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Anduli
Revista Andaluza de Ciencias Sociales
ISSN: 1696-0270 • e-ISSN: 2340-4973
DISOLUCIÓN MATRIMONIAL: LA RUPTURA DE
MATRIMONIOS DEL MISMO SEXO EN ANDALUCÍA
MARRIAGE DISSOLUTION: THE BREAKDOWN OF
SAME-SEX MARRIAGES IN ANDALUSIA
José Jiménez-Cabello
Universidad de Granada
josejicabello@ugr.es
https://orcid.org/0000-0001-7518-2134
Resumen
Tras diversos intentos de regulación de
los matrimonios de personas del mis-
mo por parte de algunas comunidades
autónomas, la Ley 13/2005 supuso el
reconocimiento de este tipo de uniones.
La misma situó a España como uno de
los países pioneros en reconocer este
tipo de matrimonios. Este texto aborda
la evolución de los divorcios de matri-
monios compuestos por personas del
mismo sexo, y diversos aspectos des-
tacados, en uno de los territorios donde
más enlaces se producen: Andalucía. El
método empleado es cuantitativo, apli-
cando un análisis descriptivo mediante
la utilización de la Estadística de Nulida-
des, Separaciones y Divorcios (ENSD,
2012-2018). Las principales conclusio-
nes extraídas son que los divorcios de
este tipo de matrimonios han ido aumen-
tando de forma paulatina a lo largo del
periodo analizado. La mayoría de estos
divorcios se caracterizan por ser con-
sensuados. Los matrimonios tienen, en
su mayoría, una duración de 5 años o
más y están compuestos esencialmente
por cónyuges de nacionalidad española.
Por último, dos tercios de los divorcios
ocurren en parejas sin hijos menores.
Palabras clave: matrimonios mismo
sexo; legislación; divorcio; consenso; di-
senso; Andalucía.
Abstract
After various attempts by some
autonomous communities to regulate
same-sex marriage, Law 13/2005
provided for the recognition of this type
of union. This placed Spain as one of
the pioneer countries in recognizing this
type of marriage. This study addresses
the evolution of same-sex marriage
divorces, and several characteristics of
these divorces, in one of the territories
where most same-sex unions take
place: Andalusia. The method used
is quantitative, applying a descriptive
analysis using statistics available for
nullities, separations and divorces for
2012-2018. The main conclusion drawn
is that divorces from this type of marriage
were increasing gradually throughout
the period analyzed. Furthermore, most
of these divorces were characterized as
being consensual. It was also found that
most marriages had a duration of 5 years
or more and were generally composed of
spouses of Spanish nationality. Finally,
more than a third of divorces occurred
without the presence of minor children.
Key words: same-sex marriage; legislation;
divorce; consensus; disagreement;
Andalusia.
Cómo citar este artículo: Jiménez-Cabello, José (2022). Fractura matrimonial: la Ruptura de Matrimonios del mismo
Sexo en Andalucía. ANDULI 21 (2022) pp. 123-140. https://10.12795/anduli.2022.i21.06
Recibido: 12.03.2021 Aprobado:14.04.2021 Publicado: 03.01.2022
Doi:https://10.12795/anduli.2022.i21.06
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1. Introducción
En las últimas décadas la sociedad española ha sufrido un cambio social sin
precedentes (González y Requena, 2008), afectando a numerosos aspectos
de la vida social que se concentran en diversas esferas como la demográca, la
política, el sistema educativo. El ámbito de la familia no ha estado exento de estas
transformaciones (Juárez, 2007; Cea D’Ancona, 2007). Muchos de estos cambios
vienen dados a raíz de dos sistemas sociales del ámbito privado en busca de
legitimación: el matrimonio de personas del mismo sexo y el poder tener hijos
(Castellar, 2010).
De entre los cambios producidos en el ámbito de la familia, destacan dos de forma
bastante notable. Por un lado, se observa la variación en lo que concierne a la
percepción de la ruptura matrimonial (Becerril, 2008; Vádes, Basulto y Choza, 2009)
y la regulación del matrimonio de personas del mismo sexo (Etxazarra, 2007). Son
precisamente estos cambios los que suscitan el interés de la presente investigación.
Matrimonio y divorcio se entrelazan en la planicación de la trayectoria de la vida
amorosa de cada uno de los integrantes de la pareja y, mediante la regulación del
matrimonio homosexual se conrma que la heterosexualidad deja de ser la única
condición de la expresión amorosa y sexual (Palacio, 2009).
En cuanto al primero de estos aspectos, la ruptura matrimonial y su percepción en
España, ha ido variando considerablemente. A lo largo de las últimas décadas se
ha pasado por diversas etapas, desde una visión negativa y estigmatizadora hasta
entenderla como una solución a un proyecto de vida en común no satisfactorio.El
cambio en la percepción de este fenómeno social ha quedado reejado, en cierta
forma, en los cambios ocurridos en el ámbito legal (Becerril, 2008). Con la Ley
15/2005 de 8 de julio, mediante la que se modican tanto el Código Civil como la Ley
de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio se persigue una mayor
adecuación a la realidad social (Madriñan, 2005). El principal cambio que presenta
dicha ley reside en una mayor facilidad para acceder al divorcio tanto desde el punto
de vista burocrático como temporal, pasando de un proceso polietápico a otro más
sencillo (Sánchez, 2005).
Con respecto al segundo, la regulación del matrimonio entre personas del mismo
sexo en España se pone en marcha en un momento de progresivo reconocimiento
de este tipo de uniones en Europa (Festy, 2006 y 2008). El proceso de aprobación
de las uniones homosexuales en el contexto europeo se inicia durante la década de
1990, concretándose de forma distinta en cada país. Países Bajos y Bélgica fueron
los primeros en legalizar este tipo de matrimonios mientras que España fue la tercera
en este proceso.
En cuanto al primer país, el matrimonio entre personas del mismo sexo fue legalizado
a través de la Ley de 21 de diciembre de 2000. Mediante la misma, se modicó el
Código Civil para que el matrimonio pudiera ser constituido por dos personas de
distinto o del mismo sexo. No hubo una reforma de la regulación legal de matrimonio,
sino únicamente una apertura de la institución existente a personas del mismo sexo
(Soto, 2007). Bélgica, mediante la Ley de 30 de enero de 2003, fue el segundo país
en regularlo. Siendo la legislación muy similar a la de Países Bajos se detectaron,
principalmente, dos diferencias: por un lado permitir la adopción y, por otro, que el
punto previsto por la ley belga para que personas del mismo sexo puedan casarse
es menos riguroso que el de la ley holandesa (Soto, 2007).
Artículos • José Jiménez Cabello
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Por su parte, la ley española es muy anterior a la de otros países europeos como,
por ejemplo, Suecia (2009), Portugal (2010), Francia (2013) o Italia (2016). En otros
países la regulación de este tipo de uniones es más complicada. Un claro ejemploes
el caso de Estados Unidos, en el que ha sido cada Estado el que ha ido adoptando
diferentes perspectivas en materia de matrimonio a través de su legislación.
Volviendo al caso de España, estas uniones se igualan a las formadas por personas
de diferente sexo, mientras que en otros países las incluyen únicamente como
uniones de hecho. En este sentido se puede armar que la ley impulsada en España
se erige como pionera a nivel mundial, siendo la primera que reconoce el matrimonio
entre personas del mismo sexo a través de la Reforma del Código Civil, y no mediante
la aprobación de una nueva gura jurídica (Martín, 2016).
Antes de darse la regularización del matrimonio entre personas del mismo sexo,
muchas Comunidades Autónomas (CCAA en adelante) se mostraron pioneras
reconociendo, en diferentes aspectos del derecho civil de familia, a las personas que
se inscribían en sus registros como parejas. En concreto, en el periodo desde 1998
hasta 2005, doce CCAA pusieron en marcha leyes de parejas de hecho que incluían
las uniones homosexuales. Estas leyes respondían a dos demandas que se habían
fusionado: las de las parejas cohabitantes, buscando la igualación en derechos y
deberes; y las parejas homosexuales, buscando su reconocimiento legal y social
(Cortina y Cabré, 2010).
Una de las CCAA que tramitó disposiciones para la regulación de las parejas del
mismo sexo fue Andalucía, mediante el BOJA nº 153 de 28/12/2002 en el que se
dispone que iguala los derechos de estas uniones a los de los matrimonios residentes
en Andalucía en cuanto a sus relaciones con la Administración. El proyecto no hace
distinción alguna sobre el tipo de pareja de hecho de que se trate.
Esta comunidad autónoma (CA en adelante), además de ser pionera en el
reconocimiento de este tipo de uniones, es una en las que más cantidad de
matrimonios entre personas del mismo sexo se han celebrado desde su regulación,
superando los 6.000 enlaces en 2018. Este aspecto bien puede estar relacionado
con el tamaño de la población, ya que son aquellas CC.AA con mayor cantidad
de habitantes las que registran mayores cifras en lo que a este tipo de enlaces se
reere, como Cataluña o Comunidad de Madrid. Igualmente, es una de las CC.AA
donde mayor número de divorcios de este tipo de matrimonios se producen. Sin
embargo, así como a la evolución y características del matrimonio entre personas
del mismo sexo se ha prestado atención existiendo estudios bastante completos en
torno a este hecho (Capote y Nieto, 2018, Cortina, 2016, entre otros) la focalización
cientíca sobre el divorcio de matrimonios del mismo sexo ha sido inexistente, tanto
a nivel nacional como en lo que a análisis pormenorizados por territorios se reere.
Todo esto conduce a establecer que el objetivo general de la investigación sea
averiguar cómo ha sido la evolución del divorcio de matrimonios del mismo sexo en
Andalucía. Como objetivo especíco se erigeconocer algunos aspectos destacados
de estas rupturas como la duración de la relación, la tenencia o no de hijos e hijas, la
nacionalidad de los cónyuges y la forma en que se producen estas disoluciones (de
forma consensuada o contenciosa).De esta forma se está presente ante el primer
análisis, centrado en Andalucía, acerca de los divorcios de matrimonios del mismo
sexo. Para ello, en primer lugar se muestra lo que ha ocurrido sobre la evolución
del matrimonio de personas del mismo sexo en esta comunidad. Posteriormente, se
presenta una revisión de la literatura en torno a este tipo de matrimonios. Tras ésta
se muestra el método, los resultados y las conclusiones alcanzadas.
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1.1 El matrimonio de personas del mismo sexo en Andalucía
El análisis del divorcio conduce de forma previa, y necesaria, al estudio de los
matrimonios conformados por personas del mismo sexo. En este sentido, es
indispensable abordar y mostrar la evolución del matrimonio, pues es la base a
partir de la que se generan las disoluciones. El registro de matrimonios del mismo
sexo indica que su número absoluto se ha mantenido relativamente estable. En
el año 2006 se produjo el número más elevado de matrimonios (659) hasta 2016
(755). A partir de esta fecha los matrimonios del mismo sexo aumentan hasta
situarse en 829 en 2018 (gráca 1), lo que supone un 17,02% del total de enlaces
celebrados a nivel nacional (4.870). Indicar que en la comunidad andaluza se
han producido un 15% del total de enlaces similares que se han celebrado en
España.
Gráca 1. Evolución de los matrimonios del mismo sexo en Andalucía (Número absoluto).
2005-2018.
Fuente: Elaboración propia a partir del Movimiento Natural de Población (MNP)
Como puede apreciarse en 2006, el primer año completo de la serie en el que
pudieron contraer matrimonio las parejas del mismo sexo, sepresenta una cifra
alta que bien puede darse por la cantidad de parejas que, posiblemente, llevaban
esperando tiempo aquel momento inicial (Capote y Nieto, 2018). De toda la serie, el
mínimo se sitúa en 2009, con una cifra de 403 matrimonios, aunque desde este año
en adelante el ascenso ha sido constante hasta llegar en 2018 a las 774 uniones.
Por otra parte, si se examina la distribución de matrimonios del mismo sexo según
su composición, los datos muestran tendencias opuestas entre el grupo de varones
y el de mujeres. En los matrimonios de varones se registra un valor elevado al inicio
de la serie que duplica el número de enlaces entre mujeres. Sin embargo, con el
paso de los años se han detectado dos tendencias diferentes: la cifra de uniones
entre varones se ha ido estancando mientras que las que se producen entre mujeres
han ido aumentando. Así, 2014 aparece como el momento en el que se produce el
principal cambio. Por primera vez, son más los enlaces celebrados entre mujeres
(249) que los llevados a cabo por varones (234), continuando esta inclinación durante
los años siguientes.
Con esto cabe destacar que los matrimonios de mujeres no registraron un alto
porcentaje al comienzo, pero han ido aumentando a lo largo de los últimos años
de forma sostenida. Este hecho puede ser explicado, en parte, por dos motivos.
En primer lugar, Gimeno y Barrientos (2009) explican este menor porcentaje de
matrimonios entre mujeres por la mayor vulnerabilidad económica y social de las
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lesbianas frente a los gays. En segundo lugar, Platero (2007), lo hace señalando el
posible carácter patriarcal y masculino de la institución matrimonial.
Por provincias, destaca Málaga (ver gráca 2), ya que es en la que más bodas se
han celebrado (1.741). Esto puede estar relacionado tanto con el tamaño de la
población como con su importancia turística. En este sentido, es necesario resaltar
el denominado “turismo residencial” compuesto por matrimonios del mismo sexo que
eligen España como destino por sus condiciones climáticas, principalmente lugares
como la Costa del Sol (Capote y Nieto, 2018).
Gráca 2. Evolución de los matrimonios del mismo sexo por provincias de Andalucía
(Número absoluto) 2005-2018
Fuente: Elaboración propia a partir del Movimiento Natural de Población (MNP)
En cabeza, y de forma igualmente destacada, se encuentra Sevilla con un total de
1,538 enlaces. Le siguen Cádiz (827), Granada (632), Córdoba (404), Almería (376),
Huelva (299) y, en último lugar, Jaén (197).
En relación al conjunto de matrimonios en Andalucía, el total de los celebrados entre
personas del mismo sexo en los años iniciales y hasta 2015, alcanzó su valor máximo
en 1,92%. Sin embargo desde 2016 ha ido ascendiendo hasta alcanzar un 2,59% del
total de matrimonios celebrados en 2018. Esta proporción se debe tanto al aumento
de los matrimonios del mismo sexo como el descenso que en los últimos años
han tenido los compuestos por personas de diferente sexo. Asimismo, otro factor
determinante es el impacto diferencial que puedetener la constitución de parejas de
hecho en una u otra modalidad o, incluso, aspectos relacionados con la cohabitación
como forma alternativa que sustituye al matrimonio como forma convencional de
unión afectiva.
Con respecto a la media nacional esta cifra se encuentra ligeramente por debajo,
en 2018, que se sitúa, en un 2,9% del total. Teniendo en cuenta el total de CCAA,
Andalucía ocupa el tercer puesto en el número de matrimonios del mismo sexo
celebrados en España, solo por detrás de Cataluña y la Comunidad de Madrid.
La evolución descrita coincide con los análisis de otras investigaciones desarrolla-
das en países europeos como la de Banens (2010),quien describe como durante
el primer y segundo año, tras la puesta en marcha de la ley, tiene lugar un gran
número de celebraciones matrimonialespara, posteriormente, experimentar un lige-
ro descenso, que continuará con un aumento leve y estabilidad nal. Igualmente,
Capote y Nieto (2018) concluyen, para el caso de España, en esta misma dirección
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explicando que esto es común debido a la acumulación de parejas del mismo sexo
que mantenían una relación estable pero no habían podido contraer matrimonio por
la falta de regulación.
Por otro lado, los datos de la Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios
(ENSD), del Instituto Nacional de Estadística (INE), indican que la diferencia de edad
entre los cónyuges es más elevada que en el caso de los matrimonios heterosexuales.
Así pues, en 2018, cuando el enlace se produce entre varones la diferencia etaria
se sitúa en 8 años de media mientras que en el caso de mujeres esta es menor, no
llegando a alcanzar los 5 años. Esta dinámica es parecida a la de los matrimonios
heterosexuales donde los varones suelen ser mayores que las mujeres.
1.2 En torno a la ruptura matrimonial de parejas del mismo sexo: revisión de
la literatura
El matrimonio entre personas del mismo sexo tiene ya cierto recorrido en España,
pues han pasado más de 15 años desde su regularización. Ciertamente, se observa
un seguimiento continuo a la cuestión del establecimiento de este tipo de uniones.
Desde la perspectiva sociológica y demográca, múltiples investigaciones han
analizado aspectos bastante diversos, como el perl sociodemográco de los y las
componentes de estas parejas (Esteve, Cortina y Cabré, 2009; Cortina, 2010), la
frecuencia de estas uniones y algunas de sus características (Meil, 2001; 2003),
como son los modelos de estas parejas (Cortina, 2016) o, de forma más reciente,
una radiografía del matrimonio entre personas del mismo sexo en España (Capote y
Nieto, 2018) en el que, entre otros aspectos, se analiza su distribución geográca e
incluso se trazan los perles de los miembros de este tipo de parejas en los que se
conrman muchas de las ideas iniciales de las investigaciones señaladas. Interesante
resulta, también, el estudio llevado a cabo por Arjona, Checa y González (2012) en el
que se destaca como según el país de origen de los cónyuges, los matrimonios entre
personas del mismo sexo en España son más heterogámicos que los matrimonios
heterosexuales. Se indica, de igual forma, que esta mayor heterogamia se maniesta
en términos de edad, ocupación y nivel educativo.
Otros disciplinas desde las que se ha abordado el matrimonio entre personas del
mismo sexo es el derecho. En este sentido, la regulación y reconocimiento de este
tipo de matrimonio (Calvo, 2010a; 2010b; 2006; Díez, 2007; Vivas, 2003), la evolución
del sistema matrimonial (Fernández, 2006) o lo acaecido en el debate parlamentario
por esta cuestión (Arrieta, 2019) han sido aspectos bastante analizados. Así mismo,
el análisis de los medios de comunicación en torno a este hecho ha despertado,
igualmente, interés cientíco (Ramos y Díaz, 2018; Carratalá, 2016; Martín, 2016;
Martínez, 2015). Por último, desde la esfera de la psicología también se ha prestado
atención a esta realidad social (Centurion, Vilela y Moscheta, 2016).
Otros ámbitos de interés se dirigen hacia el tipo de apoyo que reciben estas
familias (Kindle, 2005) o lo desafíos ante los que se encuentran las mujeres que
forman parejas del mismo sexo al proponerse ser madres (Fortuna, Féres y Seixas,
2015). Incluso, destacan aquellas orientadas al uso de técnicas de reproducción
asistida (Cuello y De Jesús, 2015) y sobre el deseo de tener hijos e hijas (Machin,
2016), haciendo mención a las dicultades que padres, madres e hijos puedan
tener (López, 2004; Barrientos y Gato, 2019).Destacar el trabajo realizado por
Castaño, Sánchez y Viveros (2018) en el que se muestra una revisión que analiza
la producción cientíca sobre prácticas de crianza en familias homoparentales de
Latinoamérica.
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Sin embargo, esta atención suscitada no ha acompañado a un fenómeno derivado
de los matrimonios: la ruptura de estos vínculos. En el caso de los matrimonios
heterosexuales, la literatura existente en torno a la disolución matrimonial es muy
extensa. Desde un análisis biográco del divorcio en España (Houle, et al. 1999),
pasando por el análisis de la percepción social de la disolución matrimonial y las
consecuencias de este (Becerril, 1999; 2008), el impacto del divorcio en hijos e
hijas (Orgilés y Samper, 2011; Serrano, 2006; entre otros), aspectos derivados de
las pensiones compensatorias (Fernández, 2016), consecuencias psicológicas de
la ruptura matrimonial (Sarrió, 2009; Fariña y Arce, 2006), evolución (Becerril y Meil,
2015), análisis de aspectos legales (Abellán, 2010) y el impacto de estos en las tasas
de divorcio (Becerril y Jiménez, 2019).
Para el caso de los divorcios de parejas del mismo sexo, se observa un precedente
a nivel nacional: un primer análisis centrado en conocer el grado de conictividad
existente en los divorcios de estos matrimonios. En el mismo, se arma la existencia
de una tendencia al aumento de estas disoluciones (Becerril y Jiménez, 2016).
A nivel internacional la atención sobre las rupturas de parejas y matrimonios
conformados por personas del mismo sexo si ha recibido mayor cobertura. Los
análisis realizados por Blumstein y Schwartz (1983) y Kurdek (1991; 1992; 1998;
2004), destacan como las uniones de personas del mismo sexo tienen mayor tasa de
ruptura que las heterosexuales. Concretamente, las compuestas por mujeres tienen
el doble de posibilidades de ruptura que en el caso de las compuestas por varones.
Un aspecto fundamental de la ruptura de estos matrimonios es la presencia de un
bajo nivel de conictividad en las disoluciones de parejas del mismo sexo (Goldberg
y Allen, 2013). Como consecuencia derivada, se arma que en el caso de que se
produzca una ruptura con hijos e hijas presentes, la modalidad de custodia más
otorgada es la compartida (Gartrell et al., 2011).
De forma más reciente, en un estudio llevado a cabo en Vermont, se ha concluido
que las parejas masculinas del mismo sexo permanecen juntas más tiempo que
las parejas lesbianas, teniendo estas últimas dos veces más probabilidades de
separarse que las parejas compuestas por varones (Rothblum, Kimberly y Wickham,
2018). Ésta investigación prestaba atención, también, a ítems como la duración de
la relación, el nivel educativo o económico. Andersson et al. (2006), por su parte,
comprobaron como la duración de los enlaces entre personas del mismo sexo era
menor que en las parejas heterosexuales. Por último, en la investigación desarrollada
por Nina (2011), se atiende a los factores que mantienen, o no, juntas a estas parejas
explorando el compromiso y las estrategias de mantenimiento de la relación marital.
Es precisamente esta falta de estudios, a nivel nacional y autonómico, lo que conduce
a establecer como objetivo general de esta investigación averiguar cómo ha sido
la evolución del divorcio de matrimonios del mismo sexo en Andalucía y, de forma
especíca,explorar algunos de los aspectos destacados de estos.
2. Método
La metodología empleada es eminentemente cuantitativa. De forma concreta, para
responder el objetivo planteado, se utiliza la revisión de datos secundarios. Se ha
seleccionado la Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios (ENSD; 2012-
2018) ya que es la única base de datos que contiene la información necesaria para
el presente análisis. Esto es, contiene las disoluciones de matrimonios de personas
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del mismo sexo y algunas de sus características (duración del matrimonio, tenencia
de hijos o edad y nacionalidad de los cónyuges, entre otros). El periodo de análisis
se circunscribe a la serie disponible: desde 2012 a 2018. Esto se debe a que hasta el
año 2012 no se incluían las disoluciones matrimoniales de personas del mismo sexo
y la información referida a las variables que contiene la estadística.
Señalar que esta base de datos es de carácter anual. Son realizados por el Instituto
Nacional de Estadística (INE), en virtud de un acuerdo con el Consejo General del
Poder Judicial (CGPJ) y se elaboran a partir de la información sobre sentencias que
proporcionan distintos órganos judiciales competentes en esta materia.
En cuanto a la selección de los ítems a analizares imprescindible advertir que ha sido
necesario recodicar varios de ellos. En primer lugar, y para obtener la población de
matrimonios homosexuales divorciados,es necesario construir una nueva variable a
partir de las ya existentes (“sexo del primer cónyuge” y “sexo del segundo cónyuge).
Esto permite diferenciar entre divorcios heterosexuales y homosexuales. A partir de
esta última variable, mediante una nueva recodicación, se han elaborado dos nuevos
ítems: “matrimonio compuesto por varones” y “matrimonio formado por mujeres”.
Así mismo se han modicado las demás variables utilizadas: “fallo de la sentencia”,
que posibilita obtener la existencia de consenso o conicto en el proceso de
divorcio. La misma, ha sido recodicada para ofrecer únicamente los casos donde
se presentan divorcios, debido a que las separaciones en este tipo de parejas son
residuales. La“nacionalidad de los cónyuges” también ha sido modicada,obteniendo
dos grupos: con nacionalidad española y con otra nacionalidad, debido a la cantidad
de categorías de repuesta de la variable. Por último, con respecto al ítem “duración
del matrimonio” ha sido recodicada con el objetivo de agrupar tramos temporales.
Esto permite la obtención de información más condensada e interpretable. El ítem
número de hijos no ha sufrido variación.
En cuanto al tratamiento de datos se ha optado por utilizar un análisis descriptivo,
mediante elaboración de frecuencias. Esta técnica es una herramienta poderosa
que, entre otras cosas, ayuda a evidenciar y a comprender los cambios producidos
en la sociedad (Vázquez, Lahitte, Tujague, 2010). Así mismo, permite ofrecer una
base para el conocimiento de una realidad social no explorada hasta el momento
(Veiga de Cabo, de la Fuente y Zimmermann, 2008). Laelección de esta técnica se
sustenta, principalmente en dos razones: por un lado, el objetivo de a investigación
no está encaminado a realizar análisis referidos a la dependencia o interdependencia
de variables, modelos predictivos o comparaciones entre grupos. En segundo lugar,
y sobre todo por la población sobre la que se focaliza el análisis, este estudio supone
el primer acercamiento a esta realidad social en Andalucía.
3. Resultados y discusión
En primer lugar, se presenta la evolución del divorcio de personas del mismo sexo
para, posteriormente, presentar las principales características de este.
Como se puede observar (gráca 3) las rupturas matrimoniales de este grupo de
población han ido en ascenso, algo razonable teniendo en cuenta el número de
matrimonios que se han ido celebrando de forma anual. En general, desde el año
2012 hasta 2018, los divorcios en Andalucía han aumentado considerablemente, al
igual que ha sucedido a nivel nacional (según la ENSD de 408 en 2012 a 1.142 en
2018)
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Graca 3. Evolución del divorcio de matrimonios del mismo sexo en Andalucía
periodo 2012-2018 (miles)
Fuente: elaboración propia a partir de datos de la ENSD
Atendiendo a los datos provinciales se visualiza como Málaga y Sevilla son las
provincias que encabezan el número de divorcios, en el periodo 2012-2018. La razón
principal puede hallarse en dos motivos: son las provincias andaluzas con mayor
población y, en consecuencia, en las que más uniones matrimoniales de personas
del mismo sexo se han producido, lo que eleva, por tanto, la posibilidad de que se
produzcan más rupturas. Queda patente el ascenso producido en cada una de las
provincias, siendo más elevada en aquellas en las que más matrimonios se producen.
Cuestión derivada es conocer algunas de las características principales de estas
rupturas. En cuanto a la duración de este tipo de enlaces destaca, como generalidad,
que el divorcio de estos matrimonios suele suceder de forma mayoritaria superados
los dos primeros años de unión (tabla 1), patrón que se repite a nivel nacional (un
88,7%, en 2018, se divorció tras más de dos años de matrimonio).
Tabla 1. Duración del matrimonio de personas del mismo sexo (%)
Entre varones Entre mujeres
2012 2014 2016 2018 2012 2014 2016 2018
Menos de 2 años 6,97 5,92 7,65 9,25 10,90 14,36 12,02 14,70
De 2 a 4 años 49,75 51,97 24,94 25,68 38,46 38,30 32,17 33,33
5 años y más 43,28 42,11 67,41 65,07 50,64 47,34 55,81 51,97
Total 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00
Fuente: elaboración propia a partir de datos de la ENSD
La serie de datos indica como son cada vez más los matrimonios que se disuelven
tras trascurrir 5 años o más desde el enlace. Concretamente en el caso de las
uniones entre varones este porcentaje ha aumentado un 21,79% desde 2012 a 2018.
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La principal consecuencia de este aumento es la bajada del número de matrimonios
que se divorcian entre los 2-4 años de matrimonio (un 24,07% menos). Para el caso
de los matrimonios formados por mujeres, la dinámica es similar. La mayor parte de
las rupturas se producen tras 5 o más años de matrimonio (51,97). Sin embargo, esto
es más común, que en el caso de los varones, desde el inicio de la serie histórica
hasta el último año disponible de la estadística (50,64 en 2012 por 51,97 en 2018).
Si destaca como el porcentaje de uniones entre mujeres que se disuelven en los
primeros años de matrimonio es superior al de varones, a lo largo de los años
dispuestos en el análisis.
Por otro lado, en cuanto al carácter con el que se producen estas rupturas (tabla
2), se aprecia cómo en la mayoría de ocasiones se está presente ante procesos
de divorcio consensuados, algo recurrente también a nivel estatal en los que los
procesos consensuados, en 2018, superan el 82% en el caso de divorcios entre
mujeres, y el 84% para los compuestos por varones.
Tabla 2. Fallo de la sentencia en divorcios de matrimonios del mismo sexo en Andalucía (%)
Fallo de la sentencia Tipo de matrimonio
Entre varones Entre mujeres
2012
Consensuado 82,5 87,5
Contencioso 17,5 12,5
Total 100 100
2014
Consensuado 83,6 90,5
Contencioso 16,4 9,5
Total 100 100
2016
Consensuado 93,2 95,7
Contencioso 6,8 4,3
Total 100 100
2018
Consensuado 84,7 83
Contencioso 15,3 17
Total 100 100
Fuente: elaboración propia a partir de datos de la ENSD
Este grado de consenso se ha ido manteniendo de forma más o menos parecida
desde el inicio de la serie de datos hasta el año 2018.Destaca el año 2016, uno en los
que más divorcios se produjeron, en los que el nivel de consenso alcanzó la cifra más
alta, tanto para varones como mujeres. Como generalidad, los procesos de divorcio
de matrimonios del mismo sexo, a nivel nacional, presentan mayor porcentaje de
consenso que los heterosexuales como sustenta la investigación desarrollada, a
nivel nacional, por Becerril y Jiménez (2016). Este bajo nivel de conictividad en
la ruptura de este tipo de matrimonios es algo que no sólo se da en el contexto
Andaluz o nacional de forma concreta, sino que ha sido señalado en investigaciones
internacionales precedentes realizadas en otros países como Estados Unidos
(Goldberg y Allen, 2013).
Artículos • José Jiménez Cabello
• 133 •
Por otro lado, los cónyuges implicados en estos procesos de divorcio poseen, en la
mayoría de las ocasiones, nacionalidad española (tabla 3). De hecho, hasta 2016 el
porcentaje de miembros de la pareja con nacionalidad extranjera era prácticamente
residual, produciéndose a partir de esa fecha un aumento considerable. Esta subida
está más presente, desagregando por sexo, en parejas compuestas por varones
que aquellas formadas por mujeres. Aunque las diferencias no son signicativas, se
puede vislumbrar que existen patrones de matrimonio entre nacionales e inmigrantes
marcados por el género (González-Ferrer, et al. 2018). Si queda patente que los
matrimonios mixtos, o aquellos en los que ambos cónyuges son extranjeros, no
están muy presentes en estos procesos de divorcio.
Tabla 3. Nacionalidad de los cónyuges de los divorcios de matrimonios del mismo sexo en
Andalucía (%)
Nacionalidad
española
Nacionalidad
extranjera Total
2012 Varones 96,36 3,64 100
Mujeres 97,67 2,33 100
2014 Varones 93,43 6,57 100
Mujeres 95,79 4,22 100
2016 Varones 89,06 10,94 100
Mujeres 94,29 5,71 100
2018 Varones 90,02 9,98 100
Mujeres 92,41 7,59 100
Fuente: elaboración propia a partir de datos de la ENSD
Aun así, cabe destacar que las nacionalidades de las personas extranjeras
implicadas son, en su mayoría procedentes de Latinoamérica. Esto puede estar en
la línea de que en los matrimonios binacionales en España, se mantiene unafuerte
tendencia hacia la elección de un cónyuge de origen sudamericano (Steingress,
2012). La presencia, y aumento paulatino, de personas con nacionalidad
extranjera en este tipo de matrimonios puede sustentarse en varios aspectos:
en primer lugar está la gran llegada de inmigrantes durante la pasada década
(Capote y Nieto, 2018). En segundo lugar porque España pudo constituir durante
ese periodo un punto de atracción para otros países debido a la legislación que
permitía los matrimonios entre personas del mismo sexo. En tercer lugar, y por
último, también se podría explicar porque el matrimonio permite la estabilidad
legislativa para el cónyuge extranjero (Pichardo, 2009), una vez que con él puede
adquirir la residencia ocial.
En cuanto al número de hijos e hijas presentes tras el divorcio de estos matrimonios,
se desprende una tendencia al alza tanto para aquellas rupturas acaecidas entre
varones como las producidas entre mujeres (tabla 4), algo que ha sucedido también
a nivel nacional (en 2012 el total de matrimonios divorciados con hijos suponía un
37,3% mientras que en 2018 un 40,6%, según datos de la ENSD). Sin embargo, la
presencia de hijos no es mayoritaria.
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Tabla 4. Presencia de hijos e hijas menores de edad en el divorcio
de matrimonios del mismo sexo en Andalucía (%)
Con hijos Sin hijos Total
2012 Varones 7,50 92,50 100
Mujeres 23,53 76,47 100
2014 Varones 7,69 92,32 100
Mujeres 25,35 74,65 100
2016 Varones 9,45 90,55 100
Mujeres 28,17 71,83 100
2018 Varones 19,7 80,3 100
Mujeres 28,5 71,5 100
Fuente: elaboración propia a partir de datos de la ENSD
Desde el inicio de la serie de histórica de datos, los divorcios entre parejas
conformadas por varones en los que se ven involucrados hijos o hijas han ido
aumentando, presentando en 2018 más del doble la cifra alcanzada en 2012. Por
tanto, es destacable el aumento pronunciado producido en las últimas fechas. Sin
embargo, para el caso de las mujeres, este ascenso no es tan destacado. Aunque el
porcentaje de hijos e hijas ha ido aumentando, lo ha hecho de forma más ligera ya
que la cifra de inicio era bastante más alta que en el caso de los varones.
Esto puede estar relacionado con lo concluido en diversos estudios. En este sentido,
y aunque los autores no exploraron en profundidad las explicaciones de las mujeres
para su ruptura, esbozaron ciertos aspectos que conducían a mayor probabilidad de
divorcio. Entre estos aspectos, destaca la incompatibilidad y los diferentes estilos
de crianza como razones para disolver sus uniones (Gartrell et al., 2006). Bajo esta
misma tesis, Turtletaub (2002) descubrió que las mujeres mencionaron, como causa
de la disolución de sus matrimonios, los desacuerdos sobre la paternidad. También
señalaron que la comunicación deciente a menudo se ve agravada por los desafíos
de la crianza de los hijos. Estos factores podrían dar, en parte, explicación a por qué
las mujeres presentan mayor porcentaje de hijos e hijas en el divorcio. Otros aspec-
tos que pueden estar relacionados podrían estar en consonancia con una mayor
facilidad para el acceso a la tenencia de hijos e hijas con respecto a los matrimonios
conformados por varones.
4. Conclusiones
El presente artículo aborda la evolución, algunos aspectos destacados, del divorcio
de matrimonios compuestos por personas del mismo sexo en Andalucía. Para ello,
se atiende a la evolución del número de divorcios, como se produce el proceso (de
forma consensuada o no consensuada), la nacionalidad de los cónyuges, duración
del matrimonio y tenencia de hijos. Se ha hecho uso de metodología cuantitativa
mediante la explotación de la Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios
(2012-2018).
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• 135 •
En España, y Andalucía concretamente, la Ley 13/2005 trajo consigo una modica-
ción en el código civil, especícamente en el derecho a contraer matrimonio por parte
de parejas del mismo sexo. Tras esto, el seguimiento desde las ciencias sociales
a estos matrimonios, ejercido desde diversas disciplinas, ha ido orientado funda-
mentalmente hacia la evolución del matrimonio de personas del mismo sexo y sus
principales características, a aspectos legales referentes a este tipo de uniones o a
características sociodemográcas, entre otras.
Por el contrario, no se encuentran a nivel nacional estudios acerca del divorcio en
matrimonios homosexuales. En el ámbito internacional sí existen diversos estudios
que se centran, de forma concreta, en la ruptura de este tipo de uniones (Blumstein
y Schwartz, 1983; Kurdek 1998; Goldberg y Allen, 2013, Gartrell et al., 2011; entre
otras).
En este estudio puede concluirse que la disolución de matrimonios compuestos
por personas del mismo sexo en Andalucía ha ido ascendiendo de forma continua,
destacando este aumento en aquellas provincias donde se han contraído más
enlaces. Este fenómeno es algo esperable, en términos de probabilidad, pues no
es de extrañar que se produzcan más rupturas en aquellos territorios donde más
uniones matrimoniales se producen. Esta tendencia, un aumento sostenido y continuo
del divorcio de este tipo de matrimonio, ha sido evidente y queda reejada en las
conclusiones alcanzadas en investigaciones referentes a otros contextos/territorios
internacionales (Blumstein y Schwartz, 1983; Kurdek, 1991 y 1992); Rothblum,
Kimberly y Wickham, 2018).
En relación a cómo se produce la ruptura, el proceso consensuado aparece de
forma mayoritaria. El grado de acuerdo en las disoluciones matrimoniales de parejas
del mismo sexo es bastante alto, siendo mayor en comparación con los divorcios
heterosexuales producidos en esta CA. Este hecho ha sido captado en otros estudios
(Becerril y Jiménez, 2016; Goldberg y Allen, 2013) que relacionan estos divorcios con
bajo nivel de conictividad.
Con respecto a la conictividad existente en el proceso de divorcio (independientemente
de que los cónyuges sean del mismo o diferente sexo), en la literatura internacional
se observan dos características que inuyen notablemente en el que proceso de
desarrolle y nalice de forma consensuada o contenciosa: la tenencia o no de hijos y
la duración del matrimonio (Blumstein y Schwartz, 1983; Kurdek, 1992; Gartrell et al.,
2011; Rothblum, Kimberly y Wickham, 2018).
En cuanto a la tenencia de hijos, desde el comienzo de la serie histórica de datos,
se ha producido un aumento sostenido de las rupturas de estos matrimonios que lo
hacen con presencia de hijos menores, siendo más frecuente en aquellas parejas
divorciadas formadas por mujeres que las producidas entre varones. Esto puede
estar relacionado con un menor grado de dicultad, para los matrimonios compuestos
por mujeres, para acceder a la maternidad/parternidad. En esta casuística hay que
tener presente que los procesos de adopción son largos en términos temporales al
igual que la posible utilización de técnicas de reproducción asistida o de gestación
subrogada. Distinto sería el caso de los hijos que están presentes desde el comienzo
del matrimonio, hecho frecuente sobre todo entre las mujeres (Cortina, 2016; Cortina
y Cabré, 2010).
Atendiendo a la duración del matrimonio, son cada vez más numerosos los matrimonios
que se disuelven tras 5 años o más de matrimonio. Esto, en parte, tiene que ver con
un efecto temporal: a medida que pasa el tiempo, es previsible que haya matrimonios
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que se divorcien tras más años de matrimonios. Destaca, especialmente, como en el
caso de los enlaces entre mujeres se producen más divorcios en los primeros años
de unión (menos de dos) que entre varones.
Por último, y en referencia a la nacionalidad de los cónyuges, se concluye como
la mayor parte de los divorcios de estos matrimonios acaecidos en Andalucía se
producen entre cónyuges con nacionalidad española. Aun así, queda patente el ligero
ascenso que supone la ruptura de matrimonios mixtos/binacionales anualmente,
siendo un fenómeno más frecuente entre varones que entre mujeres.
La presente investigación cuenta con algunas limitaciones. Por un lado la falta de
algunas variables (edad de los hijos, nivel educativo y de ingresos de los cónyuges,
entre otros) hace que el estudio no sea todo lo completo que se desearía. Por otro
lado, aunque se trabaja con un rango temporal que permite visualizar tendencias,
la no inclusión de determinadas características de los divorcios producidos en
matrimonios del mismo sexo desde el inicio de la estadística (2007), acota el mismo.
De cara al futuro sería necesario trabajar sobre esta realidad social a nivel nacional.
Además, incorporar metodología de investigación de carácter cualitativo ayudaría a
profundizar en el conocimiento de la realidad social que hay detrás de los divorcios
de este tipo de matrimonios.
Agradecimientos
La recogida de datos, y tratamiento de los mismos, se han realizado en el marco de
la elaboración de mi tesis doctoral por lo que agradezco a mi director de tesis, Diego
Becerril, el apoyo dado. Igualmente al programa de doctorado en ciencias sociales
de la Universidad de Granada y al Ministerio de Universidades, como beneciario de
un contrato de formación de profesorado universitario.
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