@article{Sugranyes_2010, title={El derecho a la ciudad. Praxis de la utopía}, url={https://revistascientificas.us.es/index.php/HyS/article/view/3599}, DOI={10.12795/HabitatySociedad.2010.i1.05}, abstractNote={El derecho a la ciudad fue formulado en defensa de los chabolistas en Francia a finales de los años 60. A partir de los años 90, organizaciones civiles y foros internacionales en América Latina han retomado los valores de este derecho co-lectivo emergente para construir una propuesta de cambio y alternativa a las condiciones de vida urbana generadas por las políticas neoliberales. El derecho a la ciudad propicia el ejercicio pleno de la ciudadanía y de todos los derechos humanos, la producción y gestión social del hábitat, la gestión democrática de la ciudad, a través de la participación de la sociedad de forma directa; propugna la función social de la propiedad y de la ciudad, donde predomine el bien común sobre el derecho individual de propiedad, lo que implica el uso socialmente justo y ambientalmente sustentable del es-pacio urbano. Ahora este derecho está incorporado en la Constitución de Ecuador, el Estatuto de la Ciudad en Brasil y la Carta por el Derecho a la Ciudad en el Distrito Federal de México. Es una bandera política del “buen vivir” en ciu-dades de todo el mundo.}, number={1}, journal={Hábitat y Sociedad}, author={Sugranyes, Ana}, year={2010}, month={nov.} }