Trabajo, Persona, Derecho, Mercado 7 (2023) 225-229
Jaime Román Lemos
Universidad de Sevilla
El presente libro, como su propio nombre hace ver, puede calificarse como un estudio y propuesta de intervención para las distintas entidades que pueden verse afectadas por las desagradables situaciones de violencia laboral que, aún a día de hoy, siguen existiendo. La obra, publicada en 2023 por la editorial Aranzadi, ha sido desarrollada en su integridad por la Prof.ª Drª. Dª. Emilia Castellano Burguillo, Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en el Departamento de Derecho Público y del Trabajo de la Universidad de Huelva.
La monografía se estructura de manera brillante en siete capítulos que van conduciendo al lector desde una perspectiva más internacional del tema tratado hasta un análisis de la actualidad del mismo en España, incluyendo los principales mecanismos existentes para su tratamiento, así como propuestas a tener en consideración.
El primer capítulo obedece a la estructura clásica de muchas obras jurídicas, definiendo la metodología empleada, y delimitando del mismo modo el objeto de estudio. Los capítulos segundo y tercero ya comienzan a centrarse en normativa concreta, refiriéndose principalmente a la OIT y a la UE, respectivamente. Los capítulos cuarto y quinto se adentran en la perspectiva nacional española, esto es, la relación de la violencia laboral con los derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española y el tratamiento que se hace de la misma en el Estado español. Finalmente, el capítulo sexto abarca los diferentes mecanismos actuales con los que se hace frente a la violencia en el trabajo, así como alguna propuesta de la autora dada su participación en la elaboración de diversas normas relacionadas con la materia, para cerrar definitivamente con un séptimo y último capítulo que la investigadora dedica a realizar unas conclusiones finales.
El primer capítulo de la obra es una excelente introducción de la materia a desarrollar en la que se exponen los motivos que llevaron a la autora a optar por un objeto tan concreto como es la “violencia laboral distinta al acoso”. Precisamente los numerosos estudios sobre el acoso en el trabajo llevan a la investigadora a centrarse en un fenómeno más amplio, pero de respuesta limitada como ella misma afirma, que ha sido tratado casi con total exclusividad en los ámbitos penal y policial, pero que afecta a los derechos del trabajador. Pese a ello, ya se comienza a observar una tendencia cambiante en la que se empieza a cuestionar la responsabilidad laboral del empresario en diversas normas internacionales, europeas y nacionales.
En el capítulo segundo se destaca la existencia de una brecha entre las políticas de prevención frente a la violencia laboral y la práctica real, siendo España un país que cuenta con escasas herramientas de intervención eficaces y efectivas. Se subraya también la importancia de una definición común del término “violencia laboral”, remarcando la autora la importancia en el ámbito internacional de la proliferación de informes y estudios en la materia, sobre todo por parte de la OIT. Se dota de gran valor a la Conferencia Internacional del Trabajo de 2018, que sirvió de base para los posteriores Convenio 190 OIT y Recomendación 206 OIT (la ratificación por España de dichos instrumentos es uno de los fundamentos de esta monografía).
En esta sección de la obra se sigue destacando la intervención de la OIT en relación con España, donde se elimina la necesidad de causar un daño, bastando una conducta susceptible de ello, o incluso la reiteración antes tan referida por los tribunales ante situaciones, por ejemplo, de violencia psicológica. También se alude a la necesaria intervención de empleadores y demás actores de la actividad laboral para regular y enfrentar la cuestión analizada.
Asimismo, la autora emplea esta sección de su obra para plantearnos diversas cuestiones interesantes en relación con la violencia en el trabajo, como son la distinción entre violencia interna, violencia externa y violencia externa ejercida por individuos que realizan actividades ilegítimas; la duda acerca de la necesidad del elemento teleológico (o intencionalidad lesiva) para apreciar violencia laboral; o la participación del tercero, no solo como causante del daño, sino como posible víctima. Además, la Profesora Castellano Burguillo ahonda en la definición del concepto amplio de sujetos protegidos y del espacio o lugar donde se puede producir la violencia (términos confusos que deben quedar siempre bien definidos en el terreno laboral).
En definitiva, pues, este apartado de la obra resulta fundamental como análisis de la Recomendación 206 OIT y el Convenio 190 OIT, instrumentos indispensables en el tratamiento de la violencia laboral.
El capítulo tercero, como adelantamos en la introducción, contiene una inmejorable referencia a normativa europea en la materia. Así, la autora alude, entre otras, a la Directiva marco 89/391/CEE, de 12 de junio de 1989, por su contenido relativo a riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores; el Acuerdo marco de 26 de abril de 2007 que contiene una definición de violencia laboral; a la comúnmente conocida como Directiva Whistleblowing, donde se prevén medios de protección eficaces y seguros que animen a la colaboración, de manera que, si se sufren represalias por denunciar conductas de violencia laboral, existan vías de recurso e indemnización; o el Marco Estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo para los años 2021 a 2027. También se cita la importancia, en España, del instrumento de ratificación de la Carta Social Europea (revisada) hecha en Estrasburgo el 3 de mayo de 1996.
El cuarto capítulo ya comienza a introducirse en la esfera española, dibujando la autora una suerte de cuadrilátero de derechos constitucionales que se ven afectados por la violencia laboral, incluyendo derechos fundamentales como el derecho a la dignidad (art. 10 CE); el derecho a la igualdad de trato y no discriminación (art. 14 CE) y el derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE), en relación con el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen (art. 18 CE); así como el derecho a la protección de la salud (art. 43 CE).
De igual forma, la autora continúa tratando el eje principal de la obra, realizando un encomiable esfuerzo por exponer los elementos definitorios de un acto de violencia laboral. Incluso refiere la investigadora, debido al carácter eminentemente multidisciplinar de la materia analizada, una serie de términos o factores que son más analizados desde otras disciplinas y que, para un jurista no especializado en la cuestión, pueden ser más difíciles de comprender.
El capítulo quinto termina por centrarse definitivamente en la situación española, explicando la Doctora Castellano Burguillo que los derechos constitucionales analizados en el capítulo anterior se engloban en el art. 4.2 TRET y detallando cuestiones como la intervención de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (fundamental para controlar esta disciplina).
La autora hace mención asimismo a los términos de accidente de trabajo y enfermedad profesional, relacionándolos con la materia de prevención, y más específicamente con el deber de protección del empresario y las medidas de seguridad a tomar. No teme aquí la investigadora introducirse en un tema tabú para la sociedad, pero muy necesario en el campo del Derecho del Trabajo, como es el suicidio, realizando una magnífica labor de recopilación de sentencias ilustrativas en la materia, al tratarse de suicidios derivados de enfermedades mentales generadas por problemas en el entorno laboral. Gracias al brillante estudio de la autora, podemos observar el cambio jurisprudencial que se ha producido en el último siglo, donde se ha pasado de considerar el suicidio como un acto autónomo que no puede enjuiciarse, a valorarse como posible accidente de trabajo si media la existencia de un nexo causal demostrable (donde entraría, por supuesto, la violencia laboral).
Uno de los puntos más destacados de la obra, encontrado en este capítulo, es el análisis de los casos reales de violencia externa en el sector sanitario, incluyendo numerosas gráficas, que lleva a la autora a realizar un estudio, de nuevo con diversos casos reales, de la aplicación del nuevo art. 550 CP tras la reforma de 2015, y la comparación con casos anteriores, llegando a la conclusión de que las penas distan de ser disuasorias (y abriendo la posibilidad de aplicar la justicia restaurativa que analiza en el capítulo sexto).
El sexto capítulo analiza, como decíamos al inicio, los distintos mecanismos existentes para enfrentar la violencia laboral. Comenzando por las guías para la prevención y actuación ante situaciones de violencia laboral, la autora se adentra posteriormente en un análisis de las menciones concretas a la violencia laboral presentes en convenios colectivos y planes de igualdad, elaborando un cuadro detallado al efecto. También refiere la investigadora datos sobre Boletines Oficiales relativos a protocolos, incluyendo incluso anexos del procedimiento a seguir, donde el lector puede observar distintas etapas como la evaluación de riesgos, el procedimiento propiamente dicho o las medidas preventivas. En una importante labor informativa, muy de agradecer dada la intervención de la autora (como ella misma especifica en la obra) en labores de asesoría a diversas organizaciones en la materia estudiada, la Profesora Castellano Burguillo realiza una propuesta de los que, a su entender, deben ser los requisitos que debe reunir un correcto protocolo relativo a la violencia en el trabajo.
Para cerrar esta sección, se hace una breve mención, aunque más extensa que en el capítulo anterior, a la justicia restaurativa, exponiendo la autora que es más propia del ámbito penal, pero que podría resultar aplicable al campo que nos atañe. Se presentan varios casos reales que ayudan al lector a comprender el origen, las razones y el posicionamiento de la autora acerca de este curioso, mas potencialmente provechoso, método alternativo de solución de conflictos.
Concluye la obra con un capítulo séptimo en el que la Doctora Castellano Burguillo enuncia sus conclusiones tras la investigación realizada, para cerrar dejando la puerta abierta, una vez más, a la justicia restaurativa como posible sistema para resolver los conflictos generados en materia de violencia laboral.
El ejemplar analizado es una obra que resulta realmente interesante por varias razones, siendo la principal de ellas el propio objeto de estudio, ya que como bien afirma su autora es un asunto que ha sido relativamente dejado de lado ante la proliferación de casos reales y monografías sobre el acoso. Pero no solo se adentra la investigadora en la materia de la violencia laboral (distinta al acoso), sino que lo hace de forma excepcional al abarcar de forma completa, no ya solo la definición del término, sino la concepción global en sí misma, tratando la cuestión del lugar de trabajo, las personas protegidas, la diversa normativa existente tanto a nivel nacional como internacional, así como los derechos afectados y las herramientas para hacerle frente.
Es esta además una monografía que, desde nuestro punto de vista (quizás ligeramente distorsionado por la deformación profesional propia de un jurista), y pese a ser una obra jurídica, no requiere del lector un conocimiento profundo del Derecho, de modo que consideramos que cualquier persona podría disfrutar de la misma. Para los juristas, obviamente, resulta más accesible por la utilización de distintos tecnicismos jurídicos a los que acostumbramos, pero ello no desmerece la labor realizada por la autora por estructurar la obra de una manera verdaderamente conveniente que hace, más si cabe, muy fácil la lectura de la misma. A mayor abundamiento, pese a que recomendamos una lectura completa del libro, ya que sigue un orden lógico que consideramos muy útil para el lector, la separación de los capítulos en diversos campos permite que estos puedan también leerse separadamente, en función del interés del lector. No obstante, volvemos a incidir en la recomendación de leer la obra al completo, dada su calidad, contenido y la naturalidad con la que todos los capítulos se pueden entrelazar.
En definitiva, consideramos que ésta es una obra ciertamente provechosa, especialmente por tratar un tema ligeramente abandonado que resulta fundamental en la materia laboral, además de que por su claridad puede servir no solo para los estudiosos de la temática, sino para la sociedad en su conjunto y como base para que los organismos públicos, los empleadores y los trabajadores traten el asunto de la violencia laboral como una realidad que puede ser regulada y enfrentada, mejorando el ambiente laboral para el conjunto de actores intervinientes, idea que creemos es una de las principales razones que llevaron a la autora a decidirse por investigar sobre la materia y publicar la analizada monografía.