contra las masas a las que supuesta-
mente estaría representando (Graeber, 2021: 122), en cuanto a la segunda, constata
que no procede nunca de las élites de poder, sino que surge en los márgenes, los
espacios “intermedios” entre la violencia del Estado, la democracia de las élites y
“el mercado como única forma de deliberación pública” (Graeber, 2021: 127). Esos
territorios sin dueño, ni político, ni económico ni coercitivo, pero siempre en ebulli-
ción, es en los que descansa la democracia popular hasta que vislumbra una nueva
posibilidad de hacerse realidad como “voluntad popular”. Los planteamientos más
conservadores nos señalan que ni los Estados, ni las élites ni los poderes fácticos
han cedido ni cederán de forma voluntaria sus prerrogativas por lo que no es una
ilusión el pensar que “el pueblo” tiene la capacidad para resolver sus asuntos y el
derecho a volver a intentarlo (Hessel, 2011; Iglesias y Monedero, 2011) cuando se
den las circunstancias (Graeber, 2021:128).
No olvidemos que, entre los retos futuros, que habrá que analizar en otro estudio
más especíco, está la cuestión demográca y el envejecimiento poblacional: más
ancianos puede signicar, como dice un preocupado Livi Bacci (1998: 63), rerién-
dose al caso italiano, “mayor resistencia al cambio”, mientras que una buena demo-
cracia necesita de una cierta exibilidad para seguir funcionando. Una sociedad más
anciana puede ser más democrática pero también corre el riesgo de convertirse en
una sociedad más conservadora y protestona.
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4. CONCLUSIONES
Como resultado de este trabajo podemos armar que el viaje histórico por las ma-
nifestaciones de la democracia en Cartago, Mesopotamia, Esparta, Grecia, Roma,
Francia, Estados Unidos, España, Alemania, Inglaterra y Suiza es claricador de
las distintas formas y momentos para obtener así las diferentes perspectivas. Cabe
poner en evidencia, como hemos visto a lo largo de este recorrido, las dicultades a
la hora de conceptualizar la palabra democracia, más allá de posibles deniciones
tautológicas.
Aun así, los variados casos analizados nos llevan a armar que si las razones, por las
que se aceptó esta forma de gobierno en países tan distintos, no fueron siempre las
mismas, parece que hayan llegado todas ellas a una situación de crisis, sea con
la deuda, los inmigrantes, la desaparición de los partidos, la autocracia, los naciona-
lismos, la exclusión de las mujeres, la economía o la singularidad. De hecho, todos,
menos Suiza, pasan por momentos críticos.
Los distintos casos de democracia, tanto directa como representativa, que hemos
descrito a lo largo de estas páginas, presentan problemas y límites. Sus democra-
cias no dan respuesta satisfactoria a los problemas de sus habitantes que siendo
“nacionales”, son también “globales”. Conceptos nuevos para una estructura añeja
que todavía no se ha adaptado a los retos que eso signica. En síntesis, contestando
a nuestras preguntas de investigación, podemos armar que nunca se ha dado una
democracia plena, y que la democracia ha presentado y sigue presentando importan-
tes suras, problemáticas y lagunas.
La excepción suiza tiene, quizás, por su tamaño, su independencia, economía y
modo de relacionarse entre ellos mismos y con el mundo, la clave para disponer de
“su” democracia sin crisis graves internas y externas pero que, a su vez, sea la razón
de los “desarreglos” del resto de democracias.
La representación y las responsabilidades que asumen actualmente los gobernantes
y gobiernos centrales están en cuestión. Las prácticas existentes por parte de los
dirigentes políticos y empresariales, especialmente los globales, crean desafección
política buscada implementando normas que escapan a los gobiernos nacionales.
Las propuestas para la democracia del presente-futuro están por denir y los en-
sayos con y en las sociedades en la “nube”, no dan resultados claros. Las “redes
sociales”, virtuales, el “plasma” ya están aquí pero no somos capaces de integrarlo.
Seguramente le toque esto a la generación Alpha. Las empresas de Silicon Valley,
el blockchain, la sociedad red de Castells con sus diferentes nódulos y retículas, con
diferentes centros de poder, pero interconectados será, seguramente, la forma de
relacionarnos en el futuro, con las herramientas existentes y otras por llegar.
En síntesis, las conclusiones resaltan que, si bien la democracia se ha instaurado
casi globalmente, las formas reales distan de ser homogéneas. Igualmente, las crisis
actuales están cuestionando los principios democráticos y aparecen otras formas
que dudan de su continuidad. Los ejemplos y teorías proporcionan una visión de los
posibles problemas, pero lejos de soluciones factibles.
El cómo hacerlo cuando son muy pocas empresas “globales” las que controlan esas
herramientas y qué democracia es posible con el “gran hermano” que controla casi
todas las acciones, ese es el trabajo que la sociedad tiene por delante. El desajuste
entre “poder” (político y/o empresarial) y “representatividad” individual y empresarial
es evidente. No es la primera vez, pero ahora es a nivel global.
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Es posible que ahora le toque a la democracia sobrevivir en esos territorios interme-
dios para que, cuando se den las circunstancias, vuelva a revivir la idea del “pode-
mos volver a intentarlo”.
La democracia, que implica el derecho a decidir, en el sentido amplio de la pala-
bra, no se mantiene per se. Es más fácil delegar nuestras obligaciones públicas y
someternos a la esclavitud que tomar las riendas propias. Ideas hay, herramientas
también, incluso interés a raudales. Ni el ocaso de la democracia ni su pervivencia
son inevitables (Moltó, 2021: 50). Solo falta que cada ciudadano aporte su parte, su
“décimo” donde los individuos, los más capaces, pero también los menos dotados
puedan sobrevivir, como la ley natural nos muestra.
BIBLIOGRAFÍA
Abellán, J. (1998). Sobre el concepto de república. En I. Kant, Sobre la paz perpetua.
Madrid: Tecnos, pp. XXII-XXXVI. Disponible en:https://roxanarodriguezortiz.les.word-
press.com/2014/12/kant_paz_perpetua.pdf(acceso 20 febrero 2021).
Aguirre Sala, J. F. (2021). Los desafíos de la transformación digital de la democracia.
RECERCA. Revista De Pensament I Anàlisi, 26(2), pp. 1-23. https://doi.org/10.6035/
recerca.4660
Alberdi, I. (1999). El signicado del género en las Ciencias Sociales. Política y Sociedad,
32, pp. 9-21. Disponible en: https://revistas.ucm.es/index.php/POSO/article/view/PO-
SO9999330009A/24657 (acceso 4noviembre 2021).
Alonso, J. (2002). Discusiones sobre democracia, globalización y elecciones” Convergen-
cia. Revista de ciencias Sociales, 27, pp. 155-184. Disponible en: https://convergen-
cia.uaemex.mx/article/view/1728/1309 (acceso 22 julio 2021).
Aristóteles (1985). The Politics. Chicago: Chicago University Press.
Astelarra, J. (1978). La mujer… ¿clase social? Algunos antecedentes históricos. Papers,
9, pp. 267-291.Disponible en: http://dx.doi.org/10.5565/rev/papers/v9n0.1008 (acceso
19 febrero 2019).
Bauman, Z. (2017). Retrotopía. Barcelona: Paidós.
Beade, I. P. (2009). Consideraciones acerca de la concepción kantiana de la libertad en
sentido político. Revista de Filosofía, 65, pp. 24-4. Disponible en:https://revistaloso-
a.uchile.cl/index.php/RDF/article/view/1168/1031 (acceso 15 marzo 2020).
Beade, I. P. (2011). Libertad y naturaleza en la Filosofía kantiana de la Historia. Daímon.
Revista Internacional de Filosofía, 54, pp. 25-44.Disponible en:https://revistas.um.es/
daimon/article/view/134451 (acceso 25 mayo 2020).
Béjar, H. (2021). Desde la sociología: individualismo y felicidad. Claves de Razón Prácti-
ca, 279, pp. 12-21.
Blanch, D. (2009). El Federalista, de Alexander Hamilton, James Madison y John Jay.Foro
Interno, 9, pp.129-148. Disponible en: https://revistas.ucm.es/index.php/FOIN/article/
view/FOIN0909110129A/7781(acceso 25 agosto 2020).
Blühdorn, I. (2013a). Das etablierte Lamento trägt nicht nur zur Veränderung bei. INDES
Zeitschrift für Politik und Gesellschaft, 3: pp. 1-8.Disponible en:http://indes-online.
Anduli • Revista Andaluza de Ciencias Sociales Nº 21 - 2022
• 256 •
de/3-2013-simulative-demokratie-das-etablierte-lamento-traegt-nicht-zur-veraende-
rung-bei (acceso 19 julio 2020).
Blühdorn, I. (2013b). Simulative Demokratie. Politik nach der postdemokratischen Wende.
Berlín: Suhrkamp Verlag.
Blühdorn, I. (2020). Nachhaltige Nicht-Nachhaltigkeit,2ª ed.Bielefeld: Trans-
cript- Verlag. Disponible en: https://www.researchgate.net/prole/Ingolfur-
Bluehdorn/publication/342105659_Vorwort_zur_2_aktualisierten_Auflage/
links/5ee232df299bf1faac4b04b4/Vorwort-zur-2-aktualisierten-Auage.pdf (acceso 20
septiembre 2020).
Blumer, H. (1969). Symbolic interactionism. Perspective and method. Berkeley: University
of California Press
Bobbio, N. (1986). El futuro de la democracia. México: FCE.
Bondol, S. (2017). Schweizerinnen mussten lange für Stimmrech kämpfen.Swissinfo.
com, 8 de marzo, disponible en:https://www.swissinfo.ch/ger/internationaler-frauen-
tag_schweizerinnen-mussten-lange-fuer-stimmrecht-kaempfen/42986644 (acceso 16
julio 2020).
Breasted, J.H. (1916). Ancient times. A history of the early world. Boston: Ginn&Cia.
Cammack, D. L. (2013). Rethinking Athenian Democracy. Tesis doctoral. Harvard Univer-
sity. Disponible en: http://nrs.harvard.edu/urn-3:HUL.InstRepos:10423842(acceso 12
mayo 2020).
Cartledge, P. (2009). Los espartanos. Una historia épica. Barcelona: Ariel.
Carvalhosa, M. (2018). Da cleptocracia para a democracia em 2019. Sao Paulo: Thomson
Reuters.
Casilda Béjar, R. (2011). Multinacionales españolas en un mundo global y multipolar. Ma-
drid: ESIC.
Castells, M. (2018). Ruptura. La crisis de la democracia liberal. Madrid: Alianza.
Castells, M. (1996). La era de la información. Economía, sociedad y cultura. Madrid:
Alianza.
Chandler, A.D. (1977). The Visible Hand. Cambridge, Mass.: The Belknap Press of Har-
vard University Press.
Chomsky, N. (2016). ¿Quién domina el mundo? Madrid: Ediciones B.
Cicerón, M. T. (1991). Sobre la República. Madrid: Gredos
Cortina, A. (2007). Ética aplicada y democracia radical. Madrid: Tecnos.
Crouch, C. (2004). La posdemocracia. Madrid: Taurus.
Crouch, C. (2016). The March Towards Post-Democracy, Ten Years On.The Politi-
cal Quarterly, 87(1), pp. 71-75.Disponible en: https://onlinelibrary.wiley.com/doi/
epdf/10.1111/1467-923X.12210 (acceso 18 septiembre 2020)
Dahl, R. A. (1999). La democracia. Una guía para los ciudadanos. Madrid: Taurus.
Dahl, R. A. (2002). La democracia y sus críticos. Barcelona: Paidós
Dahl, R. A. (2006). On political equality. New Haven: Yale University Press.
Artículos • Eduardo Diaz Cano
• 257 •
Dunn, J. (1995.) Democracia. El viaje inacabado. Barcelona: Tusquets.
Elster, J. (2002). Majority Rule and Individual Rights. En Savic, O. (Ed.) The politics of
Human Rights. London: Verso, pp. 120-148.
Elster, J. (1997). The Market and the Forum: Three Varieties of Political Theory. En Bo-
hman, J. y Rehg, W. (Eds.). Deliberative Democracy: Essays on Reason and Poli-
tics. Cambridge, Mass.: MIT, pp. 3-34. Disponible en https://www.google.com/
search?client=refox-b-e&q=Elster%2C+J.+%282002%29.+Majority+Rule+and+Indiv
idual+Rights+%2Cpdf#(acceso 20 septiembre 2020).
Errázuriz Vidal, P. (2014). Mujeres sufragistas occidentales en el siglo XIX. La Aljaba,
18, pp. 35-51. Disponible en https://cerac.unlpam.edu.ar/index.php/aljaba/article/
view/1806 (acceso 14 junio 2020).
Fernández Buey, F. (1999). Marx sin ismos. Madrid: El Viejo Topo.
Fornis, C. (2010). Esparta, ciudad de la virtud y de la guerra. Bitarte, 51, pp. 1-13. Dispo-
nible en http://hdl.handle.net/11441/57079 (acceso 14 mayo 2020)
Forti, S. (2021a). Extrema derecha 2.0: qué es y cómo combatirla. Madrid: Siglo XXI.
Forti, S. (2021b). Las redes globales de la extrema derecha 2.0. CTXT-Contexto y Acción.
Disponible en https://ctxt.es/es/20211101/Politica/37762/redes-globales-extrema-de-
recha-fundaciones-integristas-cristianos.htm (acceso 3 noviembre 2021).
Fusi, j. P. & Palafox, J. (1997). España: 1808-1996. El desafío de la Modernidad. Madrid:
Espasa Calpe.
García De Cortázar, F. & González Vesga, J. M. (1994). Breve historia de España. Madrid:
Alianza.
García Gual, C. (1990). La Grecia antigua. En Vallespín Oña, F. (Ed.) Historia de la teoría
política. Madrid: Alianza, pp. 53-166.
Graeber, D. (2021). El Estado contra la democracia. Madrid: Errata Naturae.
Gutiérrez-Rubí, A. (2011). La política vigilada. Barcelona: UOC.
Habermas, J. (1999). La inclusión del otro. Estudios de teoría política. Barcelona: Paidós.
Habermas, J. (2002). Private and public autonomy, Human Rights and popular sovereign-
ty. En Savic, O. (Ed.) The politics of Human Rights. London: Verso, pp. 50-66
Hayek, F.A. (1978). The constitution of liberty. Chicago: University of Chicago Press.
Hayek, F.A. (1944). The road to serfdom. Chicago: University of Chicago Press.
Held, D. (1997). La democracia y el orden global. Del estado moderno al gobierno cosmo-
polita. Barcelona: Paidós.
Held, D. (2006). Models of democracy. Cambridge: Polity Press.
Hessel, S. (2011). ¡Indignaos! Madrid: Destino.
Hinrichs, E. (2001). Introducción a la historia de la Edad Moderna. Madrid: Akal.
Hobsbawm, E. (1998). La era del imperio 1875-1914. Barcelona: Crítica.
Hoppe, H.-H. (2001). Democracy. The God that Failed. The economics and politics of mo-
narchy, democracy, and natural order. New Brunswick. Transaction Publishers.
Anduli • Revista Andaluza de Ciencias Sociales Nº 21 - 2022
• 258 •
IDEA. (2008). Direct Democracy. The International IDEA Handbook. Sweden: Internatio-
nal Institute for Democracy and Electoral Assistance.Disponible en https://www.idea.
int/publications/catalogue/direct-democracy-international-idea-handbook (acceso 12
marzo 2021)
Iglesias, P. & Monedero, J.C. (2011). ¡Que no nos representan!: El debate sobre el siste-
ma electoral español. Madrid: Popular.
Innerarity, D. (2020) Una teoría de la democracia compleja. Barcelona: Galaxia Gutenberg.
Innerarity, D. (2012) Internet y el futuro de la democracia. Barcelona: Paidós.
Jenofonte. (1999). Anábasis. Madrid: Cátedra (edición bilingüe).Disponible en:https://
www.google.com/search?client=refox-b-e&q=Jenofonte.+%281999%29.+An%C3%
A1basis.+Madrid%3A+C%C3%A1tedra+.pdf#(acceso 29 marzo 2020).
Jones, G. (2019). El voto online de 5 Estrellas podría echar por tierra el incipiente go-
bierno italiano. Reuters. Disponible en https://www.reuters.com/article/italia-politica-
5estrellas-votaci-n-idESKCN1VK0WV (acceso 17 julio 2021).
Kant, I. (1998). Sobre la paz perpetua. Madrid: Tecnos.
Kaufman, A. (1997). Reason, Self-legislation and Legitimacy: Conceptions of Freedom in
the Political Thought of Rousseau and Kant. The Review of Politics, 59(1), pp. 25-52.
Disponible en: https://doi.org/10.1017/S0034670500027145(acceso 2 mayo 2021).
Kaufmann, B. (2021). Der globale Kampf um das Frauenstimmrecht. Swissin-
fo.ch, Disponible enhttps://www.swissinfo.ch/ger/der-globale-kampf-um-das-
frauenstimmrecht/46325068(acceso 2 octubre 2021).
Keane, J. (1988). Democracy and Civil Society. London: Verso.
Keane, J. (2009). The Life and Death of Democracy. Londres: Simon & Schuster.
Kelsen, H. (1949). General Theory of Law and State. Cambridge, MA.: Harvard University
Press.
Kramer, S. N. (1985). La Historia empieza en Sumer. Barcelona: Ediciones Orbis.
Lepe Carrión, P. (2011). Widerstand: el valor de la Resistencia política en Immanuel Kant.
Nómadas. Revista Crítica de Ciencias Sociales y Jurídicas, 29(1), pp. 201-219. Dis-
ponible en: http://dx.doi.org/10.5209/rev_NOMA.2011.v29.n1.26791(acceso 2 marzo
2019).
Libertarian Party (2019). Free States. Libertarian Party Manifesto. Disponible enhttps://
libertarianpartyuk.com/wp-content/uploads/2019/10/Libertarian-Party-Manifesto-Web-
Oct19.pdf(acceso 4septiembre 2021).
Lindberg, S.J. y Kolvani, A.P. (2021). El virus autocrático. Política Exterior, 201, pp. 52-61.
Lipovetsky, G. y Charles, S. (2014). Los tiempos hipermodernos. Barcelona: Anagrama.
Lippmann, W. ([1927] 1993). The Phantom Public. New Brunswick, NJ: Transaction
Publishers.
Livi Bacci, M. (1998). Abundancia y escasez. Las poblaciones europeas en el cambio del
milenio. Revista de Occidente, 200, pp. 43-72. Disponible en https://ortegaygasset.
edu/producto/no-200-enero-1998/ (acceso 28 junio 2021).
Artículos • Eduardo Diaz Cano
• 259 •
Lizcano-Fernández, F. (2012). Democracia directa y democracia representativa. Conver-
gencia. Revista de Ciencias Sociales, 60, pp. 145-175, disponible en https://conver-
gencia.uaemex.mx/article/view/1073(acceso 9julio 2021).
Lloyd, H. D. (1908). The Swiss Democracy. The Study of a Sovereign People. London: T.
Fisher Unwin.
Lloreda Mena, F.J. (2019) Democracia y redes sociales. El País.com.co. Disponible
en:https://www.elpais.com.co/opinion/columnistas/francisco-jose-lloreda-mera/demo-
cracia-y-redes-sociales.html(acceso 22 octubre 2020).
Lüddecke, D. (2020) Demokratie und Öffentlichkeit im Krisenmodus. En Münch, U. Y Kali-
na, A. (Eds.) (2020). Demokratie im 21. Jahrhundert. Baden-Baden: Tutzinger Studien
zur Politik, pp. 113-142. Disponible en https://doi.org/10.5771/9783748921509-407
(acceso 20 noviembre 2020)
Lührmann, A. y Lindberg, S.I. (2019). A third wave of autocratization is here: what is new
about it? Democratization, 26(7), pp. 1095-1113. Disponible en:https://doi.org/10.1080
/13510347.2019.1582029(acceso 12 mayo 2020)
Mair, P. (2015). Gobernando el vacío. Madrid: Alianza,
Máiz, R. (2007). Nación y revolución: la teoría política de Emmanuel Seiyès. Madrid:
Tecnos.
Manning, J.G. (2012). The representation of justice in Ancient Egypt. Yale Journal of Law
& the Humanities, 24 (11), pp. 111-118.Disponible en: https://digitalcommons.law.yale.
edu/yjlh/vol24/iss1/4 (acceso 9 marzo 2020).
Martínez Lacy, R. (2005). La Constitución mixta de Polibio como modelo político. Studia
Historica – Historia Antigua, 23, pp. 373-383. Disponible en https://dialnet.unirioja.es/
servlet/articulo?codigo=1441578&orden=406539&info=link (acceso 7 marzo 2020)
Marx, K. (1985). El dieciocho de Brumario de Luis Bonaparte. Barcelona: Ariel.
Miguel, J. M. de y Martínez-Dordella, S. (2014). Nuevo índice de democracia. RevistaEs-
pañola de Investigaciones Sociológicas, 146: 93-140.http://dx.doi.org/10.5477/cis/
reis.146.93
Moltó, Á. (2021). Ni el declive ni la supervivencia son inevitables. Política Exterior, 201,
pp. 40-51.
Mommsen, W. J. (1995). La época del imperialismo. Europa 1885-1918. Madrid: Siglo
XXI.
Motesquieu. (1906). El espíritu de las leyes. Madrid: Librería General de Victoriano Suárez.
Muñoz Ferriol, A. (2011). Sociedad abierta, progreso y discusión crítica de Popper. Anua-
rio Filosóco, 44(2), pp. 277-304. Disponible en https://revistas.unav.edu/index.php/
anuario-losoco/article/view/1416/1294 (acceso 6 febrero 2020).
Muñoz Valle, I. (1970). Política y sociedad de la Atenas de Pericles. Miscelánea de Comi-
llas, 28(53), pp. 235-242. Disponible en http://dx.doi.org/10.12795/Habis.1971.i02.04
(acceso 20 octubre 2020).
Muñoz Valle, I. (1977a). La reforma social de Solón en la Antigua Atenas. Revista de Es-
tudios Políticos, 215, pp. 7-36. Disponible en http://www.cepc.gob.es/publicaciones/
revistas/revistaselectronicas?IDR=3&IDN=591&IDA=9558 (acceso 20 octubre 2020).
Anduli • Revista Andaluza de Ciencias Sociales Nº 21 - 2022
• 260 •
Muñoz Valle, I. (1977b). Actitud de Sócrates ante la democracia ateniense. Revista de Es-
tudios Políticos, 211, pp. 39-60. Disponible en http://www.cepc.gob.es/publicaciones/
revistas/revistaselectronicas?IDR=3&IDN=588&IDA=9508 (acceso 20 octubre 2020).
Nipperdey, T. (1983). Deutsche Geschichte, 1800-1866: Bürgerwelt und starker Staat. Mu-
nich: C.H. Beck.
Nozick, R. (1999). Anarchy, State, and Utopia. Oxford: Blackwell Publishers Ltd.
Oliva, P. (1983). Esparta y sus problemas sociales. Madrid: Akal.
Pállinger, Z. T. (2007). Direct Democracy The Swiss Experience. Working Papers Lie-
chtenstein Institute No. 14. Liechtenstein: Liechtenstein-Institute, Department of
Political Science.Disponible en https://www.liechtenstein-institut.li/publikationen/pa-
llinger-zoltan-tibor-2007-direct-democracy-swiss-experience-revised-version-paper-
presented-international-conference-comparati (acceso 12 octubre 2020).
Patterson, Th. C. (2014). Karl Marx antropólogo. Barcelona: Bellaterra.
Pierrotti, N. (2007). La organización del sistema político fenicio (siglos XII a.C. al I
d.C.).Biblioteca Virtual Cervantes. Disponible en: http://www.cervantesvirtual.com/nd/
ark:/59851/bmczg739(acceso 8 septiembre 2020).
Pitkin, H.F. (1985). El concepto de representación. Madrid: Centro de Estudios
Constitucionales.
Platón. (1888). The Republic of Plato. Oxford: Clarendon Press.
Polanyi, K. (2001). The Great Transformation. The political and Economic origins of our
times. Boston: Beacon Press.
Ramos Torre, R. (1995). En los márgenes de la sociología histórica: una aproximación a
la disputa entre la sociología y la historia. Política y Sociedad, 18: 29-44. Disponible
en https://revistas.ucm.es/index.php/POSO/issue/view/POSO959513/showToc (acce-
so 29 octubre 2020).
Ramos Torre, R. (2001). La ciudad en la historia: comparación, análisis y narración en
la sociología histórica de Max Weber. Política y Sociedad, 28: 45-67.Disponible en:
https://revistas.ucm.es/index.php/POSO/article/view/POSO0101330045A (acceso 22
octubre 2020).
Rancière, J. (1996). El desacuerdo. Política y losofía. Buenos Aires: Ediciones Nueva
Visión.
Riezu, J. (2007). La concepción moral en el sistema de Augusto Comte. Salamanca: Edi-
torial San Esteban.
Ritzer, G. (1993). Teoría Sociológica contemporánea. Madrid: McGraw & Hill.
Rodríguez Adrados, F. (1966). Ilustración y política en la Grecia Clásica. Madrid. Revista
de Occidente.
Rodríguez Adrados, F. (2011). Nueva historia de la democracia. De Solón a nuestros días.
Barcelona: Planeta.
Roitman, M. (2007). Democracia sin demócratas. Madrid: Sequitur.
Rothbard, M. N. (1978). For a new liberty. The libertarian Manifesto.
Rousseau, J. J.([1762] 2007). Contrato social. Madrid: Espasa Calpe
Artículos • Eduardo Diaz Cano
• 261 •
Runciman, D. (2019). Así termina la democracia. Barcelona: Paidós.
Runciman, D. (2016). Is this how democracy ends?”. London Review of Books, 38(23),
pp. 1-5. Disponible en:https://www.lrb.co.uk/the-paper/v38/n23/david-runciman/is-this-
how-democracy-ends (acceso 21 octubre 2020).
Sanmartín, R. (2020). De Job a Kafka. El sentido en nuestro tiempo. Valencia: Tirant Lo
Blanch.
Sartori, G. (1993). ¿Qué es la democracia? México: Editorial Patria.
Sartori, G. (1997). Teoría de la democracia. México: Alianza, Vol. 1.
Schwember Augier, F. (2019). Las vicisitudes de la esperanza liberal: de la utopía mi-
narquista a la distopía anarcocapitalista. Estudios Políticos, vol. 154, pp. 87-124.
Disponible en https://www.cepchile.cl/cep/site/docs/20190729/20190729111624/
rev154_fschwember.pdf (acceso 12 septiembre 2021).
Schwember Augier, F. (2018). ¿Liberalismo libertario y derechos sociales? Las vías liber-
tarias hacia el Estado más que mínimo. Hybris. Revista de Filosofía, vol.9, pp. 117-
150. Disponible en https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/6519915.pdf (acceso
20 septiembre 2021)
Scott, J.C. (2018). The Phoenicians and the Formation of the Western World, Comparative
Civilizations Review.78(78), Art. 4, pp. 25-40. Disponible en https://scholarsarchive.
byu.edu/ccr/vol78/iss78/4(acceso 28 octubre 2020).
Simmel, G. (1986). Sociología. Estudios sobre las formas de socialización. Madrid:
Alianza.
Smith, A. ([1776] 1952). An Inquiry into the Nature and Causes of the Wealth of Nations.
Chicago: Encyclopaedia Britannica, Inc.
Sontheimer, K. (1999). Die kurze Demokratie. Der Spiegel, 33, pp. 63-73. Dis-
ponible en: https://www.spiegel.de/politik/die-kurze-demokratie-a-614c7558-
0002-0001-0000-000014225447(acceso 16 junio 2020).
Spencer, H. (1884). The Man versus the State. New York: D. Appleton and Company.
Spencer, H. (1862). First Principles. London: Williams and Norgate.
Stegmüller, C. (2021). Einführung des Frauenstimmrechts weltweit. Swissinfo.ch,
disponible enhttps://www.swissinfo.ch/ger/einfuehrung-des-frauenstimmrechts-
weltweit/46338030(acceso 2noviembre 2021).
Stockwell, S. (2010). Before Athens: Early Popular Government in Phoenician and Greek
City States. Geopolitics, History, and International Relations, 2(2), pp. 123-135.Dis-
ponible en: https://research-repository.grifth.edu.au/handle/10072/29985 (acceso 24
octubre 2020).
Stubbs, W. (2004). The Constitutional History of England. En J.M. Cerdá, La presencia
de caballeros y ciudadanos en la Curia Regia y el origen de las asambleas parlamen-
tarias en Inglaterra y los Reinos Hispánicos 8, S. XII-XIII. Sidney: University of New
South Wales, p.12.
Sturm, R. (2011). Weimarer Republik,261.Bonn: IZPB. pp. 4-75. Disponible en: https://
www.bpb.de/izpb/55944/weimarer-republik (acceso 30 octubre 2020).
Swedberg, R. (2009). Tocqueville’s Political Economy. Princeton, N.J.: Princeton Univer-
sity Press.
Anduli • Revista Andaluza de Ciencias Sociales Nº 21 - 2022
• 262 •
Tardivo, G. & Fernández Fernández, M. (2017). El uso del método histórico-comparativo
en el análisis del liderazgo político: los casos de Bettino Craxi y Felipe González.
Sociología histórica, 8, pp. 291-318. Disponible en: https://revistas.um.es/sh/article/
view/276461 (acceso 1 noviembre 2021).
Tardivo, G., Díaz Cano, E. & Martínez Moure, O. (2019). Sociología del consumo. Madrid:
Paraninfo.
Tezanos, J.F. & Luena, C. (2017). Partidos políticos, democracia y cambio social. Madrid:
Biblioteca Nueva.
Tilly, L. A. (1971). The Food Riot as a Form of Political Conict in France. En The Journal
of Interdisciplinary History, 2(1), pp. 23-57. Disponible en: https://www.jstor.org/sta-
ble/202442 (acceso 12 febrero 2020).
Tocqueville, A. de. (1841). Democracy in America. New York: J. & H.G. Langley.
Tolentino, J. (2020). La estafa de las redes sociales. El País, 20 de febrero. Disponible
en:https://elpais.com/cultura/2020/02/20/babelia/1582217505_264300.html(acceso
19 abril 2021).
Tönnies, F. (1909). Die Sitte. Frankfurt a. M.: Rütten & Loening.
Tönnies, F. (1922). Gemeinschaft und Gesellschaft. Grundbegriffe der reinen Soziologie.
Berlín: Karl Curtius.
Torres Del Moral, A. (2011). La soberanía nacional en la Constitución de Cádiz. En Re-
vista de Derecho Político, 82, pp. 55-117. Disponible en: https://doi.org/10.5944/
rdp.82.2011.9164 (acceso 20 febrero 2020).
Toynbee, A. J. (1976). Guerra y civilización. Madrid: Alianza.
Tucídides. (1986). Historia de la Guerra del Peloponeso. Barcelona: Orbis.
UNESCO. (2013). Los ‘Decreta’ de León de 1188 El testimonio documental más an-
tiguo del sistema parlamentario europeo. Unesco.org. Disponible en:https://goo.gl/
MpkFpL(acceso 14 noviembre 2019).
UNO. (2017). Facts and gures:Women`s leadership and political participation.UNWo-
men.Disponible en: https://goo.gl/q1lveL (acceso 3 noviembre 2021).
V-Dem Institute (2021). Autocratization Turns Viral. Democracy Report 2021. Gothenburg:
University of Gothenburg. Disponible enhttps://www.v-dem.net/les/25/DR%202021.
pdf(acceso 1 noviembre 2021).
V-Dem Institute (2019). Democracy facing global challenges. V-Dem Annual Democracy
report 2019. Gothenburg: University of Gothenburg. Disponible en:https://www.v-dem.
net/media/ler_public/99/de/99dedd73-f8bc-484c-8b91-44ba601b6e6b/v-dem_demo-
cracy_report_2019.pdf(acceso 18 junio 2020).
Velasco Gómez, A. (2005). La concepción republicana de Kant. Episteme. 25(2), pp. 109-
122. Disponible en: http://saber.ucv.ve/ojs/index.php/rev_ens/article/view/13516/13208
(acceso 10octubre 2021).
Vorländer, H. (2010). Demokratie Geschichte, Formen, Theorien. München: C.H. Beck
Verlag.
Vorländer, H. (2017a). Grundzüge der athenischen Demokratie. IZPB, 332, pp. 6-19. Dis-
ponible en: https://www.bpb.de/izpb/248544/grundzuege-der-athenischen-demokratie
(acceso 16 enero 2020).
Artículos • Eduardo Diaz Cano
• 263 •
Vorländer, H. (2017b). Wege zur modernen Demokratie”. IZPB, 332, pp. 20-36. Dispo-
nible en:https://www.bpb.de/izpb/248555/wege-zur-modernen-demokratie (acceso 16
enero 2020).
Vorländer, H. (2017c). Demokratrie –in der Krise und doch die beste Herrschaftsform?.
IZPB, 332, pp. 72-81. Disponible en: https://www.bpb.de/izpb/248593/demokratie-in-
der-krise-und-doch-die-beste-herrschaftsform (acceso 16 enero 2020).
Wallerstein, I. (2004). El moderno sistema mundial III. La segunda era de gran expansión
de la economía-mundo capitalista, 1730-1850. México: Siglo XXI.
Weber, M. (1947). Wirtschaft und Gesellschaft. Tübingen: J.C.B. Mohr (Paul Siebeck).
Weber, M. (1950). The Protestant Ethic and the Spirit of Capitalism. New York: Charles
Scribner’s Sons.
Wood, E. M. (2000). Democracy against capitalism. Renewing historical materialism.
Cambridge: Cambridge University Press.
Žižek, S. (2010). Robespierre. Virtud y terror. Madrid: Akal.
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