Nº 67 | PRIMAVERA 2025

ISSN: 1139-1979 | E-ISSN: 1988-5733 © 2025. E. Universidad de Sevilla.

CC BY-NC-SA 4.0

10.12795/Ambitos.2025.i67.11

pp. 197-221


Violencias sexuales contra las mujeres: aproximación deontológica para un periodismo de calidad

Sexual violence against women: a deontological approach to quality journalism

María Sánchez-Ramos

Universidad de Sevilla | Calle Américo Vespucio, 27, 41092 Sevilla | España

0000-0002-9903-116X | msanchez103@us.es

Belén Zurbano-Berenguer

Universidad de Sevilla | Calle Américo Vespucio, 27, 41092 Sevilla | España

0000-0002-2743-236X | bzurbano@us.es

Recepción 19/12/2024 · Aceptación 27/02/2025 · Publicación 15/04/2025


Resumen

Las violencias sexuales contra las mujeres han alcanzado un grado de visibilización sin precedentes en la agenda mediática bajo el parteaguas del movimiento #MeToo en el marco de la cuarta ola feminista. En este escenario, el periodismo enfrenta el reto de narrar las violencias sexuales desde los máximos estándares de calidad ética, rompiendo con los “andamiajes culturales” (Gavey, 2005) que sostienen la tolerancia social hacia la violencia machista. En concreto, el discurso periodístico presenta un rol ambivalente en la construcción de sociedades igualitarias, siendo profusa la literatura en torno al análisis de los “sesgos no legítimos” (Amorós, 2008) de los mensajes que incurren en violencia mediática: culpabilización de la víctima, sensacionalismo, sexualización, revictimización, espectacularización y naturalización de la violencia, entre otras (Vega-Montiel, 2025). Este artículo aborda la dimensión deontológica del tratamiento mediático de las violencias sexuales contra las mujeres en España. Partiendo de la responsabilidad democrática de los medios, se realiza una revisión de los consensos éticos en el Estado español a partir del corpus deontológico existente (1999-2023). Como principal resultado de la revisión de la literatura y del análisis de las recomendaciones, se propone un código compilado de buenas prácticas periodísticas basado en el diseño categorial del Mínimo Común Ético (MCE) sobre: contexto, emplazamiento, fuentes, figura de la víctima, figura del agresor, terminología y presentación de la información. Esta herramienta de corte teórico-exploratorio persigue la consolidación de estrategias de transformación de las narrativas mediáticas desde los marcos del periodismo feminista y de calidad.

Palabras clave: violencia sexual, ética de la comunicación, género, feminismo, periodismo de calidad.

Abstract

Sexual violence against women has reached an unprecedented level of visibility in the media agenda under the watershed of the #MeToo movement in the framework of the fourth feminist wave. In this scenario, journalism faces the challenge of narrating sexual violence from the highest standards of ethical quality, breaking with the “cultural scaffolding” (Gavey, 2005) that sustains social tolerance towards male violence. Specifically, journalistic discourse plays an ambivalent role in the construction of egalitarian societies, and there is a profuse literature on the analysis of the “non-legitimate biases” (Amorós, 2008) of messages that incur media violence: victim-blaming, sensationalism, sexualisation, revictimisation, spectacularisation and naturalisation of violence, among others (Vega-Montiel, 2025). This article addresses the deontological dimension of the media’s treatment of sexual violence against women in Spain. Starting from the democratic responsibility of the media, a review of the ethical consensus in Spain is carried out based on the existing deontological corpus (1999-2023). As the main result of the literature review and the analysis of the recommendations, a compiled code of good journalistic practices is proposed based on the categorical design of the Common Ethical Minimum (CEM) on context, location, sources, the figure of the victim, the figure of the aggressor, terminology and the presentation of information. This theoretical-exploratory tool aims to consolidate strategies for the transformation of media narratives within the framework of feminist and quality journalism.

Keywords: sexual violence, communication ethics, gender, feminism, quality journalism.


1. Introducción. Viejas violencias, nuevos escenarios

“Jare no quiere que su agresión sexual caiga en el olvido” (Fernández, 2022). La periodista de Pikara Magazine June Fernández titula así el reportaje en el que articula con sensibilidad y rigor el relato de una joven superviviente de agresión sexual ante la revictimización mediática e institucional que enfrenta tras la denuncia. El reportaje, que sitúa la agresión de Jare en lo estructural, apuesta por la comunicación “como herramienta de sanación” y se destaca por aunar con destreza los consensos deontológicos trazados en las últimas décadas por la academia y el periodismo feminista.

La comunicación social, y el periodismo en particular, se encuentran en el epicentro del movimiento global de denuncia y visibilización social sin precedentes de las violencias sexuales contra las mujeres en la cuarta ola feminista (Bennett, 2017; Cobo, 2019). En el Estado español, el estudio de la representación mediática de las violencias machistas (entre las que se encuentran las violencias sexuales) se ha desarrollado con profusión en las dos últimas décadas (Bernárdez Rodal, 2015; De-Frutos-García, 2025; Gallego, 2003; Gámez-Fuentes & Núñez-Puente, 2013; Vera-Balanza & Ballesteros, 2004; Zurbano-Berenguer, 2015).

Sin embargo, esta etapa floreciente en el marco de los Feminist Media Studies (Van Zoonen, 1994), especialmente centrada en el estudio de las violencias, no ha tenido un correlato claro de impacto material. A pesar de la proliferación de numerosos códigos y manuales deontológicos bienintencionados por parte de colegios profesionales, asociaciones de la prensa, medios y otros agentes institucionales, no puede hablarse de una transferencia clara entre los valores éticos de estos documentos y su implementación inequívoca en las redacciones. Quedando estas propuestas mayormente ancladas a criterios de deseabilidad social más que a prácticas éticas consolidadas en el ejercicio profesional (Zurbano-Berenguer, 2015).

¿Por qué los y las periodistas continúan reproduciendo las dinámicas informativas que se vienen denunciando desde 1999[1] al hablar de violencias machistas? ¿Qué continúa fallando? Estas son las preguntas originarias que guían la investigación y que nos cuestionamos cuando, a pesar de los avances que ya hemos puesto de manifiesto en numerosas ocasiones (Sánchez-Ramos & Zurbano-Berenguer, 2020), nos encontramos con la inmovilidad de algunas narrativas revictimizantes y espectacularizantes.

Numerosos son los estudios que han puesto el foco en las dinámicas estructurales e ideológicas del periodismo (Fernández Díaz, 2003; Van Dijk, 1998) a fin de comprender por qué siguen reproduciendo relatos que no logran dimensionar las violencias contra las mujeres (en adelante, VVCMM), y particularmente las violencias sexuales, como un problema social y de salud pública prioritario (OMS, 2007), dejando graves carencias visibles en cuanto a estándares de calidad ética se refiere. La cultura mediática nacional marca la praxis de los y las profesionales de la comunicación (Hanitzsch, 2007), quienes se ven abocadas por las rutinas y la jerarquía de la producción informativa; las actitudes profesionales; la precariedad (De Pablos & Mateos, 2004); y la escasez de medios y herramientas formativas específicas en cuestiones de género desde las que hacer frente al maremágnum noticioso cotidiano (Vega-Montiel, 2014). Al respecto, la comunicóloga feminista Liesbet van Zoonen ya alertaba en 1994 que para lograr este cambio significativo en la incorporación de la perspectiva de género en los medios se requiere de tres factores clave: 1) paridad en las redacciones, a lo que añadimos paridad en los puestos de dirección y responsabilidad editorial y económica de los medios; 2) representación, es decir, que las mujeres ocupen los espacios como referentes en calidad de fuentes expertas y de opinión (GMMP, 2020) ; y 3) reevaluación de los valores noticiables. En esta línea, sus demandas se han aterrizado en el estudio de la situación general de las mujeres en el periodismo en España a fin evaluar las conquistas y retos de la comunicación con perspectiva feminista en la actualidad (Angulo-Egea, 2017; De Miguel et al., 2017; García-Saiz, 2018; Sánchez-Ramos & Zurbano-Berenguer, 2020).

El informe Desenfocadas: Cómo opinar e informar mejor sobre violencia de género (LLYC, 2024) señala que una de cada cinco noticias sobre violencia machista la justifica y que una de cada seis, vulnera la intimidad de la víctima. Los resultados ponen en evidencia el salto entre la producción deontológica existente en el marco de la autorregulación (Aznar, 2005) y el ejercicio profesional. A pesar de ello, España se sitúa a la vanguardia en el plano normativo de la violencia de género (Martínez-Jiménez & Zurbano-Berenguer, 2024). Asimismo, destaca como el país con mayor nivel de conversación social en torno a las violencias machistas, con un alto grado de interacción entre medios y redes sociales, contando el periodismo con un potencial de concienciación social dos veces superior al de la red (LLYC, 2024). Así, las VVCMM han pasado de las páginas de sucesos como asuntos privados hasta ser encuadradas y tematizadas como una violación de los Derechos Humanos, situándolas como una cuestión de Estado en la agenda pública y mediática (Edo & Zurbano-Berenguer, 2019; Sánchez-Ramos et al., 2024).

2. Revisión teórica y planteamiento del problema

2.1. Ética mediática ante las violencias sexuales contra las mujeres

Este trabajo se sitúa en el espacio de intersección entre una Academia crítica al servicio de las necesidades públicas y la profesión periodística como elemento democrático con un alto potencial de transformación social. Así, concebimos la interlocución Academia-Universidad-Periodismo desde un marco teórico-epistemológico feminista (Galarza et al., 2016) y situamos como objetivo a largo plazo de la investigación contribuir a la sensibilización social y coadyuvar a la erradicación de las violencias sexuales contra las mujeres (VVSSCMM, en adelante).

Los medios de comunicación constituyen poderosas herramientas para el ensamblaje de las piezas de un común social y nuestra propuesta deontológica compilada parte de la defensa del derecho a la información veraz, rigurosa y cuidadosa como única vía para ejercer un periodismo feminista y de calidad con enfoque de Derechos Humanos en democracia (Martínez-Jiménez & Zurbano-Berenguer, 2024).

Los discursos noticiosos albergan al mundo y, a su vez, lo conforman, creando entramados simbólicos que vertebran actitudes, valores ideológicos y marcos de pensamiento hegemónicos en lo que van Dijk nombra como “cogniciones sociales” (1990, p. 155).

Que los medios no son la realidad de lo que acontece en el mundo es una certeza, pero sí que son las más preciadas herramientas para conformar nuestra percepción de la realidad, de nuestra visión del mundo y, por comparación, de cómo nos vemos a nosotros mismos y a los demás. (Vera-Balanza, 2004, p.140)

Desde mediados del siglo XX, la academia feminista y las periodistas han fraguado, no sin vicisitudes epistémicas que han puesto en tela de juicio su profesionalidad, los materiales con los que acceder hoy a los medios de comunicación como agentes de transformación social. Los medios poseen una función clave como mediadores (Sánchez-Leyva & Reigada, 2007) y socializadores del género (Krijnen & Van Bauwel, 2015); con gran potencial para cuestionar o, por el contrario, (re)producir los mandatos de género y la dominación masculina en un sistema desigual de poder patriarcal (Bernárdez Rodal, 2015; Lagarde, 1996; Segato, 2014). Un modelo de orden social cruento, estructural y transhistórico que precisa del universo simbólico de la imagen y la palabra para su sostenimiento y que se traduce en “las cifras de la vergüenza” (Sánchez-Ramos et al., 2024, p. 28) de las VVCMM —e intersecciona con otros ejes de poder y discriminación en base a la clase social, la etnia u origen, la orientación sexual, la identidad y/o la discapacidad, entre otras—. Como sostiene Marcela Lagarde (2007), el periodismo juega un rol crucial en una poderosa balanza de representaciones que puede decantarse hacia la comprensión social de las VVCMM o hacia la desinformación que mantiene sesgos e interpretaciones machistas.

Son numerosos los estudios desarrollados desde el marco de los efectos que han advertido de las potencialidades y también de los peligros, de los encuadres informativo-noticiosos de las violencias (Lagarde, 2007; Vega-Montiel, 2009, 2014; Wozniak & McCloskey, 2010; Yébenes, 2005). En este sentido, los discursos mediáticos pueden revictimizar a las mujeres violentadas produciendo nuevos daños mediante relatos que expongan su intimidad al escrutinio público, culpabilizándolas o sexualizando sus cuerpos, bajo el foco mediático.

Por ello, la responsabilidad democrática de los medios para con los Derechos Humanos de las mujeres y la erradicación de las violencias está recogida en un sólido aparataje normativo, tanto en el plano internacional como en el nacional, a fin de clarificar cuáles son los deberes del periodismo de calidad en este escenario.

En concreto, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de Naciones Unidas (1979) recoge entre sus recomendaciones generales “directrices para la cobertura adecuada por parte de los medios de comunicación de los casos de violencia por razón de género contra la mujer”, aludiendo a las medidas de autorregulación articuladas para acabar con imágenes vejatorias y estereotipadas de las mujeres en el imaginario colectivo. Una apuesta reforzada a su vez por el Convenio sobre la lucha contra la trata de seres humanos del Consejo de Europa (Convenio de Varsovia, 2005) y por el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul, 2011), que alude específicamente a la mala praxis profesional que provoca la “victimización secundaria” (art.15).

En el contexto del Estado español, encontramos la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito y la L.O. 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que regulan la labor de los medios por un tratamiento ético, respetuoso y preventivo de las VVSSCMM. Esta última recoge la promoción de medidas formativas para periodistas y estudiantes de comunicación

[…] con el fin de capacitarlo para informar sobre las violencias sexuales con objetividad, sin estereotipos de género, con pleno respeto a la dignidad de las víctimas y su derecho a la libertad, el honor, la intimidad, la propia imagen y la protección de datos. (L.O. 10/2022, Art. 10, 1b)

Asimismo, se encuentran la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre y la L.O. 3/2007, de 22 de marzo.

Las normativas referenciadas son fruto de la conquista de derechos del movimiento feminista en un escalado de vindicaciones por la dignidad en las representaciones mediáticas de las mujeres y de las violencias que enfrentan; que pasaron de los movimientos feministas de base a los medios y, después, al Estado en forma de leyes y políticas públicas (De Miguel, 2008; Gil, 2011). Como muestra de la concatenación feminismo–Estado–medios cabe mencionar la tabla de correlaciones elaborada por Sánchez-Ramos, Zurbano-Berenguer & Edo-Ibáñez (2024). No obstante, en España se destacan dos iniciativas proactivas provenientes del ecosistema mediático: (1) que Público fue el primer medio que nace con un decálogo de tratamiento de la violencia de género (Tejada, 2015); y (2) que el diario El País fue pionero al registrar el asesinato de mujeres por violencia de género en la pareja (2001), antes de que comenzara el cómputo oficial de estadísticas el 1 de enero de 2003 —y que hasta 2022 no contempló a las víctimas mortales de las VVSSCMM o “feminicidios sexuales”—.

El periodismo de calidad no puede leerse desgajado de su contexto de producción y recepción de modo que, siguiendo las tres líneas propuestas por Palau-Sampio (2023, pp. 26-27), la calidad quedaría expresada por: el carácter de la producción (gestión de la información, investigación, selección temática); la estructura y desarrollo de la pieza (independencia, profundidad y variedad en el tratamiento); y el valor social para la audiencia como servicio público (deontología, contexto de recepción y originalidad en el enfoque). Las dimensiones del valor público del periodismo han quedado asimismo subrayadas por los valores de compromiso y justicia social (Cañedo et al., 2022). Postulados en plena coherencia con los presupuestos de un periodismo feminista (De-Frutos-García & Ceballos, 2024; Gorosarri, 2024) que persigue destapar los cimientos socioculturales del patriarcado, enfrentando el reto de narrar las VVCMM desde una aproximación deontológica honesta y rigurosa, que señala tanto los contenidos como los encuadres del fenómeno, a partir del acopio de saberes y prácticas feministas en el ámbito de la comunicación social.

2.2. Enmarcado de las violencias contra las mujeres

La teoría del framing o del encuadre proporciona una herramienta teórica de análisis que ha sido tomada por las académicas feministas en el campo de los Media Studies (Carballido, 2009) dada su utilidad para estudiar el enmarque de la noticia dentro de los entramados de sentido sociocultural (Entman, 1993).

Siguiendo la propuesta de Aldrete & Fernández-Ardèvol (2023) sobre el enmarcado de las noticias de feminicidio, esta puede clasificarse como temática o episódica. Temática, en tanto la pieza aborda la violencia desde un plano general de contexto; o episódica, en tanto cubre lo que la industria mediática ha manufacturado como “casos”, es decir, hechos o sucesos con entidad propia. Al igual que las autoras, entendemos que la categoría de pieza informativa sustantiva, substantiveness al decir de Bartholomé et al. (2018) y Hänggli (2020), recae en la capacidad pedagógica de hacer entender la complejidad de las VVSSCMM en un marco sociocultural e ideológico patriarcal.

La sustantividad es el grado en que un material comunicativo explica el tema y las causas e implicaciones ideológicas, políticas, sociales y jurídicas. Por lo tanto, el indicador para considerar las noticias más o menos sustantivas es la cantidad y la calidad de los aspectos explicados. (Aldrete & Fernández-Ardèvol, 2023, p. 234, traducción propia)

Por ello, el criterio de enmarcado es sustantivo y no cuantitativo, dado que en la representación y en los efectos que pueda ocasionar “influye, no tanto la producción-exposición a las violencias como la forma que adquieren las representaciones, pudiendo el marco de sentido en que se insertan generar efectos contrarios” (Zurbano-Berenguer, 2015, p. 166).

2.3. “Andamiaje cultural” de las violencias sexuales contra las mujeres: la violencia mediática en el foco

Los medios de comunicación se presentan como escenarios ambivalentes para la lucha contra las violencias machistas. El periodismo es reivindicado como espacio de oportunidad para la resignificación, agencia y empoderamiento de víctimas y supervivientes (Gámez-Fuentes et al., 2019), a la vez que se conforma como espacio hegemónico reproductor de la discriminación por razón de género. Los discursos mediáticos están supeditados a un “andamiaje cultural” (Gavey, 2018, p. 287, traducción propia) o “saber de fondo” (Habermas, 1987, p. 31) que cimienta los usos y costumbres sociales en torno a una cultura machista endémica que atraviesa la identidad y los sistemas de creencias de los sujetos sociales. Las VVCMM se fraguan, por tanto, en el terreno amortiguado de lo simbólico (Bernal-Triviño 2019; Bourdieu, 2000) por medio de los códigos sociales dominantes (Melucci, 1988) de modo que resultan lo natural (Hunnicutt, 2009; Varela, 2017).

De hecho, la representación mediática ya no de las violencias machistas, sino de la realidad social objetiva, incurre en violencia mediática cuando apuntala el sistema de opresión patriarcal. Ello deviene en una “misoginia popular” (Banet-Weiser, 2018, p. 2) que abandera, por libre elección (Puleo, 1995), los postulados de feminidad/masculinidad hegemónicos en el marco del fulgente postfeminismo neoliberal (Martínez-Jiménez, 2021). En este sentido, Argentina es la nación pionera en delimitar la violencia mediática contra las mujeres como

la publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados […], que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, […], legitimando la desigualdad de trato […] (Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, 2009).

Desde los 70, la academia crítica feminista afronta el reto de emplazar las consecuencias materiales y fenomenológicas de la discriminación sistémica de las mujeres (Lazar, 2007), destacando la contribución de las autoras latinoamericanas en el campo comunicativo. Aimeé Vega-Montiel (2025) sintetiza las estrategias discursivas “clásicas” en la cobertura de las VVCMM, consistentes en: la estereotipación, la invisibilización, la revictimización, la naturalización, la individualización, la hiperrepresentación, la eufemización y el sensacionalismo. Sus estudios, asentados sobre el ecosistema de medios mexicanos (Vega-Montiel, 2014, 2019), sostienen la hipótesis de la violencia mediática. Por su parte, Mariana Gutiérrez Aldrete (2022) emplea el Análisis Crítico del Discurso Feminista para estudiar la construcción del “discurso discriminatorio” —con variables de culpabilización de la víctima; otredad; justificación del agresor y autoridades; y sensacionalismo— frente al “discurso de la resistencia” —con capacidad de ruptura y/o negociación de significados a partir del contexto, fuentes y denuncia del abuso de poder—.

“Las violencias sexuales ni empiezan ni acaban con la violación” (Zebadúa-Yánez et al., 2023, p. 553, traducción propia). Las violencias sexuales son una pieza cultural clave del sistema de opresión patriarcal (Brownmiller, 1975) cuya representación mediática ha sido mediada por “sesgos no legítimos” (Amorós, 2008, p. 17) que determinan qué entendemos por violación-real (Higgins & Silver,1991; McKimmie et al., 2020), quedando supeditadas a un marco cultural, espaciotemporal y normativo cambiante (Harradine, 2022; Santos et al., 2022), plagado de mitos (Brandariz, 2021) medidos en escalas como la Acceptance of Modern Myths About Sexual Agression (AMMSA-21) (Bohner et al., 2022) y la Illinois Rape Myth Acceptance (IRMA) (McMahon & Farmer, 2011).

La erradicación de la violencia sexual no puede lograrse sin abordar las actitudes sociales que la toleran o justifican debido a que existe una estrecha relación entre el nivel de aceptación de la violencia sexual y la prevalencia de esta forma de violencia. (Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, 2017, p. 2)

Históricamente, la violación se ha enmarcado en el contexto de las relaciones sexuales como acto de deseo o impulso sexual masculino irrefrenable en lugar de como forma de violencia, dominio y control (Brownmiller, 1975; MacKinnon, 1979). Así, se ha extendido el paradigma de la culpabilización de la víctima (Fernández Díaz, 2003; Meyers,1997) cuya palabra es objeto de duda bajo una pobre “economía de la credibilidad” (Higgins & Banet-Weiser, 2023, p. 25). La estereotipia sobre las víctimas las representa como seductoras, transgresoras de límites y culpables de no detener la agresión o, por el contrario, las emplaza en la mentira “por fines egoístas” —reproduciendo el mito de las denuncias falsas— (Bohner et al., 2022, p. 463, traducción propia). La agresión se presenta como un hecho puntual desgraciado alejado de sus raíces sistémicas (Kozol, 1995); que, de ser cometida, lo será en base a la alteridad (Hall, 1997) —por monstruos (Caputi, 1987; Soothill & Walby, 1991), enfermos u otros hombres (no blancos), reforzando jerarquías sociales y étnico-raciales (Grewal, 2016) que intervienen igualmente en la in/visibilización de unas víctimas frente a otras (Slakoff & Brennan, 2019)—. Asimismo, ha predominado el relato del asaltante desconocido en el espacio público (SEXVIOL, 2022) frente a la realidad de los datos que sitúan al agresor como conocido de la víctima —60 %— (Macroencuesta de la Violencia contra la Mujer, 2019) que perpetra la agresión en casas y anexos (Ministerio de Interior, 2023).

En España, el estudio del tratamiento mediático de las VVSSCMM toma como base los aportes de Natalia Fernández Díaz y Nerea Barjola. Fernández Díaz (2003) ejecuta una minuciosa disección ideológica y lingüística del discurso de la prensa en los 90 que subraya las figuras retóricas que erotizan, desdibujan, justifican y naturalizan el relato de las violencias sexuales. Por su parte, Barjola (2018) teoriza el “relato del terror sexual” como arma simbólica disciplinante empleada por los medios contra los derechos de las mujeres que transgreden los límites de género (espacio público/ocio y noche/libertad sexual) en base al triple feminicidio sexual del Caso Alcàsser. La autora exige la rendición de cuentas al Estado e instituciones que vertebran un régimen sexista y apunta hacia el poder político emancipador de las contranarrativas que dignifican y empoderan a las víctimas a partir de la ruptura epistémica del silencio: “Que sea el relato el que se paralice, no las mujeres” (Barjola, 2018, p. 226).

3. Objetivos

La finalidad del presente trabajo es la de contribuir a la erradicación de las VVSSCMM a partir de la mejora de los mensajes mediáticos en términos de beneficio social (comprensión y sensibilización). Para ello, nos planteamos dos objetivos específicos:

  1. Conocer las recomendaciones deontológicas para el tratamiento mediático de las VVSSCMM.

    Esto conlleva:

    1. Identificar e inventariar los códigos deontológicos desarrollados en el Estado español en el marco de las VVCMM y, en especial, de las violencias sexuales.
    2. Analizar los consensos deontológicos para el tratamiento periodístico de las VVSSCMM presentes en el acervo documental.
  2. Elaborar un código de buenas prácticas sintético, riguroso y actualizado para el tratamiento periodístico de las VVSSCMM.
    1. Seleccionar y compilar jerarquizadamente las propuestas de tratamiento ético existentes específicas para las violencias sexuales.
    2. Definir el Mínimo Común Ético (MCE) en base a las propuestas éticas presentes en todos o en una mayoría significativa de los documentos.
    3. Realizar una propuesta visual deontológica.

A estos objetivos subyace la hipótesis de que la falta de adecuación ética en el tratamiento mediático del problema obedece a la inoperancia práctica de los materiales debido a la inespecificidad en el abordaje de las violencias sexuales en los documentos deontológicos existentes[2].

4. Metodología

A partir de un planteamiento hipotético-deductivo, la revisión narrativa del corpus seleccionado (Paré et al., 2015) se ha combinado con un análisis de contenido sobre casos de interés (Sánchez-Ramos, 2021; Sánchez-Ramos et. al, 2024) y entrevistas semiestructuradas a profesionales del sector procedentes de estudios previos[3] (De-Frutos-García, 2025). Los antecedentes investigadores han servido para la consolidación de la hipótesis de partida en la que la inexistencia de códigos específicos sobre violencias sexuales se torna una de las causas principales de la falta de adecuación discursivo-mediática en un contexto social actual altamente sensibilizado.

El corpus material de trabajo lo han constituido los 49 códigos y guías publicados en el Estado español entre 1999 y 2023 (n=49) objeto de análisis de contenido (Krippendorff, 1990). La operacionalización de variables ha resultado en: por un lado, autoría, fecha y especificidad en materia de VVSSCMM y, por otro, el contexto, el emplazamiento, las fuentes, la figura de la víctima, la figura del agresor, la terminología y la presentación de la información. Tal y como plantearon Zurbano-Berenguer & García-Gordillo (2017) en su propuesta para medir la calidad de las noticias sobre violencia de género, la estrategia investigadora se concibe en determinadas fases ordenadas cronológicamente: (1) identificación y recopilación de la documentación ética existente (investigación documental e investigación cualitativa con profesionales); (2) lectura, análisis y categorización de los valores y recomendaciones éticas; (3) selección de los valores comunes sobre los que construir la propuesta; y, (4) elaboración de la propuesta de código de buenas prácticas.

Estas fases teóricas se subdividen a su vez en etapas dentro del recorrido investigador (Tabla 1) que se suceden desde los comienzos de la revisión del estado del arte en 2019 hasta el diseño visual finalizado en 2024.

Tabla 1

Etapas de la investigación

Etapa

Fecha

Actividad

1

Revisión bibliográfica

Jun 2019 -Jun 2023

Revisión del estado del arte sobre representación, ética mediática y VVCMM.

2

Estudio de caso

Jun 2019-Sep 2019

Aplicación de la herramienta de Zurbano & García-Gordillo (2017) de valoración ética de noticias sobre VVCMM a informaciones específicas sobre violencias sexuales, concretamente, en el caso de La Manada (n=115).

3

Celebración de Jornadas Profesionales

Jun 2023

Conversatorio con 3 periodistas especializadas en la Facultad de Comunicación de la Universidad de Sevilla.

4

Grupos de discusión entre profesionales y académicas

Sep 2023

Grupo de discusión con 8 expertas (4 periodistas especializadas y 4 académicas) para validar los consensos deontológicos de los códigos éticos de segunda generación.

5

Entrevistas a profesionales

Sep-Nov 2023

Entrevistas en profundidad a 13 periodistas feministas (Arabia Saudí, Latinoamérica y España) sobre la praxis profesional.

6

Elaboración de inventario

Sep-Oct 2024

Identificación de contenido específico sobre violencias sexuales en el corpus deontológico en España (n=49).

7

Diseño del Mínimo Común Ético

Nov 2024

Establecimiento de las recomendaciones éticas de consenso y sus ítems respectivos para conformar el Mínimo Común Ético en el tratamiento mediático de VVSSCMM.

8

Propuesta de código de buenas prácticas

Nov 2024

Diseño teórico y conceptual del código de buenas prácticas periodísticas para el tratamiento de las VVSSCMM.

Fuente. Elaboración propia.

5. Resultados

5.1. Consensos deontológicos en materia de violencias sexuales contra las mujeres

En las dos últimas décadas, los avances sociales por los derechos efectivos y reales de las mujeres en España han resultado en la consolidación de un aparataje estatal de medidas (jurídicas, legislativas, ejecutivas y asistenciales) que buscan poner fin al problema estructural de las violencias machistas. Esta transformación se ha trasladado al terreno de los medios de comunicación social, presente en el debate sobre el papel del periodismo ante el reto de narrar las VVSSCMM y en la prolífera producción de documentos deontológicos al respecto.

En nuestra investigación se han identificado un total de 49 códigos de segunda generación (Aznar et al., 2024) en el Estado español publicados entre 1999 y 2023 que abordan el tratamiento de las VVCMM. Partiendo de los 48 identificados en Sánchez-Ramos et al. (2024) se añade la Guía de comunicación feminista (2023) elaborada por las periodistas Macarena Baena y Laura de Grado Alonso (Agencia EFE). Los documentos proceden (Fig.1) de: iniciativas de regulación (administración pública, 18); autorregulación (medios y asociaciones profesionales, 17); y corregulación (administración pública y sector profesional, 14).

El corpus objeto de análisis (ver Tabla 2) presenta tan solo un código específico (1 de 49) de VVSSCMM: Guía para informar sobre las agresiones sexuales. Mujeres valientes (2019). Asimismo, se observa que únicamente el 12 % del material deontológico (6 códigos) presenta herramientas concretas para abordar las violencias sexuales dentro del ámbito de las VVCMM: Periodismo contra las violencias machistas (2017); Manual de estilo para el tratamiento de la violencia machista y el lenguaje inclusivo en los medios de comunicación (2018); Comunicar en igualdad. Guía de buenas prácticas para periodistas y profesionales (2019); Protocolo para el Tratamiento Informativo de la Violencia de Género (2022); Contar sin legitimar. Violencias machistas en los medios de comunicación (2022); y Guía de comunicación feminista (2023).

En cambio, un 41 % (20 códigos) hace alusión sucinta a las violencias sexuales en al menos una ocasión como manifestación de la violencia de género siguiendo la conceptualización de la ONU. Por contra, un 45 % de los documentos analizados no la contemplan entre sus directrices éticas. Los resultados refrendan la hipótesis de partida sobre la inespecificidad de los materiales deontológicos identificados.

Figura 1

Corpus deontológico analizado sobre VVCMM según autoría

Fuente. Elaboración propia.

Tabla 2

Resultado 1. Documentos deontológicos sobre VVCMM en España

N

Lugar

Año

Título

Autoría

1

Andalucía

1999

Decálogo de recomendaciones a los medios de comunicación para el tratamiento de la violencia contra las mujeres. Cómo tratar bien los malos tratos

Instituto Andaluz de la Mujer

2

Navarra

2000

Decálogo para los medios de comunicación sobre el tratamiento de la violencia contra las mujeres

Ayto. de Pamplona y Universidad de Navarra Fundación IPES

3

Cataluña

2001

Manual de estilo periodístico para informaciones sobre casos de violencia doméstica o que afecten a menores

Medios de comunicación de la Demarcación de Girona

4

España

2002

Manual de urgencia sobre el tratamiento informativo de la violencia contra las mujeres

Instituto Oficial de Radio y Televisión. RTVE

e Instituto de la Mujer

5

Comunitat Valencia-na

2002

Notícies amb llaç blanc. Manual per a periodistes sobre la violència domèstica

Unió de Periodistes Valencians

6

Navarra

2003

Recomendaciones sobre el tratamiento de la violencia contra las mujeres en los medios de difusión

Instituto Navarro de la Mujer

7

La Rioja

2003

Protocolo para el tratamiento informativo de la violencia de género y agresiones sexuales en La Rioja

Gobierno de La Rioja y once entidades más públicas y privadas

8

Islas Baleares

2003

Decálogo para el tratamiento informativo de los malos tratos en el entorno familiar

Instituto Balear de la Mujer, Sindicato de Periodistas de las Islas Baleares y Gobierno de las Islas Baleares

9

Cataluña

2004

Recomanacions del Consell de l’Audiovisual de Catalunya sobre el tractament de la violència de gènere als programes informatius i d’entreteniment als mitjans de comunicació

Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC)

10

Galicia

2004

Medios de comunicación e violencia de xénero. Declaración de Compostela

Observatorio Galego dos Medios y Colexio Profesional de Xornalistas de Galicia (CPXG)

11

Aragón

2004

Decálogo básico (Decálogo de Zaragoza) para iniciar el debate en los medios de comunicación

Ayto. de Zaragoza y medios de comunicación

12

España

2005

Tratamiento de la violencia contra las mujeres en los medios de comunicación. Recomendaciones para las buenas prácticas en la información sobre violencia de género

Federación de Asociaciones de Periodistas Españoles (FAPE)

13

Andalucía

2005

Decálogo sobre el tratamiento informativo de la violencia de género en los medios de comunicación

Agrupación de Mujeres Periodistas de la Asociación de la Prensa de Granada

14

Castilla y León

2005

ABC de la igualdad. Define igualdad: 125 conceptos para descubrir la igualdad de oportunidades.

Dolores Haro Gómez.

Consejo Comarcal del Bierzo

15

Aragón

2005

Las noticias de los malos tratos. Propuestas para abordar la información sobre la violencia de género

Instituto Aragonés de la Mujer

16

Canarias

2005

Lenguaje no sexista en medios de comunicación y publicidad

Cabildo de Tenerife

17

Castilla y León

2006

Código para el tratamiento informativo de la violencia de género

Junta de Castilla y León

18

España

2007

Propuesta de decálogo para el tratamiento de la violencia de género en los medios de comunicación

El Club de las 25

19

Cantabria

2007

Protocolo de actuación periodística y publicitaria sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y tratamiento informativo sobre la violencia de género

Gobierno de Cantabria

20

Galicia

2007

Medios de comunicación e violencia de xénero. Manual de Redacción Xornalística

Xunta de Galicia

21

Cataluña

2007

Decálogo de buenos usos en la información sobre violencia doméstica

Red Internacional de Mujeres Periodistas y Comunicadoras de Cataluña

22

España

2007

Ronda de conversaciones para implementar ciertas disposiciones en las cadenas de

televisión

Gobierno de España

23

España

2008

Decálogo para informar sobre violencia de género

Público

24

Canarias

2008

La igualdad de género no es cuestión de suerte: Catálogo de recomendaciones para el tratamiento de la violencia de género en los medios de comunicación

Cabildo de Tenerife

25

Comunitat Valenciana

2008

Recomendaciones para un tratamiento informativo adecuado de la violencia contra la mujer en los medios de comunicación

I Congreso Internacional Mujer y Medios de Comunicación (CIMMCO) Generalitat Valenciana.

26

España

2008

Protocolo de la FIP para la cobertura informativa de casos de violencia contra las mujeres

Federación Internacional de Periodistas (FIP)

27

Cataluña

2009

Recomendaciones: El tratamiento de la violencia machista en los medios de comunicación

Consell de l’Audiovisual de Catalunya (CAC) y ADPC

28

La Rioja

2009

Los periodistas nos comprometemos. Manifiesto contra la violencia de género

Asociación de la Prensa de La Rioja

29

España

2010

Recomendaciones genéricas de cómo informar sobre violencia contra la mujer en las relaciones de pareja

Centro Reina Sofía

30

Canarias

2010

Intervención en publicidad y comunicación sexista

Instituto Canario de Igualdad

31

Andalucía

2010

Código de los profesionales de CSTV para la elaboración de informaciones sobre violencia machista

Canal Sur Radio y Televisión

32

Andalucía

2013

Derecho a la Información y Justicia: Guía para el tratamiento informativo de los procesos judiciales

Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA)

33

Extremadura

2014

Recomendaciones: Tratamiento informativo para la igualdad de género en Extremadura

Instituto de la Mujer de Extremadura, Asociaciones de la Prensa de Mérida, Cáceres y Badajoz y medios de comunicación regionales extremeños

34

Madrid

2015

Propuestas de la jornada Tratamiento informativo de la violencia machista en la era digital

Participantes de la jornada organizada por La marea

35

Andalucía

2016

Guía para el tratamiento informativo de la violencia de género

Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA)

36

Aragón

2016

Protocolo de buenas prácticas: Tratamiento de la información sobre violencia machista en los medios de comunicación

Asociación de Periodistas de Aragón y Ayto. de Zaragoza

37

País Vasco

2016

Decálogo para el tratamiento informativo de la violencia contra las mujeres

Begira (Comisión Asesora para un uso no sexista de la publicidad y la comunicación)

Emakunde (Instituto Vasco de la Mujer)

38

España

2017

Periodismo contra las violencias machistas

La marea y Oxfam Intermón

39

Castilla y León

2017

Guía para el tratamiento informativo de la violencia de género

Junta de Castilla y León

40

Aragón

2018

Decálogo para el tratamiento periodístico de las víctimas de la violencia machista

Asociación de Periodistas por la Igualdad

41

Comunitat Valenciana

2018

Manual de estilo para el tratamiento de la violencia machista y el lenguaje inclusivo en los medios de comunicación

Unió de Periodistes Valencians

42

Murcia

2019

Manual para el tratamiento informativo de la violencia de género

Fundación Asociación de la Prensa y Colegio Oficial de Periodistas de la Región de Murcia

43

Cataluña

2019

Guía para informar sobre las agresiones sexuales. Mujeres valientes

Almena Cooperativa Feminista, Institut Català de les Dones y Ajuntament de Barcelona. Isabel Muntané y Violeta García

44

Canarias

2019

Comunicar en igualdad. Guía de buenas prácticas para periodistas y profesionales

Instituto Canario de Igualdad. Nuria Coronado y Feminista Ilustrada

45

España

2019

Tratamiento informativo de la violencia contra las mujeres

Agencia EFE

46

Cataluña

2020

Recomendaciones para un periodismo no sexista y el tratamiento de la violencia machista

Consell de la Informació de Catalunya (CIC) junto a Col.legi de Periodistes de Catalunya y Associació de Dones Periodistes de Catalunya

47

La Rioja

2022

Protocolo para el Tratamiento Informativo de la Violencia de Género

Gobierno de La Rioja y el Colegio de Periodistas

48

España-Euskadi

2022

Contar sin legitimar. Violencias machistas en los medios de comunicación

Pikara Magazine

49

España

2023

Guía de comunicación feminista

ONG Movimiento por la Paz. Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Macarena Baena y Laura de Grado Alonso

Fuente. Actualización a partir de Sánchez-Ramos et al., 2024.

La concentración temporal de la producción deontológica (Fig. 2) en el plano específico de las VVSSCMM (2017-2023) sitúa el estudio en el marco del #MeToo español. Concretamente, a partir de la movilización social sin precedentes orquestada en la huelga general feminista del 8M de 2018; punto clave en el debate de reconceptualización sociopolítica de las agresiones sexuales en torno al caso de La Manada, que propulsó el cambio en la tipificación penal de los delitos en 2022 al eliminar la diferenciación entre abusos sexuales y agresión sexual.

Figura 2

Marco temporal de la producción deontológica analizada

Fuente. Elaboración propia.

5.2. Mínimo Común Ético

El análisis del contenido de las recomendaciones éticas presentes en los documentos deontológicos ha arrojado luz sobre aquellos puntos en los que existe un consenso sobre cómo abordar periodísticamente las VVSSCMM. Estos consensos constituyen lo que denominamos Mínimo Común Ético (MCE) y que se compone por acuerdos sobre el contexto, el emplazamiento, las fuentes, la figura de la víctima, la figura del agresor, la terminología y la presentación de la información.

  1. Contexto. Las VVSSCMM deben enmarcarse como un atentado contra los Derechos Humanos

    Las VVSSCMM constituyen una de las violaciones de Derechos Humanos de mujeres y niñas más frecuentes y una de las formas más férreamente silenciada en la historia. Las VVSSCMM son problema social estructural y de salud pública y así deben de ser transmitidos periodísticamente y no, como hasta ahora se viene realizando, desde enfoques episódicos que los trasladan como hechos aislados funestos. Las violencias sexuales no tienen por qué ir aparejadas al uso de la fuerza física. Asimismo, es necesario tener en cuenta la invalidez del consentimiento viciado o coaccionado (amenazas, presión económica, etc.) y que la edad mínima en España para manifestar consentimiento es de 16 años. Las VVSSCMM vulneran los derechos a la libertad, a la integridad física y moral, a la igualdad y a la dignidad de la persona y, en el caso del feminicidio sexual, el derecho a la vida. Estas violencias comprenden cualquier acto de naturaleza sexual no consentido o que condicione el libre desarrollo de la vida sexual en cualquier ámbito, público o privado, incluyendo el ámbito digital y es esto lo que debe mostrarse a la ciudadanía.

  2. Emplazamiento. Las VVSSCMM deben ocupar espacios propios de problemas sociales y estatales

    Las VVSSCMM forman parte de un problema social estructural asentado en la cultura machista que apuntala un sistema desigual de poder patriarcal. No son sucesos o casos aislados, sino que poseen raíces socioculturales y políticas sistémicas. Por ello deben situarse en espacios, secciones y con marcadores (cintillos y otros elementos visuales y de maquetación) adecuados.

  3. Fuentes. Solo deben aportarse fuentes oficiales, expertas y especializadas que contribuyan al conocimiento social y no redunden en prejuicios y estereotipos

    Se precisan de fuentes especializadas y expertas capaces de contextualizar y aportar valor adicional en sintonía con los valores deontológicos. Se propone que exista una representación mayoritariamente femenina o, en todo caso, paritaria. Además de dar voz a las fuentes oficiales, se ha de valorar como criterio de inclusión la voz de expertas en VVSSCMM

  4. Figura de la víctima. Deben realizarse esfuerzos para situar a las víctimas en marcos empoderantes, dignos y cuidar siempre de no revictimizarlas ni con el enfoque ni con la narrativa

    La representación mediática de las víctimas ha de garantizar la intimidad y la dignidad de las mujeres violentadas dando cuenta de su heterogeneidad, capacidad de agencia y procesos (complejos) de justicia y reparación. Las supervivientes son interlocutoras legítimas por lo que se ha de respetar su voluntad de hablar previa valoración de riesgo sobre su integridad física y emocional. Se ha de incidir en el relato de que no existen reacciones adecuadas o exigibles tanto en el plano de la agresión sexual (bloqueo, lucha, huida), como en el de la interposición de denuncia. El foco de la responsabilidad está en el agresor, por lo que no caben imágenes revictimizantes sobre la conducta, actitud, vestimenta o perfil socioeconómico/étnico-cultural. La duda sobre la palabra de las mujeres ha sido una constante en el relato mediático que ha de desterrarse. Se ha de tener en cuenta que las violencias machistas operan con intersección a discriminaciones y circunstancias de especial vulnerabilidad que no constituyen elementos causales, pero sí factores a tener en cuenta (mujeres con discapacidad, mujeres racializadas, mujeres en situación administrativa irregular, mujeres muy jóvenes/ancianas, mujeres en prostitución…).

  5. Figura del agresor. El foco de la información debe centrarse en el agresor

    El agresor tiene la responsabilidad del delito. La presunción de inocencia aplica sobre este y no sobre el delito objeto de investigación, es decir, no hay “presuntas violencias sexuales”. Los consensos deontológicos apuntan hacia una representación que no justifique ni entreteja causalidad entre sus características sociodemográficas (nivel socioeconómico, perfil étnico-cultural, consumo de sustancias) y la comisión del delito de modo que desbibuje o condone su responsabilidad. En este sentido, es importante alejarse del relato imperante de alteridad donde la violencia sexual es cometida por otros hombres alejados del común social: monstruos, enfermos mentales, migrantes, etc.

  6. Terminología. Deben emplearse términos correctos que describan la realidad sin estigmatizar ni distorsionar

    Las violencias sexuales precisan de un marco léxico inequívoco que las emplace en el ámbito de las VVCMM y las aleje del universo simbólico de las relaciones sexuales (consensuadas) a partir de la variable del consentimiento. No utilices construcciones sintácticas que denoten duda o falta de credibilidad en el testimonio de la víctima. La presunción de inocencia se aplica sobre la persona que comete el delito, no sobre la víctima. No hay “presuntas víctimas”.

  7. Presentación de la información. La construcción textual y visual de la información debe contribuir a dimensionar el problema y a la sensibilización social, no al morbo

    Las causas u orígenes de las VVSSCMM son inherentes a un sistema desigual de poder patriarcal que se reproduce a partir de la cultura machista que normaliza, invisibiliza e incluso erotiza las VVCMM. La cultura de la violación se trata del conjunto actitudes, creencias, conductas y mensajes falsos que arraigan y justifican las VVSSCMM en base al poder y el control masculino.

    La redacción ha de ser pulcra en un compromiso ético con la comprensión de las violencias sexuales machistas en su complejidad, primando el beneficio social pedagógico frente al morbo o los detalles escabrosos que no aportan información de valor.

    Los recursos gráficos generan marcos de reconocimiento y han de situar las VVSSCMM como un problema social estructural con daños y respuestas que atañen a la sociedad y al Estado en su conjunto. Las imágenes han de respetar la intimidad de las víctimas y obtener el permiso de estas o de sus familiares, en su caso, y no emplear recursos habituales para delincuentes como pixelados.

    La pieza ha de incluir recursos con herramientas e información pública de utilidad para las supervivientes y su entorno de modo que propicie un paso a la acción colectiva y contribuya a la identificación de otras mujeres violentadas.

  8. 5.3. Buenas prácticas para informar sobre las violencias sexuales contra las mujeres

    Para la elaboración de la propuesta de código se ha partido del MCE y se han transformado las propuestas de abordaje en recomendaciones concretas, directas y aplicables que tienen el objetivo de contribuir a la transformación del discurso periodístico (Fig. 3). Todo ello, tal y como hemos planteado en la metodología testando impresiones, posibilidades reales de implementación y dificultades con profesionales en activo (ver Tabla 1. Etapas de la investigación).

    Figura 3

    Resultado 2. Compilación deontológica para el abordaje periodístico de las VVSSCMM

    Fuente. Elaboración propia.

    6. Discusión y conclusiones

    Este trabajo partía de la hipótesis de la inespecifidad de los documentos deontológicos existentes en el Estado español para tratar las VVSCMM. Dicha hipótesis se ha confirmado tras el inventario de los materiales existentes y el análisis de contenido de los mismos. De la muestra (n=49), de naturaleza y origen diverso, solo uno de los documentos trata sobre el abordaje periodístico de las VVSSCMM específicamente. En el resto de la muestra se hace referencia en ocasiones a estas violencias, pero lo hacen dentro del marco general que las ampara y no de forma especializada.

    El objetivo primero de esta investigación ha dado como resultado un inventario no poco extenso de materiales deontológicos que ha propiciado además una de las conclusiones más relevantes del trabajo: existen sólidos consensos respecto a cómo deben de abordarse determinados temas (el contexto, el emplazamiento, las fuentes, la figura de la víctima, la figura del agresor, la terminología y la presentación de la información). Ello nos sitúa en un marco optimista respecto a la facilidad de implementación de herramientas de mejora y perfeccionamiento de la información periodística tanto en las redacciones y centros formativos (como las universidades). La existencia de consensos sólidos permite atisbar un horizonte donde trabajar para el cambio tenga más de cuestión operativa (aterrizar las claves éticas ya asentadas) que de concienciación profesional.

    Respecto al segundo de los objetivos, la recogida y análisis de las recomendaciones existentes (ya sea en documentos específicos o como partes de otros de corte más general) ha dado como resultado lo que hemos venido a llamar Mínimo Común Ético. Este facilita la elaboración de una propuesta de código de carácter profesional con las recomendaciones esenciales para realizar abordajes deontológicamente adecuados de las VVSSCMM.

    Esta herramienta persigue, en sintonía con otros trabajos en el área, revertir el sesgo de género histórico en el marco de la autorregulación mediática (Vega-Montiel, 2025) de modo estructural a través de la pedagogía social como estrategia comunicativa (Carballido, 2009). Partiendo de las cotas de sensibilidad ya existentes en el ámbito social y en el profesional, este código se plantea en un contexto de revolución simbólica auspiciada por los movimientos #MeToo, #Cuéntalo y #SeAcabó, recogida por medios y periodistas feministas. En palabras de Fallarás (2024): “Por primera vez en la historia, contamos nosotras” Así, entendemos, que es un momento idóneo para la implementación de herramientas que puedan desestabilizar los marcos normativos de inteligibilidad de la violencia (Barjola, 2018; Núñez-Puente & Fernández-Romero, 2017), recogiendo el testigo de las demandas sociales y contribuyendo a una contranarrativa mediática que dignifique a las víctimas y ayude a la comprensión social como estrategia de progresiva erradicación de las VVSSCMM.

    Los límites del presente trabajo hacen necesaria una segunda fase de investigación de corte empírico a fin de validar su solidez científica en términos de fiabilidad y replicabilidad. Por tanto, se precisa de la aprobación de la comunidad científica y profesional para ofrecer una herramienta específica de medición de calidad deontológica como línea de investigación futura.

    6. Financiación y apoyos

    Esta investigación cuenta con financiación del programa de Formación de Profesorado Universitario del Ministerio de Universidades (FPU18/00052, María Sánchez-Ramos) y del I+D+i “Autorregulación de la comunicación social: Estudio y Análisis de contenido de los Códigos éticos de 2ª Generación y elaboración de Protocolos de Aplicación” Ref. PID2021-124969NBI00, financiado por MCIN/AEI/10.13039/501100011033/ y “FEDER Una manera de hacer Europa”. Asimismo, recibe apoyo de la Beca Fulbright obtenida por Sánchez-Ramos, cofinanciada por la Junta de Andalucía, y del proyecto “Periodismo feminista. La importancia de la comunicación con perspectiva de género”, Ref. B.2-2022_03, del Plan Propio de la Universidad de Málaga.

    7. Declaración sobre la contribución específica de cada una de las autorías, según la taxonomía CrediT

    Semblanza de las autoras

    María Sánchez-Ramos es periodista y profesora en el Departamento de Periodismo I de la Universidad de Sevilla. Beca Fulbright en la University of Pennsylvania y FPU en la Hispalense, es miembro del Grupo de Investigación en Teoría y Tecnología de la Comunicación - GITTCUS. Su línea de investigación se centra en la representación mediática de las violencias (sexuales) contra las mujeres, la ética periodística y los estudios de género. Es coautora junto a Belén Zurbano y Aurora Edo de la obra Tratamiento ético de la violencia de género en los medios (2024). Su trabajo ha sido reconocido con el VI Premio de Investigación Rosario Valpuesta por La prensa andaluza ante el caso de La Manada. Violencias sexuales y deontología periodística: aproximaciones desde la perspectiva crítica feminista (2021).

    Dra. Belén Zurbano-Berenguer es Profesora Titular del Departamento de Periodismo I de la Universidad de Sevilla. Sus principales líneas de investigación se centran en el abordaje de la comunicación desde las perspectivas feministas. Es especialista en comunicación para la transformación social, Buen Vivir y estudios deontológicos sobre sexismo y violencias contra las mujeres en la esfera mediática. Forma parte del Observatorio de Género sobre Economía, Política y Desarrollo (GEP&DO) y del I+D+i del MICIN “Ética y Autorregulación de la Comunicación Social” (CETICOM-2G). Su labor investigadora ha sido reconocida con numerosas distinciones, entre ellas, con el Premio Lorenzo Gomis de la Sociedad Española de Periodística (2017) y el XXV Premio ‘Sevilla, Territorio de Igualdad’ en la categoría Mujer e Investigación (2022).

    Notas

    Las autoras de este artículo han adaptado las normas APA para visibilizar a las mujeres en la ciencia.

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    [1] Fecha en la que se publica el primer documento deontológico en España realizado por la filóloga Eulàlia Lledó para el Instituto Andaluz de la Mujer.

    [2] Coincidimos con otras autoras en que también existen otros elementos de influencia como la falta de compromiso empresarial y la ausencia de una formación especializada (Zurbano-Berenguer, 2015) o la deseabilidad social (Edo & Zurbano-Berenguer, 2019).

    [3]“Periodismo feminista. La importancia de la comunicación con perspectiva de género”. Ref. B.2-2022_03, del Plan Propio de la Universidad de Málaga dirigido por la Dra. Ruth de Frutos.