«ENTRE UN OBSCURO BOSQUE DE LETRAS UNIDAS».
EL CONCEPTO DE PUNTUACIÓN ORTOGRÁFICA EN LAS OBRAS NORMATIVAS DE LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (1726-1999)

“AMONG A DARK FOREST OF UNITED LETTERS”. THE CONCEPT OF ORTHOGRAPHIC PUNCTUATION IN THE NORMATIVE WORKS BY THE
REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (1726-1999)

El concepto de puntuación ortográfica en las obras normativas de la RAE (1726-1999)

Francisco Alejo Fernández

Universidad de Extremadura

ORCID: 0000-0003-1897-1414

Recibido: 07-03-2021

Aceptado: 06-05-2021

https://dx.doi.org/10.12795/PH.2021.v35.i01.11

Resumen

Este artículo aborda el estudio diacrónico del concepto de puntuación ortográfica en las obras normativas de la Real Academia Española desde 1726, fecha de la publicación del «Discurso proemial de la orthographía castellana», y el año 1999, en que apareció la penúltima Ortografía de la lengua española. En la Ortografía de 2010, de la que no se ocupa este trabajo, confluyen precisamente la tradición que aquí describimos y las concepciones de las modernas corrientes de la lingüística. La puntuación ortográfica es un capítulo importante, no totalmente desarrollado, de la historia de la lengua española. En ella se reflejan las doctrinas lingüísticas (sintácticas, prosódicas, textuales y discursivas) y las ideas estilísticas de cada época, además de ser una parte esencial de la historia de la lengua escrita.

Palabras clave: historia del español, historiografía lingüística, Real Academia Española, ortografía, puntuación ortográfica.

Abstract

This article deals with the diachronic study of the concept of orthographic punctuation in the normative works of the Real Academia Española since 1726, date of the publication of the “Discurso proemial de la orthographía castellana”, and the year 1999, when the penultimate Ortografía de la lengua española came along. In the 2010 Ortografía, which is not studied in this work, precisely the tradition that we describe here and the conceptions of the modern currents of linguistics converge. The orthographic punctuation is an important chapter, not fully developed, in the history of the Spanish language. It reflects the linguistic doctrines (syntactic, prosodic, textual and discursive) and the stylistic ideas of each era, as well as being an essential part of the history of the written language.

Keywords: history of Spanish language, linguistic historiography, Real Academia Española, orthography, orthographic punctuation.

1. Introducción

La descripción y análisis de la evolución de la codificación ortográfica es un capítulo importante, no totalmente escrito, de la historia del español. Como es sabido, en él tiene un papel fundamental la Real Academia Española.

El objeto de este trabajo es el estudio de la evolución del concepto de puntuación en las obras normativas publicadas por la Real Academia Española desde su fundación hasta 1999. Dejamos para otro lugar el análisis de la Ortografía de la lengua española de 2010 (OLE 2010), obra en la que se dan cita la tradición normativa académica, que nos disponemos a abordar, y las aportaciones de la lingüística moderna. Nos proponemos describir el desarrollo histórico del concepto de puntuación mediante la observación, en las distintas series de obras académicas, de los elementos fundamentales que lo configuran como tal: lugar de los signos de puntuación dentro de la ortografía, definiciones, nómina y criterios de agrupación y clasificación, funciones, relación con la prosodia y la oralidad o con la sintaxis y el discurso, etc. Veremos, en definitiva, que la Academia se ha movido —siempre con rigor y con pasos medidos— entre la idea de que los signos de puntuación constituían un código ancilar de la prosodia, destinado, por tanto, a facilitar la lectura correcta en voz alta, y su consideración como un sistema cuya función prioritaria es la organización y la jerarquización de la información y, por tanto, más vinculado con las estructuras sintácticas y discursivas que con las funciones prosódicas.

Estudiaremos la puntuación en el sentido expresado por una de las acepciones incluidas en la 3.ª edición del Diccionario manual e ilustrado de la lengua española (1983-1985: s. v. puntuación), nunca admitida en el diccionario oficial de la corporación: «Conjunto de reglas y normas para puntuar bien». Obviamente, como decimos, la formulación de esas reglas exige decisiones de carácter lingüístico (especialmente, definir la relación entre escritura y oralidad) o determinar el concepto de signo ortográfico y los criterios de agrupación y asignación de funciones (por ejemplo, reflejar en mayor o menor grado la oralidad y la organización y jerarquización de las unidades textuales y discursivas). En definitiva, las normas son un reflejo de las concepciones ortográficas, lingüísticas (sintácticas, textuales y prosódicas) y estilísticas que la Academia ha manejado a lo largo de su historia. La contribución de los gramáticos y los lingüistas no académicos fue, asimismo, fundamental. Quede para otra ocasión ese estudio, que reflejará una relación dialéctica muy fructífera entre la Academia y los gramáticos ajenos a la corporación o que, perteneciendo a ella, publican obras ortográficas por su cuenta.

Lo que sigue es una primera aproximación a la historia de las ideas y de la práctica de la puntuación ortográfica. El estudio se circunscribe, como hemos dicho, a la labor de la Academia hasta 1999. Para ello, presentamos las obras ortográficas organizadas en estas series: 1741-1826, Ortografía de la lengua castellana (OLC); 1844-1866, Prontuario de ortografía de la lengua castellana (POLC); 1870-1931, Prontuario de ortografía castellana en preguntas y respuestas y Gramática de la lengua castellana (POCPR y GLC ); 1969 y 1974, Ortografía (Ortografía); 1999, Ortografía de la lengua española (OLE 1999); y 2010, Ortografía de la lengua española (OLE 2010)[1]. No obstante, empezamos con el análisis del primer acercamiento de la Academia a la materia, el «Discurso proemial de la orthographía de la lengua castellana», inserto en los preliminares del tomo I del Diccionario de Autoridades (1726: LXI-LXXXIV).

2. La puntuación en el «Discurso proemial de la orthographía castellana»

El «Discurso proemial de la orthographía de la lengua castellana» divide la materia ortográfica en dos partes. La primera, la ortografía de las letras, establece los preceptos para escribir pura y correctamente las voces, de acuerdo («en cuanto sea dable» [p. LXI]) con la pronunciación; a la otra le compete la «recta y legítima puntuación» (p. LXI).

La división de la ortografía en dos partes es general en las obras del período que abarca este trabajo. De la importancia de la primera no puede caber ninguna duda. La ortografía española —y la de otros países de nuestro entorno cultural— ha sido básicamente letrista. Las grandes polémicas han girado alrededor del problema de la falta de correspondencia entre las letras y los sonidos. La puntuación, en cambio, no ha generado nunca encendidas discusiones[2]. Y, sin embargo, dentro de lo que podríamos denominar tópica de la puntuación, es frecuente abogar por la equiparación de las dos partes. Lo que no es óbice para que, en el caso del «Discurso proemial», se reconozca que, respecto a ella, poco hay que añadir a lo que está escrito en discursos y epítomes ya publicados. Con todo, aunque sucintamente, el clérigo sevillano Adrián Connink (1661-1728), autor de esta primera incursión de la Academia en el terreno de la ortografía, no deja de lado ninguna de las cuestiones que estaban en liza en esos momentos.

La segunda parte de la materia «mira a la recta y legítima puntuación». El término puntuación se presenta precedido de un primer adjetivo, recta, que viene acompañando desde la Antigüedad a las definiciones de la ortografía. Recuérdese a este propósito la que ofrece Quintiliano de Calahorra (1997: 113 [trad. y ed. Ortega Carmona del original del siglo I d. C.]) con la fórmula «recte scribendi scientiam», que Nebrija adaptará al español como «sciencia de bien i derecha mente escrivir» (2011: 15-16 [ed. Carmen Lozano del original de 1492]).

La segunda parte de la ortografía se encarga de establecer las reglas para puntuar bien y de acuerdo con la puntuación «legítima» (p. LXI), es decir, verdadera, cierta y conforme a las leyes, a las reglas. Con una tríada de verbos declara el «Discurso proemial» el objetivo de la puntuación: señalar, dividir y especificar las cláusulas y partes de la oración. Los tres se proponen expresar funciones relacionadas con la sintaxis en una gradación intensificadora; en definitiva, marcar y mostrar las divisiones que existen en las cláusulas o que afectan a partes de la oración y distinguir específicamente cuáles son.

Desde este primer acercamiento a la materia, la Academia se inclina por un concepto de puntuación cuyo objetivo es el de acotar las estructuras sintácticas para conseguir que «lo escrito manifieste y dé à conocer clara y distintamente lo que se propóne y discurre» (p. LXI).

La ortografía de las palabras está relacionada con el sentido; la puntuación, con el sentido a través de la claridad sintáctica.

Además de las breves descripciones y de la información que nos ofrece sobre el uso vigente de los signos de puntuación, las palabras del «Discurso proemial» marcan algunas de las grandes líneas gramaticales y estilísticas que la Academia mantendrá siempre, como la condena de los excesos en el uso de los signos de puntuación.

3. La puntución en la serie de la Ortografía de la lengua castellana (1741-1826)

3.1. La puntuación en la Orthographía española de 1741

La Orthographía española de 1741[3] (OE 1741) es la primera publicación académica que regula de forma precisa los signos de puntuación. El capítulo X, titulado «De la división de las voces, y claúsulas [sic]» (pp. 260 y ss.) presenta una organización bipartita de la ortografía.

La OE 1741 muestra una conciencia lingüística muy acusada y moderna. Así, cuando se refiere a los espacios entre voz y voz, parece prefigurarse la idea de los blancos o claros como signos de valor equiparable a las divisiones que los signos de puntuación señalan en los enunciados y textos. Vemos de nuevo la relación de la puntuación con las estructuras sintácticas y la función de facilitar la comunicación propiciando el orden en la escritura y la decodificación correcta en el acto de la lectura:

Toca á la buena Orthographía la division de las palabras, y de las claúsulas: porque se hiciera cifra ininteligible el escrito, en que no se pintassen con alguna division las palabras, obligando á quien leyesse, á que divida por si, entre un obscuro bosque de letras unidas, las voces, que habia menester componer, para entender las razones.

Esta division es en dos maneras, una de voces, otra de claúsulas: las voces se dividen por si mismas sin señal alguna, ni signo de division, dexando en el renglon un claro, ó espacio entre voz, y voz, palabra, y palabra: de esto es exemplo lo mismo, que estamos escribiendo, y no necesita de mas explicacion por notorio (pp. 260-262).

La OE 1741 incurre también en el tópico de considerar la puntuación como una regulación compartida con todas las lenguas, cuyo corolario es la falta de necesidad de extenderse en una materia de sobra conocida: «... pero porque nada falte en este tratado, explicarémos aquí en el común sentir las divisiones, y notas, y su uso» (p. 262). Se justifica así, como se hacía en el «Discurso proemial», la ausencia de una regulación más extensa y circunscrita al caso de la lengua española.

La explicación de las notas ortográficas está repartida entre los párrafos VIII al XI (ambos inclusive). El VIII se centra en la sinalefa, cuya representación gráfica en las lenguas cercanas a la nuestra es el apóstrofo.

El segundo grupo (§ IX) lo forman, en terminología actual, los signos diacríticos: el acento, la diéresis, el acento circunflejo y la raya tendida, es decir, la virgulilla de nuestra eñe.

El § X aborda los signos principales: punto, coma, punto y coma, dos puntos, paréntesis, interrogante, admiración y seña de división (guion). Unos signos dividen o separan las «voces», función que, según precisa la Academia, realizan sin señal alguna, con un espacio, un claro que parece reclamar la condición de signo. Todas las demás notas tienen relación con la división de las cláusulas y, por tanto, con su estructura sintáctica, incluida, aunque algo forzadamente, la división o el guion.

Por último, el § XI aborda la descripción y regulación de los signos que modernamente denominamos, casi en su totalidad, signos auxiliares: párrafo, comillas, asterisco, calderón, puntos seguidos (puntos suspensivos), llamadas y manecillas. Ocupan aquí un lugar otras señales que también parecen reclamar su consideración como signos: letras con características especiales para resaltar una parte del enunciado (cursiva y subrayado, que alternan con las comillas). Los puntos suspensivos (llamados puntos seguidos) desempeñan ya la función actual de informar de una omisión.

En conjunto, la clasificación que los capítulos realizan implícitamente está hecha con criterios bastante sólidos, teniendo en cuenta que en las páginas de la OE 1741 se encuentra la primera doctrina que sobre la materia elabora la Academia.

3.2. La puntuación en la Ortografía de la lengua castellana de 1754

En 1754 aparece la segunda edición de la serie de la OLC, ahora con cambios ortográficos notables y con nuevo título: Ortografía de la lengua castellana. El mismo término que designa la disciplina es el primero que por su grafía llama la atención en esta obra en cuya redacción tuvieron gran participación Ignacio Luzán y Francisco Antonio Angulo[4].

La OLC 1754 está dividida en dos partes compuestas de cinco capítulos cada una. La I parte trata «Del oficio, y uso de las letras», y la II «De la puntuacion». En ella, se explica el lugar importante de la puntuación —que, por lo demás, obsérvese que no deja de ser subsidiario— con el argumento de que en ella «tiene su complemento y perfeccion la Ortografía» (p 94). El prólogo se encarga de anunciar estos cambios: «Tambien se ha variado el método; porque consistiendo la Ortografía en dos partes principales, la una que trata del oficio y uso de las Letras, y la otra de la Puntuacion, ha parecido seguir esta division, como la mas propria y natural» (pp. XVII-XVIII).

Ambas partes son necesarias para «escribir con propriedad» (p. 93). La mera ortografía de las letras deja sin declarar «los accidentes de las palabras», es decir, los cambios circunstanciales a que son sometidas al disponerse en el discurso: cuándo deben escribirse en mayúsculas las palabras, si han de llevar «los Puntos que llaman de oración»[5], si han de llevar acento y otros signos que pueden cambiar la significación de las palabras y «el sentido de lo escrito» (p. 93).

Los signos ortográficos están tratados en los capítulos II, III y IV; en los otros, se aborda materia que, aunque no se corresponde estrictamente con los contenidos que anuncia el nombre de esta parte, se halla históricamente asociada a la puntuación (capítulo I: «De las letras mayúsculas»; capítulo II: «De los Acentos, y Notas para la Pronunciacion»: acento, acento circunflejo, crema y apóstrofo; capítulo III: «De las Notas para la division de las Voces, y Cláusulas»; capítuto IV: «De otras Notas que se suelen usar en lo escrito»: cursiva o subrayado, comillas, asterisco, calderones, puntos seguidos (nuestros puntos suspensivos), llamadas, manecilla, párrafo; y capítulo V: «De las Abreviaturas, con una Lista de las más comunes y freqüentes».

En lo básico, la OLC 1754 sigue lo dispuesto en la OE 1741 (se coloca el apóstrofo en el grupo de los acentos y desaparece la raya tendida). En términos actuales, podríamos decir que los signos ortográficos están distribuidos en tres capítulos que determinan sendos grupos: 1, signos diacríticos (acento, acento circunflejo, crema y apóstrofo); 2, signos de puntuación, con tres funciones: a) dividir voces (claros o espacios); b) dividir enunciados y textos e indicar el sentido y el tono (coma, punto y coma, dos puntos, punto final, paréntesis, interrogante y admiración) y c) dividir una palabra (guion); y 3, signos auxiliares (cursiva, subrayado, comillas, asterisco, calderones, puntos suspensivos, llamadas, manecilla y párrafo).

Es, pues, una organización de complejidad comparable a la de cualquier tratado contemporáneo. La Academia tiene clara conciencia de la distinta condición de los signos y ha dispuesto una agrupación basada en tres categorías, cada una de las cuales puede parangonarse, respectivamente, con los conceptos actuales de signos diacríticos, signos de puntuación y signos auxiliares.

3.3. La puntuación en la serie de la Ortografía de la lengua castellana desde 1763 a 1826

Hasta la 8.ª edición, de 1815, no encontramos más cambios significativos en la serie. Como es de sobra conocido, la OLC 1815 propone reformas en el uso de las letras de gran trascendencia para la constitución de nuestra ortografía[6]. También trae propuestas novedosas en el terreno de la puntuación ortográfica. Tanto la doctrina como la forma de exponerla cambian llamativamente. La influencia francesa es evidente, en especial la de la Grammaire générale ou exposition raisonnée des éléments nécessaires du langage (1767) de Nicolas Beauzée.[7] La Academia anuncia así los cambios en la parte final del prólogo, tal como viene haciendo en cada entrega de su Ortografía. Representa una novedad notable que la Academia aborde con tanta atención los principios en que sustenta la puntuación ortográfica:

Los verdaderos principios de la puntuacion deben arreglarse discretamente por la separación formal del sentido de lo escrito, y por las pausas que ha de hacer la pronunciacion en su lectura. El pulmon necesita descansos para tomar aliento, y la claridad pide se hagan en las separaciones de las palabras segun lo exija el sentido; pues si para el pecho bastan unas pausas iguales hechas de cierto en cierto número de sílabas que se pueden proferir con un aliento, para el que oye serian muy desagradables por la monotonía que esta igualdad causaria en los intervalos; y de mucho perjuicio también, porque suspendiendo la locución en donde no tiene división el sentido, se confundirian los pensamientos é ideas que se quieren expresar. Infiérese de aqui naturalmente que las reglas de puntuacion se han de deducir de las pausas convenientes para respirar y para indicar al mismo tiempo las divisiones de los pensamientos (pp. 90-91).

De forma nítida, la Academia establece los dos principios básicos que deben regir la puntuación: reflejar las pausas respiratorias naturales, pero señalando con el correspondiente signo solo aquellas que sirvan, al mismo tiempo, para cumplir con el segundo principio o función: marcar las relaciones sintácticas de los elementos del escrito y, consecuentemente, dejar claras sus relaciones semánticas.

El orden de presentación de los signos de puntuación principales se atiene —siguiendo en esto también el criterio de Beauzée— a la supuesta duración de la pausa, lo que arroja este orden en la exposición: coma, punto y coma, dos puntos y punto final:

Fuera de aquella pausa casi imperceptible con que se separa una palabra de otra, la cual no necesita mas signo que la división de las mismas palabras, se conocen otras cuatro que aumentan en progresion, y se indican con cuatro diversos caractéres: la menor con la coma [...]: la que sigue á esta con punto y coma [...]: otra algo mayor con dos puntos [...]; y últimamente la mayor de todas con el punto final [...]. Dícese en las locuciones ordinarias, porque si la proposición es interrogativa, se pone el fin esta señal (?) llamada punto interrogativo ó interrogación; y si es admirativa, se cierra con esta (!) que se llama admiración (OLC 1815: 91-92).

Es precisamente la denominación de punto interrogativo lo que lleva a pensar a García Folgado (2001) en el influjo francés. No obstante, esta denominación no es en absoluto ajena a nuestra tradición, puesto que López de Velasco (1582: 290) coloca este signo en la serie de los puntos, por lo que al hablar de él dice: «Y demas destos otro punto que llaman interrogante». Aun así, el influjo francés es cierto, como hemos dicho.

Antes de establecer las reglas de puntuación, la Academia añade a los principios dichos dos axiomas no exentos de interés: «... el primero que sin necesidad no se han de multiplicar las cosas: el segundo que no se ha de echar mano de los medios mayores cuando son suficientes los menores» (p. 92-93).

Las reglas se formulan de forma muy ordenada y van introducidas por un número romano. En ese sentido, la Ortografía gana en claridad. La explicación de los signos discurre de forma fluida, en el orden en que se ha explicado anteriormente, sin que se anuncie cada uno de ellos, lo cual, aunque sea una manifestación de coherencia, dificulta su localización.

Veamos la organización de esta importante ortografía académica:

El capítulo II se titula simplemente «De los acentos», que incluye, como el epígrafe indica, solo el acento ortográfico. En 1754, además de la tilde, estaban las «Notas para la Pronunciacion» (es decir, el circunflejo, la crema y el apóstrofo), que ahora se desplazan a una parte del capítulo III, el que aborda los signos que sirven para «determinar la pronunciacion».

El capítulo III trata de «las notas que sirven para la puntuacion y la pronunciacion». Por un lado, hallamos los signos que indican pausa, esto es, propiamente los signos de puntuación (coma, punto y coma, dos puntos, punto final, paréntesis, interrogante y admiración) y, por otro, los que sirven para «determinar la pronunciación», a saber: crema y apóstrofo (signos que en 1754 estaban, como hemos dicho, en el capítulo II, junto al acento ortográfico).

Las «varias notas para dividir las voces y cláusulas, y para otros usos en lo escrito», epígrafe que, al menos en parte, daba título al capítulo III de 1754, ahora están en el capítulo IV, y más bien contienen «notas para otros usos», es decir, las correspondientes a nuestros signos auxiliares, aunque siguen estando las comillas ocupando un lugar en ese grupo, como en 1754. Los signos propiamente de «puntuación» siguen el mismo orden que la anterior Ortografía, pero ahora se ofrece una explicación razonada.

Tal como se ha dicho, las reglas de puntuación comienzan con las de la coma, que ocupa desde el epígrafe I hasta el VI. La sigue, con la transición correspondiente, el punto y coma; después, vienen los dos puntos; por último, aparece el grupo de los signos que llevan punto: el propio punto (con sus variantes), el punto interrogativo y la admiración. El último lugar de los signos principales lo ocupa el paréntesis, pues, en efecto, para la OLC 1815 el periodo encerrado entre esos signos supone la pausa más marcada. El principio de orden se ha mantenido, como se ve, con absoluto rigor. Todavía continúa el capítulo con las normas de uso de la diéresis y del apóstrofo, en coherencia con la propia división que señalaba el título del epígrafe: puntuación y pronunciación.

La búsqueda del equilibrio en el uso de los signos de puntuación tiene aquí una expresiva manifestación con la propuesta de doble puntuación de un poema de Artieda:

Como á su parecer la bruja vuela

Y untada se encarama y precipita,

Así un soldado dentro una garita

Esto pensaba haciendo centinela [...].

Como, á su parecer, la bruja vuela,

Y, untada, se encarama, y precipita,

Así un soldado, dentro una garita,

Esto pensaba, haciendo centinela.

De lo cual se infiere que se debe tener siempre presente la reflexion indicada al principio, de que no conviene multiplicar signos de puntuacion cuando no son necesarios, ó para el descanso de la respiracion, ó para la claridad del sentido (pp. 103-105).

La doble posibilidad es una manifestación de esa permanente tensión entre la importancia de lo sintáctico-semántico y lo prosódico en la puntuación. Admitiendo que en la recitación —en la oralidad— puedan darse, en efecto, todas las pausas que se marcan en la segunda versión del poema, la Academia aconseja la supresión de todo aquello que impida una visión global de los cuatro versos. Limpios de pausas impertinentes, el poema fluye sin obstáculos. Prevalece, pues, como en otras ocasiones, el criterio sintáctico-semántico sobre el puramente prosódico. Aunque la historia de la puntuación ortográfica tiene su origen en la necesidad de indicaciones para poder leer en voz alta los textos, poco a poco fue convirtiéndose en un sistema apto para delimitar las estructuras sintácticas, sin que, por ello, se desvincule del todo de la oralidad.

Además, el fragmento que hemos reproducido supone también una cuña estilística muy bien traída por la Academia y la ilustración de los axiomas que había colocado en el preámbulo del capítulo dedicado a los signos de puntuación. Así, la segunda versión se consigue con el escrupuloso seguimiento de las reglas explicadas, pero con una aplicación rigorista que tergiversa el espíritu de lo reglamentado.

La OLC 1815 es la última de las publicaciones académicas sobre la materia en que se hacen reflexiones estilísticas sobre el uso de los signos. Cuando se inicie el periodo de los prontuarios, casi desaparecerán para dejar paso a reglas sintéticamente expresadas y útiles para la práctica de la escritura.

4. La puntuación en la serie del Prontuario de ortografía de la lengua castellana (1844-1866)

4.1. El Prontuario de ortografía de la lengua castellana de 1844

El significado de la primera edición del Prontuario de ortografía de la lengua castellana (1844) (POLC 1844) ha sido minuciosamente valorado por Manuel Peñalver en su edición de la obra (2012), donde detalla los principios metodológicos más relevantes que rigen el nuevo formato didáctico de la Academia. Destacamos esta afirmación: «La puntuación se convierte en un eje de gran trascendencia en este tratado didáctico, aunque ya adquirió notoriedad y relevancia en la primera edición de la ortografía académica en 1741» (p. 15).

Es de sobra conocido que este Prontuario es consecuencia de la actuación del Gobierno español, como se declara explícitamente en la «Advertencia» con la que comienza la obra. Inaugura una línea didáctica que continuarán posteriormente el Compendio de la gramática de la lengua castellana (1.ª ed., 1857), destinado a Segunda Enseñanza, y el Epítome de la gramática de la lengua castellana (1.ª ed., 1857), dirigido a los alumnos de la Primera Enseñanza. Ambos se elaboran y publican para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, en cuyo artículo 88 se decía: «La Gramática y Ortografía de la Academia Española serán texto obligatorio y único para estas materias en la enseñanza pública».

La estructura del POLC difiere de la OLC que lo precede. La materia sobre puntuación ortográfica se sitúa también en la «Segunda parte», que presenta ahora una disposición diferente. Ya no lleva el título genérico de «Puntuación», sino uno enumerativo de las materias tratadas. La fórmula es, pues, un cajón de sastre, no exento de utilidad: «De las notas ortográficas, acentos &c.» [p. 19]. Las materias se presentan en este orden: 1, «De la división de las palabras en fin de renglón»; 2, «De la duplicación de las letras»; 3, «De las letras mayúsculas»; 4, «De los acentos»; 5, «De las notas o signos de puntuación»; 6, «De los vocablos compuestos»; y 7, «De las abreviaturas».

Las páginas dedicadas a esta parte de la ortografía son pocas, y el estilo es escueto y muy directo; están bastante aligeradas de citas literarias y casi no contienen reflexiones de índole lingüística ni estilística. La inteligibilidad inmediata parece ser el objetivo principal.

La definición general de los signos de puntuación presenta cierta novedad: «Los signos de puntuacion son indispensables en la escritura, pues sin ellos seria defectuosa la pronunciacion de las cláusulas, y dudoso y oscuro su significado» (p. 27). Dos elementos justifican, pues, la necesidad del uso de los signos de puntuación: el respeto a la pronunciación —la vinculación de la escritura con la oralidad, esto es, el elemento prosódico— y la función semántica.

Tal definición, por cierto, será el punto de partida de las que presentará la Academia —mucho después— en la Ortografía de 1969 (p. 27) y de 1974 (p. 30) y en el Esbozo de una nueva gramática de la lengua española, de 1973 (p. 146), aunque en estas obras, con importante cambio de criterio, haya desaparecido la referencia a la pronunciación —recuérdese que las tres obras son herederas de la GLC 1931—, supresión que se encamina en la dirección de un tipo de puntuación que resta importancia al elemento prosódico: «Hay necesidad de signos de puntuación en la escritura, porque sin ellos podría resultar dudoso y oscuro el significado de las cláusulas» (p. 146).[8]

La nómina de los signos se hace considerablemente más corta. Se enumeran, dice el POLC, «los más usuales en castellano» (p. 27). No aparecen signos como el apóstrofo, el asterisco, el calderón, el párrafo o la manecilla; en cambio, se incluyen ahora como signo los dos guiones (=). Los que llama el POLC «signos ortográficos» son solo la coma, el punto y coma, los dos puntos, el punto final, la interrogación y la admiración: los cuatro primeros indican distintas duraciones de las pausas, y los dos últimos denotan la entonación particular de la pregunta y de la exclamación. El paréntesis no está incluido dentro del grupo de los signos, sino que se ubica, sin indicación adicional alguna, a continuación de la admiración y seguido de la diéresis, del guion, de los dos guiones, de las comillas y de las líneas de puntos, todos ellos sin que de modo expreso se consideren auxiliares respecto a los primeros.

La enumeración de las reglas de uso de los signos no viene precedida de ninguna explicación sobre su naturaleza o función general. De forma expeditiva se enumeran los oficios, que se expresan sintéticamente y se formulan de modo que sean capaces de englobar usos más particulares.

El POLC 1844 inició, como hemos dicho, una nueva serie de publicaciones con finalidad didáctica y destinada a un público compuesto de escolares y de usuarios de la escritura que, sin tener grandes conocimientos gramaticales, podían ahora consultar cómodamente sus dudas o aprender las reglas de memoria. La función didáctica y de expansión de la doctrina académica la cumplió a la perfección. Sin duda, factores importantes que contribuyeron a su éxito fueron su brevedad (algo más de sesenta páginas) y la presentación en volúmenes en 8.º, que la Real Academia hizo compatible con un contenido completo expresado en un estilo conciso y directo.

4.2. La serie del Prontuario de ortografía de la lengua castellana desde 1845 a 1866

Las ediciones de 1845 y 1850 no presentan ninguna novedad relevante en el ámbito de los signos de puntuación, ni en el concepto ni en la nómina. Sin embargo, la 4.ª edición, de 1853, trae algunos aspectos de interés.

La parte segunda de este Prontuario tiene ya otro título: «De las notas ortográficas». Con esta fórmula, similar a la de «signo ortográfico» usada actualmente por la Academia, evita que se mezclen y se confundan los signos propiamente de puntuación (aquellos que marcan las pausas, con valor sintáctico y de sentido) con otros que cumplen funciones distintas.

El POLC 1853 presenta una organización general algo diferente a la 1.ª, 2.ª y 3.ª, pues ahora por primera vez la regulación de las mayúsculas sale de la segunda parte para convertirse en un capítulo de la primera, la dedicada al oficio y uso de las letras, dándose así un paso decidido a una estructura más coherente.

Los epígrafes quedan, pues, así: «De la división de las palabras en fin de renglon»; «De los acentos»; «De las notas ó signos de puntuacion» (este epígrafe, con resalte tipográfico de mayúsculas y versalitas); y «De los vocablos compuestos» y «De las abreviaturas».

Nos hallamos ante una clasificación de los signos de puntuación muy parecida a la de anteriores obras académicas. Primero, un grupo indicador de pausa, ordenado de acuerdo con la duración de cada signo, de menor a mayor; en segundo lugar, los dos signos que indican cambio de entonación, esto es, la interrogación y la admiración (esta última denota «maravilla, queja o encarecimiento»); por último, el grupo de los que todavía no han conseguido una denominación común, de funciones variadas, que se enumeran uno a uno señalando brevemente las suyas. De forma paulatina, la ortografía académica va ganando en coherencia. Así, ha de destacarse en el POLC de 1853 la salida de la regulación de las mayúsculas de la segunda parte de la obra, la de las «notas ortográficas».

Los fundamentos de la puntuación que refleja la serie del POLC son similares a los de la serie anterior, pero entre ellos se mencionan, además de la importancia para la comprensión del sentido de lo escrito, el de ser absolutamente necesaria para la correcta pronunciación. Obviamente, ambos van indisolublemente unidos. Por último, señalemos que, en la serie de los prontuarios, no hay ya referencia a los claros o espacios entre palabras de los que trataron, como dijimos, las obras de la serie de la OLC.

5. La puntuación en las series del Prontuario de ortografía castellana en preguntas y respuestas y de la Gramática de la lengua castellana (1870-1931)

En 1870 la Real Academia comienza la publicación de una nueva serie de tratados escolares sobre ortografía, el Prontuario de ortografía castellana en preguntas y respuestas (POCPR). En este mismo año, decide incluir la ortografía, como una parte más, en la Gramática de la lengua castellana (GLC), una innovación que aún encontraremos más de cien años después en el Esbozo de una nueva gramática de la lengua española.

La novedad de esta serie es la estructura erotemática, recurso didáctico, como sabemos, muy socorrido para la difusión de todo tipo de temas. No obstante, la «heredera textual» del POLC será la parte IV de la 12.ª edición de la GLC, de 1870. Paulatinamente, en una labor de desbroce de lo innecesario y de perfeccionamiento, irá transformándose, pero la GLC se inicia con los contenidos, y aun las propias palabras, del POLC.

Esas publicaciones cambiarán levemente de denominación para pasar a llamarse Gramática de la lengua española (GLE), en 1924, y Prontuario de ortografía de la lengua española en preguntas y respuestas (POEPR), en 1926; en el intervalo entre las dos, en 1925, se publica el diccionario académico también con nuevo título: Diccionario de la lengua española (DLE). Cuando desaparecen en 1931, de la Gramática se habían publicado 34 ediciones, y 31 del POCPR (más del doble que las ediciones del Prontuario). Son, pues, dos publicaciones capitales en la historia gramatical y ortográfica de la Academia.

Como el POLC, el nuevo POCPR es un volumen muy manejable. Su formato en 8.º y sus escasas noventa páginas contienen de manera muy sucinta, y muy completa al mismo tiempo, toda la doctrina ortográfica que la Academia ha ido acumulando. Las páginas dedicadas a la puntuación ortográfica no llegan a veinte siquiera, pero en ellas no falta nada de lo esencial.

5.1. Análisis comparativo de la Gramática de la lengua castellana y el Prontuario de ortografía castellana en preguntas y respuestas

A continuación de la analogía —la morfología actual—, la sintaxis y la prosodia, trae la GLC la ortografía, que constituye la parte IV de la obra. Así explica en la «Advertencia» preliminar de la Gramática, la inclusión de la prosodia y la ortografía:

Si bien la Prosodia y la Ortografía son partes esenciales de la Gramática, y como tales han sido siempre consideradas, solían las Gramáticas de las lenguas modernas limitarse á tratar de la Analogía y la Sintáxis, dejando para tratados especiales el estudio de las dos últimas partes. Esta misma práctica siguió la Academia Española en las ediciones anteriores; mas ha parecido conveniente separarse ya de aquélla, é incluir en un mismo volúmen las cuatro secciones que integran el arte de hablar y escribir correctamente (pp. XIV-XV).

El aparato conceptual previo a la explicación de los usos de los signos de puntuación se limita a la consabida definición, consistente en la indicación de su utilidad básica («Los signos de puntuación son indispensables en la escritura, pues sin ellos podría ser defectuosa la expresión de las cláusulas, y dudoso y oscuro su significado» [p. 337]), y a la enumeración de los signos.

En el POCPR de 1870, la materia ortográfica no está dividida en las dos partes tradicionales. Los epígrafes (en minúsculas y en negritas) van desarrollando los distintos aspectos, sin que se hagan preguntas ni se den respuestas acerca de la organización interna de las reglas, si bien es cierto que las obras de las series anteriores todavía actúan como soporte y fundamento de lo que se expone aquí.

La regulación de las mayúsculas se ha separado definitivamente de la puntuación ortográfica, aunque en el POCPR se abordan brevemente en dos páginas que contienen además la definición de ortografía y la composición del alfabeto (en minúsculas y en mayúsculas), como elementos previos a la formulación de las reglas de las letras cuyo uso suele presentar más dificultades, agrupadas (b, v; c, z, k, q; g, j; m, n; r, rr) o en solitario (x, y).

La GLC regula las mayúsculas en un capítulo aparte, pero el resultado es el mismo: esa parte de la ortografía queda ya sin relación con los signos ortográficos o con la puntuación. A causa de esa misma organización, el acento queda también desvinculado de los signos de puntuación.

Se ha consolidado el reparto bipartito de los signos en signos de puntuación y notas auxiliares, a pesar de que la misma agrupación y las subagrupaciones no estén sostenidas por un entramado teórico sólido. Con todo, las divisiones son en general acertadas y caminan en la dirección de la modernidad. En ambas publicaciones, las «notas auxiliares» son las mismas: las comillas y los guiones.

La GLC recupera parcialmente, sin explicar la relación con la organización anterior, otros signos que, incluidos en la serie de la OLC, están ausentes de la serie del POCPR. Se trata del asterisco, el signo de párrafo, el calderón (aquí presentado con el mismo oficio), el acento circunflejo y el apóstrofo, que forman un grupo heterogéneo cuyos componentes solo tienen en común la falta de uso o un uso marginal.

Tiene interés analizar las palabras dedicadas al concepto de puntuación que presentan las dos publicaciones iniciales de las series, GLC y POCPR:

De los signos de puntuacion y notas auxiliares.

Los signos de puntuacion son indispensables en la escritura, pues sin ellos podría ser defectuosa la expresion de las cláusulas, y dudoso y oscuro su significado.

Los que se usan en castellano son la coma (,), punto y coma (;), dos puntos (:), punto final (.), línea de puntos, ó puntos suspensivos (…..), principio de interrogacion (¿), fin de interrogacion (?), principio de admiracion (¡), fin de admiracion (!), paréntesis ( ), diéresis ortográfica ó crema (¨). Son las notas comillas (« ») y guiones (- — =). La coma, los puntos y paréntesis indican las pausas más ó ménos cortas, ó las mudanzas de entonacion, que en la lectura sirven para dar á conocer el valor de las voces y el sentido de las frases; la interrogacion y admiracion declaran el tono de pregunta, de maravilla, queja, énfasis ó encarecimiento; la diéresis ortográfica sirve en unos casos para manifestar que la u tiene sonido, como ya se ha dicho, y en otros es signo de separacion de diptongo; las comillas marcan las citas; de los guiones, uno es señal de palabra incompleta ó compuesta, y los otros de separacion de palabras, cláusulas ó párrafos. Para el acierto en el modo de colocar tales signos y notas, servirán las reglas que van á continuacion (GLC 1870: 337).

Signos de puntuacion y notas auxiliares.

P[regunta]. Conocido el uso de las letras y de los acentos, ¿qué más se necesita para escribir bien?

R[espuesta]. El conocimiento de los signos de puntuacion y notas auxiliares.

P. ¿Cuáles son los signos de puntuacion?

R. Estos nueve: la coma, el punto y coma, los dos puntos, el punto final, la línea de puntos ó puntos suspensivos, la interrogacion, la admiracion, el paréntesis, y la diéresis ortográfica ó crema.

P. ¿Cuáles son las notas auxiliares?

R. Dos: los guiones y las comillas.

P. ¿Para qué sirven estos signos y notas?

R. Para ayudar á conocer el sentido de lo que se lee, señalar las pausas y tonos que se deben hacer y dar leyendo en alta voz, y algun otro objeto (POCPR 1870: 32).

El título del epígrafe de ambas publicaciones es idéntico. En las dos se insiste en lo indispensable de los signos de puntuación, con las mismas palabras que el POLC. La GLC 1870 asume también que sin ellos pueden quedar afectadas tanto la expresión como la comprensión del discurso: «defectuosa la expresión» y «dudoso y oscuro su significado». Insistamos en que, con ello, tanto el POLC como la GLC van más allá del tópico ya señalado del mero oficio de desambiguación en el que insisten gramáticas y ortografías de la época. Sin la puntuación, no se pueden expresar ni comprender cabalmente todos los aspectos de un discurso.

De forma semejante, el POCPR concibe los signos de puntuación como una necesidad para «escribir bien», que es, por lo demás, la función de la ortografía. Sucintamente —de acuerdo con las necesidades propias de la naturaleza de la publicación—, la Real Academia declara sin ambages la complementariedad de las dos partes de la ortografía.

La nómina de los signos —si no tenemos en cuenta esas notas poco usadas o residuales que la GLC coloca al final de la parte IV— es la misma en las dos publicaciones. Aun así, hay algunas diferencias. Así, la interrogación y la admiración, dos signos hasta ahora, se convierten en cuatro, pues se enumeran los signos de apertura por un lado y los de cierre por otro. El POCPR se limita a hablar de signo de interrogación y de admiración.

A los signos de puntuación principales (comas, puntos y paréntesis) se les asigna, como se puede observar, la función de indicar los distintos grados de pausa o las «mudanzas de entonación». La entonación parece referirse al acompañamiento melódico de las estructuras sintácticas, y el término tono al caso particular de una estructura sintáctica con entonación muy acusada y característica, la de pregunta en el caso de la interrogación y la de una variedad notable de expresión de la subjetividad en el caso de la admiración. Pero el uso de estas palabras resulta bastante confuso, tanto que a partir de la GLC de 1885 (la 6.ª edición desde el comienzo de la serie ortográfica) desaparecen las dos.

Más clara se presenta la respuesta del POCPR a la pregunta de para qué sirven los signos de puntuación y las notas auxiliares: «Para ayudar á conocer el sentido de lo que se lee, señalar las pausas y tonos que se deben hacer y dar leyendo en alta voz, y algun otro objeto» (p. 32). En esa contestación están expresadas las funciones de los signos de puntuación (las pausas se refieren a la coma, los puntos y el paréntesis; la indicación de los tonos, a la interrogación y la admiración, y ese «algún otro objeto», a los guiones y las comillas, aunque es evidente que la indefinición ha sido buscada a propósito para que nada quede suelto).

Por último, cabe comentar en esa definición de las primeras páginas de las secciones dedicadas a la puntuación, la fórmula que emplea la GLC —heredada del POLC— para dar paso a las reglas de cada signo («Para el acierto en el modo de colocar tales signos y notas, servirán las reglas que van á continuacion» [p. 337]), que declara la relación de la puntuación con la subjetividad y, si se quiere, con el tino que cada uno tenga. Se puede lograr acertar en la mejor puntuación, pero la Academia es consciente de que las reglas no son suficientemente abarcadoras para objetivar todos los contextos en que se pueden aplicar.

6. La puntuación en la serie de la Ortografía (1969 y 1974) y el Esbozo de una nueva gramática de la lengua española (1973)

La Ortografía de 1969, un folleto de 43 páginas, más que continuar la tradición de las ortografías académicas, interrumpida en 1826 con la 9.ª edición de la OLC, viene a llenar un vacío que se hizo muy llamativo con la publicación de las Nuevas normas de prosodia y ortografía en 1952. Era necesario incorporar tales novedades a un texto doctrinal completo y dar fin al largo paréntesis editorial de la Academia, cuya ortografía oficial estaba todavía en las páginas de la parte IV de la Gramática de la lengua española de 1931. Así se hizo, pero la parte fundamental, y muy especialmente la de los signos de puntuación, no es más que una reedición de los contenidos de 1931. Los cambios que ofrece la Ortografía son de escasa importancia, tanto en el concepto de puntuación como en la nómina de signos.

Algo distinto es el caso de la 2.ª edición («corregida y aumentada») de 1974, pues en ella se introducen por primera vez las variedades del punto. El epígrafe ya no se titula «Del punto final», sino «Del punto». El punto figura, por tanto, como el nombre de un signo con distintas variedades o concreciones: el punto y seguido, el punto y aparte y el punto final, este último con la función nítida de indicar el fin de un escrito o una división importante del texto. La decisión de reconocer las variedades del punto se había tomado ya en 1973 en el Esbozo, pero recordemos que esta obra carecía «de toda validez normativa» (p. 5).

Señalemos también que en las tres publicaciones (Ortografía de 1969 y de 1974 y Esbozo) el orden de explicación de los signos es el que se podría llamar tradicional, dispuesto de acuerdo con el criterio de gradación —de mayor a menor— de la pausa.

7. La puntuación en la Ortografía de la lengua española de 1999

La Ortografía de la lengua española (OLE 1999) se publica veinticinco años después de la anterior, de 1974 (1.ª ed., 1969). La obra no se presenta como una nueva edición de la Ortografía tradicional ni de esos dos folletos de 1969 y 1974, sino como obra distinta. A pesar de los cambios que a continuación comentaremos, la propia Academia reconoce que «apenas hay en ella novedad de doctrina» (p. XIII) y declara que muchas de ellas son de orden organizativo y cambios estilísticos que buscan dar a la ortografía un aire más moderno, pues, en efecto, los textos ortográficos últimos no eran más que la repetición de normas y ejemplos centenarios. La renovación tiene mucho de formal, pero es evidente que la OLE 2010 tiene en esta su punto de partida:

La puntuación de los textos escritos, con la que se pretende reproducir la entonación de la lengua oral, constituye un capítulo importante dentro de la ortografía de cualquier idioma. De ella depende en gran parte la correcta expresión y comprensión de los mensajes escritos. La puntuación organiza el discurso y sus diferentes elementos y permite evitar la ambigüedad en textos que, sin su empleo, podrían tener interpretaciones diferentes (OLE 1999: 55-56).

Obviamente, no parece que ese propósito de «reproducir» la oralidad lo pueda cumplir la puntuación, simplemente porque ningún sistema tiene recursos para ello ni en realidad los necesita. Pero es acertado señalar su relación con la oralidad. Por lo demás, la idea de que «La puntuación organiza el discurso y sus diferentes elementos» está presente en la tradición académica, como hemos visto. En fin, la afirmación de que todo eso «permite evitar la ambigüedad en textos que, sin su empleo, podrían tener interpretaciones diferentes» pertenece a lo que hemos considerado un tópico de la puntuación. Aunque evitar la ambigüedad es uno de los efectos de la puntuación, no es su cometido principal.

Se cambia levemente el orden de la explicación de los signos. El punto es el primero que se aborda. Cuando el signo que se explicaba era el punto final, resultaba coherente su colocación en el último lugar de la escala ascendente de intensidad de la pausa. Ahora ocupa la primera posición porque el punto es el principal signo organizador del discurso, sobre todo si tenemos en cuenta sus tres variedades, que abarcan estructuras de distintas dimensiones, micro y macrotextuales. En cualquier caso, es el único signo —ya lo decían los gramáticos racionalistas— imprescindible en cualquier cláusula; los demás no son sino meros intentos de retardar la aparición del punto en el discurso.

Formando un grupo, aparecen los signos dobles (los paréntesis, los corchetes, las comillas y las rayas), que tienen en común encerrar «aclaraciones e incisos», aparte de compartir la forma de disponerse espacialmente respecto a las palabras de su entorno. Hallamos, además, en epígrafes bien organizados, la regulación de la combinación de los signos y avisos sobre los usos incorrectos, fruto de la observación de la realidad de la puntuación, que desde este momento cobra especial importancia.

En el apartado «Otros signos ortográficos» (p. 82) se incluyen la diéresis o crema, el guion, la barra (por primera vez aparece en una obra ortográfica de la Academia), el corchete, el apóstrofo, el signo de párrafo, el asterisco y las llaves, a los que, en el cuerpo de la exposición, llama signos auxiliares, sin que se defina el concepto de auxiliar ni el de signo ortográfico, que parece ser aquí simplemente sinónimo de signo de puntuación.

8. Conclusiones

A pesar de la rémora que supuso para el desarrollo del sistema de puntuación la idea de su carácter universal, la Real Academia Española asumió desde su primera incursión en el terreno ortográfico —el «Discurso proemial de la orthographía castellana»— la tarea de la regulación del uso de los signos. La OE 1741 presenta ya una bien fundamentada organización de los signos en grupos equiparables a los actuales signos diacríticos, signos principales y signos auxiliares. A partir de la OLC 1754 (la 2.ª edición de la serie de publicaciones académicas), la división en dos partes de la ortografía se consolida al desarrollarse en ubicaciones bien diferenciadas.

La OLC 1815, ya en la fase final de la serie y con influencia francesa, aporta novedades de gran interés. Claramente establece los dos principios básicos del funcionamiento de la puntuación: reflejar las pausas, en primer lugar, pero solo aquellas que permitan cumplir con el segundo de los fundamentos: marcar las relaciones sintácticas y dejar claras las relaciones semánticas. Las reglas de los signos —con una organización que gana en coherencia— se presentan fluidamente, de modo que se pasa de un signo a otro en función del progresivo aumento de la dificultad sintáctica del discurso. La OLC 1815 apuesta decididamente por un equilibrio en el uso de los signos rehuyendo la aplicación rigorista de las reglas.

El POLC 1844 sustituye a la serie anterior, terminada en 1826. Dada su naturaleza didáctica, las reglas son muy escuetas y carecen del aparato explicativo de la OLC 1815, aunque la organización y los principios generales de la puntuación son los mismos. Señalemos que en estos prontuarios se insiste en la necesidad de la puntuación para la correcta pronunciación. Existe, pues, un equilibrio entre la función de reproducción de la oralidad y la de marcar las relaciones sintácticas entre las unidades.

Las series que se publicaron paralelamente desde 1870 a 1931, el POCPR y la GLC, aportan, en el primer caso, la estructura erotemática y, en el segundo, la novedad de una ortografía incluida en la gramática oficial. Mejora la organización de los signos, pero los principios básicos (la relación entre los dos objetivos, reflejo de la pronunciación y organización sintáctica) permanecen.

Por pertenecer a la tradición de la GLE 1931, la Ortografía de 1969 y 1974 traen pocos cambios, pero cabe señalar el hecho de que en 1974 la Academia incluya por primera vez las variedades del punto. Hay que esperar a la OLE 1999 para observar una inflexión en los conceptos y en la forma de expresarlos. No hay grandes novedades doctrinales, sin duda, pero se remoza completamente la redacción y la ejemplificación y se introduce una terminología gramatical acorde con los tiempos. En muchos aspectos, representa un esquema de lo que se desarrollará con amplitud extraordinaria en la OLE 2010.

En todo el proceso descrito, debemos destacar que los conceptos fundamentales sobre la puntuación están expuestos en líneas generales desde el principio. El resto de la historia del concepto de la puntuación estriba en la progresiva clarificación conceptual (el equilibro entre las dos funciones básicas de la puntuación se mantiene durante mucho tiempo, pero poco a poco se inclina del lado de la función demarcativa) y en una organización de los signos cada vez más coherente.

Referencias bibliográficas

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Fuentes documentales

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— (2010). Ortografía de la lengua española. Espasa.


[1] Nos atenemos al concepto de serie textual expresado por Hassler (2001: 3): «Propongo la siguiente definición de una serie de textos que nos sirve de instrumento de trabajo sin pretender abarcar todas las características posibles: Una serie de textos es un conjunto de textos individuales, impresos o manuscritos, que tratan del mismo tema en la misma rama epistemológica o sin metodología declarada, pero con el mismo objetivo y en condiciones comparables. A estas últimas se pueden añadir relaciones sociales inmediatas o relaciones por correspondencia entre los autores de los escritos en cuestión, exigencias académicas y normas de producción de textos. Distingo series de textos metodológicas, que siguen un paradigma común y utilizan en muchos casos una terminología común; y series de textos pragmáticas, que se preocupan de un problema común, suficientemente diferenciado dentro de un campo de investigaciones más amplio, sin seguir una metodología común y sin seguir un proceso de elección de sus autores».

[2] En términos generales, es cierta esta afirmación, lo que no implica que, desde un punto de vista historiográfico, no haya que reconocer que la presencia de la puntuación en los tratados ortográficos y gramaticales es de gran significación. Así lo ha señalado Martínez Marín (1992: 129-130): «Este es un hecho tan importante, que conviene que nos detengamos un momento en él. Hay que decir en primer lugar que su relevancia se demuestra por dos resultados principales: 1) la puntuación constituirá con el tiempo una parte autónoma de la ortografía, tal y como ocurre en el tratado de la Academia Española de 1741, que en esta cuestión había tenido el precedente de ortógrafos del Siglo de Oro como B. Jiménez Patón y J. Villar; 2) la puntuación es distinguida como hecho ortográfico por la mayoría de nuestros ortógrafos clásicos». Ahora bien, cuando se sostiene la idea del carácter letrista de la ortografía española, no solo se apunta a lo somero de la regulación de la puntuación en comparación con el espacio que se dedica a las letras, sino también a la escasez teórica y crítica con que ha sido atendida y, sin ninguna duda, a la escasa relevancia en la práctica educativa, consecuencia de que, en la jerarquía de los elementos de la ortografía, ocupa un lugar secundario (Polo 1974). Estas prácticas sociales y pedagógicas contrastan con la frecuente declaración o protestas generales de que debe ser una parte tan importante como el uso de las letras, cuando no con su consideración como «alma» del escrito. Por lo demás, para llegar a esta situación, no es poco importante el hecho de la dificultad especial de la regulación de la puntuación, sometida a concepciones gramaticales que no siempre supieron dar cuenta de los contextos regulables.

[3] García de la Concha (2014: 73-74) refiere las circunstancias en que se redactó la obra: «El 9 de noviembre de 1738 —en prensa todavía el último volumen del Diccionario— se acuerda proceder a la revisión y nuevo estudio de cada artículo del “Discurso proemial de la Orthographía de la lengua castellana”, la Ortografía que pro domo había preparado Connink como pauta de uso para el Diccionario. Fallecido ya este, se encomienda la tarea a los académicos Reguera, Oyarvide y Huerta, aunque en la práctica ayudarán bastante el jesuita Casani y Suárez de Figueroa. Hasta enero de 1740 se dedicaron treinta juntas a debatir principios y normas ortográficas».

[4] «La segunda edición de la Ortografía, que tanto debía al trabajo de Luzán, pues la redactó con Angulo, se terminó de imprimir en los primeros días de septiembre, de manera que el 10 se pudo proceder ya a repartir ejemplares entre los académicos. // El trabajo de Luzán fue abundante y generoso en la elaboración de la Gramática [1771], y decisivo en la corrección de la Ortografía, a pesar de que su nombre apenas haya aparecido asociado a ellas» (Álvarez Barrientos 2007: 348).

[5] Cfr. Gonzalo Correas (1971: 51 [ed. facs. del original de 1638]): «De los puntos de la orazion. Para klaridad de la orazion se dividen las rrazones kon puntos, ke denotan los espazios de la habla, i letura, por partikulares oraziones: los kuales son koma, Kólon, hupokólon, stigmé, ke es punto entero, interrogazion, parenthesis, diastole, hufen».

[6] La c tendrá la función exclusiva de las sonidos ca, co, cu, con la consiguiente desaparición de formas como quaresma —reforma esta que no culminará, por cierto, hasta la OLE 2010, cuando palabras como quórom pasen a escribirse cuórum—; la x queda excluida de la representación del fonema /x/, del que se encargan la j y la g; y, por último, se le concede a la y (que pasa a denominarse i griega, aunque la Ortografía escriba algo incongruentemente «y griega») el uso de consonante, en contraposición con el uso vocálico de la i latina—. A pesar de todo, la Academia se quedó corta y no se atrevió a acometer reformas más profundas. Nos referimos, claro, a la g y a la j cuando representan /x/. La misma Ortografía expresa sus dudas ante una decisión de tanta trascendencia.

[7] «Au XVIIIe siècle, les encyclopedistes croient que la langue peut jouer un rôle novateur. À la demande de Denis Diderot, Nicolas Beauzée, mathématicien, logicien et linguiste, rédige de nombreux articles de grammaire, dont un long texte sur la ponctuation. // Pour lui, la ponctuation est autant orale qu’écrite. Elle éclaire la parole, rythme la manière de lire, de dire, mais se réfère égalment au sens» (Causse 1998: 186).

[8] Estas líneas son idénticas en las tres publicaciones, si exceptuamos el hecho de que el Esbozo de una gramática de la lengua española escribe oscuro en vez de obscuro. Obsérvese, por lo demás, que el POLC 1844 ya se había deshecho de la b. Es un ejemplo más de ciertos vaivenes ortográficos a los que acostumbraba la Academia.