ANTE LAS UNIDADES LÍQUIDAS Y CONSONANTES NASALES DEL ESPAÑOL Y SU PRESENTACIÓN EN LA NGLE

LIQUID AND NASAL CONSONANT UNITS IN SPANISH AND THEIR PRESENTATION IN THE NGLE

Alexandre Veiga

Universidad de Santiago de Compostela

ORCID: 0000-0001-5319-6113

Recibido: 13-10-22

Aceptado: 07-12-22

https://dx.doi.org/10.12795/PH.2023.v37.i01.09

Resumen

Revisamos en este trabajo las estructuras e interrelaciones de los subconjuntos fonemáticos de realización vibrante, lateral y nasal en español. Confrontamos diversas propuestas interpretativas en la historia de la fonología española y procedemos, en especial, a una revisión crítica de las ideas al respecto defendidas en el tercer volumen de la Nueva gramática de la lengua española (2011).

Palabras clave: sistema fonológico español, fonemas líquidos, líquidos vibrantes, líquidos laterales, consonantes nasales, Nueva gramática de la lengua española.

Abstract

The study at hand is a review of the structures and interrelations of phonemic subsets of vibrating, lateral and nasal articulations in Spanish. We confront different interpretive proposals made throughout the history of Spanish phonology and then proceed, more specifically, to provide a critical revision of the ideas about this subject defended in the third volume of the Nueva gramática de la lengua española (2011).

Keywords: Spanish phonological system, liquid phonemes, vibrating phonemes, lateral liquids, nasal consonants, Nueva gramática de la lengua española.

1. Introducción. Los sonidos vibrantes, líquidos y nasales en la ngle

La interpretación fonológica de las unidades consonánticas de realización vibrante, lateral o nasal ―sobre la base de, para empezar, unos hechos fonéticos no coincidentes en unas y otras variedades de lengua― ha conducido en la historia de la fonología española a diferentes propuestas explicativas y clasificatorias. En la diversidad de aproximaciones que la revisión bibliográfica nos proporciona destaca en la actualidad la contraposición entre enfoques que establecen con las dos primeras subclases una clase superior (p. ej. en términos de “líquidas”) en relación con la tercera y aquellos que agrupan las tres en un mismo conjunto (p. ej. en términos de “sonantes”) frente a las restantes unidades interpretables como consonánticas.

En cuanto al análisis estrictamente fonético, las aproximaciones a los tres subconjuntos de unidades que nos ocupan han sido también objeto de interpretaciones y clasificaciones diversas, especialmente en lo que se refiere al número de sonidos consonantes nasales que unos y otros autores han diferenciado[1]. La NGLE considera en su tercer volumen (2011) tres conjuntos de realizaciones fonéticas para el español no “seseante” ni “yeísta” que básicamente vienen a coincidir con los previamente reconocidos por Quilis (1993: § 7.2.1-3, 7.3.1-7, 10.3.1.1-4, 10.3.2, 10.4.5.1-2) o más tarde por Gil Fernández (2007: § 7.2.2), a los que ha de añadirse la amplia serie de variantes localizables a lo largo y ancho del mundo hispanófono. Nos referimos a los siguientes:

  1. Sonidos vibrantes (“róticos” en la terminología que asume la NGLE: cfr. § 6.9a-d). Articulaciones simple y múltiple (“percusiva” y “vibrante” para la NGLE, cfr. infra § 9):
  2. vara

    [ˈbaɾa]

    barra

    [ˈbara]

  3. Sonidos laterales. Articulaciones interdental, dental, alveolar y “palatalizada”, que la NGLE (§ 6.4ñ) atribuye al fonema /l/, más la articulación palatal correspondiente a /ʎ/:
  4. dulce

    [ˈdul̪+θe]

    alto

    [ˈal̪to]

    local

    [loˈkal]

    colcha

    [ˈkoʎ̟ʧa]

    valla

    [ˈbaʎa]

  5. Sonidos nasales. Articulaciones bilabial, labiodental, interdental, dental, alveolar, “palatalizada”, palatal y velar (§ 6.7c):
  6. campo

    [ˈkampo]

    enfermo

    [ẽɱˈfeɾmo]

    onza

    [ˈõn̪+θa]

    canto

    [ˈkan̪to]

    cansino

    [kanˈsino]

    ancho

    [ˈãɲ+ʧo]

    año

    [ˈaɲo]

    ganga

    [ˈgaŋga]

Como vemos, la NGLE recoge la diferenciación ya efectuada por Trager (1939: 219), como después por otros estudiosos[2], entre el sonido nasal palatal de año y el prepalatal de ancho, como por otra parte entre el lateral palatal de valla y el prepalatal de colcha[3]. Esta diferencia no era reconocida en la obra de Navarro Tomás (1918: § 78, 122)[4], quien no individualizó un orden articulatorio “prepalatal” y, en consecuencia, analizó y describió como palatales las realizaciones fonéticas nasal y lateral seguidas, como en ancho y colcha, de otro sonido consonántico de realización palatal.

2. El análisis fonológico de E. Alarcos Llorach

Como es bien conocido, las descripciones fonéticas de Navarro Tomás constituyeron la base de referencia en la Fonología española de E. Alarcos Llorach (1950), obra en cuya primera edición[5], como en el artículo que la precedió en un año (Alarcos Llorach 1949), nos encontramos con el uso de la etiqueta líquidas para designar las unidades /l ʎ ɾ r/ (19501: § 108, 114; cfr. 1949: § 24). La identificación, por otro lado, de determinadas situaciones distribucionales en que alguna oposición fonológica se encuentra neutralizada llevó a Alarcos a diferenciar un total de diez unidades fonemáticas de realización líquida o bien consonante nasal, siete fonemas y tres archifonemas, estos últimos señalados estrictamente allí donde se defiende algún caso de neutralización.

De entre dichos siete fonemas, cuatro pertenecen a la que llamamos clase fonemática fundamental líquida (cfr. infra), caracterizada por la conjunción de rasgos +consonántico y +vocálico en un análisis de base jakobsoniana (cfr., en primer lugar, Jakobson, Fant y Halle 1952: § 2.222). Reproducimos íntegro el párrafo al respecto de Jakobson y Halle (1956)[6]:

Vowels are vocalic and non-consonantal; consonants are consonantal and non-vocalic; liquids are vocalic and consonantal (with both free passage and obstruction in the oral cavity and the corresponding acoustic effect); glides are non-vocalic and non-consonantal (Jakobson y Halle 1956: § 3.61, II, expansión de caracteres en lugar de cursivas en el original).

De los antedichos cuatro fonemas líquidos, dos de ellos son de realización vibrante (“a flap or trill /r/”, fonológicamente no continuos de acuerdo con Jakobson y Halle 1956: § 3.61, VII), y los otros dos de realización lateral (fonológicamente continuos, “like the lateral /l/”, cfr. ibid.[7]). La cuádruple serie vara / barra / bala / valla permite ilustrar la conmutabilidad de estos cuatro fonemas, /ɾ r l ʎ/, en inicio de sílaba tras vocal.

Los tres restantes, /m n ɲ/, constituyen la subclase consonante nasal, sobre la que no hace mucho hemos vuelto en un trabajo específico (Veiga 2019); la socorrida tríada cama / cana / caña, ya en Alonso (1945: 241), ilustra sus posibilidades de conmutación en inicio de sílaba.

En cuanto a los tres archifonemas, el análisis de Alarcos identificó las unidades /R L N/, respectivamente resultantes de las neutralizaciones de las oposiciones funcionales entre los fonemas /ɾ r/, /l ʎ/ y /m n ɲ/, neutralizaciones que el autor señaló, con carácter general, en la “distensión silábica” (Alarcos Llorach 1949: § 33, 19504: § 116) y, en el caso concreto de la que afecta a las unidades vibrantes, fuera de la “posición intervocálica” (1949: § 35, 19504: § 117)), aun cuando no sería enteramente consecuente al transcribir como fonema y no como archifonema el segundo componente de los grupos de consonante + vibrante (cfr. ahora las observaciones al respecto de Perea Siller 2022: § 3.2.4, 3.3.2).

Tabla 1[8]
Los fonemas consonánticos del español según Alarcos Llorach (19504: § 114)

ʎ

l

ɾ

r

g

x

k

ɲ

ʝ

s

ʧ

m

b

f

p

n

d

θ

t

Vocal / No vocal

+

+

+

+

Consonante / No consonante

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

+

Denso / Difuso

+

+

+

+

+

+

+

+

Grave / Agudo

+

+

+

+

+

+

+

Nasal / Oral

(–)

(–)

(–)

+

+

+

Continuo / Interrupto

+

+

+

+

+

+

Sonoro (flojo) / Sordo (tenso)

+

+

(–)

+

(–)

+

(–)

+

(–)

La tabla 1, reproducción parcial de la introducida por Alarcos Llorach (19504: § 114) a partir de la segunda edición de su Fonología, ofrece una primera clasificación binarista de base acústica de los fonemas a que el autor, siguiendo los postulados jakobsonianos, atribuye una respuesta positiva a la oposición que formula consonante / no consonante. Abandonaba así el profesor de Oviedo su previa toma en consideración de un “contraste líquida / no líquida”, con que en 1950 caracterizaba los “fonemas realizados mediante la producción simultánea o alternativa de la abertura y la cerrazón” frente a los “realizados en dos momentos de cerrazón o abertura” (19501: § 107). En cualquier caso, Alarcos reconocía la condición compartida por los antedichos cuatro fonemas, y exclusiva de ellos en el repertorio de fonemas del español, de pertenecer a la categoría de unidades líquidas, a la que, por nuestra parte, hemos concedido el rango de “clase fonemática fundamental” por quedar delimitada frente a las restantes que constituyen el sistema por la actuación combinada de las parejas de rasgos ±consonántico y ±vocálico (cfr. Veiga 2002a: § 1.2.4, 2002b: § 1.1; cfr. ahora también López Gavín 2022: § 1.1.2.2).

Llama inmediatamente la atención su caracterización marcada de /ɾ/ frente a /r/, contraria a la opinión que se haría mayoritaria en los estudios de fonología del español y que ciertos hechos funcionales, bien que no tenidos en cuenta por la mayoría de los investigadores, respaldan, creemos, con claridad (cfr. infra § 3). La razón es bien visible. Alarcos quiso ―y diremos que con muy buen criterio― unificar la oposición entre líquidos no continuos (/r/-/ɾ/) con la que señaló entre los fonemas pertenecientes a los subconjuntos /p t ʧ k/-/b d ʝ g/. El problema principal es que designó los términos de dicha oposición común como sonoro / sordo, añadiendo entre paréntesis las propiedades flojo / tenso, que consideraba concomitantes. Así, el resultado de su atribución de valor funcional a la sonoridad frente a la sordez en detrimento de la diferencia de tensión le exigió, por una parte, presentar los “sonoros (flojos)” /b d ʝ g/ como marcados frente a los correspondientes “sordos (tensos)”, lo que, por otra, exigía la consideración fonológicamente marcada del “flojo” /ɾ/ frente al correspondiente “tenso” /r/.

Poco hemos de añadir aquí a nuestros razonamientos sobre la funcionalidad de la oposición tenso / flojo y la redundancia de sordo / sonoro en las parejas fonemáticas del tipo /p/-/b/ (cfr., p. ej. Veiga 1985: § 2.2, 1988: § 3.1, 2005: § 3.2, Veiga y Arias-Cachero Cabal próx.: § 11.3.4), principalmente por ser la diferencia de tensión el índice fonético que garantiza la percepción de dicha oposición fonológica incluso en las peculiares circunstancias del susurro, en que la vibración de las cuerdas vocales no interviene. Por otro lado, la asignación del valor funcional a tenso / flojo establece la única posibilidad fonética y fonológicamente coherente de explicar conjuntamente la diferenciación entre los dos fonemas líquidos no continuos (ambos de realización normalmente sonora ―como todas las unidades líquidas, subrayemos―) y la que actúa en el caso de las parejas /p/-/b/, etc. frente a la bien visible inadecuación mostrada por el antedicho esquema de Alarcos[9] partiendo de asignar, inevitablemente a priori, la funcionalidad al rasgo sonoro convirtiendo, además, dicho rasgo en marcado frente a su oponente.

3. Análisis funcional de la clase fonemática fundamental líquida

Partiendo de los antedichos conceptos establecidos en la fonología binarista de raíz jakobsoniana (cfr. supra § 2), nuestro análisis funcional de la clase fonemática fundamental líquida (cfrVeiga 2002b: § 8.3) es el sintetizado en la tabla 2.

Tabla 2
Los fonemas líquidos del español

FONEMAS LÍQUIDOS

{+cons. +voc.}

±continuo..............

(−)

(+)

±denso...................

(−)

(+)

±tenso....................

(−)

(+)

/ɾ/

/r/

/l/

/ʎ/

La oposición directa entre fonemas líquidos más comúnmente neutralizada, aquella que no puede actuar incluso en alguna situación distribucional en que cualquiera de las restantes sí lo hace, es /r/-/ɾ/, esto es, tenso / flojo entre líquidos no continuos. En efecto, esta oposición, como es bien conocido desde los orígenes de la fonología española, puede únicamente establecer su valor funcional en inicio de sílaba tras vocal (p. ej. barra / vara, morro / moro, perra / pera…)[10], no en las restantes situaciones distribucionales en que puede aparecer un sonido vibrante, en las que, recordemos, ya Alarcos Llorach señaló su neutralización y la aparición del archifonema /R/ (cfr. supra § 2). Entre ellas, singularmente, se encuentra la posición inicial absoluta, donde la fonotáctica castellana excluye la realización vibrante simple[11], pero en la que sí es real la actuación de la oposición entre los dos fonemas líquidos de realización lateral /ʎ/-/l/ (p. ej. llana / lana, lloro / loro, llegar / legar…), lo que evidencia la superior jerarquía funcional de esta última, que formulamos denso / no densodenso) en la estructura de la clase fonemática.

Y en el extremo superior de dicha clase se sitúa la oposición realizada en las propiedades articulatorias de lateral / vibrante, que con Jakobson admitimos en los términos continuo / no continuocontinuo). Dicha oposición puede actuar en las circunstancias en que tanto ±tenso como ±denso permanecen neutralizadas, esto es, tanto en “posición agrupada” (prenuclear de sílaba tras elemento homosilábico) como, en general, en posición implosiva (final absoluta o no), situaciones todas estas en que ±continuo enfrenta directamente los archifonemas líquidos /L/ y /R/ como ilustra la tabla 3.

Tabla 3
Casos de oposición /L/-/R/

Ejemplos

Transcr. fonética

Transcr. fonológica

flota / frota

[ˈflota] - [ˈfɾota]

/ˈfLota/ - /ˈfRota/

mal / mar

[ˈmal] - [ˈmaɾ ~ ˈmar]

/ˈmaL/ - /ˈmaR/

alma / arma

[ˈalma] - [ˈaɾma]

/ˈaLma/ - /ˈaRma/

La realización alveolar [l] para el archifonema /L/, con mucho la más frecuente y, sobre todo, la no condicionada contextualmente (ni ante pausa ni ante ciertos sonidos consonánticos[12]), confirma que la relativa difusión del correspondiente fonema /l/ ―frente a la relativa densidad de /ʎ/ en términos acústicos (derivadas del relativo adelantamiento / retraso articulatorio)― constituye un rasgo no marcado y que, en consecuencia, es procedente en este caso la formulación abreviada como ±denso de la oposición para la que Jakobson y sus colaboradores propusieron los términos compact / diffuse[13], habitualmente traducidos al castellano como denso / difuso.

Volviendo sobre continuo / no continuo, su condición de oposición de jerarquía suprema en la clase fonemática fundamental líquida se verifica igualmente al observar que allí donde se asiste a su neutralización se produce paralelamente la de cualquiera de las otras dos. Ello sucede, con carácter general en castellano, en una situación distribucional muy particular: en la posición explosiva agrupada tras /t/ o /d/, esto es, cuando precede cualquier fonema consonante de realización dental, situación en que la fonotáctica castellana común excluye cualquier realización líquida que no sea [ɾ], inhibiendo la funcionalidad de cualquier oposición entre líquidos. Así tenemos, por ejemplo, otro ([ˈotɾo]), pero no *otrro, *otlo[14] ni *otllo, como, por otra parte, tenemos odre (ˈoδɾe), pero no *odrre, *odle ni *odlle[15].

El hecho de que en esta situación concreta, en la que hemos señalado un archifonema /R2/ (“archifonema líquido absoluto”, cfr. Veiga 2002b: § 7.1) y en la que Alarcos Llorach (19504: § 26) hablaba de distribución defectiva sin proporcionar argumentos (cfrVeiga 1993: § 5.2, 2002b: § 5.2, n. 29)[16], la realización fonética venga a ser la vibrante simple, esto es, ni continua ni tensa, justifica la consideración de la continuidad y la tensión como rasgos marcados y, por tanto, avala las formulaciones privativas ±continuo y ±tenso para las correspondientes oposiciones fonológicas. En el caso de la primera de ambas, el rasgo marcado se concreta en realización lateral en la clase fundamental líquida, como paralelamente se concreta en fricativización en la clase fundamental consonante (cfr. Veiga y Arias-Cachero Cabal próx.: § 11.3.3); ello permite que los fonemas que responden al término no marcado puedan ofrecer suficiente variabilidad fonética (ya alofónica, ya, en su caso, dialectal) siempre y cuando sus realizaciones no invadan el terreno que el sistema reserva a los que ofrecen la marca fonológica[17].

La neutralización de la oposición continuo / no continuo fue, por otro lado, ya mencionada por Alarcos Llorach (quien habló de “lateral” / “intermitente”) en las “hablas que tienden a la confusión de las líquidas, sobre todo en la distensión silábica” (19504: § 117), con referencia fundamentalmente a los fenómenos del rotacismo y el lambdacismo implosivos (cfr. infra § 10).

4. La NGLE ante los fonemas vibrantes. Primera aproximación

La primera división admitida con carácter más general entre fonemas líquidos es la que separa los de realización vibrante de aquellos de realización lateral, división normalmente efectuada sin que se tengan en cuenta los hechos propiamente fonológicos, esto es, el funcionamiento y jerarquía relativa de las diferentes oposiciones, sino más bien, siguiendo el planteamiento en términos fonéticos que ya sintetizaba Saussure (1916: 74), directamente sobre la base del distinto modo de articulación de sus correspondientes alófonos.

Parece, por supuesto, obvia la improcedencia de una clasificación que separase inicialmente /ʎ/ de una tríada /ɾ r l/ basada en la realización palatal del primero de estos fonemas frente a la alveolar de los otros tres, aun cuando de la primera clasificación propuesta por Alarcos Llorach (1949: § 24; 19501: § 108)[18] pudiera deducirse una toma de postura en este sentido. Y en cualquier caso, insistamos en ello, lo obvio también ha de ser justificado desde la reflexión científica y no solamente desde la intuición; y es estrictamente en la verificación de las circunstancias de actuación o neutralización de las correspondientes oposiciones donde hallamos la prueba de la efectiva existencia en el español común de dos oposiciones directas, de fonema a fonema, /r/-/ɾ/ y /ʎ/-/l/ y no de otra posibilidad de agrupación funcional de estas cuatro unidades.

Y en relación con las diferencias de zona de articulación en el conjunto fonemático líquido podemos hacer algunas observaciones directas sobre cuestiones concretas defendidas en la NGLE.

Por ejemplo, y para empezar, la obra académica subraya la existencia de una pequeña diferencia articulatoria entre las realizaciones correspondientes a los dos fonemas de realización vibrante, exponiendo que [ɾ] se articula “en la zona subzona alveolar” mientras que [r] lo hace “en la zona postalveolar” (NGLE: § 6.9a). Nada, por supuesto, que objetar a la oportunidad de una observación así, no siendo el hecho de que no entendamos por qué se alude como “subzona” a la localización alveolar y no a la que, con prefijo sobre el nombre de la anterior, hallamos denominada “postalveolar”; pero no deja de resultar sorprendente que se haga énfasis en una diferenciación milimétrica ―que no rebasa, en cualquier caso, la región alveolar― en el marco de una obra en la que, por ejemplo, no se menciona la existencia de subzonas velares ni la consiguiente variación en las realizaciones de, para empezar, los fonemas /k/ y /g/ dependiendo del contexto fónico. Recordemos la subdivisión de la región velar efectuada por Martínez-Celdrán (1984: 340), con referencia directa a las articulaciones nasales implosivas, en cuatro subzonas en términos de pospalatal, velar, posvelar y uvular, que tampoco es definitiva si tenemos en cuenta que ante la serie de realizaciones vocales [i̯ i e a o u u̯] el punto exacto de articulación de un sonido consonante velar se desplaza progresivamente de delante hacia atrás (p. ej. quiero / kilo / queso / cara / coro / cura / cuero o, considerando la paralela variabilidad en la realización nasal implosiva, inquieto / anguila / manguera / pringado / gangoso / angustia / pingüino[19]), de tal manera que la distancia articulatoria entre estos sonidos “velares” ante [i̯] y ante [u̯] (p. ej. quiero / cuero, inquieto / pingüino o también Siguiente / Sigüenza), por ejemplo, lejos de ser calificable de “milimétrica”, abarca de hecho varios centímetros. Hemos de pensar que la existencia de oposición fonológica entre los dos fonemas de realización vibrante frente a su ausencia entre las señaladas variantes alofónicas en posición implosiva se halle detrás del reconocimiento de la antedicha diferenciación, menos que minúscula, entre el punto exacto de articulación de los sonidos [ɾ] y [r] frente a la renuncia a señalar subzonas articulatorias en la región velar. Y a parecida reflexión debe llevar la misma renuncia por parte de quienes reconocen entre articulaciones consonantes nasales otra distinción no menos milimétrica como es la señalada entre los sonidos nasales de ancho y año, punto este sobre el que volveremos (cfr. infra § 6).

5. “Líquidas” / “sonantes”

Alarcos Llorach (19504: § 114) mantuvo en la edición definitiva de su Fonología la denominación de líquidas para las unidades del conjunto fonemático /l ʎ ɾ r/, que presentaba como integrantes de la primera de cinco “series fundamentales”, junto con las de “nasales”, “sonoras”, “fricativas” y “oclusivas” (todas ellas “no líquidas”, cfr. ibid.) y a las que, como hemos visto (cfr. supra § 2 tabla 1), atribuyó, sobre la base jakobsoniana, los rasgos que denominaba vocal y consonante. Antonio Quilis dedicó reiteradamente a las unidades líquidas un capítulo específico (cfr. Quilis 1981: cap. x; 1993: cap. x; 1997: § 5.5), señalando la rehabilitación de esta denominación desde la fonética acústica para incluir bajo ella “las consonantes laterales y las vibrantes” (Quilis 1993: § 10.1) y caracterizándolas también como poseedoras de rasgos vocálicos y consonánticos desde el punto de vista acústico: “como vocales, solamente tienen una fuente armónica; como consonantes, aparecen zonas de antirresonancia en su espectro” (ibid.). Gómez Asencio (1993) dedicó a los fonemas líquidos un estudio particular. La toma en consideración de dicho conjunto fonemático, al que también nosotros hemos dedicado un estudio específico (Veiga 2002b), no es en modo alguno inhabitual en la investigación sobre fonología del español[20].

La RAE, en su Esbozo (RAE 1973: § 1.2.1,e), mantuvo la consideración de líquidas para las unidades de realización vibrante o lateral, si bien, dando cabida a los rasgos SPE, las introdujo, conjuntamente con las nasales y “ciertas articulaciones de deslizamiento” en el grupo de las que llamó sonantes[21], que siguiendo la propuesta de Chomsky y Halle (1979: § III.3.1) se opone directamente al conjunto de obstruyentes[22].

Sobre el recurso a un término como sonante, hemos de comenzar recordando que Saussure (1916: 87-8) lo empleó en francés (en su forma gramatical femenina: sonante), en contraposición a consonante[23], para diferenciar lo que presentaba como dos funciones silábicas diferentes. Posteriormente Hála (1961) volvería a hablar de sonante / no sonante o sonántica / no sonántica[24] con referencia a la estructura de la sílaba, distinguiendo consonantes sonánticas y no sonánticas (1961: 25-6) ―Fernández Ramírez (1951: § 6.3) había precisado que no todo sonido sonante, en el sentido de nuclear de sílaba, ha de ser necesariamente un sonido vocal― y Coseriu (1973: § 4.2.4) propondría diferenciar sonantes frente a asonantes, de nuevo desde el punto de vista distribucional[25]. Por su parte, la NGLE pasará a englobar el estudio de las dos subclases de fonemas líquidos ―laterales y vibrantes― junto con la de los consonantes nasales en un mismo capítulo, el sexto, que dedica a “las consonantes sonantes”, en el cual, y más que llamativamente ya al primer vistazo, las secciones dedicadas a los dos primeros (respectivamente NGLE § 6.2-4 y 6.8-10) ni siquiera son dispuestas sucesivamente, sino que entre ambas los responsables del volumen han introducido la dedicada al estudio de los sonidos y fonemas consonantes nasales (§ 6.5-7).

La última gramática académica ha retomado, pues, de hecho, un concepto ya admitido en el Esbozo, si bien eliminando del conjunto de sonantes las problemáticas unidades con “deslizamiento” e introduciendo en su descripción una pareja de rasgos en términos de ±sonante, apoyada inconsecuentemente en hechos en buena medida acústicos ―como la presencia o ausencia de explosión o ruido de fricción para diferenciar obstruyentes de sonantes (NGLE: § 2.8e)[26]― en el marco de una obra que declara situarse en la línea de una fonología de base articulatoria[27].

Entre el Esbozo y la NGLE, la propuesta de integración de los segmentos fónicos líquidos (vibrantes y laterales) junto con los nasales en el conjunto de sonantes fue admitida por diferentes autores[28], como posteriormente por, por ejemplo, Fernández Planas (2013: § 3.3), Campos-Astorkiza (2014: § 3.2) o Clegg y Fails (2018: 138-9) ―quienes emplean el término sonorantes[29]―. Es, por otra parte, sintomática la postura de Gil Fernández (1988: § 5.6.5,7) al añadir los segmentos vocales al referido conjunto, en el que incluyó los sonidos que “funcionalmente pueden desempeñar el papel de núcleo silábico o centro de la sílaba”, evidenciando la autora en estas palabras la raíz distribucional de un concepto como el de sonante en su propio pensamiento[30].

6. La subclase fonemática consonante nasal. Análisis funcional y primeras observaciones

Revisando nuestra presentación de la subclase consonante nasal del español[31], defendemos la siguiente clasificación para los fonemas consonantes nasales:

Tabla 4
Los fonemas consonantes nasales del español

FONEMAS “NASALES”

{+cons. −voc. −cont. +inter. +nas.}

±denso..........................

(−)

(+)

±grave..........................

(−)

/n/

(+)

/m/

/ɲ/

Esta interpretación muestra la condición no marcada del fonema /n/ ―cuyo representante fonético [n] es el sonido nasal más frecuente en castellano y el más extendido representante del archifonema nasal /N/ en posición final ante pausa[32]― dentro del triple conjunto, así como la más marcada de /ɲ/, el fonema consonante nasal de aparición más restringida en castellano, que, para empezar, en muy pocos casos figura en posición inicial de palabra[33] y nunca en inicio de sílaba tras consonante, al contrario que /m/ o /n/ (arma, asno, cfr. Hualde 2022: § 4.5).

Como hemos anticipado (cfr. supra § 1), no todos los estudiosos de fonología del español han diferenciado la articulación palatal de /ɲ/ de la prepalatal que corresponde a la (archi)unidad nasal implosiva cuando sigue otro sonido de articulación palatal, la que transcribimos [ɲ+] y se registra en ejemplos como ancho, nyuge, conllevar y, sobre todo, en casos de fonética sintáctica del tipo un chico, un yate[34], un llavero, un ñandú.

Seguimos (cfr. Veiga 2019: § 2.2) sin albergar mayores dudas sobre la importancia de los hechos fonológicos tras la detección de ciertas diferencias “milimétricas” (cfr. supra § 4). La misma ignorancia de las posibles distinciones articulatorias apreciables en la tan extensa región velar podría señalarse en más de uno de los autores que no han dejado de señalar la tan pequeña distancia articulatoria entre los sonidos nasales de año y ancho[35], a los que la NGLE (§ 6.7c) se ha referido respectivamente en términos de palatal y palatalizada (“linguopalatal” y “linguopalatalizado” en Quilis y Fernández 1964: § 10.2.2[36]) y que, tanto para quienes, sobre la base de los hechos funcionales, tomamos en consideración el fenómeno de la neutralización como en la línea seguida en la práctica por la obra académica, corresponden a dos unidades de sistema diferenciadas, sean el fonema /ɲ/ frente al archifonema nasal /N/, sean el antedicho fonema directamente frente al también fonema /n/. En cualquier caso, queremos insistir (cfr. Veiga 2019: 2.3) en lo llamativo del recurso a la sufijación en el caso de palatalizado por parte de unos autores que, al señalar variantes fonéticas como [m ɱ n̪+ n̪ ŋ] respectivamente ante consonante de articulación bilabial, labiodental, interdental, dental o velar en ningún modo han hablado de un sonido nasal “bilabializado”, “labiodentalizado”, “interdentalizado”, “dentalizado” ni “velarizado”.

En otro orden de cosas, queremos destacar una vez más (cfr. Veiga 1995: n. 9, 2019: § 3) que la realización alveolar [n] ante otro sonido consonántico igualmente alveolar (cfr. ansia, innato, enlodar, honrado) no deja de constituir un caso de asimilación de zona de articulación de un segmento nasal en posición implosiva no ante pausa ―lo que Harris (1969), recordemos (cfr. supra n. 22), negaba ante unidades nasales o líquidas[37]―, con la particularidad de que en este caso, por razones más que obvias, dicha asimilación no acarrea un cambio articulatorio frente a la señalada realización nasal de aparición más frecuente, la que en las situaciones de distinción funcional máxima corresponde al fonema no marcado /n/.

7. Alófonos nasales, unidades fonemáticas y atribuciones de rasgos fonológicos

Por supuesto, las teorías fonológicas que consideran la existencia de algún tipo de neutralización entre fonemas nasales en posición implosiva atribuyen al resultante archifonema /N/ las distintas realizaciones fonéticas registrables en dicha posición, esto es, todas excepto [ɲ] para quienes, como es nuestro caso, reconocen la antedicha diferenciación entre dicho sonido y el prepalatal de ancho, etc. y pura y simplemente todas para quienes, como Alarcos Llorach (19504: § 116), no establecieron tal diferencia e interpretaron como simplemente “palatal” este último sonido[38]. Por nuestra parte, al archifonema nasal asignamos todas y cada una de las realizaciones que pueden registrarse en la antedicha posición implosiva, individualizando la prepalatal [ɲ+]. Así, nuestra interpretación fonológica de los ejemplos que hemos utilizado ya en § 1 es la ilustrada en la tabla 5.

Tabla 5
Realizaciones fonéticas de /N/

Ejemplos

Transcr. fonética

Transcr. fonológica

campo

[ˈkampo]

/ˈkaNpo/

enfermo

[ẽɱˈfeɾmo]

/eNˈfeRmo/

onza

[ˈõn̪+θa]

/ˈoNθa/

canto

[ˈkan̪to]

/ˈkaNto/

cansino

[kanˈsino]

/kaNˈsino/

ancho

[ˈãɲ+ʧo]

/ˈaNʧo/

ganga

[ˈgaŋga]

/ˈgaNga/

Insistiremos en que el simple factor distribucional de la posición implosiva es, con independencia del contexto fónico, el desencadenante de la neutralización conjunta de las oposiciones actuantes entre fonemas consonantes nasales desde el momento en que en dicha posición no resulta posible ninguna conmutación entre sonidos de realización consonante nasal, condicionados por la norma ante pausa con el resultado mayoritario [n] y el velar [ŋ] en ciertas áreas de la geografía lingüística del castellano[39] y, con carácter general, dependientes de la zona de articulación del sonido siguiente cuando figuran directamente ante otra articulación consonántica. No vemos, pues, base para establecer en uno y otro caso dos tipos de neutralización, como defendió Alarcos Llorach (19504: § 58), ni para pretender como Quilis (1985: § 3.3, 1993: § 7.3.6) o Martínez-Celdrán (1989: 51) que dicho fenómeno afectase exclusivamente a la oposición /m/-/n/, señalando o implicando distribución defectiva de /ɲ/ en la antedicha posición ante la ausencia del sonido [ɲ], lo que, insistamos, viene a suponer confusión entre realización fonética y unidad fonemática[40].

En cambio, otros autores, señaladamente quienes no toman en consideración la neutralizabilidad de las señaladas oposiciones en posición implosiva, atribuyen directamente al fonema /n/ los diversos (o parte de los diversos[41]) alófonos nasales registrables en dicha posición[42], entre ellos, el alófono velar [ŋ] (ancla, ganga, un carro, un gato…), de realización más retrasada que el sonido palatal [ɲ], representante del correspondiente fonema /ɲ/, con la inicial paradoja de señalar una realización tan retrasada como la que corresponde a una zona “velar” para un fonema cuyo representante canónico es descrito, en unos u otros términos, como “alveolar” y existiendo en el medio otra zona de articulación, la palatal, más próxima a la del antedicho alófono que la propia del fonema a que se quiere atribuir.

Tal fue ya la actitud de Hara (1973), autor que admitía el fenómeno de la neutralización con, a nuestro juicio, excesivas restricciones (cfr. Veiga 1993: § 3.3). Para el investigador japonés ―que, recordemos, se encuentra entre quienes, como Navarro Tomás, señalaron la realización propiamente palatal [ɲ] en posición implosiva― todos los sonidos nasales implosivos correspondían al fonema /n/. Ello implica que atribuyó las realizaciones bilabial [m] y palatal [ɲ] a dicho fonema en tal posición, mientras en inicio de sílaba corresponden a los fonemas /m/ y /ɲ/. Seguimos planteándonos, en consecuencia, en qué rasgos podía estar pensando este autor para establecer las oposiciones entre los tres fonemas nasales /m n ɲ/, y considerando que no podría ser en diferencias de zona de articulación, pues, si así fuese, /n/ no podría presentar alófonos bilabiales ―localización que corresponde a las realizaciones de /m/― ni palatales ―localización que corresponde a las de /ɲ/―[43].

De hecho, las atribuciones directamente a /n/ de las realizaciones nasales implosivas entroncan con un pensamiento forzosamente “prefonológico” como el de Navarro Tomás, quien, diez años antes del nacimiento de la fonología, afirmó literalmente que ante consonante no alveolar «la n puede resultar […] según los casos, bilabial, […], labiodental, […], interdental, […], dental […], palatal […] y velar […]» (Navarro Tomás 1918: § 110). Obviamente el maestro de la fonética española partía de atribuir a la letra n una determinada pronunciación (la derivada de la articulación alveolar en cuanto a su zona de articulación) y no podía plantearse un cambio de unidad en ningún caso en que una alteración articulatoria carezca de lo que más tarde se entendería como valor fonológico, aun cuando Navarro estaba, como hablante de la misma lengua que describía, percibiendo implícitamente los hechos fonológicos.

Seguimos reconociendo este mismo punto de partida “impresionista” (cfr. Veiga 2019: § 7.2, n. 35) en descripciones más o menos modernas que insisten en adscribir a una unidad fonemática transcrita /n/ realizaciones que no pueden corresponderle si partimos de su caracterización fonológica frente a /m/ o /ɲ/ allí donde se establecen las oposiciones que permiten reconocer la existencia de estas tres unidades[44].

Este viene a ser también el caso de la NGLE, que ofrece la transcripción /n/ para la unidad fonemática representada en la escritura mediante la letra n en los ejemplos inverosímil y tango (NGLE: § 1.2c), respectivamente bilabial y velar. La gramática académica atribuirá a /n/ los rasgos articulatorios +anterior y –distribuido (NGLE: § 2.8c), teniendo que recurrir a la aplicación de ciertas “reglas” para explicar las realizaciones concretas [m] y [ŋ], que no ofrecen los antedichos rasgos propuestos para caracterizar /n/, recordándonos en la práctica la “manipulación” de los rasgos de localización a que elocuentemente (“many phonological rules […] manipulate all the place features at once”) se había referido Hayes (2009: § 4.6.6) cuando precisamente ejemplificaba con “underlying /n/” en español. Previamente D'Introno et al. (1995: 335) asignaron a /n/, en la representación “fonémica” del ejemplo imposible, el segmento nasal implosivo realizado [m] y representado en la escritura en este caso por la letra m[45]. A /n/ atribuyeron, entre otros, los rasgos SPE +anterior, +coronal y +distribuido, todos ellos relacionados con la zona de articulación[46], para seguidamente (1995: 336 [ej. (14)]) sustituir los dos últimos por las correspondientes respuestas negativas, acordes en lo fonético a la realización bilabial [m], pero sin haber presentado previamente la aplicación concreta de regla alguna “de redundancia” al respecto ni haber realmente justificado el porqué de la atribución de dicha realización bilabial al mismo segmento /n/ al que se asignaron los antedichos rasgos +coronal y +distribuido y cuyas contrapartidas negativas (precisamente por serlo, ergo sus oponentes fonológicos) de ninguna manera podrían ser defendidas como respectivas propiedades redundantes (cfr. Veiga 2019: § 7.1).

Hemos de reparar, en relación con la obra comentada, en que sus autores reconocieron coherentemente la redundancia de la sonoridad entre los rasgos fonéticos que acompañan a las realizaciones consonantes nasales, exponiendo literalmente, en su marco teórico derivado del modelo SPE (Chomsky y Halle 1968), que

[…] el rasgo [+Nasal] es imprescindible para la descripción fonológica del tercer segmento en cama porque ese segmento no es oral, como lo es el tercer segmento de capa, pero su sonoridad no lo es: se deduce del mismo rasgo [+Nasal]. Por ende [+Sonoro] es un rasgo redundante con respecto al rasgo [+Nasal], y no hace falta especificarlo en la descripción fonológica de /m/, de hecho, se puede dejar sin especificación y se puede introducir en el nivel fonético por medio de una regla de redundancia (D'Introno et al. 1995: 321),

regla que formularon [+Nasal]→[+Sonoro] y aplicaron más adelante, en su antedicha propuesta analítica de imposible al segmento que interpretaron como /n/ (D'Introno et al, 1995: 335 [ej. (13), regla t]). Muy diferente es la postura al respecto de la NGLE, que partiendo de la simple observación del hecho fonético de la vibración de cuerdas vocales en las realizaciones fonéticas correspondientes a las unidades fonemáticas consonantes nasales (como en general, a todas las “sonantes”), les atribuye directamente como “distintivo” el rasgo +sonoro[47], que figurará como tal en la tabla que ilustra los rasgos distintivos de los “segmentos consonánticos sonantes nasales del español” (op. cit.: § 6.5d, fig. 15)[48]. La NGLE procede aquí a la identificación directa de un rasgo puramente fonético con la hipotética presencia de un rasgo fonológico cuya funcionalidad no solamente no es verificada por medio alguno, sino que la propia mención de la sonoridad como propiedad (fonética) común a la producción de cualquier unidad “sonante” invalida la defensa de toda posible distintividad (fonológica) en el seno de este conjunto fonemático al no existir en él unidades de realización sorda oponibles a las de realización sonora (cfr. Veiga 2019: § 6).

8. Alófonos laterales, unidades fonemáticas y atribuciones de rasgos fonológicos

Respecto de la oposición entre los dos fonemas de realización lateral /ʎ/-/l/, poco habríamos de añadir, para empezar, a nuestras observaciones sobre la propuesta en su día efectuada por Martínez-Celdrán (1989: § 2.2.1, 2.2.5.2) en el sentido de presentarla en términos de tenso / flojo, propuesta que, aun suponiendo una descripción más económica de la clase fonemática líquida (con la misma oposición actuando en las subclases vibrante y lateral), exige una interpretación fonológica dispar para distintos subgrupos de fonemas que basan sus oposiciones en los efectos de diferencias de zona de articulación (cfr. Veiga 2002b: § 4.3). Sobre esta cuestión, las críticas de Gómez Asencio (1993: § 3) y la rectificación de Martínez-Celdrán (2001), cfr. ahora López Gavín (2022: § 3.2), quien recapitula que la citada opción interpretativa “acarrea más problemas a la descripción del sistema que beneficios su supuesta economía fonológica”.

Como fácilmente se puede verificar, la oposición entre los dos fonemas de realización lateral solamente funciona en inicio de sílaba, tanto tras pausa (p. ej. lloro / loro, cfr. supra § 3) como en medio de palabra (p. ej. valla / bala, cfr. supra § 2), e interpretamos todas las posibles apariciones de un sonido lateral en situaciones en que no es posible conmutación alguna entre realizaciones pertenecientes a esta subclase como evidencias de neutralización fonológica con la aparición de /L/ como archiunidad resultante. En posición implosiva dicho archifonema puede ofrecer hasta cuatro realizaciones alofónicas diferenciadas, dada la asimilación general que los sonidos laterales experimentan en dicha posición cuando van directamente seguidos de otro sonido consonántico cuya articulación no sea labial ni velar (Tabla 6):

Tabla 6
Realizaciones fonéticas de /L/

Ejemplos

Transcr. fonética

Transcr. fonológica

dulce

[ˈdul̪+θe]

/ˈduLθe/

alto

[ˈal̪to]

/ˈaLto/

bolsa

[ˈbolsa]

/ˈboLsa/

colcha

[ˈkoʎ̟ʧa]

/ˈkoLʧa/

Como en el caso ya visto de las realizaciones nasales en posición implosiva (cfr. supra § 6), hemos de subrayar que la articulación alveolar en secuencias fónicas como bolsa [ˈbolsa], el saco [elˈsako], el niño [elˈnĩɲo] o el rey [elˈrei̯] también constituye un caso de asimilación al sonido siguiente en cuanto a su zona de articulación, aun cuando, por coincidir en este caso dicha zona con la que manifiesta cualquier sonido lateral alveolar implosivo ante pausa (local [loˈkal] o bien en posición “explosiva agrupada” (flota [ˈflota], blanco [ˈblaŋko], claro [ˈklaɾo]), dicha asimilación pueda pasar inadvertida al no producirse ninguna alteración respecto de la realización propia del fonema /l/ y prototípica (la no condicionada contextualmente) en el caso del archifonema /L/[49].

Por supuesto, en las variedades de español en que no existe el fonema de realización lateral palatal /ʎ/ (que en este aspecto responden a la realidad fonológica compartida por un mayor número de hablantes), las diversas realizaciones laterales implosivas corresponderán al único fonema /l/ (cfr. p. ej. las posibilidades asimilatorias señaladas para dicho fonema por Clegg y Fails 2018: 343). No obstante, en descripciones del sistema fonológico “distinguidor” o no “yeísta” (cfr., p. ej. NGLE: § 6.2a, 6.2d) tampoco faltan ejemplos de atribución a /l/ de las referidas realizaciones por parte de autores que no consideran en este caso el fenómeno neutralización, como es el caso de Martínez-Celdrán (1989: 92; 2000: § 2.5.1), Quilis (1993: § 10.3.1) o Caudmont (1995: § III). También la NGLE (§ 6,4ñ) atribuye a /l/ las variantes allí transcritas [lθ] (interdental), [l̪] (dental) y [lj], esta última caracterizada en términos de “palatalizada” y “distinta de la lateral palatal [ʎ]”[50]. La misma atribución a /l/ de cualquier realización lateral implosiva encontraremos en Gabriel, Meisenburg y Selig (2013: § 2.5.1.4), quienes no individualizan la variante interdental (que identifican con la dental).

En cuanto a la atribución a los fonemas de realización lateral de rasgos fonológicos binarios por parte de la última gramática académica, lo primero que nos llama la atención es su inconcebible clasificación como no continuos (“[–continuo]”), con el resultado justamente inverso de la aplicación lógica de los rasgos jakobsonianos y respaldando dicha caracterización en, sic, “la presencia del obstáculo mencionado” (NGLE: § 6.2b), en alusión a “algún tipo de obstáculo” en la pronunciación de los distintos alófonos “sonantes” que ha valido a las correspondientes unidades fonemáticas su caracterización como poseedoras de rasgo “[+consonante]” (§ 6.1d). No podemos entender que la coherente interpretación, en el sentido “consonántico” de raíz jakobsoniana, de la presencia de un obstáculo en la articulación de un sonido sea reinterpretada de manera totalmente ad hoc en otro sentido que implica convertir “no continuo” en sinónimo de “consonante” y, en consecuencia, debiera impedir la admisión de unidades consonantes continuas.

Por lo demás, la NGLE (§ 6.2b) incurre en un error de base, que hemos señalado en su descripción de las unidades nasales (cfr. supra § 7), al atribuir también a los dos fonemas de realización lateral un rasgo +sonoro cuya funcionalidad no es (ni puede ser) verificada[51], así como de hacer partícipes a ambos de un rasgo coronal que, precisamente por ser común, no puede jugar sino un papel redundante en el seno de este subconjunto fonemático[52]. La asignación como fonológicos de rasgos en realidad redundantes por parte de la NGLE a las unidades fonemáticas laterales ha sido también señalada por López Gavín (2022: § 3.2) en su atribución de distinta respuesta a una pareja ±distribuido para dos fonemas ya diferenciados sobre la base de ±anterior, diferenciación esta última plenamente acorde, en términos articulatorios, con el fundamento de la oposición fonológica que, en formulación de base acústica, Jakobson y sus colaboradores denominaron difuso / denso, la única que consideramos funcional en el interior de la subclase líquida lateral (cfr. supra § 3).

9. Alófonos vibrantes, unidades fonemáticas, inadecuaciones terminológicas y atribuciones de rasgos fonológicos

La NGLE deja, como hemos anticipado, para el último lugar la presentación y estudio del conjunto de unidades que denomina “róticas” (desde la difusión del término inglés rhotics; p. ej. en Ladefoged y Maddieson 1996: cap. 7, Roca y Johnson 1999: cap. I.3, § 7 o Hualde 2005: cap. 11), mencionando la existencia en español de “dos segmentos róticos /ɾ/ y /r/” (NGLE: § 6.8a). Una afirmación así resulta comprensible, claro está, en el marco de una fonología que no contemple la existencia del fenómeno neutralización o bien no interprete las imposibilidades de conmutación de los dos sonidos vibrantes con resultado positivo como evidencias de neutralización (la NGLE no llega a plantear estas cuestiones). El término segmento, por otro lado, está siendo aquí implícitamente utilizado con referencia a unidades del plano fonológico, explícitamente transcritas entre barras, y del tipo de las que en nuestra consideración deben formularse como unidades fonemáticas segmentales mínimas con matrices de rasgos cerradas en la estructura del sistema, esto es, como fonemas.

La NGLE (ibid.) rechaza el empleo de las expresiones “vibrante simple” y “vibrante múltiple”, que en la descripción fonética usaba ya Navarro Tomás (1918: § 112, 113, 116, 117), señalando textualmente “el carácter contradictorio de la denominación vibrante simple y la tautología que supone referirse a una vibrante múltiple”. Sorprende que en una obra avalada por el conjunto de academias de la lengua española se utilicen estos términos ignorando que la definición de vibrante en el diccionario académico no implica en absoluto la producción de más de una oscilación[53], ello aparte de que la anterior gramática de la RAE, el Esbozo, sí había utilizado coherentemente el término vibración admitiendo su interpretación como movimiento único al afirmar que “[e]n la articulación vibrante, la lengua realiza sobre el órgano pasivo en su punto de articulación una o más vibraciones, cada una de las cuales interrumpe momentáneamente la salida del aire” (RAE 1973: § 1.2.1,c; expansión de caracteres en lugar de cursiva para destacar vibrante). Por otro lado, la alusión al uso habitual de los términos simple y múltiple (términos de raíz fonética, insistamos) en relación con los fonemas /ɾ r/[54] obvia la toma en consideración de la pareja de rasgos fonológicos (p. ej. tenso / flojo) que unos u otros autores hayan considerado base de la correspondiente oposición.

La resultante defensa en la NGLE (cfr. ibid.) de los calificativos percusiva y vibrante en lugar de las antedichas caracterizaciones fonéticas en términos de simple / múltiple nos hace pensar en la “seudotraducción” de vocablos propios de la investigación en lengua inglesa (p. ej. en Ladefoged y Maddieson 1996: § 7.2-3) como flap o tap frente a trill[55] (cfr. supra § 2, cita de Jakobson y Halle 1956: § 3.61, VII). Pero la inadecuación mayor que vemos en una propuesta de este tipo frente a la que parte de la designación común de vibrantes radica en que presenta implícitamente los dos subtipos de segmento fónico como pertenecientes a especies diferenciadas, cuando la realidad nos muestra que el simple aumento en la tensión articulatoria transforma la vibración simple en múltiple, como sucede en la pronunciación enfática en posición implosiva[56], donde el número de vibraciones es fonológicamente irrelevante. El análisis acústico de Martínez-Celdrán y Rallo (1995) condujo en su día, por otra parte, a parecida conclusión básica y a la defensa de [ɾ] y [r] como “dos sonidos que pertenecen a la misma categoría” y de que “por tanto, es interesante mantenerlos bajo la denominación tradicional de vibrantes” (1995: § 4), aun cuando posteriormente Martínez-Celdrán y Fernández Planas (2007) hayan querido destacar sus diferencias articulatorias, pero para en cualquier caso señalar que estas “no impiden que acústica y perceptivamente ambas vibrantes tengan un alto parentesco fonético y que desde este punto de vista pertenezcan a la misma clase de sonidos” (2007: 156, cfr. también Fernández Planas 2013: 316). Más recientemente, Blecua y Cicres (2019: § 2.1) sintetizarían que “the two rhotics are basically distinguished by the number of closure phases and can be described using the same criteria”, y en la perspectiva fonológica Clegg y Fails (2018: 351) señalarían oportunamente que “[l] os fonemas vibrantes presentan características generales en cuanto a los fenómenos de la oposición, la distribución y la fonotáctica”.

No creemos, en suma, que se gane nada renunciando a una designación común sobre la que se establezca la diferenciación entre dos realizaciones fonéticamente emparentadas, ergo con una base común, tal y como, las analicemos como las analicemos, revela su comportamiento fonológico, sobre todo si, insistamos, se ha llegado a partir de una irreal reinterpretación ad hoc de un término como vibrante.

En cuanto a la atribución de rasgos pertinentes a los fonemas de la pareja /ɾ r/, la NGLE (§ 6.8c-d) vuelve a llamar nuestra atención por asignarles, de entrada, y como a las restantes unidades “sonantes” (cfr. supra § 7), un rasgo +sonoro cuyo valor funcional no es nunca verificado en oposición a su contrario (que habría de ser, en formulación privativa, –sonoro), limitándose la obra académica a afirmar, sin comprobación alguna fonológicamente válida, que “[e]l rasgo relativo a la sonoridad presenta el valor [+sonoro]”, con lo que de nuevo la verificación de la existencia de sonoridad en el plano fonético está siendo directamente identificada con el supuesto valor fonológico de un determinado rasgo cuyo oponente no es realizado por unidad alguna del mismo subconjunto fonemático. Todas las unidades caracterizadas como sonantes en esta obra, así como todas las caracterizadas como vocales, ofrecen una normal realización sonora en cualquiera de sus representantes fonéticos, lo que impide probar la existencia de una oposición en términos de sonoro / sordo (o ±sonoro) en cualquier subconjunto de fonemas a que de entrada se haya atribuido un rasgo como +sonante; pero, recordemos (cfr. supra § 7), y como ya hemos hecho observar anteriormente (Veiga 2019: § 6), también en el caso de los fonemas nasales, o incluso de los vocales, la NGLE atribuye directamente valor fonológico a un rasgo únicamente verificado en el plano fonético.

Similar crítica habríamos de formular a la atribución a cada uno de los fonemas de realización vibrante de los rasgos +coronal, +anterior y +distribuido, como igualmente y en el mismo lugar nos muestra la gramática académica. Desde el momento en que no existen en español unidades vibrantes fonológicamente diferenciables sobre ninguna base que tenga que ver con la zona de articulación (alveolar, en términos generales), cualquier rasgo relacionado tal criterio es, en consecuencia, redundante.

Para terminar, la NGLE (§ 6.8c) busca oponer los dos “segmentos róticos del español” mediante la oposición continuo / no continuo, presentando /r/ como marcado frente a /ɾ/ sobre la base de tal oposición. Los argumentos allí expuestos son difícilmente comprensibles desde el momento en que se basa la respuesta positiva de /r/ en que en su realización “se precisa de un apoyo vocálico constante para la realización de sus alófonos y casi no se aprecia interrupción”, explicación más que ad hoc que implica la pretensión de que casi no se perciba interrupción nada menos que ante una realización como la del sonido vibrante múltiple, con su sucesividad de momentos de cierre (de “varias fases de abertura y cierre de los órganos fonatorios” nos hablará literalmente esta obra en § 6.9c), cuando para la caracterización de la unidad simple le ha bastado reconocer “una pequeña obstrucción a la salida del aire de brevísima duración” para atribuirle la respuesta negativa –continuo (§ 6.8c). Por otra parte, la alusión allí al citado “apoyo vocálico” o posteriormente, con referencia a las fases de abertura, a “una estructura formántica similar a la de las vocales adyacentes” remite, en todo caso, al rasgo vocálico atribuido a toda unidad funcionalmente líquida por parte de la fonología jakobsoniana.

Hagamos hincapié, para concluir, en que la NGLE ha venido a romper con la tradición terminológica hispánica admitiendo en sustitución de vibrante ―sin razón y contra el propio diccionario académico, como hemos visto― un término como es rótico, cuyo referente directo no es ningún tipo de propiedad fónica, sino el nombre de una letra griega, y cuya aplicación en esta obra nos es únicamente sugerida desde el punto de vista articulatorio cuando se nos dice que en “en el caso de las consonantes róticas el aire se expulsa a través del movimiento rápido y breve de la lengua” (NGLE: § 6.1b, versalitas originales), descripción perfectamente adecuada al concepto de vibrante, hasta el punto de que inmediatamente a continuación la misma obra nos aclara que “para la pronunciación de los sonidos consonánticos de las palabras aro [ˈaɾo] o arra [ˈara], las cuerdas vocales vibran […] bien una única vez, como en aro, bien repetidamente, como en arra” (ibid.). Obviamente, la NGLE no está aquí describiendo sino los conceptos de vibrante simple y vibrante múltiple, con utilización del mismísimo verbo vibrar, de tal manera que su posterior rechazo de las expresiones usadas por Navarro o Alarcos supondrá obvia inconsecuencia terminológica en el seno de la redacción del volumen.

10. El proceder de la NGLE. Últimas consideraciones y conclusiones

Como hemos visto (cfr. supra § 5), un criterio distribucional ha propiciado la difusión de una denominación como la de sonante y su aplicación a tipos fonemáticos que, en términos de lingüística general, no infrecuentemente aparecen ocupando el núcleo de la sílaba, para empezar, en el caso del idioma inglés[57], cuyos hechos lingüísticos y las descripciones y teorías surgidas sobre ellos se encuentran reiteradamente tras las propuestas que se van aplicando a la investigación sobre otras lenguas, sin que el ámbito de la lingüística hispánica constituya, ni mucho menos, excepción.

En lo que se refiere a la NGLE, la observación, para empezar, de los términos y conceptos manejados a lo largo del su tercer volumen (2011) nos sitúa ante una publicación que, en total discordancia con los planteamientos de los dos primeros ―en que aquí y allá eran tomadas en consideración posturas diferentes, incluso radicalmente enfrentadas, defendidas por unos y otros autores en el panorama de la investigación lingüística hispánica―, ha adoptado un punto de partida poco menos que unilateral que, en lo fonológico, supone la aceptación única de un modelo analítico y representativo muy determinado, el conocido como de la “geometría de rasgos” (Clements 1985), a partir de la atribución de valor fonológico a una serie de propiedades que en tantas ocasiones no pueden ser probadas como fonológicamente pertinentes y derivan directamente de la observación empírica de unas realidades fonéticas, evidenciando así una incapacidad teórico-metodológica para diferenciar fonética de fonología.

En el caso concreto de las subclases de unidades fonemáticas que han sido aquí objeto de nuestra revisión, el abandono de la toma en consideración de una clase fonemática “líquida” que agrupase las unidades en que la descripción jakobsoniana vio la conjunción de un rasgo consonántico y un rasgo vocálico ha llevado a la NGLE a algo más que a dar cabida a conceptos respaldados en un determinado marco teórico con el correspondiente olvido, si no desprecio, de otros marcos respetados en el panorama internacional de la investigación contemporánea, singularmente del que la historia de la lingüística ―también de la española en particular― ha mostrado como el más sólidamente establecido y desarrollado con resultados coherentes y definitorios del estudio fonológico, el que nunca renunció a sus raíces estructuralistas, aquellas que precisamente propiciaron y sustentaron en su día el nacimiento de la fonología como disciplina autónoma. El susodicho abandono de la idea de una clase fonemática “líquida” ―por otra parte bien conocida y explícitamente considerada también en líneas teóricas de raigambre anglosajona, como, para empezar, la idea de una “escala de sonoridad”, ya en Jespersen (1904) (cfr. también, p. ej. Clements 1990: § 17.2 o Larson 1990: § 0.1, con base en Jespersen[58]; para el español, cfr., p. ej. Martínez-Gil 1996: § 1-2 o Colina 2009: § 2.2.1)― lleva en la obra académica a presentar los conjuntos de unidades laterales y “róticas” en un plano de igualdad con las, propiamente consonantes, nasales hasta el punto de que ni siquiera en la ordenación de los correspondientes capítulos se han situado en yuxtaposición las dos primeras, pese a todas las evidencias de que, las interpretemos como las interpretemos y las caractericemos como las caractericemos, establecen entre sí un vínculo en la estructura del sistema que las distingue de cualquier otra subclase consonántica, constituyendo el conjunto fonemático a que Gómez Asencio (1993: § 0) se refirió en términos de “subsistema compacto y cerrado”. En efecto, fenómenos tan extendidos en la geografía lingüística del castellano como el rotacismo o el lambdacismo implosivos (p. ej. arguno, borsa, barcón, arboroto, úrtimo / amol, cuelpo, picaldía, pelmiso (apud Rivas Zancarrón y Gaviño Rodríguez 2009: § 2.2.1.5.4)[59], que suponen neutralización absoluta en la clase líquida (cfr. Veiga 2002b: § 5.2, n. 31) manteniéndose su individualidad frente a la subclase consonante nasal[60], las confusiones en el uso de unas y otras unidades a la hora de aprender español por parte de hablantes de lenguas orientales que no conocen más que un fonema líquido[61] o la mismísima evidencia de la existencia de una posición ―la explosiva agrupada― en que la fonotáctica castellana no admite más unidades portadoras de rasgo consonántico que las líquidas[62] (con neutralización, recordemos, de todas las posibles oposiciones entre ellas cuando precede /t/ o /d/) no han hallado reflejo alguno en la tan particular distribución de los contenidos entre los bloques de apartados 6.2-5, 6.6-7 y 6.8-10 del tercero y último, en su día tan esperado, volumen de la más reciente y abarcadoramente planificada edición de la gramática académica. Y ello pese a la mención explícita en dicho volumen de la proximidad fonética entre [l] y [ɾ] en un lugar determinado en que, una vez más, se confunde fonética con fonología al atribuir rasgos binarios no a unidades distintivas, sino a alófonos[63].

No podemos concluir sino lamentando la gran ocasión perdida que en la historia de la lingüística hispánica ha supuesto la publicación del aludido volumen, que, muy especialmente en relación con la fonología ―cuya esencia como disciplina lingüística no se manifiesta mínimamente entendida en las páginas que hemos sometido a estudio y revisión―, poco o nada ha podido aclarar ante la incomprensión de verdaderos hechos de relevancia fonológica, la reiterada indistinción de los valores fonológicos respecto de sus manifestaciones fonéticas y las utilizaciones ad hoc, y en contradicción no solo con una tradición investigadora, sino incluso en el interior de esta misma obra, de algún que otro término, con la inevitable confusión para quien acuda a sus páginas buscando determinadas informaciones o aclaraciones.

Financiación

Trabajo elaborado en el proyecto de investigación “Los sistemas fonemáticos del español: reexamen teórico y contribución al análisis fonológico del español americano” (ref.: FFI2017-88367-P). Una versión parcial de este estudio, con el título “Fonética y fonología de las unidades líquidas y consonantes nasales del español”, fue leída como comunicación en el XIV Congreso Internacional de Lingüística General, Universidad de Sevilla, 23-25/6/2021.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

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[1] Desde quienes solo han mencionado cuatro ―como, por ejemplo, y no siempre con idénticos resultados, Martinet (1960: § 3-18), Canfield (1981: 24), Akamatsu (1992: § 4.2.3), o Douchet (1982: 67), cfr. Veiga (1995: n. 6)― hasta Martínez-Celdrán (1984: § 4.3.2.2.3), que llegó a diferenciar once (como posteriormente, por ejemplo, López Gavín 2022: § 4.2.1.2).

[2] P. ej. Quilis y Fernández (1964: § 10.2.2), Harris (1969: cap. 2, § 2.2.1 y apéndice, A, § 2.3), Cressey (1978: fig. 1.1, § 1.2.5 y ss, 1980: § 2), Martínez-Celdrán (1984: § 4.3.2.2.3, 1989: § 2.2.1), Canellada y Madsen (1987: § 3.1, 3.4.2), Albalá (1992: § 1), Nowikow (1992: § 3.1), Quilis (1981: § 7.2.1, 1993: § 7.3.6, 1997: § 5.2.3-4), D'Introno et al. (1995: 118ss = tablas iii y iv, § 2.6.5.1), Núñez Cedeño y Morales Front (1999: 3), Hualde (2001: § 3.6, 2005: § 3.2.3, tabla 3.4, 10.2.1, 2014: § 2.3, 9.2.1), Hidalgo Navarro y Quilis Merín (2002: § 8.1.1.2, 2012: § 8.2.5), Gil Fernández (2007: § 7.2.2), Fernández Planas (2009), Gabriel, Meisenburg y Selig (2013: § 2.5.1.3), Campos-Astorkiza (2018: § 8.5), Clegg y Fails (2018: 326-335) o González (2020: § 2.1).

[3] No mencionado, por ejemplo, y frente a su discriminación entre las variantes nasales prepalatal y palatal, por Trager (1939) ni por Quilis y Fernández (1964). Harris (1969: cap. 2, § 2.3) transcribió [ʎ] el sonido lateral final de al en al hielo analizando de hecho el español culto hablado en Ciudad de México, carente de un fonema /ʎ/. Torres-Tamarit (2020: 14) empleará idéntica transcripción para el segmento lateral en el ejemplo el yeso; contrariamente, aun en el mismo volumen, González (2020: § 2.1) transcibirá [lj] (como también, p. ej. la NGLE, cfr. infra § 8) tanto en el caso de colcha como en el de el llanto. Canepari (2022: § 19.1) recurriría también al signo [ʎ] en sus transcripciones de el ñoño, el yunque y el hielo, mas no en el caso de colchón, en que hallamos el signo [l ̧].

[4] Aun cuando expuso que “[l]a pronunciación lenta y silabeada puede hacer que la n mantenga en estos mismos casos [ancho, etc. A.V.] su forma ápico-alveolar, más o menos palatalizada, sin asimilarse por entero al modo de articulación de la palatal siguiente” (Navarro Tomás 1918: § 122), si bien añadió esta precisión, ajena, como se ve, a la articulación común, al final del apartado que dedicó a la pronunciación de “la ñ”, que caracterizó como “palatal, nasal, sonora” sin efectuar diferenciación alguna entre posibles subzonas articulatorias ni proponer diferentes transcripciones fonéticas en uno y otro casos. Tampoco establecieron esta distinción, p. ej. Campbell [sin fecha], Alonso (1945: 241), Alarcos Llorach (1949: § 17, 19504: § 116, 1994: § 23), Gili Gaya (1950: 82), Fernández Ramírez (1951: § 3.3.2), Martinet (1960: § 3-18), Saporta y Contreras (1962: 30 y ss), Malmberg (1963: 134, 1967a: § 5, 1967b: 476), Foley (1965: 27), Sableski (1965: 32), Stockwell y Bowen (1965: 83), Hara (1973: 236-237), Lamíquiz (1973: § 5.4.6), El Esbozo (RAE 1973: 25), Alcina Franch y Blecua (1975: § 2.5.15), Macpherson (1975: § 9.13), Canfield (1981: 24), Mascaró (1990: 477), Nowikow y Szałek (2001: § 3.1), Blaser (2006: § 2.4.5, 3.4.2.1, tabla 3), Martínez-Gil (2014: § 2).

[5] La editorial madrileña Gredos llegó a publicar cuatro ediciones de este libro, respectivamente en 1950, 1954, 1959 y 1965, reimpresa esta última en diversas ocasiones (la más reciente en 2022, en el marco de la conmemoración del centenario del nacimiento de E. Alarcos Llorach). Citaremos en este trabajo tanto la primera como, sobre todo, la última. Sobre dichas cuatro ediciones de Fonología española, cfr. los comentarios de Perea Siller (2014) o Ramírez Quesada (2020: cap. iv, § 2.2-2.5).

[6] En las tres ediciones españolas (Ciencia Nueva, 1967; Ayuso, 1973; Ayuso / Pluma, 1980), sucesivas (re)impresiones de una misma traducción, se produjo en este lugar (§ 3.6.1, II) un salto de ojos que eliminó parte del texto, que seguidamente reconstruimos entre corchetes en la traducción de la cita completa: “Las vocales son vocálicas y no consonánticas; las consonantes son consonánticas [y no vocálicas; las líquidas son consonánticas y vocálicas], pues a la vez presentan un obstáculo y dejan paso libre en el canal bucal, con los efectos acústicos correspondientes; las vocales murmuradas de apoyo (glides) no son vocálicas y no son consonánticas”.

[7] Sobre el proceder de la NGLE en este punto, cfr. infra § 8. Recordemos, al respecto, que Navarro Tomás (1918: § 13, 111) llegó a calificar de fricativas las realizaciones fonéticas laterales; Martínez-Celdrán y Fernández Planas (2007: cap. 3, 2) las consideran “de tipo aproximante”, mencionando en su articulación una “oclusión” simultáneamente a la cual el aire sale de forma continua (lo que impide clasificarlas con “las oclusivas”). Es obvio que aquí han empleado con impropiedad el término oclusión en el sentido de ‘contacto entre órganos’, no en el de «cierre completo del canal vocal de una articulación» (DLE: s. v. oclusión).

[8] Por comodidad eliminamos en esta reproducción las cinco columnas correspondientes a los fonemas vocales.

[9] Autor que modificaría su opinión al respecto (cfr. Alarcos Llorach 1987: § 7, 1996: 281; cfr. también los comentarios de Ramírez Quesada 2020: cap. iv, § 2.7).

[10] La conmutación exige estrictamente la posición medial de grupo fónico, que no excluye que el sonido [ɾ] pueda ser final o [r] inicial de palabra. Ahí tenemos los ejemplos de Alarcos Llorach (19504: § 117) volver hojas [bolˈb̞eˈɾoxas] / volver rojas [bolˈb̞eˈroxas] (transcripciones nuestras, asimilación [ɾ]+[r] > [r] en el segundo caso) o el título del espectáculo del inolvidable grupo argentino Les Luthiers, escenificado a partir de 1999, Todo por que rías (humorístico ejercicio de paronomasia con la secuencia todo porquerías, con la que constituye un impecable par mínimo).

[11] Este hecho ha sido interpretado por una serie de autores como indicio de distribución defectiva del fonema /ɾ/ (cfr. Perea Siller 2022: § 4.3.2.1-3), en aplicación de una “concepción estrecha” (op. cit.: § 5.1) del fenómeno neutralización que viene a implicar la identificación de sonido con fonema. Vid. la clasificación tripartita propuesta por el autor citado en cuanto a las actitudes hacia la consideración de los conceptos de neutralización y distribución defectiva y su aplicación al análisis de las unidades vibrantes del español (Perea Siller 2022: § 6).

[12] Los ejemplos dulce, alto y colcha (cfr. supra § 1) ilustran otras posibles realizaciones alomórficas del mismo archifonema, respectivamente interdental, dental y prepalatal por asimilación, completa o no, a la zona de articulación del sonido siguiente.

[13] Cfr. Jakobson, Fant y Halle (1952: § 2.41), Jakobson y Halle (1956: § 3.6.1,III).

[14] Helenismos como atlas o atleta no parecen realmente pronunciados en en castellano con grupo explosivo [tl] fuera de una dicción calificable de esmerada o condicionada por la grafía. Nombres o términos mexicanos como Tlaxcala, chipotle o náhuatl) parten, por otro lado, de estructuras fónicas indígenas (en concreto, de la presencia en náhuatl de una articulación bisegmental con oclusión + segmento lateral a que la NGLE se refiere como consonante africada lateral alveolar sorda), que paralelamente ha sido adaptada en algunas palabras mediante el grupo [kl], normal para la fonotáctica castellana (p. ej. clacoyo, chicle, escuicle) o, en posición final, mediante la sílaba [te] (p. ej. chayote, elote, (ji)tomate) (cfr. NGLE § 4.7m, cfr. también § 8.6g).

[15] Un vocablo como adlátere o bien secuencias del tipo pared recta o actitud llorosa ofrecen combinaciones no tautosilábicas de realización consonante dental implosiva + líquida, y ello exclusivamente en pronunciaciones calificables de cultas, ajenas a las normas fonéticas comunes del castellano en cualquiera de sus variedades habladas.

[16] Cfr. ibid. sobre las defensas de distribución defectiva por parte de autores como Canellada y Madsen (1987: § 1.7) o Martínez-Celdrán (1989: 53) para este caso concreto. Quilis (1985: § 3.8, 1993: § 1.14, 1997: § 1.10) aceptó de hecho lo al respecto expuesto por Alarcos Llorach, aun sin citarlo expresamente.

[17] Pensemos, por ejemplo, en la conocida variabilidad fonética que afecta a los fonemas interpretables como líquidos no laterales, cuyas realizaciones a lo largo y ancho del dominio lingüístico hispanófono no siempre son vibrantes, con el resultado de los problemas interpretativos a que hizo referencia directa Gómez Asencio (1993: § 4). Por mucha “continuidad” que quiera reconocerse en una realización que haya sido descrita en términos de “fricativa” o siquiera de “aproximante”, tal realización siempre se diferencia de las propias de un fonema como /l/ en la medida en que nunca es “lateral” (Perea Siller 2022: § 3.3.1 hace hincapié en este punto aludiendo, en términos articulatorios, a la diferencia de “gesto del ápice lingual” entre ambos tipos de unidad fónica). Considerando, además, el funcionamiento siempre relativo de los rasgos fonológicos, la propia noción “vocálica” de las diferentes realizaciones señaladas para las unidades “vibrantes” puede ser salvaguardada si entendemos coherentemente que tal rasgo funciona por su esencia opositiva, con independencia de la contrapartida sustancial que más habitualmente se le viene señalando a partir de las interpretaciones jakobsonianas.

[18] El esquema “bidimensional” que el profesor de Oviedo introdujo aquí obedece en realidad a criterios de simplicidad representativa. Es cierto que en su primera lista de oposiciones fonológicas, Alarcos Llorach (loc. cit.) situó la que denominaba anterior / posterior antes de la que presentó en términos de simple / múltiple y que solamente presentó esta última a continuación de la que llamó lateral / intermitente, pero también lo es que entendía la primera como, entre fonemas líquidos, únicamente actuante en la pareja /l/-/ʎ/, y no oponiendo /ʎ/ a un triple conjunto /l ɾ r/. Por supuesto, en su presentación ordenada de las oposiciones no intervino un criterio único relacionado con su diferente rendimiento funcional.

[19] Y ello aun sin tomar en consideración una diferencia como la señalada por Martínez-Celdrán (loc. cit.) entre las articulaciones nasales en ungüento / enjuiciar o bien un cuento / Don Juan, propiamente uvulares ante la variante más retrasada del fonema /x/.

[20] Cfr. también, p. ej. Harris (1969: cap. 2, § 2.6, 1989: § 2), Quilis y Fernández (1964: cap. 11), Marcos Marín (1980: § 6.2.1), Martínez-Celdrán (1989: § 2.2.3, 2.2.5.2), Nowikow y Szałek (2001: § 3.2), Alba (2001: § 7.3.2), Hidalgo Navarro y Quilis Merín (2002: § 8.1.4, 8.3.1.1, 2012: § 8.2.6, 9.1), Hualde (2005: cap. 11, 2014: cap. 10), Gil Fernández (2007: § 7.2.2), Campos-Astorkiza (2018: § 8.6), Clegg y Fails (2018: cap. 16) o López Gavín (2022: cap. 3).

[21] Las motivaciones para esta agrupación no dejan de incluir algún argumento ad hoc o contradictorio. Las realizaciones nasales y laterales aparecen agrupadas inicialmente, y situadas explícitamente entre lo vocálico y lo consonántico, “[p]or sus cualidades acústicas, correspondientes al hecho de no interrumpirse la salida del aire durante su articulación y de salir este sin fricción ni turbulencia apreciable”, para añadir que “[c]on ellas suelen agruparse también las vibrantes por su impresión acústica”, pero para terminar clasificando conjuntamente las segundas junto con las terceras como líquidas (RAE, loc. cit.). En cuanto a las “consonantes con deslizamiento”, la citada gramática (RAE 1973: § 1.2.1-2, 1.3.4) se refería a las articulaciones allí transcritas [y] (p. ej. hiede, yacer, abyecto), [ŷ] (variante “africada” y enfática de la anterior o bien tras lateral o nasal; p. ej.: malhiere, enyugar) y [w̹] (p. ej. huésped, ahuecar) (cfr. op. cit.: 25-6). Observemos la paradójica clasificación como sonante de una realización fonética descrita como africada, tras haberse incluido expresamente este peculiar tipo articulatorio, junto con el oclusivo, en el conjunto de “consonantes obstruyentes” (RAE 1973: 18).

[22] Harris (1969: cap. 2, § 2.2.2) habló, por ejemplo, de asimilación de n a obstruyentes, pero no a nasales, líquidas o “glides”. Es curioso que aceptase estos términos pero no el de sonantes. Alba (2001: § 7.1) ha evitado también el uso de sonantes contraponiendo “obstruyentes” a “no obstruyentes” (caracterización negativa bajo la que agrupa unidades nasales y líquidas, cfr. 2001: § 7.3).

[23] Cfr. Veiga 1999: § 3, n. 11, 2002a: § 1.1. Las traducciones al español del Cours han hecho normalmente confluir en un mismo término, consonante, lo que en el original francés son dos distintos, consonante y consonne, el primero contrapuesto a sonante, como especificaciones de “des fonctions dans la syllabe”, y el segundo contrapuesto a voyelle para designar “des espèces différentes [de sons, A.V.]” (Saussure 1916: 87); cada uno, como vemos, con su significación específica en la obra de un lingüista que buscaba evitar una confusión “qui a longtemps regné” (ibid.), cuyas consecuencias no dejan de persistir obstinadamente. Amado Alonso, en su traducción al castellano de la obra saussureana (Saussure 1983), empleó un guion en el caso estricto de, sic, con-sonante como opuesto a sonante (1983: 128).

[24] Citamos los términos desde la versión castellana.

[25] Frente a vocales / constrictivas desde el paradigmático.

[26] Más adelante dirá que las consonantes sonantes “se caracterizan por que en su articulación el aire sale sin fricción ni turbulencia apreciables y las cavidades supraglóticas actúan como caja de resonancia. La onda sonora que constituye estas consonantes […] es periódica y presenta estructura formántica, rasgo que comparten con los segmentos vocales” (NGLE: § 6.1a). La base de esta descripción es, como bien se ve, y pese a su inicio, esencialmente acústica. Ya el Esbozo, en el apartado expresamente dedicado a la “[a]rticulación de las consonantes” (RAE 1973: § 1.2.1), había recurrido a la mención de cualidades acústicas a la hora de referirse al conjunto de “sonantes” (§ 1.2.1.e).

[27] La NGLE se ha permitido afirmar que “[l]os criterios utilizados actualmente por esta disciplina [la fonología, A.V.] para establecer las clases de rasgos son de carácter articulatorio” (NGLE: § 2.8e, versalitas y no cursivas en el original), en actitud de pretendida ignorancia hacia cualquier análisis contemporáneo de base acústica y frente a caracterizaciones como la aquí citada en la nota precedente.

[28] P. ej. Cressey (1978: § 1.2.5), Zamora Munné y Guitart (1982: § 2.14), Martínez-Celdrán (1984: § 4.1.1.2.1.2, 2000: § 2.4, 2001: § 3), Canellada y Madsen (1987: § 3.4.4) (usan la abreviatura “sonor.”, cfr. nota siguiente sobre sonorants), Martínez-Celdrán y Fernández Planas (2007: cap. 3) o Fernández Planas (2013: § 3.3).

[29] Cfr. ing. sonorants, p. ej. en Botma (2011), como ya en Chomsky y Halle (1968: cap. 7, § 3.2), quienes aplicaron el término a “sounds produced with a vocal tract cavity configuration in which spontaneous voicing is possible” (definición recogida por Trask 1996: s. v. sonorant) e incluyeron en este conjunto a “vowels, glides, nasal consonants and liquids”. Cfr. también Roca y Johnson (1999: cap. 3) o Campos-Astorkiza (2014: § 3.2), autores que, dentro de este subconjunto general, siguen manteniendo la caracterización común como liquids para laterals y rhotics (cfr. Roca y Johnson 1999: cap. 3, § 5-7, Campos-Astorkiza 2014: § 3.2.2), igualmente así mencionada, p. ej. por Wiese (2011: § 5.3).

[30] En cambio, Martínez-Celdrán y Fernández Planas (2007: cap. 3, § 4.1) incluyeron los segmentos fonéticos semivocales en el conjunto de sonantes mientras los separaron del de vocales, sin proporcionar explicación para su postura y reproduciendo al final del apartado el esquema de Martínez-Celdrán (2004: § 5) que integra semivocales junto con “róticas”, “laterales” y también “espirantes” (= las realizaciones sin oclusión de los fonemas /b d j g/) en un amplio conjunto de “aproximantes” establecido sin atención a los hechos fonológicos y que entremezcla realizaciones de unidades fonemáticas pertenecientes a las tres clases fundamentales existentes en castellano (cfr., p. ej. nuestras críticas en Veiga 2005: § 6) o, en la perspectiva general aplicada por los autores citados, y para empezar, segmentos “sonantes” y “obstruyentes”.

[31] A la que hemos dedicado algún estudio específico (Veiga 1994, 1995, 2019, cfr. también 2001: § 5.3.2, donde argumentamos a favor de la ordenación de oposiciones aquí reflejada en la tabla 4).

[32] La coherente interpretación del archifonema como el tipo de unidad fonemática que aparece donde alguna oposición se encuentra neutralizada explica sin problemas que un mismo sonido pueda, en diferentes circunstancias distribucionales, constituirse en alófono de un fonema y de algún archifonema, lo que, precisamente sobre el estudio de las unidades nasales del español (conjunto fonemático que había servido de clara ilustración en este sentido a Martinet 1960: § 3-18), no era admitido por Gómez Asencio (1992: § 2.1.1), quien invocaba las ideas martinetianas de los márgenes de seguridad y los campos de dispersión y veía problemas solamente resultantes de la imposible atribución de oponibilidad a un fonema y un archifonema pertenecientes a una misma subclase fonemática y que no pueden aparecer nunca en las mismas situaciones, sino en circunstancias diferenciadas donde funcionan distintos conjuntos de oposiciones. Su opción final de rechazar el archifonema /N/ y defender en su lugar un “cuarto fonema” nasal para el que llega a proponer la transcripción /n*/ y que adscribe exclusivamente a una “posición postvocálica” supone de hecho una interpretación “polisistematista” que, queriendo evitar el reconocimiento de una unidad de tipo archifonema, con matriz de rasgos abierta en la estructura del sistema, postula precisamente este tipo de unidad cuando atribuye al nuevo fonema los rasgos consonante y nasal (Gómez Asencio 1992: 388), esto es, los comunes a los tres fonemas nasales /m n ɲ/, los propios, pues, de una matriz “abierta” en el sentido en que hemos descrito el concepto (cfr. Veiga 1993: § 4, 2000: § 2.2, 2005: § 1.3, 2019: § 2).

[33] El adjetivo ñoño y sus derivados (ñoñez, ñoñería) vienen a constituir en castellano los únicos ejemplos de voz con /ɲ/- de uso corriente y propia de la lengua común, no marcadamente onomatopéyica, no señalable como término propio de alguna jerga o argot, no incorporada como préstamo de otra lengua ni reducida a variedades coloquiales o dialectales (cfr. Veiga 2019: § 2.1 para comentarios y ejemplificación).

[34] Notemos que Cressey (1980: § 2) describió la articulación nasal en un yate como propiamente palatal, diferenciándola así de la realizada en un chico, a la que se refirió como “palatoalveolar”. Canellada y Madsen (1987: § 4.4.1) defendieron similar distinción fonética, en términos de “prepalatal” y “palatal” entre un chico o ancho frente a un llanto o inyección. Similar distinción hallamos en Hualde (1989: § 2.1; ejemplos con chorizo y con llaves).

[35] Aun así, Quilis (1993: § 7.3.6) se refirió a la variante la primera de estas dos articulaciones como “totalmente diferente” de la segunda, hablando para aquella de “una [n] ligeramente palatalizada” tras haber precisado que en su realización “es la parte anterior del predorso lingual la que forma la oclusión bucal contra la región postalveolar”.

[36] Cfr. también Quilis (1993: § 7.2.3, 7.3.6); “[plenamente] palatal” y “palatalizado” en (Quilis 1981: § 7.2.1, n. 12); “palatal” y “palatalizada” en Quilis (1985: § 3.9.2,15), “linguopalatal o palatal” frente a “linguopalatalizada” o “palatalizada” en Quilis (1997: § 5.2.3, 5.2.4.6-7).

[37] Como igualmente ante glides en casos como los de nieto y nuevo (Harris 1969: cap. 2, § 2.2.1, cfr. apéndice A, § 2.3), pero en este caso el autor no tenía en cuenta la estructura silábica, como hubo de objetarle Hooper (1972) para señalar coherentemente que en español “nasals assimilate only before segments that begin syllables” (1972: 526), lo que implica, en cuanto a la posición ocupada por la propia unidad nasal, que esta solo puede experimentar asimilaciones en cuanto a su zona de articulación cuando figura en posición implosiva, mas nunca en posición explosiva, siga el sonido que siga (cfr. Veiga 1995: n. 9, 2019: § 3).

[38] Ramírez Quesada (2020: 392-3) apunta que “Alarcos actuó muy probablemente guiado por la presencia de variantes de todos ellos [segmentos nasales y laterales, A.V.] en la distensión silábica, al observar que el lugar de articulación deja de ser pertinente”. En cualquier caso, no olvidemos que partía de las descripciones fonéticas de Navarro Tomás (cfr. supra § 2).

[39] Cfr. Veiga (2019: § 1.2-3). Sobre la extensión de esta realización velar en España e Hispanoamérica cfr. Quilis (1993: § 7.8.1) o posteriormente la NGLE (§ 6.7g y ss.), que, en general, toma de Quilis sus datos. Sobre la realización -[m], señalada en la costa pacífica de Colombia y algún otro territorio hispanoamericano, cfr. igualmente Quilis (1993: § 7.8.1, n. 5) o la NGLE (§ 6.7i).

[40] El mismo Alarcos Llorach (19504: § 116) había entremezclado, de hecho, las nociones de neutralización y distribución defectiva al atribuir, por un lado, al archifonema /N/ las realizaciones fonéticas nasales implosivas ante consonante y a continuación mencionar que ni /m/ ni /ɲ/ son posibles en distensión silábica. Alarcos (ibid.) complicaba la explicación hablando del fonema /n/ como “representante fonético de la neutralización” (cfr. nuestras observaciones en Veiga 2019: § 4.1 y las previas de Gómez Asencio 1992: 383, n. 16). Cfr. infra § 8, n. 49 sobre paralelo problema en cuanto al archifonema lateral /L/.

[41] Trager (1939: § 5.2), que partía de los datos fonéticos de Navarro Tomás (1918), señaló la presencia de /m/ final de sílaba ante /p b f m/, atribuyendo así implícitamente a este fonema las realizaciones [m] y [ɱ], mientras defendía la del fonema /n/ “in syllable-final elsewere”, con lo que asignaba de hecho a /n/ cualquier otra posible realización consonante nasal registrable en posición implosiva. La primera de ambas atribuciones parece obedecer a criterios de similitud fonética que en vano encontraríamos en el caso de la segunda pensando sobre todo en las variantes prepalatal y velar (cfr. las observaciones en este sentido de Rodríguez Díez 1990: § 3). Sobre el proceder distribucionalista de Trager en relación con las unidades consonantes nasales, cfr. los comentarios de Ramírez Quesada (2020: 129, 139-40, 176). Alcina Franch y Blecua (1975: § 2.5.9 y ss.) nos sorprenden por hablar de neutralización “en [M]” (sic corchetes) para el caso de nasal ante bilabial, al lado de, en posición final (entiéndase absoluta), “una neutralización entre -m y -n que da un resultado [N]” (1975: § 2.5.9.1, sic de nuevo corchetes), para atribuir a /n/ las distintas realizaciones implosivas ante unidad consonántica (sin mencionar el caso concreto del sonido nasal ante palatal). Cressey (1980, cfr. 1978: § 3.1.1) admitiría la atribución de cualquier alófono nasal distinto de [m n ɲ] al fonema /n/ en la representación fonemática /un/, que “suponía” también en los casos restantes para la forma gramatical un, si bien aclarando que la representación de los correspondientes resultados “no nos interesa a los efectos de la presente discusión y para simplificar la exposición (sin afectar el análisis)” (1980: § 2). Dicha atribución resulta de hecho tan arbitraria como la similar que acto seguido reprochó a los estructuralistas americanos (cfr. ibid.).

[42] Hemos de señalar como caso aparte en este sentido la significativa postura de Alonso (1945: 242), quien se refirió con toda claridad al valor fonológico de las diferencias de zona de articulación entre consonantes nasales en inicio de sílaba frente a la ausencia de tal valor para dichas diferencias en posición implosiva, habiendo mencionado un único “signo”, en términos de “la n” (1945: 241), para aludir a lo que Alarcos Llorach y otros reconocerían posteriormente como el archifonema nasal /N/. Alonso, pues, reconocía de hecho la neutralización de cualquier oposición entre nasales (como entre fonemas vibrantes o laterales, cfr. 1945: 242-3) en distensión silábica aun sin hacer referencia explícita a este fenómeno estructural (Ramírez Quesada 2020: 81 aludiría a este aspecto de su teoría en términos de “un anticipo de la neutralización en español”).

[43] Cfr. Veiga (1993: § 5.3) para una más detallada crítica a esta opinión de M. Hara. Cfr. igualmente ibid. sobre la confusa interpretación de estos hechos por parte de Macpherson (1975).

[44] Gómez Asencio (1992: § 1.2) se refirió como “teórica y ontológicamente imposible” a la atribución a /n/ de alófonos como [m] y [ŋ], partiendo de la caracterización doblemente negativa del aludido fonema como –denso y –grave. El problema fue también planteado, en un marco teórico de raíz generativista, por Núñez-Cedeño y Morales-Front (1999: § 4.7), quienes han defendido que /n/ “carece, por lo general, de articulación propia, no porta su rasgo [coronal]” (cfr. infra n. 46); con ello hacen de hecho referencia al valor no marcado de /n/ en el seno de la subclase consonante nasal (cfr. supra § 6), pero al tiempo siguen atribuyendo a la misma unidad fonemática los diferentes alófonos implosivos registrables donde las oposiciones entre nasales se encuentran neutralizadas, tipo de interpretación cuyo rechazo ya había sido explicitado por Gómez Asencio (1992: § 2.2), aun desde el manejo de rasgos de base acústica.

[45] Como, por motivos meramente ortográficos (cfr. Ortografía: § 6.2.1.1), por n cuando sigue v; p. ej.: envidia [ẽmˈbid̞i̯a]

[46] Dejando aparte las traducciones al español de obras publicadas originalmente en inglés (p. ej. Chomsky y Halle 1968 [tr. esp. 1979]), Schane 1973 [tr. esp. 1979], Sommerstein 1977 [tr. esp. 1980]), en la lingüística hispánica hemos de mencionar la presentación de estos rasgos por parte de Guitart (1980): distribuido, “con una constricción relativamente larga, siguiendo la dirección de la columna del aire espirado”; coronal, “elevando la lámina o corona de la lengua por encima de la posición neutral”; anterior, “con un obstáculo localizado delante de la región palatoalveolar de la boca” (1980: § 7, rasgos 12, 19 y 20).

[47] Textualmente: “En la realización de las consonantes nasales, al igual que en la producción de las demás sonantes, las cuerdas vocales vibran, de modo que /m/, /n/ y /ɲ/ presentan el rasgo distintivo [+sonoro]” (NGLE: § 6.5a).

[48] Y recordemos que Gómez Asencio (1992: § 1.1) había rechazado explícitamente cualquier propuesta que incluyese el rasgo sonoro entre los atribuidos a los fonemas de este grupo.

[49] En relación con esta cuestión, mencionaremos que la admisión de una neutralización de la oposición entre los dos fonemas líquidos laterales en posición implosiva por parte de Alarcos Llorach (19504: § 116) se vio complicada, como en el caso de la paralela neutralización entre nasales (cfr. supra § 7, n. 40), al mencionar seguidamente el profesor de Oviedo la imposibilidad ante pausa del fonema /ʎ/ y la presencia allí de /l/ como, sic, “representante fonético de la neutralización”, presentando confusamente un fonema (así transcrito entre barras) como representante, destaquemos, “fonético” y también señalando literalmente no una efectiva neutralización, sino la distribución defectiva de otro fonema, problema que reclama su para nosotros obvia resolución por medio de la identificación del sonido [l] como realización fonética ante pausa del archifonema /L/.

[50] Ya Alonso (1945: 243) había atribuido a “la l” las posibles articulaciones laterales implosivas, incluso la presente en colcha, el llanto, el ñame, el yunque (ejemplos suyos), que, como Navarro Tomás, consideraba propiamente palatal; ello pese a haber dejado claro que la oposición entre fonemas laterales (/l/-/ʎ/) “que funciona en principio de sílaba no funciona en final” (ibid.).

[51] Ya Gómez Asencio (1993: § 3) había señalado la falta de razón de ciertos autores que asignaron el rasgo +sonoro a los fonemas líquidos del español “llevados por la presión de la sustancia fonética y por las realizaciones más frecuentes o, quizá, únicas”.

[52] Lo que parece ser un hecho universal si atendemos a la información que nos proporciona Hualde (1989: § 2.2) sobre articulaciones laterales.

[53] Citando la edición inmediatamente anterior a la publicación de la NGLE, en ella leemos: “Fon. Dicho de un sonido o de una letra: Cuya pronunciación se caracteriza por un rápido contacto oclusivo, simple o múltiple, entre los órganos de la articulación; p. ej. la r de hora es vibrante simple y la de honra vibrante múltiple” (DRAE 2001: s. v. vibrante, cursivas y negritas originales). La edición más reciente hace referencia explícita a “uno o varios movimientos rápidos de la lengua” (DLE: s. v. vibrante).

[54] Textualmente: “Aunque la terminología habitualmente utilizada en el ámbito hispánico se refiera a las consonantes róticas /ɾ/ y /r/ como vibrantes, simple y múltiple respectivamente […]” (NGLE: § 6.8a).

[55] “Spanish also has two rhotics, a tap /ɾ/ (vibrante simple) and a trill /r/ (vibrante múltiple)” (Campos-Astorkiza 2014: § 3.2.2, cursivas suyas; cfr. también Campos-Astorkiza 2018: § 8.6). “Normative Spanish varieties have two voiced apico-alveolar rhotics, the percussive tap /ɾ/ and the vibrant trill /r/” (Bradley 2020: § 1). “The distribution of the trill and the flap in Spanish is puzzling as this contrast is only found intervocalilcally” (Torres-Tamarit 2020: § 3.3). Sobre los términos tap, flap, trill... cfr. Martínez-Celdrán y Fernández Planas (2007: cap. 3, § 3.2). Hualde (2014: § 10.3.1) mantiene en castellano el uso del término vibrantes al lado de, sic entre comillas, “róticos”, haciendo referencia explícita a “una vibrante simple (o percusiva) /ɾ/ […] y una vibrante múltiple /r/” (ibid.). Akamatsu, refiriéndose en inglés a los fonemas vibrantes del español, ha empleado las expresiones simple tap y multiple tap, calificando como tap su rasgo fonológico común y por él presentado de hecho como exclusivo (cfr. Akamatsu 2019: § 16.8, 2021: § VII, VIII.5). Más recientemente Soares y Madureira (2022), escribiendo en portugués sobre los “róticos” del español, han utilizado directamente los anglicismos tap y trill. Los mismos términos reaparecen en Canepari (2022: cap. 18) aplicados a los dos tipos de rhotics en español.

[56] Cuya representación gráfica suele llevar al socorrido recurso a la reiteración del grafema r en ejemplos del tipo “¡Dos a cero en el marrrcadorrr!”.

[57] Cfr., p. ej. Jespersen (1909: § 16.42), Bell (1978: 158, n. 9), Akamatsu (2013).

[58] Y recordemos que Harris (1989: § 2), partiendo de los rasgos binarios SPE (Chomsky y Halle 1968), presentó su idea de una escala propia del español diferenciando cinco subconjuntos fonemáticos: consonantes no nasales < consonantes nasales < líquidos < vocales “altos” < vocales “no altos”.

[59] Los autores (loc. cit.) reclaman la consideración de este fenómeno (uno solo si atendemos estrictamente a sus consecuencias fonológicas como hecho de neutralización) no solamente en la perspectiva dialectológica, sino como “un hecho gradual que alcanza su mayor plenitud en el habla informal (más concretamente en el registro coloquial)”.

[60] Cfr. en este sentido, p. ej. Campos-Astorkiza (2018: § 8.6): “the process of liquid neutralization, or trueque de líquidas, that takes place in coda position is presented as evidence for the connection between rhotics and laterals”. Pero la NGLE se ha referido por separado a los antedichos fenómenos del rotacismo (en § 6.4b, 6.4o) y el lambdacismo (en § 6.10i).

[61] Cfr., en términos de lingüística general, la defensa de una única clase líquida ante la variabilidad “rótico”-lateral para un mismo fonema que menciona Wiese (2011: § 5.3) en coreano, maorí o japonés.

[62] Como también ha observado Campos-Astorkiza (2018: § 8.6): “these two types of sounds [laterals y rhotics, A.V.] share some similarities in their distribution since these are the only consonants that can be the second member of a complex onset”.

[63] “El rotacismo puede explicarse porque la única diferencia notable entre los dos sonidos radica en la realización del rasgo [–continuo], que se manifiesta como [+lateral] en el caso de [l] y como [–lateral] en el caso de [ɾ]” (NGLE: § 6.4o). Nueva aplicación ad hoc, por cierto, del concepto de no continuo, cuya posible manifestación (efectiva en este caso) en el sentido de vibrante debiera impedir en coherencia la curiosa atribución de continuidad al sonido vibrante tenso (múltiple).